ARTÍCULO Nº 112 (CVE: BOME-AX-2024-112) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 31 - martes, 30 de abril de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 30 de abril de 2024, relativo a la rectificación de error material del anuncio publicado en el BOME extraordinario n º 30, de fecha 29 de abril, en relación al Plan Estratégico General de Subvenciones de la CAM, para el periodo 2024-2026.
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ANUNCIO
El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva
extraordinaria de carácter urgente, celebrada el 30 de abril de 2024,
registrado al número 280/2024 adoptó el siguiente acuerdo:
“El
Consejo de Gobierno en sesión resolutiva extraordinaria de carácter urgente
celebrada el día 29 de abril de 2024 aprobó, a propuesta de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE
SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026.
Dicho Acuerdo fue objeto de publicación en el
mismo día en el Boletín Oficial Extraordinario de Melilla con ordinal 30,
observándose errores u omisiones en el contenido del mismo.
Conforme a lo
preceptuado en el artículo 109.2 de la
Ley 30/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, heredero de los artículos 105.2 de la Ley 30/1992 y
del artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, dispone:
«2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de
hecho o aritméticos existentes en sus actos».
Mediante el
precepto precitado en el antecedente de jurídico se trata de rectificar
aquellas irregularidades que no son contrarias a la legalidad, se trata de
actos validos que pretenden depurar aquellos elementos erróneos que integran el
acto, sin que ello suponga una modificación de su contenido. Reiteradamente
venia exigiendo la Jurisprudencia que el objeto de la rectificación sea una
simple equivocación elemental, tal como un nombre, una fecha, una operación
aritmética o un error de transcripción de algún documento, equivocación que se
derive de los propios datos que constan en el expediente, y que se manifieste
de manera clara, patente y ostensible, que se evidencie por sí sola, sin
necesidad de mayores razonamientos ni, por supuesto, de operaciones valorativas
sobre normas jurídicas. Por lo tanto, el error debe ser manifiesto, que no
plantee dudas sobre su existencia. Deben quedar excluidos aquellas cuestiones
relativas a la interpretación, determinación o aplicación indebida de las
normas, si como los que se refiere a la apreciación de las pruebas.
En el
presente supuesto se ha omitido en el texto aprobado las subvenciones
configuradas por los planes estratégicos particulares de algunas Direcciones
Generales, tales como los de la Sociedad de la Información o Turismo y
Activación Económica
Por todo
ello, se considera oportuno elevar propuesta al Consejo de Gobierno para la
rectificación del error material observado y posterior publicación del PLAN
ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 cuyo
texto íntegro se adjunta revisado, al presente informe.
Por todo lo
anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en
proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
Aprobación y posterior publicación del PLAN
ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 cuyo
texto íntegro se adjunta.”
De conformidad con los artículos 123 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, los
interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso
contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa
competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación y
general conocimiento.
Melilla 30 de abril
de 2024,
El Secretario Acctal.
del Consejo de Gobierno,
La Secretaria Técnica
de Seguridad Ciudadana,
María del Carme
Barraquero
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
PARA EL PERIODO 2024-2026
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter
básico, por lo que todos los Órganos de las Administraciones Públicas que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar, con carácter previo, su
correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, establece que Los planes y programas relativos a políticas públicas
sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la
consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el
apartado 1 del artículo 8 de esta ley, siempre que recojan el contenido
previsto en el citado apartado. Con esta medida, penetran en el área de la
actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica
propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como
herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector
público español.
Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de
una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo
tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación
presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el
artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con
objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento
pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el
artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto
público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos
públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de
eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los
principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad
de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un
incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto
público subvencional. En este sentido, una mayor información acerca de las
subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que
pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y
coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas
evitando cualquier tipo de solapamiento. Para mejorar la eficacia, se prevé en
la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones,
de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que
permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la
organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de
los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar
ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años,
salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente
establecer un plan estratégico de duración diferente.
Con fecha 3 de abril de 2020, se publica en el BOME extraordinario núm.
11, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2020- 2022.
Con fecha 19 de diciembre de 2019, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 54, de
31/07/2023) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad
Autónoma de Melilla, estableciendo la estructura orgánica que se emplea en el
presente plan. Finalizada, pues, la vigencia del anterior, se requiere la
aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2024- 2026, con vocación
de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar
anualmente.
Si bien, la Disposición Adicional Primera del Reglamento General de Subvenciones de
la CAM prevé
la posibilidad de que sea cada Consejería y demás órganos o entidades
dependientes de la Ciudad la que elabore su propio Plan, se ha optado en un
esfuerzo aunador por la elaboración de un único documento o plan de ámbito
general que permita una mayor coordinación y eficacia de las distintas
actuaciones en materia subvencional o de actividad de fomento en la Ciudad de
Melilla, opción reflejada en el Anteproyecto de Reglamento General de
Subvenciones de la CAM.
Por su parte y con vigencia por un período de tres años 2024-2026, el
presente plan abarca el establecimiento de todas las subvenciones de previsible
ejecución para el ejercicio presupuestario 2024 en la Ciudad de Melilla con
consignación adecuada y suficiente que habrán de ajustarse al presente plan,
salvo supuestos plurianuales cuyas previsiones estarán condicionadas a la
aprobación del correspondiente presupuesto.
Relacionadas todas las áreas o Consejerías con sus organismos adscritos
y las líneas subvencionales con su correspondiente importe y partida
presupuestaria en el Anexo, las subvenciones del presente Plan tienen por
objeto la promoción y el fomento de aquellas actividades que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la Ciudad.
Por ello, el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, de acuerdo con
la opción primera que recoge la Disposición Adicional Primera del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de
09/09/2005) aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla para el periodo 2024-2026, cuyo articulado figura a
continuación.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de
la Ley 19/2013 de
9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, el Plan Estratégico 2024-2026 será objeto de publicación, entrando en
vigor al día siguiente, en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME), además de en
sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla para su plena validez.
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de
subvenciones por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de sus entes
dependientes, durante el período 2024- 2026, se ajustará a los objetivos
estratégicos generales previstos en el presente Plan, sin perjuicio de las
concretas acciones que se contemplan para el año 2024. Cuando se tramite una
subvención no comprendida en el plan estratégico inicial, se deberá incluir en
el expediente una memoria en la que se detallen la relación de los objetivos de
la subvención con la planificación estratégica y los posibles efectos en ésta,
así como las causas que han impedido su inclusión en aquél.
Dicha memoria se integrará en el Plan Estratégico ya aprobado debiendo
aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan
requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos de la Ciudad de cada año y la aprobación de las bases reguladoras
de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones
presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se
acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la
generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no
podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se
lleve a la práctica en sus propios términos. No obstante su carácter
programático, carente de rango normativo, o si como resultado de los informes
de seguimiento y los informes emitidos por la Intervención General o entes
gestores, existieran líneas de subvenciones que no alcanzaren el nivel de
consecución de objetivos deseado, o el que resultare adecuado al nivel de
recursos invertidos, podrán ser modificadas, sustituidas por otras más eficaces
y eficientes o, en su caso, eliminadas.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los siguientes:
-Publicidad
y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad,
transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos
públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de
conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la
debida consignación presupuestaria previa.
-Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el
conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
-Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar
cuantitativa y cualitativamente.
-Control
y análisis
de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de
igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan
Estratégico. A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en la materia
·
Estudio de la no aplicación de esta línea subvencional.
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el
órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la
ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de
Gobierno.
Por tanto:
-Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de
dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
-Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones
directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos
previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.
El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de
una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus
fuentes de financiación en los siguientes casos:
Las subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 22.2 de la LGS.
Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del
titular de la Consejería en atención a su escasa relevancia económica o social
como instrumento de intervención pública.
CAPÍTULO 2.- CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas
previstas en este Plan para el ejercicio 2020 contiene, para cada caso, la
siguiente información:
a)
Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera
lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y
que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los
correspondientes programas presupuestarios.
b)
Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Para cada línea de
subvención deberán explicitarse los siguientes aspectos:
1.º Áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen
las ayudas.
2.º Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación.
3.º Plazo necesario para su consecución.
4.º Costes previsibles para su realización y fuentes de
financiación,
5.º Plan de acción.
c)
Régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas
de subvenciones que se establezcan.
ARTÍCULO 8.
Este Plan, además del presente articulado, se organiza agrupando los
planes individuales de subvenciones aportados por parte de cada Consejería, con
contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el Art. 12 de RD
887/2006 RLGS, siguiendo la estructura orgánica de la CAM, es decir:
1)
CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA.
