ARTÍCULO Nº 68 (CVE: BOME-AX-2024-68) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 20 - viernes, 22 de marzo de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Orden nº 896, de fecha 20 de marzo de 2024, relativa a la aprobación definitiva del padrón correspondiente al Impuesto Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y características especiales correspondientes al ejercicio 2024.
El titular de la Consejería,
mediante Orden/Resolución de
20/03/2024, registrada al número 2024000896, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
La Ciudad Autónoma de Melilla en
virtud de las competencias que tiene atribuidas a tenor de su Estatuto de
Autonomía (Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo) y en cumplimiento con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales (TRLRHL), con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General
Tributaria (LGT), el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR), con la Ordenanza Fiscal
General de la Ciudad Autónoma de Melilla y con su correspondiente Ordenanza
Fiscal reguladora del tributo, exigirá el IMPUESTO
SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y CARACTERÍSTICAS ESPECIALES
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024.
De acuerdo con lo anterior, y visto
el expediente 8666/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Primero. - La APROBACIÓN DEFINITIVA del Padrón correspondiente al IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024, por
importe de NUEVE MILLONES OCHENTA Y SEIS
MIL SEISCIENTOS QUINCE EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (9.086.615,86 €).
Segundo. — Aprobar los períodos de pago en período voluntario de las deudas de
vencimiento periódico y notificación colectiva correspondiente al IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE
NATURALEZA URBANA Y CARACTERÍSTICAS ESPECIALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO
2024, establecido en el Calendario Fiscal aprobado a través de Orden del
Titular de la Consejería de Hacienda número 2023001122 de fecha 10 de noviembre
de 2023 y publicado con fecha 14 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de
la Ciudad Autónoma de Melilla 6121, que nos dice que se iniciará en periodo de
cobro en periodo voluntario de pago del primer plazo con fecha 1 de Abril de
2024 y finalizará el 2 de Agosto de 2024. El segundo plazo de pago en período
voluntario se iniciará el 5 de Agosto de 2024y finalizará el 5 de Diciembre de
2024.
Tercero. — Aprobar la exposición pública correspondiente al IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y CARACTERÍSTICAS
ESPECIALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024.
El padrón
correspondiente estará expuesto al público, en las dependencias municipales
sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004, por un período de
quince días a partir de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA.
La información
relativa a los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de
confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al
obligado tributario o su representante.
La consulta de
los datos del padrón o matrícula será de forma personalizada debiendo los
interesados acreditar tal condición y se utilizarán medios informáticos siempre
que las disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se
realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos
Digitales.
Cuarto. — Aprobar el anuncio de cobranza.
El cobro de los
tributos de cobro periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:
a) Plazos de ingreso: Los plazos de ingreso en período
voluntario serán los establecidos en el Calendario Fiscal aprobado a
través de Orden de la Titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y
Comercio número 2022003857 de fecha 17 de noviembre de 2022 y publicado con
fecha 18 de noviembre de 2022 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Melilla 6018.
b)
Modalidades de
cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás ingresos derecho
público que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas se realizará:
•
A través de las
entidades bancarias colaboradoras en la recaudación.
•
Red de Cajeros
del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de Melilla situados en
diversas dependencias de esta Administración.
•
En la Carpeta
del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
•
Mediante
transferencia bancaria al número de cuenta ES450182-4220-8402-0000-7001,
indicando NIF y Referencia/Número Recibo.
c) Medios de pago:
•
La
domiciliación bancaria.
•
En efectivo,
mediante dinero de curso legal.
•
Tarjeta de
crédito o débito.
Domiciliación
bancaria. El pago mediante domiciliación bancaria de los recibos de padrón o
matrícula podrá realizarse, hasta veinte días antes del cargo en cuenta, por
cualquiera de los siguientes medios:
•
Por escrito y
presentado por Registro de Entrada.
•
En la Carpeta
del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
La fecha de cargo en cuenta de las domiciliaciones bancarias
correspondientes al primer plazo será el 5 de Julio de 2024 y el 5 de Noviembre
de 2024 para las correspondientes al segundo plazo, de conformidad con el Calendario Fiscal
aprobado a través de Orden del Titular de la Consejería de Hacienda número
2023001122 de fecha 10 de noviembre de 2023 y publicado con fecha 14 de
noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 6121.
Tarjeta de
crédito o débito. El pago mediante tarjeta de crédito o débito se podrá
realizar:
•
En cajeros
bancarios: serán a cargo del obligado al pago las comisiones o gastos que se
produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.
•
A través de las
plataformas de pago disponibles en la web municipal en la dirección www.melilla.es sin cargo para el obligado al pago por las comisiones
o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de
tales tarjetas.
a) Los lugares, días y horas de ingreso:
1.
En las oficinas
de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación, los días que sean
laborables para estas durante el horario comercial habitual.
2.
En los cajeros
de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora. No obstante, el último
día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos
correspondientes después de las quince horas, pudiendo incurrir el pago en
extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100. Entidades
colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco Santander,
Banco Sabadell y Cajamar.
3.
En la web
municipal (www.melilla.es) a cualquier
día y hora. No obstante, el último día de pago no se garantiza la
disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las
catorce horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo
ejecutivo del 5 por 100.
Quinto.- Pagos fuera de plazo
De acuerdo con
lo establecido en el artículo 24.2.b) del RGR (Real Decreto 939/2005, “Boletín
Oficial del Estado” de 2 de septiembre de 2005), se advierte de que,
transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los
correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28
de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso,
las costas que se produzcan.
Sexto.- Notificación de liquidaciones tributarias
El presente
anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo
previsto en el artículo 102 de la LGT , y el artículo 24 del RGR.
Contra los actos de aprobación de
los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los
mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición,
previo al recurso Contencioso-Administrativo, ante la titular de la Consejería
de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de
un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de
exposición pública de los mismos sin que su interposición origine la suspensión
de dichos actos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o cualquier otro que
convenga a sus intereses.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, 21 de marzo de 2024,
El Secretario Técnico de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez