ARTÍCULO Nº 54 (CVE: BOME-AX-2024-54) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 16 - viernes, 8 de marzo de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Extracto de la resolución de fecha 6 de marzo de 2024, del consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se convocan subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para entidades deportivas implantadas en Melilla para la organización de eventos deportivos en la Ciudad de Melilla para el ejercicio 2024.
TituloES:
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 6 DE MARZO DE 2024, DEL CONSEJERO DE
EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES
INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES
DEPORTIVAS IMPLANTADAS EN MELILLA PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS EN
LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2024
TextoES:
BDNS(Identif.):747605
De
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/747605)
Primero.-
Bases Reguladoras.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la
misma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
General de Subvenciones (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras de las
subvenciones institucionales para entidades deportivas implantadas en Melilla
para la organización de eventos deportivos en la Ciudad de Melilla y sus
Anexos I a IV, publicadas en BOME extraordinario núm. 8 de 4 de mayo de 2017,
en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, en elReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Segundo.-
Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantes de la
presente convocatoria se destinará la cantidad de DOSCIENTOS MIL EUROS
(200.000,00 €), con cargo a la Partida Presupuestaria 2024 14 34100 48000
“Subvenciones al Deporte”, según informe de Retención de Crédito con número
12024000006053 de fecha 27 de febrero de 2024.
Tercero.-
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.- Conforme establece el
artículo 8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados, son
aquellas que se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son
subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades
deportivas o relacionadas con la promoción del deporte”.
Cuarto.-
Requisitos y forma de acreditarlos.- Las solicitudes para el presente
procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva se presentarán en la Oficina de Información y Atención al
Ciudadano, así como en cualesquiera de los registros admitidos en la normativa
vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero de Educación, Juventud y Deportes,
debiendo reunir los requisitos y documentación previstos en las Bases
Reguladoras de las subvenciones institucionales para entidades deportivas
implantadas en Melilla para la organización de eventos deportivos en la Ciudad
de Melilla, así como aquella otra documentación, que de acuerdo con lo
establecido en el artículo 6.1.i) de las citadas bases, de manera específica se
solicite a través de la convocatoria.
convocatoria.
j) Certificado emitido por la federación deportiva correspondiente, firmado por
el Secretario y con el VºBº del Presidente, en la que se certifique que la
entidad solicitante ha llevado a cabo actividad alguna en los dos años
anteriores al de la convocatoria.
Sexto.-
Instrucción.- De acuerdo con el artículo 5.2 de las Bases Reguladoras de las
subvenciones institucionales para entidades deportivas melillenses para la
organización de eventos deportivos en la Ciudad de Melilla, la instrucción del
procedimiento se llevará a efecto por un empleado público de la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes, siendo designada para la mencionada instrucción
Dña. Pilar Gutiérrez Ramón
Séptimo.-
Criterios de valoración de las solicitudes.- Los criterios de valoración, de
acuerdo con el artículo 9 de las Bases Reguladoras, serán los que a
continuación se relacionan, correspondiéndoles a cada uno la ponderación
siguiente: a) Campeonatos de España, Europa o del Mundo de carácter
oficial, b) Eventos “Ciudad de Melilla, c) Eventos “Base”.
Octavo.-
Órgano colegiado.- De acuerdo con el artículo 5.2.4 de las Bases Reguladoras,
el órgano colegiado competente para la propuesta de concesión estará compuesto
por: Presidente: Ángel Guerrero Molino, Director General de Política Deportiva.
Vocal: Juan José Collado Martín, Empleado Público de la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes. Vocal: Javier Hierro Moreno, Empleado Público
de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. Secretario: José María
López López, Empleado Público de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes.
Noveno.-
Órgano competente para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo
7.4 de las Bases Reguladoras, la resolución del procedimiento se dictará,
mediante Orden de la Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes, en
el plazo máximo de seis (6) meses que, por virtud de lo dispuesto en el
artículo 17 del RGSCAM, se computará a partir de la publicación de la presente
convocatoria.
Décimo.-
Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter
público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o
actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabo con empleo de fondos
provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya
sean por escrito o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos
de la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla y de "Melilla,
Ciudad del Deporte" y la leyenda siguiente: “Actividad/Programa
subvencionado por”, insertando a continuación los citados logotipos.
Igualmente, en la indumentaria de competición con la que se participe en los
Campeonatos Nacionales, Autonómicos o de cualquier otra índole, deberá aparecer
en el pecho en posición centrada en lugar preferente y bien visible la leyenda
“MELILLA, Ciudad del Deporte”.
Undécimo.-
Justificación.- La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto
obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad
del declarante, la documentación acreditativa de los gastos efectuados con
cargo a la subvención, presentándose en forma de memoria económica por cada uno
de los apartados subvencionados, utilizando para ello el Anexo 2.
Lugar de
la Firma: MELILLA
Fecha de
la Firma: 2024-03-06
Firmante:
SR. D. MIGUEL ANGEL FERNANDEZ BONNEMAISON, EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
JUVENTUD Y DEPORTE