ARTÍCULO Nº 111 (CVE: BOME-AX-2024-111) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 30 - lunes, 29 de abril de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de abril de 2024, relativo a la aprobación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM para el periodo 2024-2026.

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El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 29 de abril de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO SEGUNDO.-  PLAN ESTRATÉGICO 24-26.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta presentada por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, con el siguiente tenor literal:

Con carácter previo se informó a las Direcciones Generales de todas las Consejerías y sus organismos o entidades dependientes de la necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un nuevo Plan General con carácter previo al establecimiento de subvenciones (Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la CAM BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), que concrete los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (Art. 8.1 LGS 38/2003). Con carácter básico según la Disposición Final primera de la LGS 38/2003 y configurado como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública (Art. 10.1 del RD 887/2006), cada Consejería y sus organismos adscritos aportaron su propio plan de actuación o estratégico que abarca las subvenciones tanto de sus órganos como de sus organismos y demás entes públicos a él vinculados para su posterior remisión al Consejo de Gobierno, órgano competente para su aprobación (Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM, BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017). Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, esta Consejería ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.

Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024- 2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto. Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2020-2022 será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.

Por todo ello, se considera oportuno elevar propuesta al Consejo de Gobierno para la aprobación y posterior publicación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 cuyo texto íntegro se adjunta al presente informe.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 Aprobación y posterior publicación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 cuyo texto íntegro se adjunta.”

De conformidad con los artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOME num 236 de 2 de octubre),y 93 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra num 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.

Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que le comunico para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 29 de abril de 2024,

El Secretario P.A.,

La Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana,

María del Carme Barranquero Aguilar

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PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

PARA EL PERIODO 2024-2026

PREÁMBULO

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Órganos de las Administraciones Públicas que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones. 

La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. 

Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.   

La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.   

De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente. 

Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm. 11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022. Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de 31/07/2023) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.  

Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM. 

Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.   

Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.

Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026, cuyo articulado figura a continuación. 

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.

ARTÍCULO 1.  

 El establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en aquél. 

Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

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ARTÍCULO 2. 

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión. 

ARTÍCULO 3.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. 

ARTÍCULO 4. 

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas. 

ARTÍCULO 5. 

Son principios generales de este Plan los siguientes: 

-Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa. 

-Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

-Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.

-Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas. Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico.

 A saber:

·          Justificación del Plan en términos sociales

·          Necesidades de la ciudadanía a las que atiende 

·          Capacidad financiera 

·          Explicación de la competencia municipal en la materia 

·          Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.

ARTÍCULO 6. 

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno. 

Por tanto: 

-Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente.

-Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión. 

El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos: 

Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la LGS. 

Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública.

CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN

ARTÍCULO 7.

De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la siguiente información: 

a)     Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. 

b)     Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:

1.º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas. 

2.º Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación. 

3.º Plazo necesario para su consecución. 

4.º Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación,  5.º Plan de acción.

c)     Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan.

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ARTÍCULO 8.

Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir: 

1)     CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA. 

2)     CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD

3)             CONSEJERIA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO: o Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)  o  Patronato de Turismo (Organismo Autónomo) 

4)     CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA 

5)     CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR

6)             CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión. 

ARTÍCULO 9.

Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios: 

-Ente concedente: La Consejería correspondiente como gestor de la subvención 

-Objeto. Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente objeto de evaluación. 

-Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla

(concurrencia competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)

-Importe. Referido a la consignación prevista para cada subvención.

CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES

ARTÍCULO 10.

La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS

ARTÍCULO 11.

Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados. 

ARTÍCULO 12.

En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto - Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado - Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.

CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS

ARTÍCULO 13.

El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención. La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas. 

CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

ARTÍCULO 14. 

Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017). 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª 

Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan. 

Aportados los planes individuales por cada Consejería que integran el Plan General, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen: 

 

1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD

A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES 

OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

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Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.

Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia. 

Medidas prioritarias:

1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables

1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense

1.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo formación.

OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión. Facilitar a los medios y recursos económicos y/o servicios suficientes para garantizar las condiciones de una vida digna y evitar la cronificación de las situaciones de precariedad social de las familias especialmente las que tienen hijos a cargo.

La intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.

Medidas prioritarias:

2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales

2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas

2.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación

2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables

2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación social

2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables

2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta

2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.

2.9- La mejora de las situaciones de precariedad económica de las familias, la facilitación de los medios y recursos suficientes para facilitar la asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, especialmente los que tienen menores a su cargo, y otras que faciliten medidas de acompañamiento a las familias para evitar las situaciones de exclusión social y la cronificación de la pobreza.

2.10.- Apoyo a la población vulnerable y familias numerosas en el abono de los gastos

ocasionados por el incremento de los costes de la energía eléctrica 

OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar.

Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.

Los niveles educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores. 

En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida. 

Medidas prioritarias: 

3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar 

3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida

3.3- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos

OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes.

Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo. 

Además, una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.

Medidas prioritarias:

4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes

4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad

4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico 

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OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia, personas mayores y con discapacidad. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo, especialmente aquellos que presentan situaciones económicas críticas.

La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, existe otro que ha registrado en los últimos años con una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza al que se une igualmente aquellas personas mayores que viven solas.

Medidas prioritarias:

5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público

5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.

5.3.- Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres

5.4.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral

5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...

5.6.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla

5.7.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica. 

5.8.- Favorecer programas centradas en la atención y los cuidados para personas mayores, discapacitadas o dependientes 

5.9.- Garantizar mediante la financiación de los medicamentos a personas mayores jubiladas con escasos recursos que faciliten la adhesión a los tratamientos médicos diagnosticas por profesionales sanitarios evitando el abandono de los tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en la salud.

5.10.- Actuaciones tendentes a evitar la soledad no deseada del colectivo de mayores. Promoviendo actuaciones de interacción con otros colectivos etarios.

OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer Sector.

El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos siguientes sectores de población:

-Personas con discapacidad -Inmigrantes.

-Personas mayores.

-Otros colectivos con especiales problemáticas sociales.

-Personas en riesgo de Exclusión Social 

Medidas prioritarias: 

6.1- Promover, dirigir, conceder directamente subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con:

-          Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua...).

-          Impulsión e ejecución de acciones de desarrollo sostenible.

-          Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.

-          -Ejecución de acciones de sensibilización, información, e educación para el desarrollo

6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables

a.             Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados.

b.             Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las mujeres inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de vida.

6.3.          Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.

6.4.          Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.

6.5.          Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades de empleo.

OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado.  

El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas. 

 

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Medidas prioritarias:

-Promoción: Promover la participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias, así como su compromiso estable en el tiempo. 

-Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado. 

-Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño de sus funciones. 

B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA 

OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

Medidas prioritarias 

·          Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y privados implicados en la lucha contra las adicciones.

·          Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al consumo de drogas y otras conductas adictivas.

·          Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.

·          Desarrollar la atención integral a las personas con problemas de drogodependencias y otros trastornos adictivos incluyendo la atención al entorno familiar y social.

·          Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con problemas de adicción.

·          Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los factores asociados a éstas en la población de Melilla.

·          Evaluar las acciones realizadas.

·          Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en la prevención y/o asistencia a las adicciones.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y recuperación de personas con adicciones.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo. 

OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.

Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:

·          Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.

·          Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.

·          Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes, reemergentes y de especial relevancia.

·          Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Sociedades de la Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del colectivo y de las personas con discapacidad 

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas de salud y prevención de las mismas.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo I

OBJETIVO GENERAL 3.- 

-Fomento y desarrollo de actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

-Protección y cuidado del bienestar animal y fomento de la adopción de animales abandonado y promoción de la lucha contra el abandono de animales domésticos

Medidas prioritarias:

·          Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas con la Lucha Antirrábica.

·          Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.

·          Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.

·          Implantación, establecimiento y gestión de Colonias felinas   

          Objetivo estratégico:

- Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

-Fomento y promoción de actuaciones tendentes a la adopción de animales de animales abandonados y del sacrificio cero. 

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-Establecimiento y control de colonias felinas 

-Sensibilización para combatir el maltrato animal y el abandono de animales domésticos

·          Área de Competencia: Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. Dirección General de Salud Pública  

·          Sector al que se dirige la ayuda: Entidades que promuevan la protección de animales,Centros de acogidas y refugio de animales, y Colegios profesionales .

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados, esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras enfermedades trasmisibles

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo 

OBJETIVO GENERAL 4-Actuaciones tendentes a fidelizar y promover la captación de profesionales sanitarios para el fortalecimiento de la salud pública y la atención sanitaria a la población melillense.

 Se viene produciendo un falta de ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de la atención sanitaria en la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que permite a los poderes públicos orientar sus políticas de gasto sanitario a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español, según lo dispuesto en los artículos 9.2 y 158.1 de la Constitución, y lo establecido en el srt. 81 de la misma Ley que, señala que la generalización del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria debe implicar la homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público y que esto se efectuará mediante la asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma y las inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales sanitarias, exige esta actuación promocional que mejore las condiciones y de la calidad de vida de los melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.

·          Sector al que se dirige la ayuda: Colegio Oficial de Médicos de la Ciudad Autónoma de Melilla para promocionar la captación, fidelización y arraigo de profesionales sanitarios en la Ciudad de Melilla.   