2)
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
3)
CONSEJERIA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y
FOMENTO:
o
Proyecto Melilla SA (Sociedad Pública Instrumental)
o
Patronato de Turismo (Organismo Autónomo)
4)
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
5)
CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR
6)
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
7)
CONSEJERÍA DE HACIENDA
Al final del Plan se enumera como Anexo un listado de subvenciones por
órgano gestor, incluyendo el desglose de las partidas, aplicaciones
presupuestarias, importes estimados y procedimiento de concesión.
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas
presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
-Ente
concedente:
La Consejería correspondiente como gestor de la subvención
-Objeto. Bajo este criterio se
especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será
posteriormente objeto de evaluación.
-Modalidad
de gestión.
Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para
su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos
establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva,
subvención directa, convenio de colaboración)
-Importe. Referido a la consignación
prevista para cada subvención.
CAPÍTULO 3.- BENEFICIARIOS Y
MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos dependientes concederán
subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de
fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o
para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia
local.
CAPÍTULO 4.- EVALUACIÓN DE LA
EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO 11.
Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección
Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe
motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los
que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 12.
En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente: - Objeto
- Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora - Importe subvencionado -
Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención - Número de
ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada - Valoración de la
Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo
de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa
del que trae causa.
CAPÍTULO 5: CONTROL FINANCIERO DE
LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 13.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a
la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales
de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en
cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta
justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención
de la subvención. La Intervención General podrá elaborar los modelos de
justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las
mismas.
CAPÍTULO 6: PROCEDIMIENTO DE
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14.
Tanto las modificaciones puntuales como anuales a las que sea necesario
someter el presente plan se tramitarán por la Consejería correspondiente a la
que afecte dicha modificación, elevando propuesta al Consejo de Gobierno, para
su aprobación en virtud del Art. 16.1.27 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de enero de 2017).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª
Toda subvención que no esté reflejada en el presente plan con el
contenido mínimo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, requerirá, para su tramitación, la previa
actualización del plan incluyendo dicha información, siguiendo el procedimiento
del artículo 14 del presente plan.
Aportados los planes individuales por cada Consejería que integran el
Plan General, con contenidos comunes y de conformidad con lo establecido en el
Art. 12 de RD 887/2006 RLGS, se relacionan los que siguen:
1.- CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
OBJETIVO GENERAL 1.-Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o
en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas
desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer
la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las
familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de
riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación
laboral y formación ocupacional.
Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad
empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia.
Medidas prioritarias:
1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad
empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos
vulnerables
1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y
adecuarlas al tejido productivo melillense
1.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los
potenciales demandantes de los programas de empleo formación.
OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a
todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en
riesgo de exclusión. Facilitar a los medios y recursos económicos y/o servicios
suficientes para garantizar las condiciones de una vida digna y evitar la
cronificación de las situaciones de precariedad social de las familias
especialmente las que tienen hijos a cargo.
La intervención correspondiente a este objetivo general reside
principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a
optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su
equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones,
creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas
necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la
ciudad.
Medidas prioritarias:
2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales
2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas
asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en
hogares y personas
2.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los
protocolos de actuación
2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de
exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos
vulnerables
2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y
zonas con especiales necesidades de transformación social
2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o
perteneciente a colectivos vulnerables
2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos
vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y
programas complementarias a ésta
2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se
encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y
vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras
perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.
2.9- La mejora de las situaciones de precariedad económica de las
familias, la facilitación de los medios y recursos suficientes para facilitar
la asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, especialmente
los que tienen menores a su cargo, y otras que faciliten medidas de
acompañamiento a las familias para evitar las situaciones de exclusión social y
la cronificación de la pobreza.
2.10.- Apoyo a la población vulnerable y familias numerosas en el abono
de los gastos ocasionados por el incremento de los costes de la energía
eléctrica
OBJETIVO GENERAL 3.-Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el
absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar.
Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma
de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el
abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.
Los niveles educativos de una población poseen una relación causal
directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A
mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que
este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y
física de los trabajadores.
En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel
educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el
aprendizaje constante a lo largo de la vida.
Medidas prioritarias:
3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el
fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo
del aprendizaje a lo largo de la vida
3.3.- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos
socioeducativos
OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes.
Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la
exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son
factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo.
Además, una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en
situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en
su inclusión social y en su integración.
El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en
la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas
que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.
Medidas prioritarias:
4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración
social de los inmigrantes
4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en
situación de necesidad
4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como
consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico
OBJETIVO GENERAL 5.- Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia,
personas mayores y con discapacidad. Desarrollar una atención preferente e
integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo,
especialmente aquellos que presentan situaciones económicas críticas.
La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de
los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos
especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran
más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión
social. Además de estos colectivos, existe otro que ha registrado en los
últimos años con una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión,
el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que
existe una feminización de la pobreza al que se une igualmente aquellas
personas mayores que viven solas.
Medidas prioritarias:
5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el
empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público
5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a
aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un
desarrollo normal en su entorno.
5.3.- Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave
riesgo de exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres
5.4.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes
promoviendo su inserción social y laboral
5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación
de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...
5.6.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se
encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla
5.7.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con
discapacidad física o psíquica.
5.8.- Favorecer programas centradas en la atención y los cuidados para
personas mayores, discapacitadas o dependientes
5.9.- Garantizar mediante la financiación de los medicamentos a personas
mayores jubiladas con escasos recursos que faciliten la adhesión a los
tratamientos médicos diagnosticas por profesionales sanitarios evitando el
abandono de los tratamientos crónicos y o puntuales que inciden en la salud.
5.10.- Actuaciones tendentes a evitar la soledad no deseada del
colectivo de mayores. Promoviendo actuaciones de interacción con otros
colectivos etarios.
OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer Sector.
El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que
complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro
de su marco de competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e
en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos
que se como finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que
su objetivo de intervención se centre nos siguientes sectores de población:
-Personas con discapacidad -Inmigrantes.
-Personas mayores.
-Otros colectivos con especiales problemáticas sociales.
-Personas en riesgo de Exclusión Social
Medidas prioritarias:
6.1- Promover, dirigir, conceder directamente subvenciones de programa
de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados
con:
-
Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación,
vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas
infraestructuras (luz, transporte, agua...).
-
Impulsión e ejecución de acciones de desarrollo sostenible.
-
Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.
-
Ejecución de acciones de sensibilización, información, e educación para
el desarrollo
6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción
Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la
social de personas vulnerables
a.
Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral
individualizados.
b.
Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las
mujeres inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su
capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de
vida.
6.3.
Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social,
programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en
riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.
6.4.
Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas
reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que
contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones
destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer
Sector de Acción Social.
6.5.
Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y
diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres,
personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con
discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades
de empleo.
OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado.
El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las
personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar
la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la
transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.
Medidas prioritarias:
-
Promoción: Promover la participación ciudadana en el voluntariado,
incrementando el número de personas voluntarias, así como su compromiso estable
en el tiempo.
-
Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de
formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las personas
voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene relación o
trabaja con el voluntariado.
-
Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social,
impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y
contribuir a la dotación de medios para el desempeño de sus funciones.
B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA
OBJETIVO GENERAL 1.- Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los
programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y
asistencia a las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan
Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Medidas prioritarias
·
Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y
privados implicados en la lucha contra las adicciones.
·
Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al
consumo de drogas y otras conductas adictivas.
·
Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras
conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que
incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.
·
Desarrollar la atención integral a las personas con problemas de
drogodependencias y otros trastornos adictivos incluyendo la atención al
entorno familiar y social.
·
Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con
problemas de adicción.
·
Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los
factores asociados a éstas en la población de Melilla. • Evaluar las acciones
realizadas.
·
Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en
la prevención y/o asistencia a las adicciones.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Organizaciones sin
ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y
recuperación de personas con adicciones.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo.
OBJETIVO GENERAL 2.- Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de
la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de
salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la
salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la
salud de la población.
Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:
·
Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a
colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de
las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.
·
Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales
que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.
·
Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de
hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial
a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas
previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes,
reemergentes y de especial relevancia.
·
Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas
de detección precoz de la enfermedad.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Sociedades de la
Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la
protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del
colectivo y de las personas con discapacidad
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades
representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas
de salud y prevención de las mismas.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo I
OBJETIVO GENERAL 3.-
-Fomento y desarrollo de actuaciones relacionadas con la Salud Animal,
control y prevención de zoonosis.
