ARTÍCULO Nº 73 (CVE: BOME-AX-2024-73) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 22 - martes, 9 de abril de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA
Decreto nº 72, de fecha 8 de abril de 2024, relativo al cese de D. Daniel Ventura Rizo como Consejero de Seguridad Ciudadana.
A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº 72 de
fecha 8 de abril de 2024, registrado al Libro de Resoluciones no Colegiadas ha
dispuesto lo siguiente:
“De conformidad con los
artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el
de Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE nº 62 de 14 de marzo de 1995), en concordancia con los artículos 10.1 e),
13.2 y 35.1 c) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017)-
VENGO EN DISPONER
El cese de don Daniel Ventura Rizo como Consejero de Seguridad
Ciudadana, agradeciendo los servicios prestados y manteniéndose el nombramiento
como Vicepresidente 3ª del Gobierno realizado por Decreto nº 915 de 10 de julio
de 2023 (BOME extraordinario nº 45 de 10 de julio de 2023) así como la delegación efectuada mediante
Decreto nº 959 de 5 de septiembre de 2023 (BOME nº 6102 de 8 de septiembre de
2023).
Dese cuenta al Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla del
presente Decreto en cumplimiento de lo previsto por los artículos 14.2 y 16.2
de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el de Estatuto de
Autonomía de Melilla en concordancia con los arts. 10.1 e) y 13.2 del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Procédase a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Melilla
de conformidad con el art. 35.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de
la Ciudad Autónoma de Melilla y a la difusión de su contenido de conformidad
con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y
permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo
dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de
Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla”.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de
enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la
vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el
plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.
Melilla 8 de abril de 2024,
El Secretario P.A., el Secretario Acctal. del
Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6 de septiembre de 2019,
BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,
Antonio Jesús García Alemany