·          Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Incentivar mediante apoyo financiero y otras medidas de integración en la sociedad melillense de aquellos profesionales sanitarios que desean establecerse en la ciudad y mejorar la dotación sanitaria y por ende la salud de la población melillense.

·          Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter temporal con periodicidad anual.

·          Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo I

ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS 

§  Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.

§  Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva

§  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla. Formalización y de los correspondientes Convenios de Colaboración.

§  Seguimiento: Justificación a través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención General para su fiscalización.

§  Evaluación: Aplicación de Indicadores de proceso y de resultado.

o   Número de actividades llevadas a cabo. o Grado de cumplimiento de objetivos.

o   Número de personas o pacientes afectados.

o        Plazo de tramitación y pago.

C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA

OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención adecuada a niñas tuteladas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que por diversos motivos resulta beneficioso para su adecuado desarrollo salir del entorno de la Ciudad de Melilla.

El programa pretende:

-                     Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-                     Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-                     La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro, procurando la utilización de recursos normalizado, de cara a la inserción sociolaboral de las adolescentes.

OBJETIVO 2.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las menores con problemas sociofamiliares.

El programa de primer acogimiento y atención residencial para menores socialmente desfavorecidas pretende:

-                     Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-                     Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-                     La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con posibilidad de realizar actividades en el exterior del Centro de Acogida, en cuyo caso se procurará la utilización de recursos normalizados.

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OBJETIVO 3.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o desamparo, en centros residenciales de atención especializada, que permitan la progresiva normalización y reinserción de menores con problemas sociofamiliares.

El programa pretende:

-                     Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.

-                     Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma temporalizada e individualizada.

-                     La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro, procurando la utilización de recursos normalizados. 

OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a través de una línea telefónica de ayuda a la infancia, ayuda psicológica, informar sobre recursos sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los recursos más adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo requieran.

El Programa pretende:

-                     Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea de ayuda a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-                     Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen en el ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de la Ciudad.

-                     Seguimiento de los casos detectados y derivados a los Centros de Servicios Sociales de la Consejería del Menor y la Familia.

-                     Elaboración de un informe anual sobre la situación de la Infancia y Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la información recogida como consecuencia de la prestación del servicio.

OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos siguientes líneas de trabajo:

1.- Línea para Búsqueda de empleo

2.- Línea para Emancipación Por ello con este programa se pretende:

1.             Dar respuesta a situaciones de emergencia social de jóvenes ex - tutelados en riesgo de exclusión social: estancia de duración limitada con el fin de ofrecerle una vivienda digna, cálida y confortable para su desarrollo como individuo en un mundo colectivo.

2.             Supervisar el proceso de rehabilitación e integración de la persona para la preparación al mundo de manera independiente: guiar en la preparación para una vida más autónoma e independiente, sin la necesidad de tutores legales, pero si con personal de apoyo, que le indiquen los pasos a seguir para dicha independencia.

3.             Dotar o reforzar las habilidades necesarias para el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria.

4.             Fortalecer la capacidad de resolución de conflictos personales de manera independiente.

5.             Transmitir la capacidad de autonomía en el desempeño de sus actividades diarias, tales como recoger la casa, hacerse de comer, ir al médico… siempre bajo el sutil y ligero seguimiento del equipo multidisciplinar, para comprobar la evolución de los/las usuarios.

6.             Fomentar el análisis de la realidad desde su propia visión y reflexión para la resolución de problemas cotidianos.

7.             Promover el uso de los recursos socio-sanitarios.

8.             Favorecer el proceso de toma de decisiones para que adopten posturas responsables.

9.             Promover hábitos y conductas de salud e higiene personal.

10.           Fomentar la identidad personal y relacional.

11.           Estimular el conocimiento y aceptación de normas básicas de la comunidad/entorno.

Todo ello persiguiendo los siguientes objetivos:

-Integración social: para proporcionar al individuo un alojamiento dentro de la comunidad, facilitando con la ayuda de la construcción y desarrollo de una estructura vital, para la preparación e incorporación en la Sociedad y Mercado laboral, antes de que puedan valerse por sí mismos.

-Equilibrio Psicosocial: Atendiendo a cada persona mediante programas individuales de autorefuerzo, para cubrir las diferentes áreas personales o sociales afectadas en cada uno de ellos. Sobre todo, para las que se encuentre algún tipo de déficit o carencia.

-Preparación: durante el tiempo que los jóvenes extutelados se encuentran dentro del hogar recibirán un plan de preparación individualizado que aumente su capacidad para tomar decisiones, intentando que la persona crezca de manera autónoma y que progresivamente pueda valerse por sí misma, adquiriendo nuevas responsabilidades y sintiéndose a la vez dueño de su propia vida, intentando así alcanzar su autonomía por completo.

-Estructuración de la vida diaria: enseñando a las personas a organizar su tiempo mediante actividades normalizadas (de autocuidado, ocio y participación social) dentro del hogar y en la comunidad, además de la adquisición de hábitos y rutinas.

-Normalización de su situación: para luchar contra la intolerancia, el estigma y la discriminación.

-Desarrollo de mecanismos: que favorezca la integración de las personas atendidas involucrando su participación con diversos grupos de exclusión o menos favorecidos de la Sociedad, como pueden ser personas con limitación de movilidad, discapacidad mental, proyecto hombre, participación en actividades de la 3ª edad, etc. (fomentando de ese modo la colaboración de identidades de la ciudad) 

Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar una vida digna.

-Crear las condiciones necesarias que permitan a las personas con esta problemática vivir de manera autónoma

-Ayudar en la creación de una red social de relaciones, potenciando la participación en actividades socioculturales y lúdico-deportivas.

BOME-PX-2024-574 Descargar página

-Procurar un aumento en la calidad de vida

-Dar una oportunidad necesaria a estos Jóvenes para su inserción en la Sociedad.

OBJETIVO 6.- Ofrecer un Hogar de emancipación para jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su formación personal y profesional, con un número variable de plazas, según el presupuesto disponible, en la península. Mediante este programa se pretende:

-                     Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar una vida digna.

-                     Desarrollar las capacidades personales como la convivencia, la asunción de una vida independiente de las instituciones y la incorporación progresiva a los circuitos sociales normalizados.

-                     Trabajar la responsabilidad mediante actitudes como la seriedad y constancia en el compromiso adquirido y el conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes ciudadanos.

OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones de integración de menores acogidos o en situación de riesgo de exclusión social para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.

El Programa tiene como objetivos:

-                     Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención sanitaria de los menores que formen parte de las actividades. 

-                     Potenciar las relaciones interpersonales.

-                     Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores.

-                     Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la ciudad.

-                     Fomentar la participación de los menores en las actividades que se realizan.

-                     Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona.

-                     La rendición de cuenta de las cantidades aplicadas al programa y abonadas en concepto de financiación del mismo, en el que se incluirán los gastos derivados del coste del programa relativos a pago de comida, transporte en autobús, aseo, limpieza, material didáctico, ropa, calzado y todo tipo de gastos derivados directamente de la ejecución del programa.

OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción laboral de menores acogidos o tutelados por la Ciudad Autónoma o a través de cursos formativos que promuevan la inserción de menores en riesgo de exclusión.

Mediante este programa se pretende:

·          Lograr mayores niveles de autonomía, entendiendo como tal la capacidad de dirigir por sí mismo su propio proceso personal, emanciparse, generar expectativas de avance, definir proyectos de mejora, buscar la independencia personal y la equiparación dentro de la sociedad en la que vivimos. 

·          Fomentar y reforzar su autonomía, la autonomía no es sólo una cuestión económica sino también de empoderamiento, es decir, de madurez, personalidad y autoestima. 

·          Estimular su implicación, impulsar la toma de decisiones, aceptar que se equivoquen, responder a sus errores, ayudarlos a apropiarse de su conducta y descubrir cómo su conducta afecta a otras personas, y tienen que aprender a responsabilizarse de ello. 

·          Formación para la vida, que permita una integración social, un acceso a oportunidades de incorporación activa a la sociedad. 

·          Desarrollo integral de la persona, que pueda avanzar en diferentes áreas de forma equilibrada. 

·          Ofrecer alternativas que permitan que las personas aprendan a aprender, a través de un circuito de acción-reflexión-acción. 

·          Fomentar su autoconocimiento, es decir, que sepan cuáles son sus verdaderas posibilidades y potencialidades. 

·          Reforzar su autoestima, ya que ésta empodera al joven y le da fuerzas y motivación para avanzar en su itinerario. 

·          Concienciación de la importancia del autocuidado 

·          Motivar para la continuación de la formación y actualización de competencias profesionales. 

·          Desarrollar valores de cooperación, solidaridad. 

·          Capacitación profesional. 

·          Proporcionar experiencias de éxito. 

·          Acompañarles: estar a su lado mientras hacen su camino. 

OBJETIVO 9.- Fomento de la formación y reciclaje profesional del personal de los centros de protección, la introducción de nuevos modelos organizativos y de atención al colectivo de menores de protección y /o de reforma requiere la permanente actualización de conocimientos y de técnicas de intervención con estos colectivos. 

Mediante este programa se pretende:

-Aplicar técnicas educativas para la mejora de la convivencia en los centros de menores  -Mejorar la calidad en la atención y en el servicio de los centros residenciales de menores.

-Incorporar medidas educativas específicas como estrategias reductoras de los factores de riesgo en base a una metodología de trabajo socioeducativa.

-Fomentar el desarrollo de habilidades para la detección precoz de situaciones de riesgo.

-Capacidad para aplicar los conocimientos adquiridos a fin de prevenir, detectar y actuar ante posibles casos de violencia infantil o juvenil. 

-Capacidad para diseñar programas y estrategias de prevención y protocolos de actuación en colaboración con otros profesionales y entidades involucrados en la protección de menores. 

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-Capacidad para comunicar de forma efectiva sus conclusiones y recomendaciones a otros profesionales, autoridades, familias y afectados por el problema de la violencia infantil y juvenil.  -Capacidad para analizar críticamente los protocolos y proponer mejoras.

 

ANEXO I

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN

IMPORTE

DIRECCIÓN GENERAL

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

1

05 23101 48900 CONVENIO CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA

6.191.372,45 €

SERVICIOS SOCIALES/ MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA/ DIRECTA

2

05 23105 48000 CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/ VIRGEN DE LA LUZ

1.440.804,18 €

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

3

05 23106 47900 CONVENIO FUNDACION TUTELAR

29.985,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

4

05 23107 48000 CONVENIO RELIGIOSAS MARIA INMACULADA

363.020,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

5

05 23108 48000 CONVENIO CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA

305.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

6

05 23109 48000 CONVENIO ASOME

131.530,03 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

7

05 23110 48000 CONVENIO VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES

25.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

8

05 23111 48000 CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS ALZHEIMER

69.244,56 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

9

05 23112 48000

CONVENIO ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA

306.791,31 €

SERVICIOS

SOCIALES / SALUD

PÚBLICA Y

CONSUMO

NOMINATIVA

10

05 31102 48000 CONVENIO A.E.C.C.

117.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

11

05 31103 48000

CONVENIO ASOCIACION

PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS

100.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

12

05 31104 48000

CONVENIO COLEGIO OFICIAL

VETERINARIOS DE MELILLA

295.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

13

05 31101 48000

CONVENIO CRUZ ROJA ESPAÑOLA

257.165,69 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

14

05 23113 48000 CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE MELILLA

124.969,00 €

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

15

05 23114 48000 CONVENIO ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA

20.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

16

05 23115 48000 CONVENIO CLINICA EL SERANIL

50.142,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

17

05 23116 48000 CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DE JESÚS

270.418,54 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

18

05 23117 48000 CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS

735.840,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

19

05 23118 48000 CONVENIO COA

297.755,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

20

05 23119 48000 CONVENIO FEAFES MELILLA

103.511,61 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

21

05 23120 48000 CONVENIO TEAMA

200.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

22

05 23121 48000 CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA

219.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

23

05 23122 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES)

124.228,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

24

05 23123 48000 CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA

182.800,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

25

05 23124 48000 CONVENIO AMLEGA

29.979,60 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

26

05 31105 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS DE MELILLA  (ADIMEL)

58.164,16 €

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

27

05 23125 48000 CONVENIO MENSAJEROS POR LA PAZ

40.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

28

05 23104 48000 PREVENCION E INSERCION SOCIAL

845.425,96 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITITIVA CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/ DIRECTA

29

05 23100 48000 SUBV. CENTROS POLÍTICAS SOCIALES

171.835,84 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

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30

05 23100 47900 CONVOCATORIA MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS

10.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA

31

05 23102 48000 SUBV. ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO

224.302,35 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

32

05 23103 48000 SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA

2.391.936,39 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

33

05 31106 48000 CONVOCATORIA SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA

60.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

34

05 31107 48000 SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA

COMPETITIVA / NO

COMPETITIVA / DIRECTA

35

05 31100 48000 BECAS TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES

50.000,00 €

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA

COMPETITIVA / NO

COMPETITIVA / DIRECTA

36

05 31200 48000 ILUSTRE COLEGIO DE MÉDICOS

200.000,00€

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

37

05 24103 48000 PROGRAMA ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+2021-2027

300.258,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA NO

COMPETITIVA/DIRECT A

38

0523107 48900 MUJERES VECINALES

254.574,04 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

39

05 31108 48000 ASOCIACIÓN HUELLAS DE SOLIDARIDAD

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

39

05 23113 48001 ASOCIACIÓN ANAR

9.500,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

40

05 23119 48001 CONVENIO ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ

54.596,70 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

41

05 23120 48001 INSTITUTO PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA

433.620,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

42

05 23121 48001 FUNDACION EMET ARCOIRIS

431.795,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

43

05 23122 48001 ASOCIACION MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES

43.920,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

44

05 23123 48001 INST. HERMANAS TERCIARIAS FRANCISCANAS

54.750, 00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

45

05 23124 48001 FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA DE URGENCIAS (SAMU) PROGRAMAS ADULTOS

227.000, 00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

46

05 23125 48001 ASOCIACIÓN CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ

185.000,00€

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

47

05 23128 48001 ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA

250.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

48

05 23129 48001 DIVINA INFANTITA

485.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

49

05 23130 48001 ASOCIACIÓN ASYRE

180.000,00

MENOR Y FAMILIA

NOMINATIVA

50

05 23107 48001 SUBV. CENTRO COLABORADORES MENORES

150.000,00 €

MENOR Y FAMILIA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

51

05 31107 48000 SUBVENCIÓN INSTALACIONES DE SALUD PÚBLICA

40.000,00€

SALUD PÚBLICA

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

52

05 31201 48000 ILUESTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA

300.000,00€

SALUD PÚBLICA

NOMINATIVA

53

05 23300 78000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS DE POLÍTICA SOCIALES

20.000, 00€

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA /DIRECTA

 

2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD

A- DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Realización de diferentes acciones formativas dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Función Pública.

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de

Melilla.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de las acciones formativas que se desarrollen durante los ejercicios 2024 al 2026 correspondientes a los Planes de Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos de la misma.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual. 

      COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 27.756,90 € +19.216,32€ + 19.810,88 +19.216.32 €

BOME-PX-2024-577 Descargar página

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        03 92005 48900    USTM   PLAN DE FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS USTM    27.756,90 €

o        03 92001 48900    UGT   FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL UGT   19.216,32 €

o        03 92001 48900    CCOO  FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CCOO   19.810,88 €

o         03 92001 48900    CSIF    FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CSIF    19.216,32

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

1.             Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla. 

2.             Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por la Dirección General de Administraciones Públicas.

3.             Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005). 

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere oportuno la Dirección General de Función Pública.

-Evaluación: Memoria de actuación por cada acción formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:

o   Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones formativas.

o   Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.

 

B. DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESIDENTE

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-VOLUNTARIADO ASOCIACIONES ONG´S

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Contribuir a fomentar una cultura de la solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el desarrollo. 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Voluntarios de la Asociación y todos aquellas que estén interesados.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Llevar a cabo programas y

acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan tales situaciones.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000 € + 25.000,00€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        0392501/48900   Subvención Asociación Intervención Ayuda y Emergencias 10.000,00€

o        0392501/48900   Ayuda, cooperación y Desarrollo   25.000,00€

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia.

o   b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de

objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA

·          OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

BOME-PX-2024-578 Descargar página

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

·          PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        03/92402/48900      Subvención Centro de Hijos de Melilla       30.000,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Centro de Hijos de Melilla o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de

objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL

      OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·           AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        03/92402/48900      Subvención Asociación Policía Local         30.000,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociación Policía Local o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS

      OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·           AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 15.000€

BOME-PX-2024-579 Descargar página

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        03/92402/48900      Subvención Club Scorpio de Aventuras       15.000,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Club Scorpio de Aventuras o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.4-ASOCIACIONES DE VECINOS

      OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·           AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

·          CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

·          SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de vecinos.

·          OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 250.000€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        03/92402/48901 Subvenciones Asociaciones de vecinos    250.000,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o   a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones de Vecinos o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.5-ASOCIACIONES AMAS DE CASA

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural, Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación Amas de Casa.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   03/92402/48900      Subvención Asociación Amas de Casa    10.000,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

BOME-PX-2024-580 Descargar página

o        a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones Amas de Casa.

o   b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

o   c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

o        d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

C- DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-SUBVENCIÓN PARA ACOGIDA/ TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las asociaciones y entidades de melilla que llevan a cabo gestiones de viviendas de acogida o tutela y recursos habitacionales, de mujeres víctimas de violencia de género o agresiones sexuales.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Igualdad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos e hijas de ella dependientes

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL. Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 641.500,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Igualdad acto de Estado contra la violencia de género.  

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o        14/23102/47900  Cruz Roja de Melilla     164.500,00 €

o   14/23103/47900  Confederación Nacional Mujeres en Igualdad 184.500,00 €

o        14/23101/48902 Convenio Cruz Roja Pacto Estado Violencia de Género  292.500,00 €                      

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

-Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de acogida / tutela de mujeres víctimas.

-Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

-Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El centro Gestor elaborará un informe sobre las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

D- DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA

Objetivos estratégicos: 

1.             Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria. Mejorar la infraestructura universitaria en nuestra ciudad.

2.             Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la implantación de Másteres Universitarios, seminarios de especialización, cátedras, acciones formativas y foros internacionales.

3.     Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo universitario.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza superior de los melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria como foco de atracción económica de nuestra ciudad, elemento dinamizador estratégico y de impulso socioeconómico para el futuro. 

Se pretende ampliar y consolidar la oferta universitaria de titulaciones, grados, másteres, seminarios, conferencias, Cátedras y otros programas formativos de calidad como elementos de generación de riqueza y desarrollo futuro de 
BOME-PX-2024-581 Descargar página

Melilla. Se consolida el Foro Internacional de Turismo, como programa de fomento del turismo y de la imagen y promoción internacional de Melilla.

Entre las titulaciones que se pretenden impulsar en el ámbito de Melilla en los próximos ejercicios estarán las relacionadas con los nuevos Grados de Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Podología y Másteres en los ámbitos de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales, Finanzas y Aplicaciones al Análisis de Negocios, Gestión de la Salud, y cuantas otras se estimen oportunas a fin de incrementar la oferta universitaria de la Universidad de Granada en Melilla.

        ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

        CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Otras Universidades.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación y consolidación de Titulaciones Universitarias, Máster universitario y otros programas académicos. Así, en el “Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para el Desarrollo de la Oferta Universitaria” de fecha 3 de diciembre de 2018, publicado en el BOME núm. 26 extraord. de 19 de diciembre de 2018 , se especificaban objetivos tales como la asunción por la Ciudad Autónoma de los costes del personal docente y de administración y servicios ocasionados por la implantación de dichas nuevas titulaciones universitarias, así como la mejora de las infraestructuras del Campus de la Universidad de Granada en Melilla. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas Titulaciones y Másteres universitarios. Asimismo, se fomentará el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de la Ciudad. En el caso del fomento de las actividades universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Periodicidad anual. Los propios Convenios interadministrativos de desarrollo señalan y concretan el plazo de ejecución, vinculado al año escolar o según convenio.

        COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 

        Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros. 

        Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77. Euros 

        Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros. 

        Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros.

        Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00 Euros. 

        Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.

        Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros.

        Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00 Euros.

        Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00 Euros.

        Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros.

        Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad. 30.000 euros.

        Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. 50.000 euros.

        Convenio UGR Cursos de Verano.

              Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla.

        APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

        Convenio UGR- Grado en Enfermería: (03 32402 45390)

        Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: (03 32403 45390).

        Convenio UGR- ADE+Derecho: (03 32404 45390).

        Convenio UGR- Grado Fisioterapia: (03 32405 45390).

        Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: (03 32412 45390).

        Convenio UGR- Máster Abogacía: (03 32406 45390).

        Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: (03 45300 45390).

        Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: (03 32410 45390).

        Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: (03 32411 45390).

        Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: (03 32408 45390).

        Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad. (03 32414 45390). 

        Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. (03 32413 45390).

        Convenio UGR Cursos de Verano (03 32417 45390).

        Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla (03 32415 45390).

 

BOME-PX-2024-582 Descargar página

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

        PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a)       Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios, Actividades, Másteres Universitarios y otras acciones formativas por los importes reseñados. 

b)       Fechas de concesión previstas: Desde enero a abril/mayo (anticipada) o pospagable (a final de año).

c)       Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos. 

d)             Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración. 

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-                     Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-                     Evaluación:    Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera. Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, entre otros que se contemplen en los convenios.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la mejora de las infraestructuras necesarias.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la mejora de las infraestructuras necesarias para impulsar y modernizar la oferta universitaria del Campus de Melilla, tales como el edificio del antiguo Correos, la ampliación del edificio principal del Campus Universitario, obra del pabellón deportivo universitario y la puesta a disposición de instalaciones para la implantación de nuevas titulaciones o formación universitaria (Local 33 de la Estación Marítima u otros).

      ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

      CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso en obras necesarias de mejora de infraestructuras del Campus de nuestra ciudad, con el objetivo de incrementar y consolidar cualitativamente la oferta universitaria de Melilla.

      PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

      COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: No previsto 2024.

Ejecución y seguimiento de los Convenios rubricados en ejercicios anteriores.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: ----

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.                   Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos. 

b.                   Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento de la LGS y General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente Convenio. 

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización. 

-Evaluación: Grado de cumplimiento de las obras. Plazo de tramitación y pago.

Justificación del cumplimiento de objetivos.

 

3.-CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLOGICA, TURISMO Y FOMENTO.

A. DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Formación en innovación y herramientas digitales para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y autónomos, proyectos “emprende y avanza” y “Reactiva tu futuro”. Financiados a INCYDE por el FSE+ al 85% y de la Ciudad de Melilla al 15%

      OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa (en adelante Fundación INCYDE), para el desarrollo de acciones formativas relacionadas con la Innovación Tecnológica y herramientas digitales para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y autónomos, proyectos “Emprende y Avanza” y “Reactiva tu futuro”, FSE+

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      ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

      CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa, INCYDE, a fin de que realice las acciones formativas correspondientes, con personas desempleadas, autónomos y jóvenes (que no están trabajando, ni estudiando).

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Acciones formativas: 

1.“Emprende y avanza” para el emprendimiento tecnológico, sostenible e innovador de creación y consolidación empresarial.

2.“Reactiva tu futuro” dirigido a la formación de jóvenes en gestión empresarial y herramientas digitales.

Todo ello a fin de ampliar las oportunidades profesionales de la población a la que va dirigida, a través de la mejora de empleabilidad y el emprendimiento y con la aportación, tan solo del 15%, por parte de la Ciudad, del total de las acciones formativas.

      PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

      COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/47000- YACIMIENTOS NUEVOS EMPLEOS 2024. INCYDE

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación del 85% de las actuaciones previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la dotación aprobada por el FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS A INCYDE. La financiación del 15% restante será aportada por la Ciudad de Melilla

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

-       Subvención directa con la vigencia del Convenio

-       Forma de Concesión: Convenio con la Fundación INCYDE

-              Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-          Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por INCYDE. 

-          Subvención Prepagable

-          Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

-                     Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Representar y publicitar la Ciudad de Melilla, en múltiples competiciones en las que participa TITANS MELILLA GAMING (Equipo Melillense de Videojuegos) 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y TITANS MELILLA GAMING (equipo melillense de videojuegos), para que represente y publicite, dando a conocer la Ciudad de Melilla, en la multitud de competiciones en la que participa.

      ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

      CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: TITANS MELILLA GAMING (organización dedicada a los esports o ciberdeportes y al entretenimiento), dirigido el sector del videojuego con audiencias y penetración entre los más jóvenes que superan a la mayoría de los deportes tradicionales.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Representación de la Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes ventajas fiscales.

Todo ello, para conseguir ampliar y mejorar el tejido empresarial de la Ciudad y ampliar las oportunidades profesionales de la población, orientado a la Innovación Tecnológica.

      PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual.

      COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €)

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 6/49201/48000—Subvención TITANS MELILLA GAMING.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   Subvención directa con la vigencia del Convenio

o   Forma de Concesión: Convenio con TITANS MELILLA GAMING

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Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.  

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por TITANS MELILLA GAMING .  o Subvención Prepagable

o        Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Actividades formativas orientadas al sector del juego online, a fin de encontrar a personal con las competencias necesarias.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Asociación Melillense del Juego Online, para llevar a cabo acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal con las competencias necesarias para cubrir las amplias necesidades de personal del sector.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Melillense del Juego Online, agrupa a los trece operadores establecidos en Melilla, cuyo peso económico alcanza el 20% del PIB de la Ciudad y generan de manera directa más de trescientos empleos. En definitiva, al personal que una vez formado obtenga las competencias necesarias, a fin de que pueda integrarse en una bolsa de trabajo que irá cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: 

o   Actividades formativas orientadas al sector del Juego Online, con objeto de poder encontrar a personal con las competencias necesarias, creando una bolsa de trabajo con los resultados de esas actividades formativas de la que irán cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.

o   Junto a las universidades presentes en la Ciudad, llevarán a cabo actividades de formación y promulgación más general.

o        Acompañará a la Administración como embajadores de la marca Melilla, en el estratégico sector que representan, con el objetivo de atraer más personal de sus importantes empresas a la Ciudad y convencer a otros operadores.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €)

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   6/49200/48000- Subvención Asociación Melillense Juego online.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.   Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.   Forma de concesión: Convenio con Asociación Melillense Juego Online. 

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por ASOCIACIÓN MELILLENSE JUEGO ONLINE .  o Subvención Prepagable

o   Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Innovación Tecnológica

o   Evaluación: Se precisará memoria final.

 

B- DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-SUBVENCIÓN A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Actuaciones en materia de rehabilitación de edificios y viviendas 

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A los propietarios y edificios de uso residencial, y a aquellos otros de interés histórico-artístico

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              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Conservación del patrimonio inmobiliario, incentivar la inversión privada y adaptar los edificios a las vigentes normas del Código Técnico de la edificación, especialmente en materia de accesibilidad

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 286.400,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15200/48000   importe total 286.400,00€

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local, asimismo, se publican anualmente convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal y local. Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede instrumentarse a través de un Convenio.