-Protección y cuidado del bienestar animal y fomento de la adopción de
animales abandonado y promoción de la lucha contra el abandono de animales
domésticos
Medidas prioritarias:
·
Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas
que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas
con la Lucha Antirrábica.
·
Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.
·
Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.
·
Implantación, establecimiento y gestión de Colonias felinas
·
Objetivo estratégico:
- Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de
zoonosis.
-Fomento y promoción de actuaciones tendentes a la adopción de animales
de animales abandonados y del sacrificio cero.
-Establecimiento y control de colonias felinas
-Sensibilización para combatir el maltrato animal y el abandono de
animales domésticos
·
Área de Competencia: Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública. Dirección General de
Salud Pública
·
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades que promuevan la protección de
animales,Centros de acogidas y refugio de animales, y Colegios profesionales .
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades
representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados,
esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y
en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a
prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras enfermedades
trasmisibles
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el
Anexo
OBJETIVO GENERAL 4-Actuaciones tendentes a fidelizar y promover la captación de
profesionales sanitarios para el fortalecimiento de la salud pública y la
atención sanitaria a la población melillense.
Se viene produciendo un falta de
ocupación de plazas de profesionales que se ocupan de la atención sanitaria en
la Ciudad de Melilla, por ello y al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de
la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que permite a los poderes
públicos orientar sus políticas de gasto sanitario a corregir desigualdades
sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los Servicios Sanitarios
Públicos en todo el territorio español, según lo dispuesto en los artículos 9.2
y 158.1 de la Constitución, y lo establecido en el srt. 81 de la misma Ley que,
señala que la generalización del derecho a la protección de la salud y a la
atención sanitaria debe implicar la homologación de las atenciones y
prestaciones del sistema sanitario público y que esto se efectuará mediante la
asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la población a
atender en cada Comunidad Autónoma y las inversiones sanitarias a realizar para
corregir las desigualdades territoriales sanitarias, exige esta actuación
promocional que mejore las condiciones y de la calidad de vida de los
melillenses, de acuerdo con lo recogido en el art. 5.2 de la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de la Ciudad de Melilla.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Colegio Oficial de Médicos de la Ciudad Autónoma
de Melilla para promocionar la captación, fidelización y arraigo de
profesionales sanitarios en la Ciudad de Melilla.
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Incentivar mediante apoyo
financiero y otras medidas de integración en la sociedad melillense de aquellos
profesionales sanitarios que desean establecerse en la ciudad y mejorar la
dotación sanitaria y por ende la salud de la población melillense.
·
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter
temporal con periodicidad anual.
·
Beneficiarios e Importe: Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo
I
ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS
§ Fechas de concesión
previstas: Desde enero a junio.
§ Mecanismos de actuación:
Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de
las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva
§ Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases
de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla. Formalización y de los
correspondientes Convenios de Colaboración.
§ Seguimiento: Justificación a
través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y
mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de
las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención
General para su fiscalización.
§ Evaluación: Aplicación de
Indicadores de proceso y de resultado.
o
Número de actividades llevadas a cabo. o
Grado de
cumplimiento de objetivos.
o
Número de personas o pacientes afectados.
o
Plazo de tramitación y pago.
C.- EN EL ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA
OBJETIVO 1.-Ofrecer una atención adecuada a niñas tuteladas por la Ciudad Autónoma
de Melilla, que por diversos motivos resulta beneficioso para su adecuado
desarrollo salir del entorno de la Ciudad de Melilla.
El programa pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro,
procurando la utilización de recursos normalizado, de cara a la inserción
sociolaboral de las adolescentes.
OBJETIVO 2.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o
desamparo que permitan la progresiva normalización y reinserción de las menores
con problemas sociofamiliares.
El programa de primer acogimiento y atención residencial para menores
socialmente desfavorecidas pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
- La intervención
especializada y profesionalizada se desarrollará en régimen abierto, con
posibilidad de realizar actividades en el exterior del Centro de Acogida, en
cuyo caso se procurará la utilización de recursos normalizados.
OBJETIVO 3.- Ofrecer atención individualizada a menores en situación de riesgo y/o
desamparo, en centros residenciales de atención especializada, que permitan la
progresiva normalización y reinserción de menores con problemas
sociofamiliares.
El programa pretende:
-
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psíquicos precisos.
-
Realizar la oportuna valoración y propuesta de intervención de forma
temporalizada e individualizada.
-
La intervención especializada y profesionalizada se desarrollará en
régimen abierto, con la realización de actividades en el exterior del Centro,
procurando la utilización de recursos normalizados.
OBJETIVO 4.- Ofrecer a los menores a través de una línea telefónica de ayuda a la
infancia, ayuda psicológica, informar sobre recursos sociales, resolver dudas
de carácter jurídico, derivar a los recursos más adecuados y realizar
intervenciones en aquellos casos que lo requieran.
El Programa pretende:
-
Atención especializada de las llamadas telefónicas recibidas en la línea
de ayuda a la infancia que procedan de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Coordinación con organismos, entidades o agentes sociales que trabajen
en el ámbito de la infancia y la adolescencia dentro del ámbito territorial de
la Ciudad.
-
Seguimiento de los casos detectados y derivados a los Centros de
Servicios Sociales de la Consejería del Menor y la Familia.
-
Elaboración de un informe anual sobre la situación de la Infancia y
Adolescencia en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con la información
recogida como consecuencia de la prestación del servicio.
OBJETIVO 5.- Ofrecer a los jóvenes
ex-tutelados (de 18 a 23 años) un recurso residencial, educativo y formativo en
la Ciudad de Melilla, que comprenderá actividades agrupadas en las dos
siguientes líneas de trabajo:
1.- Línea para Búsqueda de empleo
2.- Línea para Emancipación
Por ello con este programa se pretende:
1.
Dar respuesta a situaciones de emergencia social de
jóvenes ex - tutelados en riesgo de exclusión social: estancia de duración
limitada con el fin de ofrecerle una vivienda digna, cálida y confortable para
su desarrollo como individuo en un mundo colectivo.
2.
Supervisar el proceso de rehabilitación e integración de
la persona para la preparación al mundo de manera independiente: guiar en la
preparación para una vida más autónoma e independiente, sin la necesidad de
tutores legales, pero si con personal de apoyo, que le indiquen los pasos a
seguir para dicha independencia.
3.
Dotar o reforzar las habilidades necesarias para el
desempeño de las actividades básicas de la vida diaria.
4.
Fortalecer la capacidad de resolución de conflictos
personales de manera independiente.
5.Transmitir la capacidad de autonomía en el
desempeño de sus actividades diarias, tales como recoger la casa, hacerse de
comer, ir al médico… siempre bajo el sutil y ligero seguimiento del equipo
multidisciplinar, para comprobar la evolución de los/las usuarios.
6.
Fomentar el análisis de la realidad desde su
propia visión y reflexión para la resolución de problemas cotidianos.
7.
Promover el uso de los recursos socio-sanitarios.
8.
Favorecer el proceso de toma de decisiones para que
adopten posturas responsables.
9.
Promover hábitos y conductas de salud e higiene personal.
10.
Fomentar la identidad personal y relacional.
11.
Estimular el conocimiento y aceptación de normas básicas
de la comunidad/entorno.
Todo ello persiguiendo los siguientes objetivos:
-Integración social: para proporcionar al individuo un
alojamiento dentro de la comunidad, facilitando con la ayuda de la construcción
y desarrollo de una estructura vital, para la preparación e incorporación en la
Sociedad y Mercado laboral, antes de que puedan valerse por sí mismos.
-Equilibrio Psicosocial: Atendiendo a cada persona
mediante programas individuales de autorefuerzo, para cubrir las diferentes
áreas personales o sociales afectadas en cada uno de ellos. Sobre todo, para
las que se encuentre algún tipo de déficit o carencia.
-Preparación: durante el tiempo que los jóvenes
extutelados se encuentran dentro del hogar recibirán un plan de preparación
individualizado que aumente su capacidad para tomar decisiones, intentando que
la persona crezca de manera autónoma y que progresivamente pueda valerse por sí
misma, adquiriendo nuevas responsabilidades y sintiéndose a la vez dueño de su
propia vida, intentando así alcanzar su autonomía por completo.
-Estructuración de la vida diaria: enseñando a las
personas a organizar su tiempo mediante actividades normalizadas (de
autocuidado, ocio y participación social) dentro del hogar y en la comunidad,
además de la adquisición de hábitos y rutinas.
