ARTÍCULO Nº 111 (CVE: BOME-AX-2024-111) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 30 - lunes, 29 de abril de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de abril de 2024, relativo a la aprobación del Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM para el periodo 2024-2026.
El Consejo de
Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente celebrada el
día 29 de abril de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO SEGUNDO.- PLAN
ESTRATÉGICO 24-26.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta
presentada por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad,
con el siguiente tenor literal:
“Con carácter previo se
informó a las Direcciones Generales de todas las Consejerías y sus organismos o
entidades dependientes de la necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un
nuevo Plan General con carácter previo al establecimiento de subvenciones
(Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la CAM
BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), que concrete los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los
costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (Art. 8.1 LGS
38/2003). Con carácter básico según la Disposición Final primera de la LGS
38/2003 y configurado como un instrumento de planificación de las políticas
públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública
o interés social o de promoción de una finalidad pública (Art. 10.1 del RD
887/2006), cada Consejería y sus organismos adscritos aportaron su propio plan
de actuación o estratégico que abarca las subvenciones tanto de sus órganos
como de sus organismos y demás entes públicos a él vinculados para su posterior
remisión al Consejo de Gobierno, órgano competente para su aprobación (Art.
16.1.27 del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM, BOME Ext. n.º 2
de 30 de enero de 2017). Si bien, la Disposición Adicional Primera del
Reglamento General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea
cada Consejería y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que
elabore su propio Plan, esta Consejería ha optado en un esfuerzo aunador por la
elaboración de un único documento o plan de ámbito general que permita una
mayor coordinación y eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional
o de actividad de fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el
Anteproyecto de Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres
años 2024- 2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las
subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en
la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de
ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones
estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.
Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos y las
líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida presupuestaria
en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por objeto la promoción
y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la Ciudad. De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico 2020-2022
será objeto de publicación, entrando en vigor al día siguiente, en el Boletín
Oficial de la Ciudad (BOME), además de en sede electrónica de la Ciudad
Autónoma de Melilla para su plena validez.
Por todo ello, se considera oportuno elevar
propuesta al Consejo de Gobierno para la aprobación y posterior publicación del
PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026
cuyo texto íntegro se adjunta al presente informe.
Por todo lo anterior y de conformidad con los
documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo
siguiente.
Aprobación y
posterior publicación del PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM
PARA EL PERIODO 2024-2026 cuyo texto íntegro se adjunta.”
De conformidad con los artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOME
num 236 de 2 de octubre),y 93 del Reglamento de Gobierno y Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra num 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes contra
el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su
publicación.
Alternativamente, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de
esta notificación o su publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso,
si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que le comunico
para su publicación y general conocimiento.
Melilla 29 de abril
de 2024,
El Secretario P.A.,
La Secretaria Técnica
de Seguridad Ciudadana,
María del Carme
Barranquero Aguilar
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
PARA EL PERIODO 2024-2026
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de
noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Órganos de las
Administraciones Públicas que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con
carácter previo, su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, establece que Los planes y programas relativos a
políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o
reglamentarias, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones
de los regulados en el apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que
recojan el contenido previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran
en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación
estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose
progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas
décadas en el sector público español.
Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias
constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos,
coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y
planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo
con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con
objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento
pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el
artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto
público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos
públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de
eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más
en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno
de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la
variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa
en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del
gasto público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de
las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que
pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y
coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas
evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en
la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones,
de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este
documento único que permite establecer la correlación entre los objetivos
misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas
determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones
concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de
la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de
vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector
afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración
diferente.
Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME
extraordinario núm. 11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba
el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el
periodo 2020- 2022. Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por
parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario núm. 54, de 31/07/2023) de atribución de competencias a las
Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica
que se emplea en el presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior,
se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024-
2026, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean
necesario realizar anualmente.
Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento
General de Subvenciones de la CAM prevé la posibilidad de que sea cada Consejería y
demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad la que elabore su propio
Plan, se ha optado en un esfuerzo aunador por la elaboración de un único
documento o plan de ámbito general que permita una mayor coordinación y
eficacia de las distintas actuaciones en materia subvencional o de actividad de
fomento en la Ciudad de Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de
Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres
años 2024-2026, el presente plan abarca el establecimiento de todas las
subvenciones de previsible ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en
la Ciudad de Melilla con consignación adecuada y suficiente que habrán de
ajustarse al presente plan, salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones
estarán condicionadas a la aprobación del correspondiente presupuesto.
Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus
organismos adscritos y las líneas subvencionales con su correspondiente importe
y partida presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen
por objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.
Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de
Melilla, de acuerdo con la opción primera que recoge la Disposición Adicional
Primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME nº 4224, de 09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2024-2026, cuyo articulado figura a
continuación.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de
la Ley 19/2013 de
9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en
vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en
sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.
ARTÍCULO 1.
El
establecimiento de subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así
como de sus entes dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a
los objetivos estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin
perjuicio de las concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando
se tramite una subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se
deberá incluir en el expediente una memoria en la que se detallen la relación
de los objetivos de la subvención con la planificación estratégica y los
posibles efectos en ésta, así como las causas que han impedido su inclusión en
aquél.
Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico
ya aprobado debiendo aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones
previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones
correspondientes en los presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación
de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado
al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que
consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su
concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones
no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales
beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso
de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante
su carácter programático, carente de rango normativo, o si como resultado de
los informes de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General
o entes gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel
de consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de
recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces
y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los
siguientes:
-Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se
garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en
la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión
directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá
contar con la debida consignación presupuestaria previa.
-Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en
la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por
los potenciales beneficiarios.
-Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de
recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
-Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los
principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades
subvencionadas. Y de forma específica, verificar de forma constante la
pertinencia del Plan Estratégico.
A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la materia
·
Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº
4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo
del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será
el Consejo de Gobierno.
Por tanto:
-Los programas de subvenciones quedarán
condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
-Con carácter previo al otorgamiento de las
subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la
aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
-Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de
las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la
concesión.
El contenido del plan estratégico podrá reducirse a
la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de
realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:
Las subvenciones que se concedan de forma directa,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la LGS.
Las subvenciones que, de manera motivada, se
determinen por parte del titular de la Consejería en atención a su escasa
relevancia económica o social como instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las
subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene,
para cada caso, la siguiente información:
a)
Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera
lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y
que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los
correspondientes programas presupuestarios.
b)
Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de
subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:
1.º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia
los que se dirigen las ayudas.
2.º Objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación.
3.º Plazo necesario para su consecución.
4.º Costes previsibles para su realización y
fuentes de financiación, 5.º Plan de
acción.
c)
Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas
de subvenciones que se establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan, además del presente articulado, se
organiza agrupando los planes individuales de subvenciones aportados por parte
de cada Consejería, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido
en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM,
es decir:
1)
CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.
2)
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
3)
CONSEJERIA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y
FOMENTO: o Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública
Instrumental) o Patronato de Turismo (Organismo
Autónomo)
4)
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
5)
CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR
6)
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
Al final del Plan se enumera como Anexo un listado
de subvenciones por órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas,
aplicaciones presupuestarias, importes estimados y procedimiento de
concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones
previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
-Ente concedente: La Consejería correspondiente como gestor de la subvención
-Objeto.
Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la
subvención, la cual será posteriormente objeto de evaluación.
-Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a
aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y
requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
(concurrencia competitiva, subvención directa,
convenio de colaboración)
-Importe. Referido a la consignación prevista para cada subvención.
CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS
SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos
dependientes concederán subvenciones a favor de personas o Entidades privadas
con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública
o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a
la competencia local.
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS
PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un mejor análisis de la eficacia de cada
subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán de
los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas,
número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los
objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 12.
En concreto se deberá detallar para la evaluación
lo siguiente: - Objeto - Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora -
Importe subvencionado - Acciones concretas desarrolladas en el importe de la
subvención - Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción
subvencionada - Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a
los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del
mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.
CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control financiero de los programas
subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al
respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con
relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago
utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada
beneficiario para la obtención de la subvención. La Intervención General podrá
elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la
fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las modificaciones puntuales como anuales a
las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería
correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al
Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del
Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de
enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda subvención que no esté reflejada en el
presente plan con el contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su
tramitación, la previa actualización del plan incluyendo dicha información,
siguiendo el procedimiento del artículo 14 del presente plan.
Aportados los planes individuales por cada
Consejería que integran el Plan General, con contenidos comunes y de
conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan
los que siguen:
1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y favorecer el
acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social,
la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de
acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres
y mujeres.
Con este objetivo se pretende mejorar la situación
económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en
situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva,
orientación laboral y formación ocupacional.
Pero además será imprescindible favorecer la
generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta
propia.
Medidas prioritarias:
1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a
la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los
colectivos vulnerables
1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la
población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense
1.3.- Ampliar y diversificar los canales de
información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo
formación.
OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos
económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar
las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión. Facilitar a los
medios y recursos económicos y/o servicios suficientes para garantizar las
condiciones de una vida digna y evitar la cronificación de las situaciones de
precariedad social de las familias especialmente las que tienen hijos a cargo.
La intervención correspondiente a este objetivo
general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se
encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales
manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus
servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer
frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de
exclusión social en la ciudad.
Medidas prioritarias:
2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios
Sociales
2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos
mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión
social en hogares y personas
2.3.- Optimización de la gestión de las
prestaciones y mejora de los protocolos de actuación
2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población
en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los
demás colectivos vulnerables
2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios
urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación
social
2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo
de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables
2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad
y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la
acogida residencial y programas complementarias a ésta
2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas
pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su
exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima
y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.
2.9- La mejora de las situaciones de precariedad
económica de las familias, la facilitación de los medios y recursos suficientes
para facilitar la asistencia material básica a las personas más desfavorecidas,
especialmente los que tienen menores a su cargo, y otras que faciliten medidas
de acompañamiento a las familias para evitar las situaciones de exclusión
social y la cronificación de la pobreza.
2.10.- Apoyo a la población vulnerable y familias
numerosas en el abono de los gastos
ocasionados por el incremento de los costes de la
energía eléctrica
OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar una educación con
equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la
escolarización y la integración escolar.
Aunque la educación no es una competencia directa
de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema
del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas
presentes en la ciudad.
Los niveles educativos de una población poseen una
relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa
sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un
empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una
movilidad social y física de los trabajadores.
En relación con esto último, también resulta
necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el
analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida.
Medidas prioritarias:
3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono
educativo temprano y el fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de la población
adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida
3.3- Promover la dotación de nuevas
infraestructuras y equipamientos socioeducativos
OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración
social de los inmigrantes.
Los problemas de desarraigo, las prácticas
discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales
y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este
colectivo.
Además, una parte de los inmigrantes que acude a
Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones
incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido,
reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de
Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan
para prevenir un aumento de la población en exclusión social.
Medidas prioritarias:
4.1.- Promover los elementos socializadores que
faciliten la integración social de los inmigrantes
4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención
a los inmigrantes en situación de necesidad
4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial
vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado
físico/psíquico
OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar la atención a
las personas en situación de dependencia, personas mayores y con discapacidad.
Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o
en situación de mayor riesgo, especialmente aquellos que presentan situaciones
económicas críticas.
La atención a las personas en situación de
dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión
social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los
ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse
hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, existe otro que ha
registrado en los últimos años con una mayor presencia entre la población en
riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que
podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza al que se une
igualmente aquellas personas mayores que viven solas.
Medidas prioritarias:
5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a
la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio
público
5.2.- Garantizar la asistencia integral a las
personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia,
procurándoles un desarrollo normal en su entorno.
5.3.- Procurar una asistencia especifica a las
mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad
entre hombres y mujeres
5.4.- Proporcionar atención integral a las personas
drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral
5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas
personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer
etc...
5.6.- Garantizar una asistencia integral de los
menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de
padecerla
5.7.- Favorecer la integración social y laboral de
las personas con discapacidad física o psíquica.
5.8.- Favorecer programas centradas en la atención
y los cuidados para personas mayores, discapacitadas o dependientes
5.9.- Garantizar mediante la financiación de los
medicamentos a personas mayores jubiladas con escasos recursos que faciliten la
adhesión a los tratamientos médicos diagnosticas por profesionales sanitarios
evitando el abandono de los tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en
la salud.
5.10.- Actuaciones tendentes a evitar la soledad no
deseada del colectivo de mayores. Promoviendo actuaciones de interacción con
otros colectivos etarios.
OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer
Sector.
El objetivo general es apoyar iniciativas,
actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios
sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a
la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los
colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e
asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos
siguientes sectores de población:
-Personas con discapacidad -Inmigrantes.
-Personas mayores.
-Otros colectivos con especiales problemáticas
sociales.
-Personas en riesgo de Exclusión Social
Medidas prioritarias:
6.1- Promover, dirigir, conceder directamente
subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir
objetivos relacionados con:
-
Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación,
vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas
infraestructuras (luz, transporte, agua...).
-
Impulsión e ejecución de acciones de desarrollo sostenible.
-
Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.
-
-Ejecución de acciones de sensibilización, información, e educación para
el desarrollo
6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el
Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar
la empleabilidad y la social de personas vulnerables
a.
Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral
individualizados.
b.
Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las
mujeres inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su
capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de
vida.
6.3.
Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social,
programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en
riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.
6.4.
Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas
reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que
contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones
destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer
Sector de Acción Social.
6.5.
Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y
diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres,
personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con
discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades
de empleo.
OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del
Voluntariado.
El Objetivo General de este Área es incrementar la
formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio
voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar
la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No
Lucrativas.
Medidas prioritarias:
-Promoción: Promover la participación ciudadana en
el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias, así como su
compromiso estable en el tiempo.
-Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las
iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las
personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene
relación o trabaja con el voluntariado.
-Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector
de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las
Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño
de sus funciones.
B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA
OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación y desarrollo
del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este
objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al
estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y
otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Medidas prioritarias
·
Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y
privados implicados en la lucha contra las adicciones.
·
Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al
consumo de drogas y otras conductas adictivas.
·
Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras
conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que
incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.
·
Desarrollar la atención integral a las personas con problemas de
drogodependencias y otros trastornos adictivos incluyendo la atención al
entorno familiar y social.
·
Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con
problemas de adicción.
·
Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los
factores asociados a éstas en la población de Melilla.
·
Evaluar las acciones realizadas.
·
Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en
la prevención y/o asistencia a las adicciones.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Organizaciones sin
ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y
recuperación de personas con adicciones.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo.
OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo de las
actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este
objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad,
desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser
estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.
Entre las medidas prioritarias de este ámbito se
incluyen:
·
Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a
colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de
las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.
·
Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales
que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.
·
Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de
hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial
a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas
previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes,
reemergentes y de especial relevancia.
·
Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas
de detección precoz de la enfermedad.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Sociedades de la
Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la
protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del
colectivo y de las personas con discapacidad
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades
representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas
de salud y prevención de las mismas.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo I
OBJETIVO GENERAL 3.-
-Fomento y desarrollo de actuaciones relacionadas
con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.
-Protección y cuidado del bienestar animal y
fomento de la adopción de animales abandonado y promoción de la lucha contra el
abandono de animales domésticos
Medidas prioritarias:
·
Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas
que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas
con la Lucha Antirrábica.
·
Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.
·
Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.
·
Implantación, establecimiento y gestión de Colonias felinas
•
Objetivo estratégico:
- Actuaciones relacionadas con la Salud Animal,
control y prevención de zoonosis.
-Fomento y promoción de actuaciones tendentes a la
adopción de animales de animales abandonados y del sacrificio cero.
-Establecimiento y control de colonias felinas
-Sensibilización para combatir el maltrato animal y
el abandono de animales domésticos
·
Área de Competencia: Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. Dirección General de
Salud Pública
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades que promuevan la protección de
animales,Centros de acogidas y refugio de animales, y Colegios profesionales .
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades
representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados,
esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y
en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a
prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras enfermedades
trasmisibles
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo
OBJETIVO GENERAL 4-Actuaciones tendentes a
fidelizar y promover la captación de profesionales sanitarios para el
fortalecimiento de la salud pública y la atención sanitaria a la población
melillense.
Se viene
produciendo un falta de ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de
la atención sanitaria en la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo
dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de
Sanidad, que permite a los poderes públicos orientar sus políticas de gasto
sanitario a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de
acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español, según
lo dispuesto en los artículos 9.2 y 158.1 de la Constitución, y lo establecido
en el srt. 81 de la misma Ley que, señala que la generalización del derecho a
la protección de la salud y a la atención sanitaria debe implicar la
homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público y
que esto se efectuará mediante la asignación de recursos financieros que tengan
en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma y las
inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales
sanitarias, exige esta actuación promocional que mejore las condiciones y de la
calidad de vida de los melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2
de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Colegio Oficial de Médicos de la Ciudad Autónoma
de Melilla para promocionar la captación, fidelización y arraigo de
profesionales sanitarios en la Ciudad de Melilla.
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Incentivar mediante apoyo
financiero y otras medidas de integración en la sociedad melillense de aquellos
profesionales sanitarios que desean establecerse en la ciudad y mejorar la
dotación sanitaria y por ende la salud de la población melillense.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
temporal con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo
I
ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS
§ Fechas de concesión
previstas: Desde enero a junio.
§ Mecanismos de actuación:
Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de
las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva
§ Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases
de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla. Formalización y de los
correspondientes Convenios de Colaboración.
§ Seguimiento: Justificación a
través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y
mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de
las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención
General para su fiscalización.
§ Evaluación: Aplicación de
Indicadores de proceso y de resultado.
o
Número de actividades llevadas a cabo. o
Grado de
cumplimiento de objetivos.
o
Número de personas o pacientes afectados.
o
Plazo de tramitación y pago.
C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA
OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención adecuada a niñas tuteladas por
la Ciudad Autónoma de Melilla, que por diversos motivos resulta beneficioso
para su adecuado desarrollo salir del entorno de la Ciudad de Melilla.
El programa pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro,
procurando la utilización de recursos normalizado, de cara a la inserción
sociolaboral de las adolescentes.
OBJETIVO 2.- Ofrecer atención individualizada a menores en
situación de riesgo y/o desamparo que permitan la progresiva normalización y
reinserción de las menores con problemas sociofamiliares.
El programa de primer acogimiento y atención
residencial para menores socialmente desfavorecidas pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con posibilidad de realizar actividades en el exterior del
Centro de Acogida, en cuyo caso se procurará la utilización de recursos
normalizados.
OBJETIVO 3.- Ofrecer atención individualizada a menores en
situación de riesgo y/o desamparo, en centros residenciales de atención
especializada, que permitan la progresiva normalización y reinserción de
menores con problemas sociofamiliares.
El programa pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro,
procurando la utilización de recursos normalizados.
OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a través de una línea
telefónica de ayuda a la infancia, ayuda psicológica, informar sobre recursos
sociales, resolver dudas de carácter jurídico, derivar a los recursos más
adecuados y realizar intervenciones en aquellos casos que lo requieran.
El Programa pretende:
-
Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea
de ayuda a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen
en el ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de
la Ciudad.
-
Seguimiento de los casos detectados y derivados a los Centros de
Servicios Sociales de la Consejería del Menor y la Familia.
-
Elaboración de un informe anual sobre la situación de la Infancia y
Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la información
recogida como consecuencia de la prestación del servicio.
OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes
ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en
la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos
siguientes líneas de trabajo:
1.- Línea para Búsqueda de empleo
2.- Línea para Emancipación Por
ello con este programa se pretende:
1.
Dar respuesta a situaciones de emergencia social de
jóvenes ex - tutelados en riesgo de exclusión social: estancia de duración
limitada con el fin de ofrecerle una vivienda digna, cálida y confortable para
su desarrollo como individuo en un mundo colectivo.
2.
Supervisar el proceso de rehabilitación e integración de
la persona para la preparación al mundo de manera independiente: guiar en la
preparación para una vida más autónoma e independiente, sin la necesidad de
tutores legales, pero si con personal de apoyo, que le indiquen los pasos a
seguir para dicha independencia.
3.
Dotar o reforzar las habilidades necesarias para el
desempeño de las actividades básicas de la vida diaria.
4.
Fortalecer la capacidad de resolución de conflictos
personales de manera independiente.
5.
Transmitir la capacidad de autonomía en el desempeño de
sus actividades diarias, tales como recoger la casa, hacerse de comer, ir al
médico… siempre bajo el sutil y ligero seguimiento del equipo multidisciplinar,
para comprobar la evolución de los/las usuarios.
6.
Fomentar el análisis de la realidad desde su
propia visión y reflexión para la resolución de problemas cotidianos.
7.
Promover el uso de los recursos socio-sanitarios.
8.
Favorecer el proceso de toma de decisiones para que
adopten posturas responsables.
9.
Promover hábitos y conductas de salud e higiene personal.
10.
Fomentar la identidad personal y relacional.
11.
Estimular el conocimiento y aceptación de normas básicas
de la comunidad/entorno.
Todo ello persiguiendo los siguientes
objetivos:
-Integración social: para
proporcionar al individuo un alojamiento dentro de la comunidad, facilitando
con la ayuda de la construcción y desarrollo de una estructura vital, para la
preparación e incorporación en la Sociedad y Mercado laboral, antes de que
puedan valerse por sí mismos.
-Equilibrio Psicosocial: Atendiendo a
cada persona mediante programas individuales de autorefuerzo, para cubrir las
diferentes áreas personales o sociales afectadas en cada uno de ellos. Sobre
todo, para las que se encuentre algún tipo de déficit o carencia.
-Preparación: durante el tiempo que
los jóvenes extutelados se encuentran dentro del hogar recibirán un plan de
preparación individualizado que aumente su capacidad para tomar decisiones,
intentando que la persona crezca de manera autónoma y que progresivamente pueda
valerse por sí misma, adquiriendo nuevas responsabilidades y sintiéndose a la
vez dueño de su propia vida, intentando así alcanzar su autonomía por completo.
-Estructuración de la vida diaria:
enseñando a las personas a organizar su tiempo mediante actividades
normalizadas (de autocuidado, ocio y participación social) dentro del hogar y
en la comunidad, además de la adquisición de hábitos y rutinas.
-Normalización de su situación: para
luchar contra la intolerancia, el estigma y la discriminación.
-Desarrollo de mecanismos: que
favorezca la integración de las personas atendidas involucrando su
participación con diversos grupos de exclusión o menos favorecidos de la
Sociedad, como pueden ser personas con limitación de movilidad, discapacidad
mental, proyecto hombre, participación en actividades de la 3ª edad, etc.
(fomentando de ese modo la colaboración de identidades de la ciudad)
Dotar de un recurso de alojamiento
completo en un entorno comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención,
ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran
para desarrollar una vida digna.
-Crear las condiciones necesarias que
permitan a las personas con esta problemática vivir de manera autónoma
-Ayudar en la creación de una red
social de relaciones, potenciando la participación en actividades
socioculturales y lúdico-deportivas.
-Procurar un aumento en la calidad de
vida
-Dar una oportunidad necesaria a
estos Jóvenes para su inserción en la Sociedad.
OBJETIVO 6.- Ofrecer un
Hogar de emancipación para jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su
formación personal y profesional, con un número variable de plazas, según el
presupuesto disponible, en la península. Mediante este programa se pretende:
-
Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno
comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos,
útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar
una vida digna.
-
Desarrollar las capacidades personales como la
convivencia, la asunción de una vida independiente de las instituciones y la
incorporación progresiva a los circuitos sociales normalizados.
-
Trabajar la responsabilidad mediante actitudes como la
seriedad y constancia en el compromiso adquirido y el conocimiento y ejercicio
de sus derechos y deberes ciudadanos.
OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones de
integración de menores acogidos o en situación de riesgo de exclusión social
para contribuir a mejorar su integración social y a mejorar su adaptación al
entorno educativo.
El Programa tiene como objetivos:
-
Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención
sanitaria de los menores que formen parte de las actividades.
-
Potenciar las relaciones interpersonales.
-
Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores.
-
Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la
ciudad.
-
Fomentar la participación de los menores en las actividades que se
realizan.
-
Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona.
-
La rendición de cuenta de las cantidades aplicadas al programa y
abonadas en concepto de financiación del mismo, en el que se incluirán los
gastos derivados del coste del programa relativos a pago de comida, transporte
en autobús, aseo, limpieza, material didáctico, ropa, calzado y todo tipo de
gastos derivados directamente de la ejecución del programa.
OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción laboral de menores
acogidos o tutelados por la Ciudad Autónoma o a través de cursos formativos que
promuevan la inserción de menores en riesgo de exclusión.
Mediante este programa se pretende:
·
Lograr mayores niveles de autonomía, entendiendo como tal la capacidad
de dirigir por sí mismo su propio proceso personal, emanciparse, generar
expectativas de avance, definir proyectos de mejora, buscar la independencia
personal y la equiparación dentro de la sociedad en la que vivimos.
·
Fomentar y reforzar su autonomía, la autonomía no es sólo una cuestión
económica sino también de empoderamiento, es decir, de madurez, personalidad y
autoestima.
·
Estimular su implicación, impulsar la toma de decisiones, aceptar que se
equivoquen, responder a sus errores, ayudarlos a apropiarse de su conducta y
descubrir cómo su conducta afecta a otras personas, y tienen que aprender a
responsabilizarse de ello.
·
Formación para la vida, que permita una integración social, un acceso a
oportunidades de incorporación activa a la sociedad.
·
Desarrollo integral de la persona, que pueda avanzar en diferentes áreas
de forma equilibrada.
·
Ofrecer alternativas que permitan que las personas aprendan a aprender,
a través de un circuito de acción-reflexión-acción.
·
Fomentar su autoconocimiento, es decir, que sepan cuáles son sus
verdaderas posibilidades y potencialidades.
·
Reforzar su autoestima, ya que ésta empodera al joven y le da fuerzas y
motivación para avanzar en su itinerario.
·
Concienciación de la importancia del autocuidado
·
Motivar para la continuación de la formación y actualización de
competencias profesionales.
·
Desarrollar valores de cooperación, solidaridad.
·
Capacitación profesional.
·
Proporcionar experiencias de éxito.
·
Acompañarles: estar a su lado mientras hacen su camino.
OBJETIVO 9.- Fomento de la formación y reciclaje profesional
del personal de los centros de protección, la introducción de nuevos modelos
organizativos y de atención al colectivo de menores de protección y /o de
reforma requiere la permanente actualización de conocimientos y de técnicas de
intervención con estos colectivos.
Mediante este programa se pretende:
-Aplicar técnicas educativas para la mejora de la
convivencia en los centros de menores
-Mejorar la calidad en la atención y en el servicio de los centros
residenciales de menores.
-Incorporar medidas educativas específicas como
estrategias reductoras de los factores de riesgo en base a una metodología de
trabajo socioeducativa.
-Fomentar el desarrollo de habilidades para la
detección precoz de situaciones de riesgo.
-Capacidad para aplicar los conocimientos
adquiridos a fin de prevenir, detectar y actuar ante posibles casos de
violencia infantil o juvenil.
-Capacidad para diseñar programas y estrategias de
prevención y protocolos de actuación en colaboración con otros profesionales y
entidades involucrados en la protección de menores.
-Capacidad para comunicar de forma efectiva sus
conclusiones y recomendaciones a otros profesionales, autoridades, familias y
afectados por el problema de la violencia infantil y juvenil. -Capacidad para analizar críticamente los
protocolos y proponer mejoras.
ANEXO I
Nº |
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
DIRECCIÓN GENERAL |
PROCEDIMIENTO DE
CONCESIÓN |
1 |
05 23101 48900 CONVENIO
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA |
6.191.372,45 € |
SERVICIOS SOCIALES/
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA/ DIRECTA |
2 |
05 23105 48000 CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/
VIRGEN DE LA LUZ |
1.440.804,18 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
3 |
05 23106 47900 CONVENIO
FUNDACION TUTELAR |
29.985,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
4 |
05 23107 48000 CONVENIO RELIGIOSAS MARIA
INMACULADA |
363.020,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
5 |
05 23108 48000 CONVENIO
CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA |
305.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
6 |
05 23109 48000 CONVENIO ASOME |
131.530,03 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
7 |
05 23110 48000 CONVENIO
VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES |
25.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
8 |
05 23111 48000 CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES
ENFERMOS ALZHEIMER |
69.244,56 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
9 |
05 23112 48000 CONVENIO ASPANIES
PLENA INCLUSIÓN MELILLA |
306.791,31 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
10 |
05 31102 48000 CONVENIO A.E.C.C. |
117.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
11 |
05 31103 48000 CONVENIO ASOCIACION PROTECTORA DE
ANIMALES Y PLANTAS |
100.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y
CONSUMO |
NOMINATIVA |
12 |
05 31104 48000 CONVENIO COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS DE MELILLA |
295.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
13 |
05 31101 48000 CONVENIO CRUZ ROJA
ESPAÑOLA |
257.165,69 € |
SALUD PÚBLICA Y
CONSUMO |
NOMINATIVA |
14 |
05 23113 48000 CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE
MELILLA |
124.969,00 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
15 |
05 23114 48000 CONVENIO
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA |
20.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
16 |
05 23115 48000 CONVENIO CLINICA EL SERANIL |
50.142,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
17 |
05 23116 48000
CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DE JESÚS |
270.418,54 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
18 |
05 23117 48000 CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE
ASIS |
735.840,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
19 |
05 23118 48000 CONVENIO
COA |
297.755,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
20 |
05 23119 48000 CONVENIO FEAFES MELILLA |
103.511,61 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
21 |
05 23120 48000 CONVENIO
TEAMA |
200.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
22 |
05 23121 48000 CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE
DIOS DE MÁLAGA |
219.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
23 |
05 23122 48000 CONVENIO
ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES) |
124.228,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
24 |
05 23123 48000 CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE
MELILLA |
182.800,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
25 |
05 23124 48000 CONVENIO
AMLEGA |
29.979,60 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
26 |
05 31105 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS
DE MELILLA (ADIMEL) |
58.164,16 € |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
27 |
05 23125 48000 CONVENIO
MENSAJEROS POR LA PAZ |
40.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
28 |
05 23104 48000 PREVENCION E INSERCION SOCIAL |
845.425,96 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITITIVA CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/
DIRECTA |
29 |
05 23100 48000 SUBV.
CENTROS POLÍTICAS SOCIALES |
171.835,84 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
30 |
05 23100 47900 CONVOCATORIA
MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS |
10.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA NO
COMPETITIVA |
|
31 |
05 23102 48000 SUBV.
ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO |
224.302,35 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA
COMPETITIVA |
|
32 |
05 23103 48000 SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL.
CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA |
2.391.936,39 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
|
33 |
05 31106 48000 CONVOCATORIA
SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA |
60.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
34 |
05 31107 48000 SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
35 |
05 31100 48000 BECAS
TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES |
50.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA /
DIRECTA |
|
36 |
05 31200 48000 ILUSTRE COLEGIO DE MÉDICOS |
200.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
|
37 |
05 24103 48000 PROGRAMA
ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+2021-2027 |
300.258,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/DIRECT A
|
|
38 |
0523107 48900 MUJERES VECINALES |
254.574,04 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
39 |
05 31108 48000 ASOCIACIÓN
HUELLAS DE SOLIDARIDAD |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
|
39 |
05 23113 48001 ASOCIACIÓN ANAR |
9.500,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
40 |
05 23119 48001 CONVENIO ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ |
54.596,70 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
41 |
05 23120 48001 INSTITUTO PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA |
433.620,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
42 |
05 23121 48001 FUNDACION EMET ARCOIRIS |
431.795,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
43 |
05 23122 48001 ASOCIACION MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES |
43.920,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
44 |
05 23123 48001 INST. HERMANAS TERCIARIAS FRANCISCANAS |
54.750, 00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
45 |
05 23124 48001 FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA DE
URGENCIAS (SAMU) PROGRAMAS ADULTOS |
227.000, 00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
46 |
05 23125 48001 ASOCIACIÓN
CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
185.000,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
47 |
05 23128 48001 ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA |
250.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
48 |
05 23129 48001
DIVINA INFANTITA |
485.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
49 |
05 23130 48001 ASOCIACIÓN ASYRE |
180.000,00 |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
|
50 |
05 23107 48001 SUBV. CENTRO COLABORADORES MENORES |
150.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
51 |
05 31107 48000 SUBVENCIÓN INSTALACIONES DE SALUD
PÚBLICA |
40.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA /
DIRECTA |
|
52 |
05 31201 48000 ILUESTRE
COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA |
300.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
|
53 |
05 23300 78000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS
DE POLÍTICA SOCIALES |
20.000, 00€ |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA /DIRECTA |
|
2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
A-
DIRECCIÓN
GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Realización de diferentes acciones formativas
dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Función Pública.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empleados Públicos de la Ciudad
Autónoma de
Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de las acciones
formativas que se desarrollen durante los ejercicios 2024 al 2026
correspondientes a los Planes de Formación con Fondos Propios de la Ciudad
Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos
de la misma.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 27.756,90 €
+19.216,32€ + 19.810,88 +19.216.32 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03 92005 48900 USTM PLAN DE FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS USTM 27.756,90 €
o
03 92001 48900 UGT FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL
UGT 19.216,32 €
o
03 92001 48900 CCOO FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL
CCOO 19.810,88 €
o
03 92001 48900 CSIF
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL CSIF 19.216,32
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
1.
Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades
sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.
Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por
la Dirección General de Administraciones Públicas.
3.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el
que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas
por el beneficiario, así como cuantas comprobaciones considere oportuno la
Dirección General de Función Pública.
-Evaluación: Memoria de actuación por cada acción
formativa. Entre los criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:
o
Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones
formativas.
o
Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.
B. DIRECCIÓN GENERAL DEL
PRESIDENTE
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-VOLUNTARIADO ASOCIACIONES ONG´S
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Contribuir a fomentar una cultura de la
solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el
desarrollo.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Voluntarios de la Asociación y todos
aquellas que estén interesados.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Llevar a cabo
programas y
acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad
que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de
la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación
de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad
Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana
durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres
naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando
sobrevengan tales situaciones.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000 € +
25.000,00€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
0392501/48900 Subvención
Asociación Intervención Ayuda y Emergencias 10.000,00€
o
0392501/48900 Ayuda, cooperación
y Desarrollo 25.000,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación
Intervención Ayuda y Emergencia.
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Centro de Hijos de Melilla
30.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Centro de Hijos de
Melilla o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Asociación Policía Local
30.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociación Policía Local
o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a
cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 15.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención Club Scorpio de Aventuras 15.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Club Scorpio de
Aventuras o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.4-ASOCIACIONES DE VECINOS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de vecinos.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 250.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48901 Subvenciones Asociaciones de
vecinos 250.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones de Vecinos o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.5-ASOCIACIONES AMAS DE CASA
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación Amas de Casa.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Asociación Amas de Casa 10.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones Amas de
Casa.
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM.
o
d. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de
actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades,
etc... Plazo de tramitación y pago.
C- DIRECCIÓN GENERAL DE
IGUALDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN PARA ACOGIDA/ TUTELA DE MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las asociaciones y entidades
de melilla que llevan a cabo gestiones de viviendas de acogida o tutela y
recursos habitacionales, de mujeres víctimas de violencia de género o
agresiones sexuales.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Igualdad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla
que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o
tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades
gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género
o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la
correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos
e hijas de ella dependientes
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL. Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración
y a la permanencia de la existencia de las personas.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 641.500,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de
Igualdad acto de Estado contra la violencia de género.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
14/23102/47900 Cruz Roja de
Melilla 164.500,00 €
o
14/23103/47900 Confederación
Nacional Mujeres en Igualdad 184.500,00 €
o
14/23101/48902 Convenio Cruz Roja Pacto Estado Violencia de Género 292.500,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-Subvención Directa nominativa a cada entidad que
gestiona un centro de acogida / tutela de mujeres víctimas.
-Fechas de Concesión: Primer semestre de cada
ejercicio.
-Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración
o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Control de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades
satisfechas. El centro Gestor elaborará un informe sobre las líneas de
subvención gestionadas por el mismo.
D-
DIRECCIÓN
GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA
Objetivos estratégicos:
1.
Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta
universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria. Mejorar la
infraestructura universitaria en nuestra ciudad.
2.
Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la
implantación de Másteres Universitarios, seminarios de especialización,
cátedras, acciones formativas y foros internacionales.
3.
Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo
universitario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza superior de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria como foco de
atracción económica de nuestra ciudad, elemento dinamizador estratégico y de
impulso socioeconómico para el futuro.
Melilla. Se consolida el Foro Internacional de
Turismo, como programa de fomento del turismo y de la imagen y promoción
internacional de Melilla.
Entre las titulaciones que se pretenden impulsar en
el ámbito de Melilla en los próximos ejercicios estarán las relacionadas con
los nuevos Grados de Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Podología y
Másteres en los ámbitos de Comercio Exterior, Relaciones Económicas
Internacionales, Finanzas y Aplicaciones al Análisis de Negocios, Gestión de la
Salud, y cuantas otras se estimen oportunas a fin de incrementar la oferta
universitaria de la Universidad de Granada en Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Otras
Universidades.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la
enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación y
consolidación de Titulaciones Universitarias, Máster universitario y otros
programas académicos. Así, en el “Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Granada y la
Ciudad Autónoma de Melilla para el Desarrollo de la Oferta Universitaria” de
fecha 3 de diciembre de 2018, publicado en el BOME núm. 26 extraord. de 19 de
diciembre de 2018 , se especificaban objetivos tales como la asunción por la Ciudad Autónoma de
los costes del personal docente y de administración y servicios ocasionados por
la implantación de dichas nuevas titulaciones universitarias, así como la
mejora de las infraestructuras del Campus de la Universidad de Granada en
Melilla. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la
Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas
Titulaciones y Másteres universitarios. Asimismo, se fomentará el desarrollo de
actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su
difusión fuera de la Ciudad. En el caso del fomento de las actividades
universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Periodicidad anual. Los propios
Convenios interadministrativos de desarrollo señalan y concretan el plazo de
ejecución, vinculado al año escolar o según convenio.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024:
•
Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.
•
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77.
Euros
•
Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros.
•
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros.
•
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00
Euros.
•
Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.
•
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros.
•
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00
Euros.
•
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00
Euros.
•
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros.
•
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
30.000 euros.
•
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. 50.000 euros.
•
Convenio UGR Cursos de Verano.
•
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
•
Convenio UGR- Grado en Enfermería: (03 32402 45390)
•
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: (03 32403
45390).
•
Convenio UGR- ADE+Derecho: (03 32404 45390).
•
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: (03 32405 45390).
•
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: (03 32412
45390).
•
Convenio UGR- Máster Abogacía: (03 32406 45390).
•
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: (03 45300 45390).
•
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: (03 32410
45390).
•
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: (03 32411
45390).
•
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: (03 32408 45390).
•
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
(03 32414 45390).
•
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. (03 32413 45390).
•
Convenio UGR Cursos de Verano (03 32417 45390).
•
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla (03 32415
45390).
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de
Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios,
Actividades, Másteres Universitarios y otras acciones formativas por los
importes reseñados.
b)
Fechas de concesión previstas: Desde enero a abril/mayo (anticipada) o
pospagable (a final de año).
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
d)
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-
Evaluación: Elaboración por las
entidades beneficiarias de un Informe o Memoria de las actividades o proyectos,
donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la
ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados
obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de
interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los
hubiera. Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las actividades, entre otros que se
contemplen en los convenios.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la
mejora de las infraestructuras necesarias.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la
mejora de las infraestructuras necesarias para impulsar y modernizar la oferta
universitaria del Campus de Melilla, tales como el edificio del antiguo
Correos, la ampliación del edificio principal del Campus Universitario, obra
del pabellón deportivo universitario y la puesta a disposición de instalaciones
para la implantación de nuevas titulaciones o formación universitaria (Local 33
de la Estación Marítima u otros).
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso en
obras necesarias de mejora de infraestructuras del Campus de nuestra ciudad,
con el objetivo de incrementar y consolidar cualitativamente la oferta
universitaria de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: No previsto 2024.
Ejecución y seguimiento de los Convenios rubricados
en ejercicios anteriores.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: ----
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
b.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento de la
LGS y General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente
Convenio.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual
de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-Evaluación: Grado de cumplimiento de las obras.
Plazo de tramitación y pago.
Justificación del cumplimiento de objetivos.
3.-CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLOGICA, TURISMO Y
FOMENTO.
A. DIRECCIÓN GENERAL DE
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Formación en innovación y herramientas digitales
para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y
autónomos, proyectos “emprende y avanza” y “Reactiva tu futuro”. Financiados a
INCYDE por el FSE+ al 85% y de la Ciudad de Melilla al 15%
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la
Empresa (en adelante Fundación INCYDE), para el desarrollo de acciones
formativas relacionadas con la Innovación Tecnológica y herramientas digitales
para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y
autónomos, proyectos “Emprende y Avanza” y “Reactiva tu futuro”, FSE+
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundación Instituto Cameral para la
Creación y Desarrollo de la Empresa, INCYDE, a fin de que realice las acciones
formativas correspondientes, con personas desempleadas, autónomos y jóvenes
(que no están trabajando, ni estudiando).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Acciones formativas:
1.“Emprende y avanza” para el emprendimiento
tecnológico, sostenible e innovador de creación y consolidación empresarial.
2.“Reactiva tu futuro” dirigido a la formación de
jóvenes en gestión empresarial y herramientas digitales.
Todo ello a fin de ampliar las oportunidades
profesionales de la población a la que va dirigida, a través de la mejora de
empleabilidad y el emprendimiento y con la aportación, tan solo del 15%, por
parte de la Ciudad, del total de las acciones formativas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/47000-
YACIMIENTOS NUEVOS EMPLEOS 2024. INCYDE
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación del 85% de las actuaciones
previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la dotación aprobada por el
FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS A INCYDE. La financiación del 15% restante será
aportada por la Ciudad de Melilla
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
-
Subvención directa con la vigencia del Convenio
-
Forma de Concesión: Convenio con la Fundación INCYDE
-
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios,
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por INCYDE.
-
Subvención Prepagable
-
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Representar y publicitar la Ciudad de Melilla,
en múltiples competiciones en las que participa TITANS MELILLA GAMING (Equipo
Melillense de Videojuegos)
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y TITANS MELILLA GAMING (equipo melillense de videojuegos), para que
represente y publicite, dando a conocer la Ciudad de Melilla, en la multitud de
competiciones en la que participa.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: TITANS MELILLA GAMING (organización
dedicada a los esports o ciberdeportes y al entretenimiento), dirigido el
sector del videojuego con audiencias y penetración entre los más jóvenes que
superan a la mayoría de los deportes tradicionales.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Representación de la
Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos
y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones
para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes
ventajas fiscales.
Todo ello, para conseguir ampliar y mejorar el
tejido empresarial de la Ciudad y ampliar las oportunidades profesionales de la
población, orientado a la Innovación Tecnológica.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 6/49201/48000—Subvención TITANS MELILLA
GAMING.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
Subvención directa con la vigencia del Convenio
o
Forma de Concesión: Convenio con TITANS MELILLA GAMING
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
contenidas en los convenios, acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por TITANS MELILLA
GAMING . o
Subvención
Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Actividades formativas orientadas al sector del
juego online, a fin de encontrar a personal con las competencias necesarias.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y la Asociación Melillense del Juego Online, para llevar a cabo
acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal
con las competencias necesarias para cubrir las amplias necesidades de personal
del sector.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Melillense del Juego
Online, agrupa a los trece operadores establecidos en Melilla, cuyo peso
económico alcanza el 20% del PIB de la Ciudad y generan de manera directa más
de trescientos empleos. En definitiva, al personal que una vez formado obtenga
las competencias necesarias, a fin de que pueda integrarse en una bolsa de
trabajo que irá cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Actividades formativas orientadas al sector del Juego Online, con objeto
de poder encontrar a personal con las competencias necesarias, creando una
bolsa de trabajo con los resultados de esas actividades formativas de la que
irán cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.
o
Junto a las universidades presentes en la Ciudad, llevarán a cabo
actividades de formación y promulgación más general.
o
Acompañará a la Administración como embajadores de la marca Melilla, en
el estratégico sector que representan, con el objetivo de atraer más personal
de sus importantes empresas a la Ciudad y convencer a otros operadores.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/48000- Subvención Asociación
Melillense Juego online.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con Asociación Melillense Juego
Online.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por ASOCIACIÓN
MELILLENSE JUEGO ONLINE . o Subvención Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
o
Evaluación: Se precisará memoria final.
B-
DIRECCIÓN
GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y
VIVIENDAS.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Actuaciones en materia de rehabilitación de
edificios y viviendas
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A los propietarios y edificios de uso
residencial, y a aquellos otros de interés histórico-artístico
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Conservación del
patrimonio inmobiliario, incentivar la inversión privada y adaptar los
edificios a las vigentes normas del Código Técnico de la edificación,
especialmente en materia de accesibilidad
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 286.400,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15200/48000 importe total 286.400,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa
general de carácter estatal como local, asimismo, se publican anualmente
convocatorias para su concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases
reguladoras están representadas por las normativas de carácter estatal y local.
Su concesión se efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en
otras mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. En casos
específicos contemplados en la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la
subvención puede instrumentarse a través de un Convenio.
Asimismo, se podrán abrir convocatorias
extraordinarias, con las bases correspondientes, para el otorgamiento de
subvenciones que se dirijan actuaciones concretas en función del interés
social, artístico, etc.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención
teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios,
el número de viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la
subvención y el número de trabajadores que han intervenido en la
rehabilitación, entre otros datos. La justificación se efectuará mediante la
presentación de las facturas correspondientes.
A través del control de precios de las actuaciones
(comparándolos con los costes medios en Melilla), se controlan los efectos
inflacionistas que podría tener esta actuación.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRIVADAS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para el pago de alquiler de viviendas
privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos
•
AREA DE COMPETENCIA:
Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR:
Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y
Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundamentalmente a un sector de la
población con ingresos inferiores a 1.200,00 € euros, concentrándose en
sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas
circunstancias socio-económicas que les hagan dificultoso satisfacer el
alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la
unidad familiar, dándole mayor valor a
los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas de
violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias
numerosas, etc.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de
exclusión social.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 1.186.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma, del
Ministerio de Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible y de los propios
beneficiarios
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15201/48000 importe total 1.186.000.00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa
general de carácter estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de
concurrencia competitiva mediante convocatorias anuales y, alguno de los
programas para víctimas de violencia de género y sectores vulnerables mediante
su adjudicación directa, mediante la publicación de las pertinentes bases
reguladoras. Su concesión se efectúa, en los casos de concurrencia competitiva,
por puntuación, otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención
teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios.
La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de
alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el
alquiler medio, la subvención media, la media de ingresos de los solicitantes,
etc. El pago deberá hacerse antes de la finalización de cada ejercicio
presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3
3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE VIVIENDAS PRVADAS
PARA JÓVENES.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes
de hasta 35 años
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Sector de la población con ingresos
inferiores a 3 veces el IPREM (2.100,00 € mensuales como máximo), que acrediten
determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso
satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y
permanente de la unidad familiar.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen
dificultades para formar una unidad familiar Independiente, en los primeros
pasos de la emancipación.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad BIANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 200.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transporte
y Movilidad Sostenible
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/34133/48000 Importe total 200.000,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa
autonómica como por el RD 42/2022, de 18 de enero. Su concesión se efectúa en
régimen de presentación de solicitudes, mediante convocatorias anuales y la
publicación de las pertinentes Bases Reguladoras
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención
teniendo en cuenta el número de solicitantes en relación a los beneficiarios.
La justificación se efectuará mediante la presentación de los recibos de
alquiler correspondientes. Se analizarán los datos de la actuación como el
alquiler medio, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá
hacerse antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4
4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE VIVIENDAS
PÚBLICAS.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler y cuotas de amortización de los
préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción
pública gestionadas por
ENVISMESA
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Usuarios de estas viviendas con bajos recursos económicos. Los
arrendatarios y propietarios de viviendas de protección oficial de promoción
pública, siempre y cuando se trate de una promoción acogida a la Ordenanza por
la que se regulan estas subvenciones. Dentro de los usuarios, se otorga la
subvención mediante descuento en los correspondientes recibos, a las unidades
familiares con menores ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos
Familiares Ponderados.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la
vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 950.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la empresa
municipal de la vivienda y suelo de Melilla, S.A.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas
están reguladas por normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de
la Ordenanza correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan
los requisitos.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención
teniendo en cuenta el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La
justificación se efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o
hipotecarios de las correspondientes viviendas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
5.1-SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA
DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021, DE 5 DE OCUTBRE, FONDOS
NEXT GENERATION.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Otorgar subvenciones para la rehabilitación
energética de edificios y viviendas de carácter residencial a los propietarios
y arrendatarios de dichos inmuebles. en esta subvención se incluyen los gastos
de elaboración de proyectos y del libro del edificio
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Arrendatarios y propietarios de
viviendas de edificios y viviendas con uso residencial
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el ahorro
energético del sector residencial
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Tiene una duración hasta el año
2026, vinculado a los Fondos Next Generation .
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.282.395 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos del programa Next
Generation gestionados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15200/78000 Importe total 1.282.395,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas por normativa estatal y
por las Bases Reguladoras de la correspondiente Convocatoria. Se otorga
mediante orden de presentación, hasta agotamiento del presupuesto.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención
teniendo en cuenta el número de edificios rehabilitados y el grado de ahorro de
consumo de energía primaria no renovable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA
REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende mejorar las condiciones de seguridad estructural,
accesibilidad y funcionalidad de esta edificación singular, subvencionando la
redacción del proyecto correspondiente
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15007/78000 Obispado de Málaga 40.000 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA
REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Con esta subvención nominativa se pretende una
nueva ordenación de los espacios de esta parcela, subvencionando la redacción
de un proyecto de nuevo edificio que permita satisfacer todas las necesidades
en un nuevo edificio
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 58.8000,00€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15006/78000 Obispado de Málaga 58.800,00€
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE MÁLAGA PARA
REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA MILAGROSA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Obispado de Málaga
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende facilitar la redacción de un proyecto para la
rehabilitación integral de este edificio, muy dañado tras el terremoto de 2016
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
33.000,00€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15008/78000
Obispado de Málaga 33.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD ISRAELITA PARA LA
REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidad Religiosa Singularizada
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende facilitar la rehabilitación de la sinagoga de Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
30.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/15009/78000
Comision Israelita 30.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.5- SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE
FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE FÚTFOL DE LA ESPIGUERA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Federación Deportiva
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende colaborar en la construcción de un nuevo edificio para
uso deportivo en las instalaciones del Campo de Fútbol de la Espiguera de
Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de
Melilla y de la Federación Melillense de Futbol
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
06/34000/77000 Federación Melillense de Fútbol 400.000,00 €
4- CONSEJERÍA DE MEDIO
AMBIENTE Y NATURALEZA
A-
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.
Objetivos estratégicos:
1º.- Ejercicio de las competencias a las que este
municipio se encuentra obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora
de Las Bases de Régimen Local, así como es prestar servicios públicos que
contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal
respecto a Cementerios y actividades funerarias.
quedando fuera de estos servicios municipales los
correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la
comunidad hebrea.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO HEBREO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento del cementerio hebreo.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los enterramientos y de los
cementerios hebreos.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comunidad Hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se
le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los
enterramientos y de los cementerios hebreos.
El descenso en la población de esta comunidad, que
representa actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos
enterramientos que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que
hay que mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la
representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto
interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de
cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la
observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios. Se pretende la
Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los
cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos
funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en
comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por
la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios
y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la
observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la
convocatoria será anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria
expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16400/48000 - Subvención Cementerio
Comunidad Israelita.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención
Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO COMUNIDAD ISLÁMICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento Cementerio Comunidad Islámica.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los ritos y actividades relacionadas
con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comisión Islámica de Melilla como representante religioso de las personas cuyos
restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio
musulmán de la Ciudad.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los ritos y
actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de
Melilla.
El incremento en la población de la comunidad
islámica, que representa actualmente más del 50% del censo de la Ciudad, el
crecimiento exponencial de enterramientos que se producen al año, la costumbre
de enterrar a los fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios
musulmán, con los equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que
hay que mantener y el alto interés de la comunidad musulmana representada por
la Comisión Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía
de la observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
Por otra parte, se pretende, como objetivo
específico, la Participación de la comunidad islámica en la gestión y
mantenimiento del cementerio de dicha comunidad y en la observancia de los
ritos funerarios propios, acomodando su coste al uso cada vez mayor de dicha
instalación, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios y de
mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la
observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16401/48000 - Subvención Cementerio
Comunidad Islámica.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Islámica.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-CONSERVACIÓN ELEMENTOS CEMENTERIOS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación elementos Cementerios.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Conservación elementos Cementerios.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a
aquellos propietarios particulares que necesiten emprender la restauración o
reparación de sepulcros, panteones, túmulos, mausoleos o nichos, de su
propiedad, que se encuentren en malas condiciones.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar la reparación y renovación
de los conjuntos funerarios del Cementerio de la Purísima Concepción de la
Ciudad.
Se pretende la conservación y buena apariencia de
los cementerios del Cementerio de la Purísima Concepción, dentro de las
obligaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Servicios Urbanos.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
B.
DIRECCIÓN
GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la Instalación de depósitos de agua.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Garantizar el suministro de agua adecuado en
términos de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Financiar la adquisición de depósitos de agua a particulares para
ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas
las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más
desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren
sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas:
a)
Particulares, propietarios de viviendas unifamiliares con bajos recursos
económicos de la Ciudad Autónoma de Melilla que reúnan los requisitos previstos
en las Bases.
b)
Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro,
Entidades, etc. que sean titulares de una instalación de agua potable y reúnan
los requisitos previstos en las Bases.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de
suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de
la CAM, a disponer de pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión
individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como
suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento.
Esto ocurre principalmente en viviendas
unifamiliares de las zonas altas de la ciudad, donde la red general de
abastecimiento no dispone de presión directa adecuada para los usos habituales
de este recurso y se requieren sistemas particulares adicionales de elevación y
almacenamiento, dándose además el agravante de que las mencionadas zonas son
también las más desfavorecidas en términos de nivel de renta entre sus
habitantes.
Se pretende la mejora cuantitativa y cualitativa
del suministro de agua potable, tanto en garantía de suministro como en
presión, a fin de mitigar el problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla,
que en las zonas más altas de la misma no permite el suministro directo de la
red a una presión adecuada y requiere de sistemas particulares adicionales de
elevación y almacenamiento. Facilitar a los usuarios de baja renta y escaso
poder adquisitivo que viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM,
la adquisición de pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de
presión individuales de baja potencia.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16100/78000 - Subvención Adquisición
Depósitos de Agua.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-AYUDA A LA ADAPTACIÓN DE INSTALACIONES INTERNAS
DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la adaptación de instalaciones internas
de agua potable a la Normativa Vigente.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La adaptación de los contadores a la normativa
permite la implementación de nuevas tecnologías y funcionalidades que mejoran
la eficiencia y facilitan la gestión. Esta adaptación contribuye a la
estandarización y homogeneización de los sistemas de medición, lo cual facilita
el estudio y análisis de los datos de consumo.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA Estas ayudas se dirigen a los titulares
de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la
normativa vigente (Según informe Técnico).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: En primer lugar, el Código
Técnico de Edificación en su apartado DB-HS-4,
Suministros de agua, establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben
cumplir las instalaciones de aguas potables para garantizar un correcto
funcionamiento.
Por otra parte, el Reglamento del Servicio
Municipal de Aguas Potables de Melilla, Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987,
indica las exigencias de las instalaciones y locales de las acometidas y
contadores de aguas.
La Ciudad de Melilla tiene prevista una sustitución
de los actuales contadores, propiedad de los abonados, por otros nuevos de
titularidad municipal equipados con sistemas de telelectura. Para ello se
realizará una campaña de inspecciones de forma sectorizada en las instalaciones
interiores de los edificios, mediante la cual se comprobará el cumplimiento de
la normativa y se obligará a realizar una adaptación a la misma en caso
necesario.
En resumen, adaptar las instalaciones internas de
agua potable a la normativa es necesario para garantizar el cumplimiento de los
requisitos técnicos y de seguridad, aprovechar las ventajas de las nuevas
tecnologías y facilitar la gestión y análisis de los datos de consumo
Con esta actuación se pretende facilitar la
adaptación de acometidas, baterías de contadores y/u Hornacinas o alojamientos
de los contadores, desde la conexión con la red Municipal hasta la Salida hacia
la red interior.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 120.000,00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 -Pendiente de
Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CONVENIO IGME INVESTIGACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio IGME Investigación aguas subterráneas.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio Específico de colaboración entre la
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla
y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas
subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de
Melilla en el período 2020-2025.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Instituto Geológico y Minero de España
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se
desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
Esta colaboración se plasmará en la realización de
proyectos y estudios científicos técnicos relacionados con el medio ambiente,
los recursos hídricos, cartografía temática y otros proyectos relacionados con
las Ciencias de la Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos
organismos.
El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo
la investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y
a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período
2020-2024, así como precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la
realización de las diferentes actividades recogidas en el listado
siguiente:
1.- Informes complementarios con la toma de
muestras de calidad en los diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las
aguas.
2.- Informes complementarios sobre el
reconocimiento de sondeos previos y de sondeos de investigación con equipo de
testificación geofísica.
3.- Informes complementarios sobre la determinación
de la existencia o no de la cuña de intrusión marina en diferentes
acuíferos.
4.- Informes complementarios sobre la evaluación
actualizada de la recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado
y aluvial).
5.- Informes complementarios en relación con el
estudio de la posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de
acuíferos. Plan Estratégico Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129
6.- Propuesta de optimización de las instalaciones
eléctricas, asociadas al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del
bombeo a las curvas característica y mejora del rendimiento.
7.- Informe con análisis hidrogeológico de las
posibilidades de captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la
desaladora.
8.- Informes complementarios del seguimiento de
sondeos de investigación para control de evolución de niveles.
9.- Informes complementarios al Plan de Uso
sostenible de las masas de agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia
a la recuperación del estado cuantitativo y cualitativo de las masas de
agua.
10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo
al abastecimiento urbano desde el acuífero calizo de Melilla y
seguimiento.
11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde
costero como apoyo a la desaladora y el aprovechamiento del agua continental
salobre en las masas del acuífero calizo y volcánico.
12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo
en los acuíferos de Melilla.
13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes
para evitar mezclas de agua de mala calidad.
14.- Campaña de sondeos de investigación en el
Parque Hernández y en el trazado a la plaza de España. (5 sondeos).
15.- Controles de la evolución de la intrusión
marina y de las explotaciones.
16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D
provisional realizado con los nuevos datos geofísicos y de sondeos.
17.- Mejora del conocimiento del aluvial con
sondeos en el primitivo desvío del cauce hacia la Plaza de España.
18.- Campaña complementaria de prospección
geofísica en el aluvial.
19.- Reconocimiento mediante sondeos de los
sectores donde emplazar las pantallas del aluvial, así como del área cementada
bajo el puente del Escaño. (14 sondeos).
20.- Perímetros de protección de la calidad de los
abastecimientos urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de
instalaciones potencialmente contaminantes y otros).
Regular las condiciones de colaboración y
cooperación en las que se desarrollarán las actividades entre la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el
IGME.
Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al
abastecimiento urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de
Melilla para el período 2020-2024.
Con todo lo anterior se pretende conseguir la
mejora cuantitativa y cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas
por la Ciudad Autónoma de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de
la demanda total de agua de consumo humano de la población.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 42.250,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17100/42390 - Convenio Instituto
Geológico y Minero de España
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Subvención directa.
b.- Forma de concesión: Convenio.
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
aprobadas por Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se
crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por
dos representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados
por el IGME.
Asimismo, podrán designarse suplentes de los
miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se
juzgue conveniente por las partes, según los temas a tratar.
La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones
siguientes:
a. Aprobar y evaluar el
Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea necesario, las
variaciones que se consideren oportunas.
b. Realizar informes y
propuestas sobre la ejecución de los trabajos
c.
Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y
ejecución del Convenio.
d. Redactar y proponer a las
partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de
las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente
aprobado. e. Cualesquiera otras cuestiones
que las partes consideren adecuadas.
Para efectuar un correcto seguimiento y la
evaluación adecuada de las actividades que se hagan como consecuencia de este
Convenio, se podrá elaborar, previo acuerdo de las partes, un Informe de
progreso anual y un Informe de resultados al final del convenio.
Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se
regirán por lo dispuesto en la Lay 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, para los Órganos Colegiados, concretamente los
art. 15 al 18, de la precitada Ley.
La Comisión se considerará válidamente constituida
si están presentes al menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro
integrantes de la misma. Las decisiones de la Comisión de seguimiento se
tomarán por unanimidad
C.
DIRECCIÓN
GENERAL DE SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento sostenible de un trasporte de personas
que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo
marco de movilidad sostenible.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de
edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos
principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a la adquisición de
determinados medios de transportes impulsados por energía eléctrica para el
fomento de transporte sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas,
monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos
eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con
menor impacto medio ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por
otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la
sostenibilidad ambiental.
Se pretende conseguir la participación de las
personas que realizan desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la
utilización de vehículos menos contaminantes que los que utilizan motores de
combustión para su impulso. Conjugando así la búsqueda de una menor
contaminación urbana derivada del tráfico vehicular, con unos flujos adecuados
en el modelo de movilidad existente.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/13400/78000 - Subvención PMUS Bicicletas
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante Libre
Concurrencia.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE TAXIS DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención para la renovación de la flota de
taxis de Melilla. Incidencia en objetivos estratégicos El objeto de este
programa es colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición
por parte de los titulares de las licencias de autotaxis en la ciudad de
Melilla de los vehículos más antiguos de esta flota, sustituyéndolos por
vehículos más nuevos, menos contaminantes y más accesibles, que incluya así
mismo compromiso de sustitución del vehículo subvencionado antes de los 15 años
de uso del mismo, con el fin de fomentar un trasporte sostenible, siempre que
cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda
son aquellos particulares o empresas titulares de la licencia correspondiente
de taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el
parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los
que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa
con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de
Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso
de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención
de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses.
Siguiendo con la misma línea de actuación, la
Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería competente en materia de
Movilidad y Medio Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los
ciudadanos melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el
presente Programa de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi
actuales por otros nuevos, menos contaminantes y más accesibles.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44120/78000- Subvención Taxis.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26 extraordinario.
de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, y
convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT TARIFARIO COA.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de
Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de
explotación de los ejercicios en curso.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo
urbano, Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El servicio público de
transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la
ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma
ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la
mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la
protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los
equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones
que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de
los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y,
además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan
las expectativas de los ciudadanos
Se trata de una subvención nominativa incluida en
los Presupuestos Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de
los 6 primeros meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del
próximo contrato. Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente
ejercicio 2023 que no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con
subvenciones de otros entes, o a sufragar el déficit en el servicio que
arrastra la beneficiaria desde 2007.
Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad que pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el
servicio de trasporte colectivo urbano.
Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado
Contencioso Administrativo nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha
empresa al servicio, así como determina la obligación de sufragar por la CAM el
déficit de explotación obtenido por la COA en la prestación del servicio de
transporte colectivo urbano de viajeros.
La Secretaria Técnica de la Consejería de Medio
Ambiente y Sostenibilidad con fecha 6 de octubre de 2017 emite informe en el
que hace constar que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre su
territorio en materia de “transporte público de viajeros” (art. 25.2 letra g).
El servicio público de transporte es un servicio esencial, social y estratégico
que se presta a la ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la
Ciudad Autónoma ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos
entre otros: la mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de
vida mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, el
desarrollo de los equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema
de comunicaciones que potencie los intercambios humanos, culturales y
económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de
los puntos esenciales en la política de conservación del medio ambiente y,
además, debe alcanzar niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan
las expectativas de los ciudadano.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44110/47900- Subvención compensación
déficit tarifario COA.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
a.
Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier
Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad
subvencionada (prestación del servicio)
d.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
e. Plazo y forma de justificación: La rendición de
cuenta justificativa se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de
la Ley General de Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el
plazo de tres (3) meses, una vez finalizado el presente ejercicio
presupuestario 2023.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS ESPECIES Y HÁBITATS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio UGR Estudios especies y hábitats.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
A.- La realización de estudios y planes para la
valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los
espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección
oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la
presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC)
incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los
Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada
al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats
protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo
IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la
particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto
general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por
su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para
acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la
colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia
específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la
gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover
toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de
Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y
Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de
Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno
de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de
distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME
Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el
estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación
y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense,
requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias
ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidad de Granada,
apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con
inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más
reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats
mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su
difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos
Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de
divulgación medioambiental.
Participación de la Universidad de Granada en la
gestión de las especies y hábitats protegidos, limitando su coste en
comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por
la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos estudios se realizan
por personal investigador con amplia experiencia.
Seguimiento y conservación de zonas de especial
conservación (ZEC) incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y
terrestre de los Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio
Nano, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las
especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea
92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense,
casi únicas dentro del contexto general de España, por la situación geográfica
norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias
subáridas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/45300- Convenio UGR estudio
especies y hábitats.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la UGR.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina
Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los informes
ambientales y planes de gestión realizados en cada ejercicio.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO DE LA AVIFAUNA Y
FLORA EN LA CIUDAD DE
MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y
flora en la Ciudad de Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Actuación con la Entidades especializadas en el
estudio de Avifauna y flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de
realizar:
A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad
Autónoma de Melilla para la implementación de medidas que fomenten la
conservación de la biodiversidad local.
1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la
modifica, cuyo objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación
del hábitat natural y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación
de realizar, en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de
conservación de las especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al
mismo tiempo, la Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo)
obliga a todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o
adaptar las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda,
en particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida
cuenta de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio
Ambiente y Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la
Ciudad mediante la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que además sirva de base científica para de la
confección del futuro Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina
Técnica de Protección al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni
humanos para acometer el desarrollo de un proyecto que implica contar con un
equipo multidisciplinar, y con experiencia en este tipo de trabajos.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la
gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover
toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de su sociedad en materia de
Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y
Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de
Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del
Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad
(BOME Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019).
B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución
espacial de las aves que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia
en objetivos estratégicos 1 y 2.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con
experiencia en este tipo de estudios.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas destinadas al
estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
concurrencia competitiva.
b. Forma de concesión: Convenio
con la UGR.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina
Técnica de Protección al Medio Natural dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado con los justificantes
de gastos.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.6-CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE
LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Concienciación e información a la protección de
la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o
privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se
encuentran:
•
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
•
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
•
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
•
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
•
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
•
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
•
El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación
del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.
•
El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de
Melilla.
Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante libre
concurrencia.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
• SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: Memoria debidamente firmada de la
actuación realizada según lo que se disponga en las Bases Reguladoras y en la
Orden de la Convocatoria.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.7-SUBVENCIÓN ONG´S PROTECCIÓN DE LA
NATURALEZA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: La realización de estudios y planes para la
valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los
espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección
oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la
naturaleza e instituciones universitarias acreditadas en el campo de protección
a la naturaleza.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la
presencia en su territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC)
incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los
Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada
al seguimiento y conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats
protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo
IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la
particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro del contexto
general de España, por la situación geográfica norteafricana de la ciudad y por
su clima mediterráneo de tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para
acometer los estudios mencionados, de ahí la necesidad de contar con la
colaboración y apoyo de expertos universitarios en esta materia
específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la
gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover
toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de
Protección del Medio Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y
Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de
Competencias a las Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno
de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de
distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME
Extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el
estudio de las especies más reseñables así como de los estados de conservación
y calidad de los hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense,
requiriendo para ello de la colaboración de instituciones universitarias
ampliamente acreditadas en ese campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas.
Subvención ONG'S Protección a la naturaleza.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/48000- Subvención a ONG’S
Protección Naturaleza.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante libre
concurrencia.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
• SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina
Técnica de Protección al Medio Natural, dependiente de la Dirección General de
Sostenibilidad, de la justificación del importe otorgado con los
justificantes.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: Se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO IMPLANTACIÓN EMAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención fomento implantación EMAS.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto
477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la
ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al
almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de
sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto
la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el
mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de
Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones
directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto.
Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de
incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías
renovables. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e
integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes
de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de
distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos
fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660
millones de Euros para toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria
23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia
energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de
la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2021.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Que las empresas y organizaciones con esta
subvención puedan implantar un sistema de gestión ambiental que les permita
evaluar, gestionar y mejorar los impactos ambientales, asegurando así un
comportamiento excelente en este ámbito.
Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean
compañías industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector
servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental
definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta
periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración
medioambiental verificada por organismos independientes. Estas entidades son
reconocidas con el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información
dada por dicha empresa.
Los efectos que se pretenden conseguir se
encuentran los siguientes:
Todas las instalaciones acogidas a cualquier
programa de incentivos aprobado por estas bases, excepto la tipología de
Biomasa aparatos de calefacción local del programa 6, deberán contar con un
sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la
instalación objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las
siguientes: - Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética
renovable en términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo energético
para los mismos periodos. - Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá
mostrar datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro
económico generado para el propietario de la instalación. - Deberá existir una
pantalla en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto
será de aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el
sector residencial incluidas en los programas de incentivos 4, 5 y 6.
-Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información
deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.
La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad
establecidos en los artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso
de energía procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes
actos delegados y de ejecución.
Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes
programas:
a)
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin
almacenamiento.
b)
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía,
con o sin almacenamiento.
c)
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector servicios y otros sectores productivos.
d)
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo,
con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las
administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
e)
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
f)
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en el sector residencial.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17201/48000- Subvención Fomento
Implantación EMAS.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
concurrencia competitiva.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación
del importe otorgado con los justificantes de gastos.
Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Servicios Urbanos.
-Evaluación:
No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE
SOLER
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE
SOLER.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta Línea tiene como base al Real Decreto
737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para
actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la
Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las ayudas reguladas por este programa
tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos
instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para
la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales,
con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y
reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la
sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de
dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida
de los ciudadanos en los espacios urbanos.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Su objetivo es la ayuda para la implantación e
instalación de placas solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia,
que tengan como fin el autoconsumo o la eficiencia energética.
Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios
completos existentes en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso
(administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el
artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la
Edificación (LOE).
Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar
una reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de
carbono con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones
establecidas por estas bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario
final se justificará mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la
Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
El ahorro de energía final conseguido por las
actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento
de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva
2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
18/2014, de 15 de octubre.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78002- Subvención eficiencia
energética CEIP Enrique Soler.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Subvención Directa.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La finalidad de esta subvención es cumplir con
los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto
al despliegue e integración de las energías renovables, así como el
almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la
«descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la
consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de
Almacenamiento Energético.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de
las ayudas previstas en estas bases, conforme a lo previsto en las mismas,
cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología
de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a)
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que
sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
b)
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de
propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme
a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de
Propiedad Horizontal.
c)
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no
hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número
5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850
ARTÍCULO: BOME-A-2021-317 PÁGINA: BOME-P-2021-827 CVE.
d)
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la
propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma
objeto de la actuación a incluir en el Programa.
a)
y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y
2006/32/CE, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de
proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia
del suministro de energía. Para poder ser beneficiarias, estas empresas deberán
actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y
llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de
actuaciones recogidas en estas bases, debiendo acreditar su actuación como
empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.
b)
Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público
institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el
artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
c)
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de
energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el
mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva
2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley
23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y
en otros ámbitos para la reactivación económica.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Para las actuaciones subvencionables, se deberá
prever que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida por
parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda
sea igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación.
Las actuaciones subvencionables dentro del programa
de las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o
aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua
caliente sanitaria en viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir,
cuando corresponda, con los requisitos establecidos en el Reglamento de
Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto
1027/2007, de 20 de julio, así como cualquier otra normativa que les sea de
aplicación. En el caso de las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán
tener un SPF superior a 2,5. F. En el caso de las instalaciones de biomasa para
climatización o ACS (incluidas dentro del programa de incentivos 6).
Las instalaciones de esta tipología deberán lograr
una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80
% a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los
objetivos climáticos» del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del
el Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
La finalidad de esta subvención es:
a) Mejora de la eficiencia
energética de la envolvente térmica.
b)
Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las
instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración,
ventilación y agua caliente sanitaria.
c) Mejora de la eficiencia
energética de las instalaciones de iluminación.
El ahorro de energía final conseguido por las
actuaciones acogidas a este programa será computado a efectos del cumplimiento
de los objetivos de ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva
2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
18/2014, de 15 de octubre.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78009- Subvención eficiencia
energética.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Concurrencia Competitiva
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE CONCIENCIACIÓN,
SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas a las
entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o
delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla y estén legalmente constituidas e
inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal, a la fecha de
la convocatoria y que reúnan los requisitos previstos en las Bases.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Las ayudas tienen como objeto la promoción
programas de actividades de concienciación, sensibilización e información
ambiental en la Ciudad Autónoma de Melilla entre las que se encuentran:
•
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
•
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
•
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
•
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
•
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
•
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
Se pretende la mejorar la participación ciudadana
en el ámbito del medio ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Concurrencia Competitiva.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE MATERIALES QUE
CONTIENEN FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS PRIVADOS.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la retirada de materiales que contienen
fibrocemento en instalaciones y emplazamientos privados.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
En España la utilización y comercialización del amianto está prohibida
desde 2002 tras la Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por
la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre,
sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y
preparados peligrosos. En cambio, muchos edificios y elementos industriales
construidos en fechas anteriores a su prohibición aún contienen amianto.
Además, el Parlamento Europeo en
2013 estableció una resolución instando a la UE a "supervisar la presencia
de amianto en edificios públicos y privados" y a crear "planes de
acción para su eliminación segura" antes del año 2028, así como indica el
Parlamento realizar un registro de edificios que contienen amianto. En esta
resolución, entre otras propuestas importantes: insta a la UE a que realice:
“una evaluación de impacto y análisis de costes y beneficios de la posibilidad
de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los
edificios públicos”. Con la aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, se recoge en su
disposición adicional decimocuarta la obligación de los ayuntamientos de
elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un
calendario que planifique su retirada. Dentro de estas instalaciones se recogen
tanto públicas, como privadas.
Los riesgos derivados del amianto están producidos
por la inhalación de las fibras de amianto, siendo las de menor tamaño las que
alcanzan las vías aéreas inferiores. La longitud y configuración de las fibras
(pequeño tamaño y forma larga y delgada) influye en su capacidad de penetración
en las vías respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire
durante mucho tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.
Una vez dentro de los pulmones, los mecanismos de
defensa del organismo tratan de descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las
fibras de amianto que consiguen quedarse en el cuerpo y permanecer en él
durante mucho tiempo.
El amianto (en todas sus variedades) está
clasificado según la Legislación Española como cancerígeno de primera
categoría, es decir, "sustancias que se sabe, son carcinógenas para el
hombre".
Por orden número 249 del 20 de octubre de 2023, se
crea el censo de instalaciones y emplazamientos públicos y privados que
contienen amianto.
Con el fin de poder contar con toda la información
necesaria para el censo municipal, a la par de que se previenen problemas para
la salud de los propios ciudadanos, se decide establecer una convocatoria para
la retirada de este material en instalaciones y emplazamientos privados.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas se dirigen a los
titulares de una edificación, instalación o emplazamiento privado que cuente
con amianto y esté inscrita en el censo municipal existente.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Con esta actuación se pretende contar con la
información actualizada en el censo de la ciudad, a la par de que se facilita
la retirada de este material peligroso, reduciendo el riesgo para la salud
humana.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras
(BOME núm. 26 extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina
dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del
importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido de
las Bases Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina
Técnica de Control de la Contaminación Ambiental.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la
Dirección General de Sostenibilidad
5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
A.
DIRECCIÓN
GENERAL DE CULTURA Y FESTEJOS
Objetivos estratégicos:
Facilitar medios para el desarrollo de sus
actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir
conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la
cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el
fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico,
monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la
realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido
en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que
aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD ISRAELITA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de instalaciones,
fomento de la cultura hebrea, integración social de los miembros de la
comunidad israelita, educación y, en general, la promoción y estímulo de los
valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la
población melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 120.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92406/48000- Subvención Comunidad
Israelita
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Israelita.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1
1.2-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92407/48000- Subvención Comunidad Hindú.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Hindú
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de reparación de
mezquitas de la Ciudad, dotación a la Comisión de los medios materiales y
personales para contar con una administración eficiente de la misma, ayudas a
los más necesitados, congregaciones y contratación de servicios externos
necesarios para el correcto funcionamiento de la comunidad.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 275.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92412/48000- Subvención Comisión Islámica
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comisión Islámica.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD MUSULMANA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92413/48000- Subvención Comunidad
Musulmana
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Musulmana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ISLÁMICA “BADR”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento de ayudas a colectivos
vulnerables.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio para el desarrollo del programa
“Habitat” de alojamiento temporal y ayudas sociales a familias y colectivos
vulnerables.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 200.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/23126/48001- Convenio Asociación “BARD”
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Islámica "Badr”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de fomento de la cultura musical en todas sus formas.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 22.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48900- Convenio Sociedad Cultural
de Amigos de la Música.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Sociedad Cultural Amigos de la Música.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA y LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA,
ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar las actividades musicales que
enriquezcan culturalmente a la ciudadanía melillense
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48900- Convenio Asociación Banda de
Música, Orquesta, Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro
“Ciudad de Melilla”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA y LA ASOCIACIÓN NANA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con entidades y Organizaciones de
ayuda a sectores desfavorecidos
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades de integración de
personas en riesgo de exclusión.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900- Convenio Asociación NANA
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Nana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA y
LA ASOCIACIÓN OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades e inmersión y
descubrimiento de diferentes formas de desarrollo cultural
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 40.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900- Convenio Asociación Oxígeno
Laboratorio Cultural
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: puesta en conocimiento protección y desarrollo de
la cultura gitana en Melilla
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33421/48902- Convenio
Instituto de Cultura Gitana.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles,
sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48903- Convenio Men Guímel
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación SocioCultural Mem Guímel.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE “EL CARMEN”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles,
sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla y el
Colegio LA Salle “El Carmen” para el desarrollo del proyecto “Aulas
Interculturales”
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48905- Convenio Aulas
Interculturales Salle
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el Colegio La Salle “El Carmen”..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Colaborar y fomentar centros de formación de la
ciudad
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33425/48900- Convenio ACEFOME
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Centros de Formación de Melilla.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA AGRUPACIÓN DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la riqueza
cultural y patrimonial relacionada con los pasos de la Semana Santa Melillense
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 130.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48900- Convenio Agrupación de
Cofradías
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la el arte
universal del flamenco en la ciudad
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48900- Convenio Escuela Flamenco
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Escuela de Flamenco “Ciudad de Melilla”..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan y conserven la
historia de la ciudad
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 18.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33414/48900- Convenio Estudios
Melillenses
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Estudios Melillenses.