Asimismo, se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las bases correspondientes, para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan actuaciones concretas en función del interés social, artístico, etc.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el número de trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros datos. La justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas correspondientes.

A través del control de precios de las actuaciones (comparándolos con los costes medios en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que podría tener esta actuación.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRIVADAS

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para el pago de alquiler de viviendas privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos

      AREA DE COMPETENCIA:

Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

      CENTRO GESTOR:

Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundamentalmente a un sector de la población con ingresos inferiores a 1.200,00 € euros, concentrándose en sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas circunstancias socio-económicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la unidad familiar, dándole mayor valor a  los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas de violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias numerosas, etc.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de exclusión social.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 1.186.000,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma, del Ministerio de Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15201/48000    importe total 1.186.000.00€

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y, alguno de los programas para víctimas de violencia de género y sectores vulnerables mediante su adjudicación directa, mediante la publicación de las pertinentes bases reguladoras. Su concesión se efectúa, en los casos de concurrencia competitiva, por puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3

3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRVADAS PARA JÓVENES.  

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes de hasta 35 años

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

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              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Sector de la población con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (2.100,00 € mensuales como máximo), que acrediten determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen dificultades para formar una unidad familiar Independiente, en los primeros pasos de la emancipación.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad BIANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024:   200.000,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/34133/48000  Importe total 200.000,00€

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

Las ayudas están reguladas tanto por normativa autonómica como por el RD 42/2022, de 18 de enero. Su concesión se efectúa en régimen de presentación de solicitudes, mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes Bases Reguladoras

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4

4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE VIVIENDAS PÚBLICAS.

      OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler y cuotas de amortización de los préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción pública gestionadas por

ENVISMESA

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Usuarios de estas viviendas con bajos recursos económicos. Los arrendatarios y propietarios de viviendas de protección oficial de promoción pública, siempre y cuando se trate de una promoción acogida a la Ordenanza por la que se regulan estas subvenciones. Dentro de los usuarios, se otorga la subvención mediante descuento en los correspondientes recibos, a las unidades familiares con menores ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos Familiares Ponderados.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 950.000,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la empresa municipal de la vivienda y suelo de Melilla, S.A.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

 Las ayudas están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan los requisitos.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las correspondientes viviendas.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º

5.1-SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021, DE 5 DE OCUTBRE, FONDOS NEXT GENERATION.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Otorgar subvenciones para la rehabilitación energética de edificios y viviendas de carácter residencial a los propietarios y arrendatarios de dichos inmuebles. en esta subvención se incluyen los gastos de elaboración de proyectos y del libro del edificio

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Arrendatarios y propietarios de viviendas de edificios y viviendas con uso residencial

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              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el ahorro energético del sector residencial

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Tiene una duración hasta el año 2026, vinculado a los Fondos Next Generation .

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.282.395 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos del programa Next Generation gestionados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15200/78000   Importe total 1.282.395,00 €

              PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

Las ayudas están reguladas por normativa estatal y por las Bases Reguladoras de la correspondiente Convocatoria. Se otorga mediante orden de presentación, hasta agotamiento del presupuesto.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta el número de edificios rehabilitados y el grado de ahorro de consumo de energía primaria no renovable.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende mejorar las condiciones de seguridad estructural, accesibilidad y funcionalidad de esta edificación singular, subvencionando la redacción del proyecto correspondiente

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15007/78000  Obispado de Málaga   40.000 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Con esta subvención nominativa se pretende una nueva ordenación de los espacios de esta parcela, subvencionando la redacción de un proyecto de nuevo edificio que permita satisfacer todas las necesidades en un nuevo edificio

      PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 58.8000,00€

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla y de la Entidad Beneficiaria

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15006/78000   Obispado de Málaga   58.800,00€

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA MILAGROSA.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

      AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

 

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              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Obispado de Málaga

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende facilitar la redacción de un proyecto para la rehabilitación integral de este edificio, muy dañado tras el terremoto de 2016

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:  33.000,00€

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de

Melilla y de la Entidad Beneficiaria

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15008/78000 Obispado de Málaga 33.000,00 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD ISRAELITA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Entidad Religiosa Singularizada

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende facilitar la rehabilitación de la sinagoga de Melilla

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:  30.000,00 €

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de

Melilla y de la Entidad Beneficiaria

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/15009/78000 Comision Israelita   30.000,00 €

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º

 

6.5- SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE FÚTFOL DE LA ESPIGUERA.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios singulares

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y Fomento  

              CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Federación Deportiva

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención nominativa se pretende colaborar en la construcción de un nuevo edificio para uso deportivo en las instalaciones del Campo de Fútbol de la Espiguera de Melilla

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con periodicidad ANUAL.

              COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de

Melilla y de la Federación Melillense de Futbol

      APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 

o 06/34000/77000  Federación Melillense de Fútbol  400.000,00 €

 

4- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA

 

A- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.

Objetivos estratégicos: 

1º.- Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y actividades funerarias.

2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las distintas religiones, cuyos ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de esta Consejería de Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una relación contractual externa en los aspectos que no contravengan las costumbres o ritos funerarios, como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la comunidad islámica, 
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quedando fuera de estos servicios municipales los correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la comunidad hebrea.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO HEBREO

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento del cementerio hebreo.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la Comunidad Hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de la Ciudad.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los enterramientos y de los cementerios hebreos.

El descenso en la población de esta comunidad, que representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios. Se pretende la Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/16400/48000 - Subvención Cementerio Comunidad Israelita.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.   Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.   Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención Prepagable. 

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos. 

-  Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO COMUNIDAD ISLÁMICA

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento Cementerio Comunidad Islámica.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los ritos y actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla. 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la Comisión Islámica de Melilla como representante religioso de las personas cuyos restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio musulmán de la Ciudad.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los ritos y actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla. 

El incremento en la población de la comunidad islámica, que representa actualmente más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios musulmán, con los equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que hay que mantener y el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.

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Por otra parte, se pretende, como objetivo específico, la Participación de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha instalación, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la misma.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.  

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/16401/48000 - Subvención Cementerio Comunidad Islámica.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.   Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.   Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Islámica.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla. Subvención Prepagable. 

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos. 

-  Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.3-CONSERVACIÓN ELEMENTOS CEMENTERIOS

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación elementos Cementerios.

      OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Conservación elementos Cementerios.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Servicios Urbanos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a aquellos propietarios particulares que necesiten emprender la restauración o reparación de sepulcros, panteones, túmulos, mausoleos o nichos, de su propiedad, que se encuentren en malas condiciones.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar la reparación y renovación de los conjuntos funerarios del Cementerio de la Purísima Concepción de la Ciudad.

Se pretende la conservación y buena apariencia de los cementerios del Cementerio de la Purísima Concepción, dentro de las obligaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   Pendiente de Asignar.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.   Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.   Forma de concesión: Subvención.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla. Subvención Prepagable. 

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos. 

-  Evaluación: No se precisará memoria final.

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B. DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la Instalación de depósitos de agua.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Garantizar el suministro de agua adecuado en términos de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla. Financiar la adquisición de depósitos de agua a particulares para ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas:

a)             Particulares, propietarios de viviendas unifamiliares con bajos recursos económicos de la Ciudad Autónoma de Melilla que reúnan los requisitos previstos en las Bases. 

b)             Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro, Entidades, etc. que sean titulares de una instalación de agua potable y reúnan los requisitos previstos en las Bases.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de la CAM, a disponer de pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento. 

Esto ocurre principalmente en viviendas unifamiliares de las zonas altas de la ciudad, donde la red general de abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos habituales de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre sus habitantes.

Se pretende la mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento. Facilitar a los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de presión individuales de baja potencia.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/16100/78000 - Subvención Adquisición Depósitos de Agua.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.-Libre Concurrencia.

b.- Forma de concesión: Subvención

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

               SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.2-AYUDA A LA ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES INTERNAS DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la adaptación de instalaciones internas de agua potable a la Normativa Vigente.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La adaptación de los contadores a la normativa permite la implementación de nuevas tecnologías y funcionalidades que mejoran la eficiencia y facilitan la gestión. Esta adaptación contribuye a la estandarización y homogeneización de los sistemas de medición, lo cual facilita el estudio y análisis de los datos de consumo.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

BOME-PX-2024-592 Descargar página

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA Estas ayudas se dirigen a los titulares de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la normativa vigente (Según informe Técnico).

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: En primer lugar, el Código

Técnico de Edificación en su apartado DB-HS-4, Suministros de agua, establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las instalaciones de aguas potables para garantizar un correcto funcionamiento.

Por otra parte, el Reglamento del Servicio Municipal de Aguas Potables de Melilla, Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987, indica las exigencias de las instalaciones y locales de las acometidas y contadores de aguas.

La Ciudad de Melilla tiene prevista una sustitución de los actuales contadores, propiedad de los abonados, por otros nuevos de titularidad municipal equipados con sistemas de telelectura. Para ello se realizará una campaña de inspecciones de forma sectorizada en las instalaciones interiores de los edificios, mediante la cual se comprobará el cumplimiento de la normativa y se obligará a realizar una adaptación a la misma en caso necesario. 