-Normalización de su situación: para luchar contra la
intolerancia, el estigma y la discriminación.
-Desarrollo de mecanismos: que favorezca la integración de
las personas atendidas involucrando su participación con diversos grupos de
exclusión o menos favorecidos de la Sociedad, como pueden ser personas con
limitación de movilidad, discapacidad mental, proyecto hombre, participación en
actividades de la 3ª edad, etc. (fomentando de ese modo la colaboración de
identidades de la ciudad) Dotar
de un recurso de alojamiento completo en un entorno comunitario. Dicho
alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos, útiles de aseo, ropa
de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar una vida digna.
-Crear las condiciones necesarias que permitan a las
personas con esta problemática vivir de manera autónoma
-Ayudar en la creación de una red social de relaciones,
potenciando la participación en actividades socioculturales y
lúdico-deportivas.
-Procurar un aumento en la calidad de vida
-Dar una oportunidad necesaria a estos Jóvenes para su
inserción en la Sociedad.
OBJETIVO 6.- Ofrecer un Hogar de emancipación para
jóvenes ex tuteladas (entre 18 y 23 años) para su formación personal y
profesional, con un número variable de plazas, según el presupuesto disponible,
en la península. Mediante este programa se pretende:
-
Dotar de un recurso de alojamiento completo en un entorno
comunitario. Dicho alojamiento comprenderá: manutención, ropa, medicamentos,
útiles de aseo, ropa de cama y cuantos enseres se requieran para desarrollar
una vida digna.
-
Desarrollar las capacidades personales como la
convivencia, la asunción de una vida independiente de las instituciones y la
incorporación progresiva a los circuitos sociales normalizados.
-
Trabajar la responsabilidad mediante actitudes como la
seriedad y constancia en el compromiso adquirido y el conocimiento y ejercicio
de sus derechos y deberes ciudadanos.
OBJETIVO 7.- Desarrollar actuaciones de integración de menores
acogidos o en situación de riesgo de exclusión social para contribuir a mejorar
su integración social y a mejorar su adaptación al entorno educativo.
El Programa tiene como objetivos:
-
Cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene y atención
sanitaria de los menores que formen parte de las actividades.
-
Potenciar las relaciones interpersonales.
-
Ofrecer espacios de ocio y diversión a los menores.
-
Enseñar a los menores los diferentes tipos de ocio que existen en la
ciudad.
-
Fomentar la participación de los menores en las actividades que se
realizan.
-
Potenciar la autoestima, aptitudes y valores del menor como persona.
-
La rendición de cuenta de las cantidades aplicadas al programa y
abonadas en concepto de financiación del mismo, en el que se incluirán los
gastos derivados del coste del programa relativos a pago de comida, transporte
en autobús, aseo, limpieza, material didáctico, ropa, calzado y todo tipo de
gastos derivados directamente de la ejecución del programa.
OBJETIVO 8.- Fomento de la inserción laboral de menores acogidos o tutelados por la
Ciudad Autónoma o a través de cursos formativos que promuevan la inserción de
menores en riesgo de exclusión.
Mediante este programa se pretende:
·
Lograr mayores niveles de autonomía, entendiendo como tal la capacidad
de dirigir por sí mismo su propio proceso personal, emanciparse, generar
expectativas de avance, definir proyectos de mejora, buscar la independencia
personal y la equiparación dentro de la sociedad en la que vivimos.
·
Fomentar y reforzar su autonomía, la autonomía no es sólo una cuestión
económica sino también de empoderamiento, es decir, de madurez, personalidad y
autoestima.
·
Estimular su implicación, impulsar la toma de decisiones, aceptar que se
equivoquen, responder a sus errores, ayudarlos a apropiarse de su conducta y
descubrir cómo su conducta afecta a otras personas, y tienen que aprender a
responsabilizarse de ello.
·
Formación para la vida, que permita una integración social, un acceso a
oportunidades de incorporación activa a la sociedad.
·
Desarrollo integral de la persona, que pueda avanzar en diferentes áreas
de forma equilibrada.
·
Ofrecer alternativas que permitan que las personas aprendan a aprender,
a través de un circuito de acción-reflexión-acción.
·
Fomentar su autoconocimiento, es decir, que sepan cuáles son sus
verdaderas posibilidades y potencialidades.
·
Reforzar su autoestima, ya que ésta empodera al joven y le da fuerzas y
motivación para avanzar en su itinerario.
·
Concienciación de la importancia del autocuidado
·
Motivar para la continuación de la formación y actualización de
competencias profesionales.
·
Desarrollar valores de cooperación, solidaridad.
·
Capacitación profesional.
·
Proporcionar experiencias de éxito.
·
Acompañarles: estar a su lado mientras hacen su camino.
OBJETIVO 9.- Fomento de la formación y reciclaje profesional del personal de los
centros de protección, la introducción de nuevos modelos organizativos y de
atención al colectivo de menores de protección y /o de reforma requiere la
permanente actualización de conocimientos y de técnicas de intervención con
estos colectivos.
Mediante este programa se pretende:
-Aplicar técnicas educativas para la mejora de la convivencia en los
centros de menores -Mejorar la calidad
en la atención y en el servicio de los centros residenciales de menores.
-Incorporar medidas educativas específicas como estrategias reductoras
de los factores de riesgo en base a una metodología de trabajo socioeducativa.
-Fomentar el desarrollo de habilidades para la detección precoz de
situaciones de riesgo.
-Capacidad para aplicar los conocimientos adquiridos a fin de prevenir,
detectar y actuar ante posibles casos de violencia infantil o juvenil.
-Capacidad para diseñar programas y estrategias de prevención y
protocolos de actuación en colaboración con otros profesionales y entidades
involucrados en la protección de menores.
-Capacidad para comunicar de forma efectiva sus conclusiones y
recomendaciones a otros profesionales, autoridades, familias y afectados por el
problema de la violencia infantil y juvenil.
-Capacidad para analizar críticamente los protocolos y proponer mejoras.
ANEXO I
Nº |
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
DIRECCIÓN GENERAL |
PROCEDIMIENTO DE
CONCESIÓN |
1 |
05 23101 48900 CONVENIO
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA |
6.191.372,45 € |
SERVICIOS SOCIALES/
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA/ DIRECTA |
2 |
05 23105 48000 CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/
VIRGEN DE LA LUZ |
1.440.804,18 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
3 |
05 23106 47900 CONVENIO
FUNDACION TUTELAR |
29.985,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
4 |
05 23107 48000 CONVENIO RELIGIOSAS MARIA
INMACULADA |
363.020,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
5 |
05 23108 48000 CONVENIO
CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA |
305.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
6 |
05 23109 48000 CONVENIO ASOME |
131.530,03 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
7 |
05 23110 48000 CONVENIO
VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES |
25.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
8 |
05 23111 48000 CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES
ENFERMOS ALZHEIMER |
69.244,56 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
9 |
05 23112 48000 CONVENIO
ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA |
306.791,31 € |
SERVICIOS SOCIALES /
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
10 |
05 31102 48000 CONVENIO A.E.C.C. |
117.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
11 |
05 31103 48000 CONVENIO
ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS |
100.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y
CONSUMO |
NOMINATIVA |
12 |
05 31104 48000 CONVENIO COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS
DE MELILLA |
295.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
13 |
05 31101 48000 CONVENIO
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
257.165,69 € |
SALUD PÚBLICA Y
CONSUMO |
NOMINATIVA |
14 |
05 23113 48000 CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE
MELILLA |
124.969,00 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
15 |
05 23114 48000 CONVENIO
ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA |
20.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
16 |
05 23115 48000 CONVENIO CLINICA EL SERANIL |
50.142,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
17 |
05 23116 48000
CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO CORAZON DE JESÚS |
270.418,54 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
18 |
05 23117 48000 CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE
ASIS |
735.840,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
19 |
05 23118 48000 CONVENIO
COA |
297.755,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
20 |
05 23119 48000 CONVENIO FEAFES MELILLA |
103.511,61 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
21 |
05 23120 48000 CONVENIO
TEAMA |
200.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
22 |
05 23121 48000 CENTRO
ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA |
219.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
23 |
05 23122 48000 CONVENIO
ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES) |
124.228,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
24 |
05 23123 48000 CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE
MELILLA |
182.800,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
25 |
05 23124 48000 CONVENIO
AMLEGA |
29.979,60 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
26 |
05 31105 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS
DE MELILLA (ADIMEL) |
58.164,16 € |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
27 |
05 23125 48000 CONVENIO
MENSAJEROS POR LA PAZ |
40.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
28 |
05 23104 48000 PREVENCION E INSERCION SOCIAL |
845.425,96 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITITIVA CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/
DIRECTA |
29 |
05 23100 48000 SUBV.