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Estudios Melillenses.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MUSICAL Y CULTURAL AMAZIGH
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la musica y
cultura amazigh.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 50.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48000- Convenio Asoc. Musical y
Cultural Amazigh
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Musical y Cultural
Amazigh..
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Musical y Cultural Amazigh..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.18- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Aula
permanente de formación abierta
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 21.500,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48900- Universidad de Granada (Aula
Permanente de Formación Abierta)
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación
Abierta)..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.19- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA REAL ORDEN FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA
VICTORIA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 35.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33406/48900- Real Orden Franciscana
Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Real Orden Franciscana
Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen
de la Victoria..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.20- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33407/48000- Convenio COACAM
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los
siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial de
Arquitectos
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de
Melilla..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.21- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48000- Convenio Col. Oficial Arq.
Técnicos
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención
directa con la vigencia del convenio.
b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio
Oficial del Arquitectos Técnicos
o
c. Mecanismo de
aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios acordados por el
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.22- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN COMENZAMOS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48000- Convenio Comenzamos.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Comenzamos
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Comenzamos.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.23- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 5.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48907- Convenio Rusadir XXI
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociacion Sociocultural Rusadir
XXI
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Sociocultural Rusadir XXI.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.24- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO
CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLA
PARA LA UNESCO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33423/48900- Subvención Centro UNESCO
Melilla
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención Centro UNESCO Melilla
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melilla para la UNESCO.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.25- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN VOCES RESCATADAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48000- Convenio Voces Rescatadas
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención Asociación Voces Rescatadas
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Voces Rescatadas.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.26- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO
CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 195.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48000- Convenio Asociación
Melillense Inclusión Activa
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Melillense Inclusión
Activa
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melillense Inclusión Activa..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.27- SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE
ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento del asociacionismo cultural de la
Ciudad
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvenciones a asociaciones de índole cultural
domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y
festivas
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 100.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33401/48900- Subvenciones Entidades
Culturales
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por las asociaciones. o Subvención Prepagable. o Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.28- SUBVENCIONES CASAS REGIONALES DE
MELILLA
•
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Facilitar medios a las entidades representativas
de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su
funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de
instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de
la población de la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, patrimonio cultural y mayor
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de melillenses
organizados en diferentes regiones del País.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades de las Casas Regionales.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
o
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza: 15.669,00 €.
o
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 12.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 12.119,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Granada 22.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 14.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Almeria.. 15.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 14.619,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Malaga: 19.719,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 14.279,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 8.919,00 €
o
Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza : 03/92500/48910
·
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 03/92500/48906
·
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 03/92500/48909
·
Subvención Casa De Melilla en Granada 03/92500/48903
·
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 03/92500/48904
·
Subvención Casa De Melilla en Almería. 03/92500/48911
·
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 03/92500/48908
·
Subvención Casa De Melilla en Málaga: 03/92500/48902
·
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 03/92500/48905
·
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 03/92500/48907
·
Federación Nacional Casas de Melilla: 03/92500/48901
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-Concesión de subvenciones directas nominativa a
cada una de las entidades representativas, por los importes reseñados
-Fechas de concesión previstas: Desde enero a
junio.
-Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención
directa nominativa en los presupuestos.
-Mecanismo de aplicación: Ley General
de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM.
Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual
de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la
Intervención General para su fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo.
Grado de cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las
actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.
6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.
A-
DIRECCIÓN
GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE LAS PISCINA DE
DICHO CENTRO EDUCATIVO.
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma
de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de
dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la
práctica del deporte de la natación.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a una
instalación deportiva singular y cuya demanda es muy elevada en la ciudad como
es una piscina cubierta climatizada.
•
OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: Convenio de colaboración entre la Ciudad
Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la
piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses
para la práctica del deporte de la natación.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Instalaciones Deportivas
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro educativo de La Salle El
Carmen, el único de la ciudad que cuenta con una piscina cubierta climatizada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Favorecer el acceso de los ciudadanos a una
instalación deportiva singular que cuenta con una elevadísima demanda por parte
de toda la población, la cual no puede ser satisfecha únicamente con las
instalaciones propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Trienio que abarca desde 2024 a 2026:
•
COSTES PREVISIBLES: 115.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA o 14/34114/48902 Colegio La
Salle El Carmen Convenio uso
piscina 115.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Subvención
directa con la vigencia del convenio o
Forma de
concesión: Convenio con el citado centro educativo. o
Mecanismo de
aplicación: Bases reguladoras contenidas en el convenio acordado por el Consejo
de Gobierno de la Ciudad Autónoma
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Los subvencionados deberán presentar una memoria de
actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una
memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, la
cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención
General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor
considere oportuna.
B.
DIRECCIÓN
GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Participación de los equipos melillenses en
categoría nacional.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Equipos melillenses que militan en
categoría nacional. La relación de los diferentes equipos puede variar de un
ejercicio a otro, en función de los ascensos y descensos deportivos que se
produzcan, así como los importes de las subvenciones.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a los diferentes
clubes cuyos equipos militan en categoría nacional para el desarrollo ordinario
de sus actuaciones, con la finalidad de promover entre todos los melillenses
las diferentes modalidades deportivas, animando a su participación, así como
facilitando a la ciudadanía en general la posibilidad de disfrutar de un
espectáculo deportivo de alto nivel en nuestra ciudad.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 8.525.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Club Melilla Baloncesto
14/34102/48000 1.110.000,00 €
o
C.D. Enrique Soler Plata
14/34120/48000 440.000,00 €
o
C.D. Enrique Soler EBA
14/34103/48000 120.000,00 €
o
La Salle Challenge
14/34118/48000 400.000,00 €
o
La Salle 1ª Nacional
14/34111/48000 65.000,00 €
o
C. Voleibol Melilla Masc
14/34105/48000 1.000.000,00 €
o
C. Voleibol Melilla Fem
14/34115/48000 215.000,00 €
o
Club Virgen de la Victoria
14/34112/48000 260.000,00 €
o
U.D. Melilla
14/34101/48000 3.000.000,00 €
o
Club Atlético Melilla Pte.
Asignar 250.000,00 €
o
U.D. Melilla Juvenil Pte.
Asignar 85.000,00 €
o
Rusadir C.F. F-11 Pte.
Asignar 60.000,00 €
o
Torreblanca 1ª Div
14/34119/48000 550.000,00 €
o
Torreblanca 2ª Div
14/34108/48000 150.000,00 €
o
Melistar 2ª A
14/34114/48000 500.000,00 €
o
Nueva Era 2ª B Pte.
Asignar 180.000,00 €
o
Rusadir C. F. F.S. Pte.
Asignar 50.000,00 €
o
Peña Real Madrid F.S
14/34113/48000 50.000,00 €
o
Club Olimpo Fénix Pte.
Asignar 40.000,00 €
•
TOTAL: 4.525.000.00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar la práctica deportiva de diferentes
colectivos y deportistas melillenses.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los
distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a
deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades deportivas y deportistas
melillenses, cuya práctica deportiva precisa, dada su singularidad, el
colectivo al que va dirigido o la dificultad para llevarla a cabo, de un apoyo
público para lograr su consecución.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a las diferentes
entidades y deportistas de acuerdo a la siguiente descripción:
-
Convenio Real Club Marítimo para el fomento, promoción y desarrollo de
los deportes náuticos
-
Convenio Barco Ciudad de Melilla para el desarrollo de una escuela de
vela de crucero con jóvenes melillenses y su participación en pruebas de nivel
que complementen su formación
-
Convenio Aspanies para el impulso, desarrollo y promoción de la
actividad deportiva con personas con diferentes capacidades intelectuales
-
Convenio con la Asociación Española Contra el Cáncer, para la promoción
de la actividad deportiva con personas y afectadas por esta enfermedad y sus
familiares
-
Convenio Asociación Carrera Africana, para la organización y desarrollo
de la Carrera Africana en Melilla
-
Convenio Álvaro Martínez Triatlón, para apoyar el desarrollo y
participación en el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Luis Miguel Ruiz, para apoyar el desarrollo y participación en
el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Eduardo Calderay, para apoyar el desarrollo y participación en
el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Diego Ortega Dakar, para apoyar la participación de este
melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Escudería Delfi Sport, para apoyar la participación de esta
entidad melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Motoclub Rally Dakar, para apoyar la participación de esta
entidad melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Borja Pérez Casimiro, para apoyar la participación de este
melillense en la prueba internacional del Dakar
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 489.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Real Club Marítimo de Melilla
14/34122/48000 Fomento
Náutica 40.000,00 €
o
Barco Ciudad de Melilla
14/34109/48000 Escuela de
cruceros 70.000,00 €
o
Aspanies Deportes
14/34110/48000 Fomento Act.
Fïsica 35.000,00 €
o
Asoc. Española Contra Cáncer
14/34130/48000 Fomento Act.
Física 25.000,00 €
o
Asoc. Carrera Africana
14/34132/48000 Organización
Africana 100.000,00 €
o
Álvaro Martínez Triatlón
14/34127/48000 Participación
Triatlón 15.000,00 €
o
Eduardo Calderay
Triatlón 14/34128/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €
o
Luis Miguel Ruiz Triatlón
14/34129/48000 Participación
Triatlón 15.000,00 €
o
Diego Ortega Dakar
14/34131/48000 Participación
Dakar 15.000,00 €
o
Escudería Delfi Sport
14/34116/48000 Participación
Dakar 97.000,00 €
o
Motoclub Rally Dakar
14/34117/48000 Participación
Dakar 52.000,00 €
o
Borja Pérez Dakar Pte.
Asignar 10.000,00
•
TOTAL: 489.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN CATEGORÍA NACIONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Proporcionar a las entidades deportivas y
deportistas melillenses los recursos necesarios para promocionar la actividad
física y deportiva en Melilla, tanto a nivel federativo como de clubes como a
las entidades que no tienen fin competitivo, así como para la organización de
eventos deportivos en la ciudad y la participación en pruebas deportivas
singulares de los deportistas mientras continúan con su desarrollo deportivo.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los
distintos equipos melillenses en categoría nacional, promocionando a
deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federaciones, Clubes, resto de
entidades deportivas y deportistas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Apoyar a las entidades deportivas de Melilla y a los deportistas en el
desarrollo de su actividad.
o
Promocionar la práctica deportiva entre el conjunto de la población. o Favorecer la organización de eventos deportivos en Melilla.
o
Facilitar la participación de los deportistas melillenses en los
Campeonatos de España oficiales.
o
Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la práctica
deportiva.
o
Incrementar la oferta deportiva de la ciudad.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 2.270.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Federaciones Melillenses
14/34100/48000 Convoc.
Federaciones 800.000,00 €
o
Clubes Deportivos
14/34100/48000 Convoc.
Clubes 300.000,00 €
o
Clubes y Federaciones
14/34100/48000 Convoc.
Eventos 200.000,00 €
o
Entidades deportivas
14/34100/48000 Convoc. no
competitivas 150.000,00 €
o
Clubes y Federaciones
14/34100/48000 Convoc.
Desplazamientos 670.000,00 €
o
Entidades y deportistas
14/34100/48000 Convoc.
proyectos deportivos singulares
150.000,00 €
•
TOTAL: 2.270.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los objetivos y de las
condiciones impuestas en las bases reguladoras y en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del
coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las
directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles
solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.