En resumen, adaptar las instalaciones internas de agua potable a la normativa es necesario para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad, aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y facilitar la gestión y análisis de los datos de consumo

Con esta actuación se pretende facilitar la adaptación de acometidas, baterías de contadores y/u Hornacinas o alojamientos de los contadores, desde la conexión con la red Municipal hasta la Salida hacia la red interior.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 120.000,00 Euros.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 -Pendiente de Asignar.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.-Libre Concurrencia.

b.- Forma de concesión: Subvención

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.3-CONVENIO IGME INVESTIGACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio IGME Investigación aguas subterráneas.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio Específico de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de Melilla en el período 2020-2025.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Instituto Geológico y Minero de España

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME. 

Esta colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios científicos técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos, cartografía temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos organismos. 

El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las diferentes actividades recogidas en el listado siguiente: 

1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas. 

2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica. 

3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos. 

4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial). 

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5.- Informes complementarios en relación con el estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. Plan Estratégico Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129 

6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento. 

7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora. 

8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación para control de evolución de niveles. 

9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua. 

10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento. 

11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico. 

12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de Melilla. 

13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de agua de mala calidad. 

14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5 sondeos). 

15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las explotaciones. 

16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos. 

17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España. 

18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial. 

19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las pantallas del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño. (14 sondeos). 

20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones potencialmente contaminantes y otros). 

Regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME. 

Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024. 

Con todo lo anterior se pretende conseguir la mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua de consumo humano de la población.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 42.250,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17100/42390 - Convenio Instituto Geológico y Minero de España

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Subvención directa.

b.- Forma de concesión: Convenio.

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por dos representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados por el IGME. 

Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las partes, según los temas a tratar. 

La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones siguientes: 

a.  Aprobar y evaluar el Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea necesario, las variaciones que se consideren oportunas. 

b.  Realizar informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos 

c.   Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución del Convenio. 

d.  Redactar y proponer a las partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente aprobado.  e. Cualesquiera otras cuestiones que las partes consideren adecuadas. 

Para efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las actividades que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar, previo acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de resultados al final del convenio. 

Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto en la Lay 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los Órganos Colegiados, concretamente los art. 15 al 18, de la precitada Ley.

La Comisión se considerará válidamente constituida si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad

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C. DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL

      OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento sostenible de un trasporte de personas que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo marco de movilidad sostenible.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a la adquisición de determinados medios de transportes impulsados por energía eléctrica para el fomento de transporte sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas, monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con menor impacto medio ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la sostenibilidad ambiental. 

Se pretende conseguir la participación de las personas que realizan desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad existente. 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/13400/78000 - Subvención PMUS Bicicletas

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante Libre Concurrencia. 

b.             Forma de concesión: Subvención. 

c.             Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

 - Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE TAXIS DE MELILLA

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención para la renovación de la flota de taxis de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos El objeto de este programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la ciudad de Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda son aquellos particulares o empresas titulares de la licencia correspondiente de taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses. 

Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más accesibles.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

BOME-PX-2024-595 Descargar página

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/44120/78000- Subvención Taxis.

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante Concurrencia Competitiva. 

b.             Forma de concesión: Subvención. 

c.             Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

- Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de explotación de los ejercicios en curso.  

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo urbano, Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA) 

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos. 

Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadanos

Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del próximo contrato. Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria desde 2007. 

Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de trasporte colectivo urbano. 

Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros. 

La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el que hace constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su territorio en materia de “transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g). El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos. 

Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los ciudadano.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/44110/47900- Subvención compensación déficit tarifario COA.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.             Subvención mediante Concurrencia Competitiva. 

b.             Forma de concesión: Subvención. 

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a.             Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad subvencionada (prestación del servicio) 

d.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

e. Plazo y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3) meses, una vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2023. 

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-  Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS ESPECIES Y HÁBITATS

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio UGR Estudios especies y hábitats.

      OBJETIVOS ESPECÍFICOS:  

A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.  

1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica. 

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo.  B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidad de Granada, apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de divulgación medioambiental.

Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con amplia experiencia. 

Seguimiento y conservación de zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias subáridas. 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17200/45300- Convenio UGR estudio especies y hábitats.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.             Forma de concesión: Convenio con la UGR. 

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c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los informes ambientales y planes de gestión realizados en cada ejercicio. 

 -Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y FLORA EN LA CIUDAD DE

MELILLA

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.

      OBJETIVOS ESPECÍFICOS:  

Actuación con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de realizar:

A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la biodiversidad local. 

1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación del hábitat natural y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación de realizar, en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de conservación de las especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda, en particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva de base científica para de la confección del futuro Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni humanos para acometer el desarrollo de un proyecto que implica contar con un equipo multidisciplinar, y con experiencia en este tipo de trabajos. 

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019). 

B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos 1 y 2.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con experiencia en este tipo de estudios. 

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante concurrencia competitiva.

b.  Forma de concesión: Convenio con la UGR. 

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

BOME-PX-2024-598 Descargar página

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.6-CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Concienciación e información a la protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS:  

Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se encuentran:

       Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través de actividades de sensibilización, información y concienciación medio ambiental.

       Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.

       Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.

       Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus actuaciones.

       La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.

       La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.

       El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.

              El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de Melilla.

Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante libre concurrencia.

b.  Forma de concesión: Subvención. 

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-Evaluación: Memoria debidamente firmada de la actuación realizada según lo que se disponga en las Bases Reguladoras y en la Orden de la Convocatoria.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.7-SUBVENCIÓN ONG´S PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA 

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

BOME-PX-2024-599 Descargar página

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la naturaleza e instituciones universitarias acreditadas en el campo de protección a la naturaleza.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia específica. 

2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese campo. 

B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S Protección a la naturaleza.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17200/48000- Subvención a ONG’S Protección Naturaleza.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante libre concurrencia.

b.  Forma de concesión: Subvención. 

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la justificación del importe otorgado con los justificantes. 

-  Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-  Evaluación: Se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO IMPLANTACIÓN EMAS

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención fomento implantación EMAS.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto. Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético. Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660 millones de Euros para toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

BOME-PX-2024-600 Descargar página

Que las empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar un sistema de gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar los impactos ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este ámbito.

Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración medioambiental verificada por organismos independientes. Estas entidades son reconocidas con el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información dada por dicha empresa.

Los efectos que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes:

Todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos aprobado por estas bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local del programa 6, deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las siguientes: - Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética renovable en términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo energético para los mismos periodos. - Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado para el propietario de la instalación. - Deberá existir una pantalla en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto será de aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el sector residencial incluidas en los programas de incentivos 4, 5 y 6. -Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.

La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes actos delegados y de ejecución.

Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes programas:

a)             Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. 

b)             Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

c)             Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. 

d)             Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. 

e)             Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

f)              Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17201/48000- Subvención Fomento Implantación EMAS.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.  Subvención mediante concurrencia competitiva.

b.  Forma de concesión: Subvención. 

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.

Subvención Prepagable. 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.

 -Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE SOLER.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta Línea tiene como base al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las ayudas reguladas por este programa tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales, con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los espacios urbanos.

BOME-PX-2024-601 Descargar página

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

Su objetivo es la ayuda para la implantación e instalación de placas solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el autoconsumo o la eficiencia energética. 

Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario final se justificará mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17210/78002- Subvención eficiencia energética CEIP Enrique Soler.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.-Subvención Directa.

b.- Forma de concesión: Subvención.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable. 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La finalidad de esta subvención es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en estas bases, conforme a lo previsto en las mismas, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España: 

a)             Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.

b)             Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. 

c)             Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número 5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850 ARTÍCULO: BOME-A-2021-317 PÁGINA: BOME-P-2021-827 CVE.

d)             Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa. 

Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE 
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a)             y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. Para poder ser beneficiarias, estas empresas deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de actuaciones recogidas en estas bases, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.

b)             Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

c)             Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

Para las actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación. 

Las actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda, con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5. F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS (incluidas dentro del programa de incentivos 6).

Las instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La finalidad de esta subvención es: 

a)  Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

b)             Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

c)  Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17210/78009- Subvención eficiencia energética.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Concurrencia Competitiva

b.- Forma de concesión: Subvención.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable. 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN, SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

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              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas a las entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla y estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal, a la fecha de la convocatoria y que reúnan los requisitos previstos en las Bases.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

Las ayudas tienen como objeto la promoción programas de actividades de concienciación, sensibilización e información ambiental en la Ciudad Autónoma de Melilla entre las que se encuentran:

       Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través de actividades de sensibilización, información y concienciación medio ambiental.

       Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.

       Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.

       Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus actuaciones.

       La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.

       La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.

Se pretende la mejorar la participación ciudadana en el ámbito del medio ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   07/17203/22699- Sensibilización y Concienciación Ambiental.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Concurrencia Competitiva.

b.- Forma de concesión: Subvención.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable. 

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad. 

-Evaluación: No se precisará memoria final.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE MATERIALES QUE CONTIENEN FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS PRIVADOS.

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la retirada de materiales que contienen fibrocemento en instalaciones y emplazamientos privados.