CENTROS POLÍTICAS SOCIALES |
171.835,84 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
30 |
05 23100 47900 CONVOCATORIA MANTENIMIENTO
PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS |
10.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA |
31 |
05 23102 48000 SUBV.
ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO |
224.302,35 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA
COMPETITIVA |
32 |
05 23103 48000 SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL.
CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA |
2.391.936,39 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
33 |
05 31106 48000 CONVOCATORIA
SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA |
60.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
34 |
05 31107 48000 SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA /
DIRECTA |
35 |
05 31100 48000 BECAS
TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES |
50.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA
/ NO COMPETITIVA / DIRECTA |
36 |
05 31200 48000 ILUSTRE COLEGIO DE MÉDICOS |
200.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
37 |
05 24103 48000 PROGRAMA
ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA FSE+2021-2027 |
300.258,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA/DIRECT
A |
38 |
0523107 48900 MUJERES VECINALES |
254.574,04 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
39 |
05 31108 48000 ASOCIACIÓN
HUELLAS DE SOLIDARIDAD |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
39 |
05 23113 48001 ASOCIACIÓN ANAR |
9.500,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
40 |
05 23119 48001 CONVENIO ASOCIACION HOGAR LA SALLE JEREZ |
54.596,70 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
41 |
05 23120 48001 INSTITUTO PSICOPEDAGOGICO DULCE NOMBRE DE MARIA |
433.620,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
42 |
05 23121 48001 FUNDACION EMET ARCOIRIS |
431.795,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
43 |
05 23122 48001 ASOCIACION MALAGUEÑA DE PADRES PARALITICOS CEREBRALES |
43.920,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
44 |
05 23123 48001 INST. HERMANAS TERCIARIAS FRANCISCANAS |
54.750, 00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
45 |
05 23124 48001 FUNDACIÓN PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA DE
URGENCIAS (SAMU) PROGRAMAS ADULTOS |
227.000, 00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
46 |
05 23125 48001 ASOCIACIÓN
CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
185.000,00€ |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
47 |
05 23128 48001 ASOCIACIÓN
MELILLA ACTIVA |
250.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
48 |
05 23129 48001 DIVINA INFANTITA |
485.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
49 |
05 23130 48001
ASOCIACIÓN ASYRE |
180.000,00 |
MENOR Y FAMILIA |
NOMINATIVA |
50 |
05 23107 48001 SUBV. CENTRO COLABORADORES MENORES |
150.000,00 € |
MENOR Y FAMILIA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA /
DIRECTA |
51 |
05 31107 48000 SUBVENCIÓN
INSTALACIONES DE SALUD PÚBLICA |
40.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA /
DIRECTA |
52 |
05 31201 48000 ILUESTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS
DE MELILLA |
300.000,00€ |
SALUD PÚBLICA |
NOMINATIVA |
53 |
05 23300 78000 TRANSFERENCIAS
DE CAPITAL CENTROS DE POLÍTICA SOCIALES |
20.000, 00€ |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA
/DIRECTA |
2.-CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS E IGUALDAD
A-
DIRECCIÓN
GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-FORMACIÓN A EMPLEADOS
PÚBLICOS DE LA CUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Realización de diferentes acciones formativas
dirigidas a Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Función Pública.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empleados Públicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de las acciones
formativas que se desarrollen durante los ejercicios 2024 al 2026
correspondientes a los Planes de Formación con Fondos Propios de la Ciudad
Autónoma de Melilla y cuya finalidad es la formación de los Empleados Públicos
de la misma.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 27.756,90 € +19.216,32€ + 19.810,88
+19.216.32 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03 92005 48900 USTM PLAN DE FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS USTM 27.756,90 €
o
03 92001 48900 UGT FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL
UGT 19.216,32 €
o
03 92001 48900 CCOO FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL
CCOO 19.810,88 €
o
3 92001 48900 CSIF FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL
CSIF 19.216,32
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
1.
Concesión anual mediante partida nominativa a cada una de las entidades
sindicales con representación local en la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.
Subvención concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionada por
la Dirección General de Administraciones Públicas.
3.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones. Reglamento por el
que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2005).
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Informes y justificaciones aportadas por el beneficiario,
así como cuantas comprobaciones considere oportuno la Dirección General de
Función Pública.
-Evaluación: Memoria de actuación por cada acción formativa. Entre los
criterios objetivos a evaluar se tendrá en cuenta:
o
Los alumnos que se matriculen y los que finalicen las acciones
formativas.
o
Costes económicos desglosados en gastos directos e indirectos.
B. DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESIDENTE
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-VOLUNTARIADO ASOCIACIONES
ONG´S
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Contribuir a fomentar una cultura de la
solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el
desarrollo.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Voluntarios de la Asociación y todos
aquellas que estén interesados.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Llevar a cabo
programas y acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven
una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad.
Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos
de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma.
Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y
después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales, así
como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan
tales situaciones.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 35.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
0392501/48900 Subvención
Asociación Intervención Ayuda y Emergencias 10.000,00€
o
0392501/48900 Ayuda, cooperación
y Desarrollo 25.000,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación
Intervención Ayuda y Emergencia.
o
b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc...
Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-CENTRO HIJOS DE MELILLA
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Centro de Hijos de Melilla
30.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Centro de Hijos de
Melilla o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de
tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-ASOCIACIÓN POLICÍA LOCAL
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Asociación Policía Local
30.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociación Policía Local
o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
- Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de
tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CLUB ESCORPIO DE AVENTURAS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Cultural, Deportivo y Social.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 15.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención Club Scorpio de Aventuras 15.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Club Scorpio de
Aventuras o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc...
Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.4-ASOCIACIONES DE VECINOS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de vecinos.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 250.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48901 Subvenciones Asociaciones de
vecinos 250.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones de Vecinos o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc...
Plazo de tramitación y pago.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.5-ASOCIACIONES AMAS DE CASA
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Ayudar a la Entidad, como Centro Cultural,
Deportivo y Social que es, en todas aquellas actividades Culturales, Deportivas
y Sociales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Presidencia.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociación Amas de Casa.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 10.000€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
03/92402/48900 Subvención
Asociación Amas de Casa 10.000,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa nominativa a Asociaciones Amas de
Casa. o b. Fechas de concesión previstas: Durante todo el
año.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa
en los presupuestos Generales de la CAM. o
d. Mecanismo de
aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de
la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc...
Plazo de tramitación y pago.
C- DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN PARA ACOGIDA/
TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y AGRESIONES SEXUALES.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las asociaciones y entidades
de melilla que llevan a cabo gestiones de viviendas de acogida o tutela y
recursos habitacionales, de mujeres víctimas de violencia de género o
agresiones sexuales.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Igualdad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla
que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o
tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades
gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género
o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la
correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos
e hijas de ella dependientes
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL. Acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración
y a la permanencia de la existencia de las personas.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 641.500,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de
Igualdad Pacto de Estado contra la violencia de género.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
14/23102/47900 Cruz Roja de
Melilla 164.500,00 €
o
14/23103/47900 Confederación
Nacional Mujeres en Igualdad 184.500,00 € o
o
14/23101/48902 Convenio Cruz Roja Pacto Estado Violencia de Género 292.500,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de
acogida / tutela de mujeres víctimas.
-Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
-Mecanismos de actuación: Convenios de colaboración o resolución con
determinaciones de concesión, según proceda.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
-Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas. El
centro Gestor elaborará un informe sobre las líneas de subvención gestionadas
por el mismo.
D-
DIRECCIÓN
GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA
Objetivos estratégicos:
1.
Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta
universitaria, así como el fomento de la actividad universitaria. Mejorar la
infraestructura universitaria en nuestra ciudad.
2.
Favorecer la especialización de los alumnos universitarios mediante la
implantación de Másteres Universitarios, seminarios de especialización,
cátedras, acciones formativas y foros internacionales.
3.
Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito formativo
universitario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar y mejorar la enseñanza superior de los
melillenses, así como el fomento de la actividad universitaria como foco de
atracción económica de nuestra ciudad, elemento dinamizador estratégico y de
impulso socioeconómico para el futuro.
Se pretende ampliar y consolidar la oferta universitaria de
titulaciones, grados, másteres, seminarios, conferencias, Cátedras y otros
programas formativos de calidad como elementos de generación de riqueza y
desarrollo futuro de Melilla. Se consolida el Foro Internacional de Turismo,
como programa de fomento del turismo y de la imagen y promoción internacional
de Melilla.
Entre las titulaciones que se pretenden impulsar en el ámbito de Melilla
en los próximos ejercicios estarán las relacionadas con los nuevos Grados de
Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Podología y Másteres en los ámbitos
de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales, Finanzas y
Aplicaciones al Análisis de Negocios, Gestión de la Salud, y cuantas otras se
estimen oportunas a fin de incrementar la oferta universitaria de la
Universidad de Granada en Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada. Otras
Universidades.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la
enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación y
consolidación de Titulaciones Universitarias, Máster universitario y otros
programas académicos. Así, en el “Convenio Marco de Colaboración entre la Universidad de Granada y la
Ciudad Autónoma de Melilla para el Desarrollo de la Oferta Universitaria” de
fecha 3 de diciembre de 2018, publicado en el BOME núm. 26 extraord. de 19 de
diciembre de 2018 , se especificaban objetivos tales como la asunción por la Ciudad Autónoma de
los costes del personal docente y de administración y servicios ocasionados por
la implantación de dichas nuevas titulaciones universitarias, así como la
mejora de las infraestructuras del Campus de la Universidad de Granada en
Melilla. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la
Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas
Titulaciones y Másteres universitarios. Asimismo, se fomentará el desarrollo de
actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su
difusión fuera de la Ciudad. En el caso del fomento de las actividades
universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Periodicidad anual. Los propios
Convenios interadministrativos de desarrollo señalan y concretan el plazo de
ejecución, vinculado al año escolar o según convenio.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024:
•
Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.
•
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.191.872,77.
Euros
•
Convenio UGR- ADE+Derecho: 983.921,77 Euros.
•
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 605.710,53 Euros.
•
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: 15.000,00
Euros.
•
Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.
•
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 90.000,00 Euros.
•
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00
Euros.
•
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00
Euros.
•
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: 10.000,00 Euros.
•
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
30.000 euros.
•
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. 50.000 euros.
•
Convenio UGR Cursos de Verano.
•
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
•
Convenio UGR- Grado en Enfermería: (03 32402 45390)
•
Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: (03 32403
45390).
•
Convenio UGR- ADE+Derecho: (03 32404 45390).
•
Convenio UGR- Grado Fisioterapia: (03 32405 45390).
•
Convenio UGR Másteres Facultad Ciencias de la Educación: (03 32412
45390).
•
Convenio UGR- Máster Abogacía: (03 32406 45390).
•
Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: (03 45300 45390).
•
Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: (03 32410
45390).
•
Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: (03 32411
45390).
•
Convenio UGR- Seminario Prof. “José Sainz Cantero”: (03 32408 45390).
•
Convenio UGR para la implantación y desarrollo de la Cátedra Sefarad.
(03 32414 45390).
•
Convenio UGR Foro Internacional de Turismo. (03 32413 45390).
•
Convenio UGR Cursos de Verano (03 32417 45390).
•
Convenio UGR Fomento de Investigación Campus de Melilla (03 32415
45390).
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a)
Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de
Granada para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios,
Actividades, Másteres Universitarios y otras acciones formativas por los
importes reseñados.
b)
Fechas de concesión previstas: Desde enero a abril/mayo (anticipada) o
pospagable (a final de año).
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
d)
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de
Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios
de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas
a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su
fiscalización.
-
Evaluación: Elaboración por las
entidades beneficiarias de un Informe o Memoria de las actividades o proyectos,
donde se hará constar, según los casos, una descripción detallada de la
ejecución del programa o proyecto, actividades realizadas, resultados
obtenidos, identificación de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de
interés. Comparativo con los datos económicos de ejercicios anteriores, si los
hubiera. Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las actividades, entre otros que se
contemplen en los convenios.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con la Universidad de Granada en la
mejora de las infraestructuras necesarias.
•
a disposición de instalaciones para la implantación de nuevas
titulaciones o formación universitaria (Local 33 de la Estación Marítima u
otros).
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Universitaria.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: colaboración e impulso en
obras necesarias de mejora de infraestructuras del Campus de nuestra ciudad,
con el objetivo de incrementar y consolidar cualitativamente la oferta
universitaria de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: No previsto 2024.
Ejecución y seguimiento de los Convenios rubricados en ejercicios
anteriores.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: ----
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
b.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento de la
LGS y General de Subvenciones de la CAM. Formalización del correspondiente
Convenio.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones
llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General
para su fiscalización.
-Evaluación: Grado de cumplimiento de las obras. Plazo de tramitación y
pago.
-Justificación del cumplimiento de objetivos.
E-
DIRECCIÓN
GENERAL DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Objetivos Estratégicos:
1)
Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de
promoción de una finalidad pública.
2)
Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para
matrículas
3)
Favorecer a las familias con recursos más limitados mediante ayudas a
material escolar, libros y transporte escolar para estudiantes de ESO.
4)
Favorecer a los estudiantes que quieran cursar Ciclos de Formación
Profesional de Grado Superior mediante ayudas a material escolar, libros y
transporte escolar.
5)
Favorecer la posibilidad de complementar las Becas del Programa ERASMUS
para estudiantes universitarios melillenses
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a
estudios universitarios, estableciendo ayudas para matrículas universitarias.
Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes
de los estudios universitarios a través de la financiación de la
correspondiente matrícula.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus
estudios universitarios o de acceso a la Universidad para mayores de 25 y 45
años.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer el acceso a la
enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Becas Universitarias/Ayudas al
Estudio: Hasta un máximo de 400.000,00 Euros anuales.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de
concurrencia.
b.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM.
a.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de
educación secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as
a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de
Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material
escolar y transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de Educación Secundaria de la
totalidad de Institutos de Educación Secundaria de Melilla, así como
consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan dichos
estudios..
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de
educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias con hijos e hijas
que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte
escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su
alumnado.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas al Estudio de Secundaria:
Hasta un máximo de 1.200.000,00 Euros anuales.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Ayudas al Estudio de Secundaria (03 32401 48000)
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición
de libros de texto y transportes escolar.
b.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM. Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y
Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la
correspondiente Convocatoria anual.
d) Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Facilitar y complementar el desarrollo
universitario a los estudiantes melillenses, estableciendo ayudas para
complementar su formación universitaria.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Facilitar medios a los universitarios melillenses
para colaborar en los costes de los estudios que desarrollen para fomentar la
movilidad interuniversitaria, como complemento al Programa Erasmus.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnos melillenses que cursen sus
estudios universitarios y vayan a participar en el Programa Erasmus.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer la movilidad
interuniversitaria mediante ayudas mejorar la capacitación de los alumnos
universitarios melillenses.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Ayudas Complementarias Programa
Erasmus: Hasta un máximo de 100.000,00 Euros anuales.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (03 32000 48000)
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-
Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.
-
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico.
-
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM. –
-
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o
Número de beneficiarios finales
o
Plazo y tramitación del pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: : Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de
los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior. Facilitar medios a las
familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún
Instituto de Formación Profesional de Grado Superior para colaborar con ellas
en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren
los estudios de sus hijos e hijas.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Sociedad de la Información.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Alumnado de los Ciclos de Formación
Profesional que desarrollen sus estudios en centros Oficiales de Formación
Profesional de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los alumnos de los
Ciclos de Formación Profesional, y consecuentemente a las familias con
miembros de la unidad familiar que cursan dichos estudios de una ayuda
económica para libros y transporte que garantice la asistencia regular en
situación óptima de todo su alumnado.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: AYUDAS FP: Hasta un máximo de
200.000,00 Euros anuales
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta. Si bien
se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras
entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los
gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
AYUDAS FP: (03/32602/48000)
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a.
Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición
de libros de texto y transportes escolar.
b.
Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia. f.
Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico
c.
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención en los presupuestos
Generales de la CAM.
d.
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Las Bases reguladoras y la correspondiente
Convocatoria anual.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Número de solicitudes presentadas
o Número de beneficiarios finales o
Plazo y
tramitación del pago
3.-CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLOGICA, TURISMO Y
FOMENTO.
A. DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Formación en innovación y herramientas digitales
para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes desempleados y
autónomos, proyectos “emprende y avanza” y “Reactiva tu futuro”. Financiados a
INCYDE por el FSE+ al 85% y de la Ciudad de Melilla al 15%
•
formativas relacionadas con la Innovación Tecnológica y herramientas
digitales para mejora de la empleabilidad y emprendimiento de jóvenes
desempleados y autónomos, proyectos “Emprende y Avanza” y “Reactiva tu futuro”,
FSE+
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundación Instituto Cameral para la
Creación y Desarrollo de la Empresa, INCYDE, a fin de que realice las acciones
formativas correspondientes, con personas desempleadas, autónomos y jóvenes
(que no están trabajando, ni estudiando).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Acciones formativas:
1.“Emprende y avanza” para el emprendimiento tecnológico, sostenible e
innovador de creación y consolidación empresarial.
2.“Reactiva tu futuro” dirigido a la formación de jóvenes en gestión
empresarial y herramientas digitales.
Todo ello a fin de ampliar las oportunidades profesionales de la
población a la que va dirigida, a través de la mejora de empleabilidad y el
emprendimiento y con la aportación, tan solo del 15%, por parte de la Ciudad,
del total de las acciones formativas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/47000- YACIMIENTOS
NUEVOS EMPLEOS 2024. INCYDE
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: La financiación del 85% de las actuaciones
previstas en el Convenio, se realizará con cargo a la dotación aprobada por el
FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS A INCYDE. La financiación del 15% restante será
aportada por la Ciudad de Melilla
PLAN DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes:
-
Subvención directa con la vigencia del Convenio
-
Forma de Concesión: Convenio con la Fundación INCYDE
-
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios,
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por INCYDE.
-
Subvención Prepagable
-
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Representar y publicitar la Ciudad de Melilla,
en múltiples competiciones en las que participa TITANS MELILLA GAMING (Equipo
Melillense de Videojuegos)
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y TITANS MELILLA GAMING (equipo melillense de videojuegos), para que
represente y publicite, dando a conocer la Ciudad de Melilla, en la multitud de
competiciones en la que participa.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: TITANS MELILLA GAMING (organización
dedicada a los esports o ciberdeportes y al entretenimiento), dirigido el
sector del videojuego con audiencias y penetración entre los más jóvenes que
superan a la mayoría de los deportes tradicionales.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Representación de la
Ciudad de Melilla y dar a conocer la misma, a fin de atraer a jóvenes talentos
y empresas de videojuegos, ya que nuestra Ciudad reúne todas las condiciones
para el establecimiento de empresas de videojuegos, por sus importantes
ventajas fiscales.
Todo ello, para conseguir ampliar y mejorar el tejido empresarial de la
Ciudad y ampliar las oportunidades profesionales de la población, orientado a
la Innovación Tecnológica.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 6/49201/48000—Subvención TITANS MELILLA
GAMING.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
Subvención directa con la vigencia del Convenio
o
Forma de Concesión: Convenio con TITANS MELILLA GAMING
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras contenidas en los convenios,
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por TITANS MELILLA
GAMING . o
Subvención
Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Actividades formativas orientadas al sector del
juego online, a fin de encontrar a personal con las competencias necesarias.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Ciudad de
Melilla y la Asociación Melillense del Juego Online, para llevar a cabo
acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal
con las competencias necesarias para cubrir las amplias necesidades de personal
del sector.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Innovación Tecnológica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Melillense del Juego
Online, agrupa a los trece operadores establecidos en Melilla, cuyo peso
económico alcanza el 20% del PIB de la Ciudad y generan de manera directa más
de trescientos empleos. En definitiva, al personal que una vez formado obtenga
las competencias necesarias, a fin de que pueda integrarse en una bolsa de
trabajo que irá cubriendo las amplias necesidades de personal del sector.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Actividades formativas orientadas al sector del Juego Online, con objeto
de poder encontrar a personal con las competencias necesarias, creando una
bolsa de trabajo con los resultados de esas actividades formativas de la que
irán cubriendo las amplias necesidades de personal del sector. o Junto a las universidades presentes en la Ciudad, llevarán a cabo
actividades de formación y promulgación más general.
o
Acompañará a la Administración como embajadores de la marca Melilla, en
el estratégico sector que representan, con el objetivo de atraer más personal
de sus importantes empresas a la Ciudad y convencer a otros operadores.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €)
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 6/49200/48000- Subvención Asociación
Melillense Juego online.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con Asociación Melillense Juego
Online.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la Dirección General de Innovación
Tecnológica, de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por ASOCIACIÓN
MELILLENSE JUEGO ONLINE .
o
Subvención Prepagable
o
Seguimiento: Informes de los Servicios Técnicos de la Dirección General
de Innovación Tecnológica
o
Evaluación: Se precisará memoria final.
B-
DIRECCIÓN
GENERAL DE VIVIENDA PATRIMONIO Y URBANISMO.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-SUBVENCIÓN A LA
REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Actuaciones en materia de rehabilitación de
edificios y viviendas
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: A los propietarios y edificios de uso
residencial, y a aquellos otros de interés histórico-artístico
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Conservación del
patrimonio inmobiliario, incentivar la inversión privada y adaptar los
edificios a las vigentes normas del Código Técnico de la edificación,
especialmente en materia de accesibilidad
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 286.400,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible y de los propios beneficiarios
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15200/48000 importe total 286.400,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter
estatal como local, asimismo, se publican anualmente convocatorias para su
concesión mediante concurrencia competitiva. Las bases reguladoras están
representadas por las normativas de carácter estatal y local. Su concesión se
efectúa, en algunas actuaciones, por orden de entrada, y en otras mediante el
procedimiento de concurrencia competitiva. En casos específicos contemplados en
la propia Ordenanza de Actuaciones Protegibles, la subvención puede
instrumentarse a través de un Convenio.
Asimismo, se podrán abrir convocatorias extraordinarias, con las bases
correspondientes, para el otorgamiento de subvenciones que se dirijan
actuaciones concretas en función del interés social, artístico, etc.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta
el número de solicitantes en relación a los beneficiarios, el número de
viviendas beneficiadas, la inversión privada generada por la subvención y el
número de trabajadores que han intervenido en la rehabilitación, entre otros
datos. La justificación se efectuará mediante la presentación de las facturas
correspondientes.
A través del control de precios de las actuaciones (comparándolos con
los costes medios en Melilla), se controlan los efectos inflacionistas que
podría tener esta actuación.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE
VIVIENDAS PRIVADAS
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para el pago de alquiler de viviendas
privadas a sectores de la población con bajos recursos económicos
•
AREA DE COMPETENCIA:
Consejería de Economía, Comercio, Innovación tecnológica, Turismo y
Fomento
•
CENTRO GESTOR:
Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Fundamentalmente a un sector de la
población con ingresos inferiores a 1.200,00 € euros, concentrándose en
sectores con ingresos menores a 700,00 €, que acrediten determinadas
circunstancias socio-económicas que les hagan dificultoso satisfacer el
alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y permanente de la
unidad familiar, dándole mayor valor a
los sectores en riesgo de exclusión social, como mujeres víctimas de
violencia de género, discapacitados, familias monoparentales, familias
numerosas, etc.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población en riesgo de
exclusión social.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 1.186.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma, del
Ministerio de Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible y de los propios
beneficiarios
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15201/48000 importe total 1.186.000.00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa general de carácter
estatal como local. Su concesión se efectúa en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatorias anuales y, alguno de los programas para
víctimas de violencia de género y sectores vulnerables mediante su adjudicación
directa, mediante la publicación de las pertinentes bases reguladoras. Su
concesión se efectúa, en los casos de concurrencia competitiva, por puntuación,
otorgándose prioridad a los sectores de la población más vulnerables
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta
el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se
efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes.
Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la subvención
media, la media de ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse
antes de la finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3
3.1-SUBVENCIÓN AL ALQUILER DE
VIVIENDAS PRVADAS PARA JÓVENES.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes
de hasta 35 años
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Sector de la población con ingresos
inferiores a 3 veces el IPREM (2.100,00 € mensuales como máximo), que acrediten
determinadas circunstancias socio- económicas que les hagan dificultoso
satisfacer el alquiler de la vivienda que constituye el domicilio habitual y
permanente de la unidad familiar.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el acceso a una
vivienda en régimen de alquiler de los sectores de la población que tienen
dificultades para formar una unidad familiar Independiente, en los primeros
pasos de la emancipación.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad BIANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: Presupuesto 2024: 200.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Transporte
y Movilidad Sostenible
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/34133/48000 Importe total 200.000,00€
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas tanto por normativa autonómica como por el RD
42/2022, de 18 de enero. Su concesión se efectúa en régimen de presentación de
solicitudes, mediante convocatorias anuales y la publicación de las pertinentes
Bases Reguladoras
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta
el número de solicitantes en relación a los beneficiarios. La justificación se
efectuará mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes.