      OBJETIVOS ESPECÍFICOS:  

En España la utilización y comercialización del amianto está prohibida desde 2002 tras la Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos. En cambio, muchos edificios y elementos industriales construidos en fechas anteriores a su prohibición aún contienen amianto.

Además, el Parlamento Europeo en 2013 estableció una resolución instando a la UE a "supervisar la presencia de amianto en edificios públicos y privados" y a crear "planes de acción para su eliminación segura" antes del año 2028, así como indica el Parlamento realizar un registro de edificios que contienen amianto. En esta resolución, entre otras propuestas importantes: insta a la UE a que realice: “una evaluación de impacto y análisis de costes y beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los edificios públicos”. Con la aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se recoge en su disposición adicional decimocuarta la obligación de los ayuntamientos de elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Dentro de estas instalaciones se recogen tanto públicas, como privadas.

Los riesgos derivados del amianto están producidos por la inhalación de las fibras de amianto, siendo las de menor tamaño las que alcanzan las vías aéreas inferiores. La longitud y configuración de las fibras (pequeño tamaño y forma larga y delgada) influye en su capacidad de penetración en las vías respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire durante mucho tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.

Una vez dentro de los pulmones, los mecanismos de defensa del organismo tratan de descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las fibras de amianto que consiguen quedarse en el cuerpo y permanecer en él durante mucho tiempo.

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El amianto (en todas sus variedades) está clasificado según la Legislación Española como cancerígeno de primera categoría, es decir, "sustancias que se sabe, son carcinógenas para el hombre".

Por orden número 249 del 20 de octubre de 2023, se crea el censo de instalaciones y emplazamientos públicos y privados que contienen amianto.

Con el fin de poder contar con toda la información necesaria para el censo municipal, a la par de que se previenen problemas para la salud de los propios ciudadanos, se decide establecer una convocatoria para la retirada de este material en instalaciones y emplazamientos privados. 

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, Dirección General de Sostenibilidad.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas se dirigen a los titulares de una edificación, instalación o emplazamiento privado que cuente con amianto y esté inscrita en el censo municipal existente.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER 

Con esta actuación se pretende contar con la información actualizada en el censo de la ciudad, a la par de que se facilita la retirada de este material peligroso, reduciendo el riesgo para la salud humana.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   Pendiente de Asignar.

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.- Libre Concurrencia.

b.- Forma de concesión: Subvención.

c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.

·          SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Control de la Contaminación Ambiental.

-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Sostenibilidad

 

5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR

 

A. DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y FESTEJOS

Objetivos estratégicos: 

Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD ISRAELITA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de instalaciones, fomento de la cultura hebrea, integración social de los miembros de la comunidad israelita, educación y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

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       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 120.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/92406/48000- Subvención Comunidad Israelita

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o        Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita.

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o        Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1

1.2- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/92407/48000- Subvención Comunidad Hindú.

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Hindú 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.3- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de reparación de mezquitas de la Ciudad, dotación a la Comisión de los medios materiales y personales para contar con una administración eficiente de la misma, ayudas a los más necesitados, congregaciones y contratación de servicios externos necesarios para el correcto funcionamiento de la comunidad.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 275.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/92412/48000- Subvención Comisión Islámica

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o        Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comisión Islámica. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.4- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD MUSULMANA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/92413/48000- Subvención Comunidad Musulmana

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       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Musulmana. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago  

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.5- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ISLÁMICA “BADR”  

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento de ayudas a colectivos vulnerables. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio para el desarrollo del programa “Habitat” de alojamiento temporal y ayudas sociales a familias y colectivos vulnerables.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 200.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/23126/48001- Convenio Asociación “BARD”

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Islámica "Badr”. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.6- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de fomento de la cultura musical  en todas sus formas.

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       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 22.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33408/48900- Convenio Sociedad Cultural de Amigos de la Música.

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Sociedad Cultural Amigos de la Música. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.7- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA y LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar las actividades musicales que enriquezcan culturalmente a la ciudadanía melillense 

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 400.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33409/48900- Convenio Asociación Banda de Música, Orquesta, Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

BOME-PX-2024-609 Descargar página

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.8- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA y LA ASOCIACIÓN NANA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con entidades y Organizaciones de ayuda a sectores desfavorecidos

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades de integración de personas en riesgo de exclusión.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33410/48900- Convenio Asociación NANA

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o        Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Nana. 

o   Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA y

LA ASOCIACIÓN OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades e inmersión y descubrimiento de diferentes formas de desarrollo cultural 

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

BOME-PX-2024-610 Descargar página

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 40.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33410/48900- Convenio Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.10- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de la Ciudad. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: puesta en conocimiento protección y desarrollo de la cultura gitana en Melilla 

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33421/48902- Convenio

Instituto de Cultura Gitana.

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por el 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

BOME-PX-2024-611 Descargar página

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.11- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL

 

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población melillense.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33403/48903- Convenio Men Guímel

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación SocioCultural Mem Guímel. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.12- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE “EL CARMEN”

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio LA Salle “El Carmen” para el desarrollo del proyecto “Aulas Interculturales”

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33403/48905- Convenio Aulas Interculturales Salle

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-PX-2024-612 Descargar página

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por el Colegio La Salle “El Carmen”.. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.13- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Colaborar y fomentar centros de formación de la ciudad 

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33425/48900- Convenio ACEFOME

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Centros de Formación de Melilla.  

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.14- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA AGRUPACIÓN DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la riqueza cultural y patrimonial relacionada con los pasos de la Semana Santa Melillense  

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

BOME-PX-2024-613 Descargar página

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 130.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33405/48900- Convenio Agrupación de Cofradías

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla.. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.15- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la el arte universal del flamenco en la ciudad   

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33403/48900- Convenio Escuela Flamenco

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Escuela de Flamenco “Ciudad de Melilla”.. 

o        Subvención Prepagable. 

BOME-PX-2024-614 Descargar página

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o        Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan y conserven la historia de la ciudad

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 18.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33414/48900- Convenio Estudios Melillenses

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Estudios Melillenses.

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

              EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Estudios Melillenses. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.17- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MUSICAL Y CULTURAL AMAZIGH

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la musica y cultura amazigh.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 50.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33409/48000- Convenio Asoc. Musical y Cultural Amazigh

BOME-PX-2024-615 Descargar página

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Musical y Cultural Amazigh.. 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Musical y Cultural Amazigh.. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.18- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Aula permanente de formación abierta

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 21.500,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33404/48900- Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta)

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

        EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta).. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.19- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA REAL ORDEN FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA VICTORIA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

BOME-PX-2024-616 Descargar página

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 35.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33406/48900- Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria

c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.20- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33407/48000- Convenio COACAM

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN:  Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o        b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial de Arquitectos 

o        c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-PX-2024-617 Descargar página

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de Melilla.. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.21- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33408/48000- Convenio Col. Oficial Arq. Técnicos

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: 

o a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos Técnicos

o c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la Ciudad Autónoma de Melilla. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.22- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN COMENZAMOS

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas

BOME-PX-2024-618 Descargar página

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33404/48000- Convenio Comenzamos.

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: 

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Comenzamos

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Comenzamos. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o        Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación 

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.23- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 5.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33403/48907- Convenio Rusadir XXI

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: 

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Asociacion Sociocultural Rusadir XXI

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Sociocultural Rusadir XXI. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

BOME-PX-2024-619 Descargar página

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.24- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €

·          APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33423/48900- Subvención Centro UNESCO Melilla

·          APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: 

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Subvención Centro UNESCO Melilla 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Melilla para la UNESCO. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación  

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.25- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN VOCES RESCATADAS

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33405/48000- Convenio Voces Rescatadas

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

BOME-PX-2024-620 Descargar página

o   b. Forma de concesión: Subvención Asociación Voces Rescatadas 

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Voces Rescatadas. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.26- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones. 

       OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

       COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 195.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33410/48000- Convenio Asociación Melillense Inclusión Activa

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes: 

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Melillense Inclusión Activa

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por la Asociación Melillense Inclusión Activa.. 

o        Subvención Prepagable. 

o   Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o   Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.27-        SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA 

       OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento del asociacionismo cultural de la Ciudad 

       OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor.

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, 
BOME-PX-2024-621 Descargar página

       literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades 

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será anual.

              COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 100.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024   04/33401/48900- Subvenciones Entidades Culturales

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes: 

o   a. Subvención directa con la vigencia del convenio. 

o   b. Forma de concesión: Subvención

o   c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

o   Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por las asociaciones.  o Subvención Prepagable.  o Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y Festejos. 

o        Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pag

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.28- SUBVENCIONES CASAS REGIONALES DE MELILLA

       OBJETIVO ESTRATÉGICO: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla.

       ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, patrimonio cultural y mayor

       CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.

       SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de melillenses organizados en diferentes regiones del País.

       OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento, funcionamiento y promoción de actividades de las Casas Regionales.

       PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

       COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:

o        Subvención Casa De Melilla en Zaragoza: 15.669,00 €.

o        Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 12.169,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Madrid: 12.119,00€

o        Subvención Casa De Melilla en Granada 22.169,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 14.669,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Almeria.. 15.669,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 14.619,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Malaga: 19.719,00 €

o        Subvención Casa De Melilla en Valencia: 14.279,00€

o        Subvención Casa De Melilla en Toledo: 8.919,00 €

o        Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

·                     Subvención Casa De Melilla en Zaragoza : 03/92500/48910

·                     Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 03/92500/48906

·                     Subvención Casa De Melilla en Madrid: 03/92500/48909

·                     Subvención Casa De Melilla en Granada 03/92500/48903

·                     Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 03/92500/48904

·                     Subvención Casa De Melilla en Almería. 03/92500/48911

·                     Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 03/92500/48908

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·                     Subvención Casa De Melilla en Málaga: 03/92500/48902

·                     Subvención Casa De Melilla en Valencia: 03/92500/48905

·                     Subvención Casa De Melilla en Toledo: 03/92500/48907

·                     Federación Nacional Casas de Melilla: 03/92500/48901

       APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:  

-Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades representativas, por los importes reseñados

-Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.

-Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

-Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

              SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de

objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.

A- DIRECCIÓN GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE LAS PISCINA DE DICHO CENTRO EDUCATIVO.

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la natación.

              OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a una instalación deportiva singular y cuya demanda es muy elevada en la ciudad como es una piscina cubierta climatizada.

              OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del deporte de la natación.

              AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Instalaciones Deportivas

      SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro educativo de La Salle El Carmen, el único de la ciudad que cuenta con una piscina cubierta climatizada.

      OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Favorecer el acceso de los ciudadanos a una instalación deportiva singular que cuenta con una elevadísima demanda por parte de toda la población, la cual no puede ser satisfecha únicamente con las instalaciones propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:  Trienio que abarca desde 2024 a 2026: 

      COSTES PREVISIBLES: 115.000,00 € 

      APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen 

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA  o 14/34114/48902     Colegio La Salle El Carmen     Convenio uso piscina    115.000,00 €

      PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes: 

o Subvención directa con la vigencia del convenio o Forma de concesión: Convenio con el citado centro educativo. o Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en el convenio acordado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma

      SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: 

Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

B. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º

1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Participación de los equipos melillenses en categoría nacional.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

BOME-PX-2024-623 Descargar página

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Equipos melillenses que militan en categoría nacional. La relación de los diferentes equipos puede variar de un ejercicio a otro, en función de los ascensos y descensos deportivos que se produzcan, así como los importes de las subvenciones.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a los diferentes clubes cuyos equipos militan en categoría nacional para el desarrollo ordinario de sus actuaciones, con la finalidad de promover entre todos los melillenses las diferentes modalidades deportivas, animando a su participación, así como facilitando a la ciudadanía en general la posibilidad de disfrutar de un espectáculo deportivo de alto nivel en nuestra ciudad.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

              COSTES PREVISIBLES: 8.525.000,00 €

       APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

 

o   Club Melilla Baloncesto    14/34102/48000    1.110.000,00 €

o   C.D. Enrique Soler Plata    14/34120/48000    440.000,00 €

o   C.D. Enrique Soler EBA    14/34103/48000    120.000,00 €

o   La Salle Challenge    14/34118/48000    400.000,00 €

o   La Salle 1ª Nacional    14/34111/48000    65.000,00 €

o   C. Voleibol Melilla Masc    14/34105/48000    1.000.000,00 €

o   C. Voleibol Melilla Fem    14/34115/48000    215.000,00 €

o   Club Virgen de la Victoria    14/34112/48000    260.000,00 €

o   U.D. Melilla    14/34101/48000    3.000.000,00 €

o   Club Atlético Melilla    Pte. Asignar    250.000,00 €

o   U.D. Melilla Juvenil    Pte. Asignar    85.000,00 €

o   Rusadir C.F. F-11    Pte. Asignar    60.000,00 €

o   Torreblanca 1ª Div    14/34119/48000    550.000,00 €

o   Torreblanca 2ª Div    14/34108/48000    150.000,00 €

o   Melistar 2ª A    14/34114/48000    500.000,00 €

o   Nueva Era 2ª B    Pte. Asignar    180.000,00 €

o   Rusadir C. F. F.S.    Pte. Asignar    50.000,00 €

o   Peña Real Madrid F.S    14/34113/48000    50.000,00 €

o   Club Olimpo Fénix     Pte. Asignar    40.000,00 €

              TOTAL: 4.525.000.00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.                    Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.                    Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c.                    Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º

2.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS.

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar la práctica deportiva de diferentes colectivos y deportistas melillenses.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades deportivas y deportistas melillenses, cuya práctica deportiva precisa, dada su singularidad, el colectivo al que va dirigido o la dificultad para llevarla a cabo, de un apoyo público para lograr su consecución.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a las diferentes entidades y deportistas de acuerdo a la siguiente descripción: 

-                     Convenio Real Club Marítimo para el fomento, promoción y desarrollo de los deportes náuticos

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-                     Convenio Barco Ciudad de Melilla para el desarrollo de una escuela de vela de crucero con jóvenes melillenses y su participación en pruebas de nivel que complementen su formación

-                     Convenio Aspanies para el impulso, desarrollo y promoción de la actividad deportiva con personas con diferentes capacidades intelectuales

-                     Convenio con la Asociación Española Contra el Cáncer, para la promoción de la actividad deportiva con personas y afectadas por esta enfermedad y sus familiares

-                     Convenio Asociación Carrera Africana, para la organización y desarrollo de la Carrera Africana en Melilla

-                     Convenio Álvaro Martínez Triatlón, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

-                     Convenio Luis Miguel Ruiz, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

-                     Convenio Eduardo Calderay, para apoyar el desarrollo y participación en el ámbito internacional de este triatleta

-                     Convenio Diego Ortega Dakar, para apoyar la participación de este melillense en la prueba internacional del Dakar

-                     Convenio Escudería Delfi Sport, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba internacional del Dakar

-                     Convenio Motoclub Rally Dakar, para apoyar la participación de esta entidad melillense en la prueba internacional del Dakar

-                     Convenio Borja Pérez Casimiro, para apoyar la participación de este melillense en la prueba internacional del Dakar

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

              COSTES PREVISIBLES: 489.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Real Club Marítimo de Melilla    14/34122/48000  Fomento Náutica     40.000,00 €

o   Barco Ciudad de Melilla    14/34109/48000    Escuela de cruceros    70.000,00 €

o   Aspanies Deportes    14/34110/48000    Fomento Act. Fïsica    35.000,00 €

o   Asoc. Española Contra Cáncer    14/34130/48000    Fomento Act. Física    25.000,00 €

o   Asoc. Carrera Africana    14/34132/48000    Organización Africana    100.000,00 €

o   Álvaro Martínez Triatlón    14/34127/48000    Participación Triatlón    15.000,00 €

o    Eduardo Calderay Triatlón    14/34128/48000    Participación Triatlón     15.000,00 €

o   Luis Miguel Ruiz Triatlón    14/34129/48000    Participación Triatlón     15.000,00 €

o   Diego Ortega Dakar    14/34131/48000    Participación Dakar    15.000,00 €

o   Escudería Delfi Sport    14/34116/48000    Participación Dakar    97.000,00 €

o   Motoclub Rally Dakar    14/34117/48000    Participación Dakar    52.000,00 €

o   Borja Pérez Dakar    Pte. Asignar    10.000,00

              TOTAL: 489.000,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.             Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.

 

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º

3.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL

              OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Proporcionar a las entidades deportivas y deportistas melillenses los recursos necesarios para promocionar la actividad física y deportiva en Melilla, tanto a nivel federativo como de clubes como a las entidades que no tienen fin competitivo, así como para la organización de eventos deportivos en la ciudad y la participación en pruebas deportivas singulares de los deportistas mientras continúan con su desarrollo deportivo.

              OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.

              ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

              CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.

BOME-PX-2024-625 Descargar página

              SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federaciones, Clubes, resto de entidades deportivas y deportistas.

              OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: 

o   Apoyar a las entidades deportivas de Melilla y a los deportistas en el desarrollo de su actividad.

o   Promocionar la práctica deportiva entre el conjunto de la población. o Favorecer la organización de eventos deportivos en Melilla.

o   Facilitar la participación de los deportistas melillenses en los Campeonatos de España oficiales.

o   Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la práctica deportiva.

o        Incrementar la oferta deportiva de la ciudad.

              PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a 2026.

              COSTES PREVISIBLES: 2.270.000,00 €

              APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

o   Federaciones Melillenses   14/34100/48000    Convoc. Federaciones     800.000,00 €

o   Clubes Deportivos              14/34100/48000    Convoc. Clubes    300.000,00 €

o   Clubes y Federaciones       14/34100/48000     Convoc. Eventos   200.000,00 €

o   Entidades deportivas          14/34100/48000    Convoc. no competitivas    150.000,00 €

o   Clubes y Federaciones       14/34100/48000    Convoc. Desplazamientos    670.000,00 €

o   Entidades y deportistas      14/34100/48000    Convoc. proyectos deportivos singulares    150.000,00 €

              TOTAL: 2.270.000,00 €

              APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:

a.             Subvención directa con la vigencia del convenio. 

b.             Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en el cuadro anterior.

c.             Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

       SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los objetivos y de las condiciones impuestas en las bases reguladoras y en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.