Se analizarán los datos de la actuación como el alquiler medio, la media de
ingresos de los solicitantes, etc. El pago deberá hacerse antes de la
finalización de cada ejercicio presupuestario.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4
4.1-SUBVENCIONES PARA EL PAGO DE
VIVIENDAS PÚBLICAS.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Pago de alquiler y cuotas de amortización de los
préstamos hipotecarios de las viviendas de protección oficial de promoción
pública gestionadas por
ENVISMESA
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Usuarios de estas viviendas con bajos recursos económicos. Los
arrendatarios y propietarios de viviendas de protección oficial de promoción
pública, siempre y cuando se trate de una promoción acogida a la Ordenanza por
la que se regulan estas subvenciones. Dentro de los usuarios, se otorga la
subvención mediante descuento en los correspondientes recibos, a las unidades
familiares con menores ingresos, siempre por debajo de 2,2 veces los Ingresos
Familiares Ponderados.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el pago de la
vivienda habitual a unidades familiares con bajos recursos económicos
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 950.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la empresa
municipal de la vivienda y suelo de Melilla, S.A.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas por
normativa local. Su concesión se efectúa en aplicación de la Ordenanza
correspondiente, concediéndose a todos los interesados que cumplan los
requisitos.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta
el número de solicitantes que resulten beneficiarios. La justificación se
efectuará mediante el pago de los recibos de alquiler o hipotecarios de las
correspondientes viviendas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
5.1-SUBVENCIONES PARA LA
REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS EN VIRTUD DEL R.D. 853/2021,
DE 5 DE OCUTBRE, FONDOS NEXT GENERATION.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Otorgar subvenciones para la rehabilitación
energética de edificios y viviendas de carácter residencial a los propietarios
y arrendatarios de dichos inmuebles. en esta subvención se incluyen los gastos
de elaboración de proyectos y del libro del edificio
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Arrendatarios y propietarios de
viviendas de edificios y viviendas con uso residencial
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar el ahorro
energético del sector residencial
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Tiene una duración hasta el año
2026, vinculado a los Fondos Next Generation .
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.282.395 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos del programa Next
Generation gestionados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15200/78000 Importe total 1.282.395,00 €
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Las ayudas están reguladas por normativa estatal y por las Bases
Reguladoras de la correspondiente Convocatoria. Se otorga mediante orden de
presentación, hasta agotamiento del presupuesto.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Se evaluará la eficacia de esta línea de subvención teniendo en cuenta
el número de edificios rehabilitados y el grado de ahorro de consumo de energía
primaria no renovable.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.1- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE
MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO
CORAZÓN.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidad Religiosa Singularizada
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende mejorar las condiciones de seguridad estructural,
accesibilidad y funcionalidad de esta edificación singular, subvencionando la
redacción del proyecto correspondiente
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15007/78000 Obispado de Málaga 40.000 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.2- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE
MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE NUEVO EDIFICIO EN EL PATIO DEL CURA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Obispado de Málaga
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Con esta subvención nominativa se pretende una nueva ordenación de los
espacios de esta parcela, subvencionando la redacción de un proyecto de nuevo
edificio que permita satisfacer todas las necesidades en un nuevo edificio
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 58.8000,00€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15006/78000 Obispado de Málaga 58.800,00€
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.3- SUBVENCIÓN AL OBISPADO DE
MÁLAGA PARA REDACCIÓN DE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA IGLESIA MEDALLA
MILAGROSA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Obispado de Málaga
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende facilitar la redacción de un proyecto para la
rehabilitación integral de este edificio, muy dañado tras el terremoto de 2016
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
33.000,00€
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15008/78000 Obispado de
Málaga 33.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.4- SUBVENCIÓN COMUNIDAD
ISRAELITA PARA LA REHABILITACIÓN DE LA SINAGOGA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Entidad Religiosa Singularizada
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende facilitar la rehabilitación de la sinagoga de Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
30.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Entidad Beneficiaria
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/15009/78000 Comision
Israelita 30.000,00 €
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
6.5- SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN
MELILLENSE DE FÚTBOL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO EN EL CAMPO DE FÚTFOL DE
LA ESPIGUERA.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Subvención para la rehabilitación de edificios
singulares
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
tecnológica, Turismo y Fomento
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Federación Deportiva
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Con esta subvención
nominativa se pretende colaborar en la construcción de un nuevo edificio para
uso deportivo en las instalaciones del Campo de Fútbol de la Espiguera de
Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ciudad Autónoma de Melilla
y de la Federación Melillense de Futbol
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o 06/34000/77000 Federación Melillense de Fútbol 400.000,00 €
C-
DIRECCIÓN
GENERAL DE TURISMO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-CONVENIO CONFEDERACIÓN DE
EMPRESARIOS MELILLENSES
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, coordinación con las organizaciones representativas del
sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la
modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta
forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio
del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y
entidades públicas y privadas.
•
OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: A la vista de las ayudas que van a poder ser
solicitadas por las empresas de Melilla de los Fondos Europeos de Recuperación
y la complejidad de poder acceder a los mismos de forma individual, se persigue
acometer un PROGRAMA DE AYUDA EN LA INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS
SUBVENCIONES que puedan ser solicitadas por la Pymes de Melilla.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Confederación de Empresarios de
Melilla (CEME) como organización empresarial que representa y gestiona los
intereses generales y comunes de sus asociados ante personas y entidades
públicas y privadas, y singularmente ante la Administración, estando prevista
la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla
para 2024.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Apoyar a las Pymes que siguen sufriendo la crisis económica derivada de
la COVID-19 para que puedan acceder a las ayudas que van a poder ser
solicitadas por éstas de los Fondos Europeos de Recuperación creando un PROGRAMA DE AYUDA EN LA
INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Finales del ejercicio 2024
•
COSTES PREVISIBLES: 30.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA o 06 43100 47900 " CONVENIO CEME 2023", por un importe total de
TREINTA MIL EUROS (30.000,00 €).
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.
b)
Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.
c)
Mecanismo de aplicación: Convenio de Colaboración que tendrá el carácter
de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley
General de Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá
una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla
y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla.
Cualquier incidencia deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO:
Comisión
integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la
Confederación de Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-CONVENIO ASOCIACIÓN
COMERCIANTES ZONA CENTRO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: El objeto del Convenio de Colaboración es
contribuir al cumplimiento de las competencias traspasadas a la Ciudad Autónoma
de Melilla, esto es, Coordinación con las organizaciones representativas del
sector comercial de la ciudad, al objeto de implantar medidas tendentes a la
modernización de las estructuras comerciales de la ciudad de Melilla. De esta
forma se pretende promover el desarrollo industrial y comercial, en beneficio
del interés general y de los intereses generales y comunes de dichas empresas y
entidades públicas y privadas.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Planteamiento de una serie de estrategias de
dinamización y acciones de mejora del entorno conocido como centro histórico y
comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La Asociación Zona Centro de Melilla
constituida según sus estatutos para la organización, colaboración mutua,
representación, gestión, fomento, asesoramiento y defensa de los intereses
comunes de los empresarios y profesionales que desarrollan su actividad en la
zona centro y ensanche modernista del término municipal de Melilla, estando
prevista la Subvención Nominativa en los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de
Melilla para 2024.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mejora del entorno
conocido como centro histórico y comercial de la Ciudad Autónoma de Melilla,
que comprende fundamentalmente la Avenida Juan Carlos I Rey, calle General
Chacel, calle General O´Donnell, General Prim, General Pareja, López Moreno y
adyacentes, mediante la consecución de objetivos posibles y alcanzables siempre
dentro del campo de acción de la Asociación Zona Centro.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Finales del ejercicio 2024.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 150.000,00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06 43101 48000 "CONVENIO ASOCIACIÓN COMERCIANTES
ZONA CENTRO", por un importe total de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS
(150.000,00 €).
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención Nominativa de ayuda directa al beneficiario.
b)
Forma de concesión: Directa a través de Convenio de Colaboración.
a)
Mecanismo de aplicación: Convenio de Colaboración que tendrá el carácter
de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley
General de Subvenciones, a aprobar por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio se constituirá
una Comisión integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla
y dos de la Confederación de Empresarios de Melilla. Cualquier incidencia
deberá ser puesta en conocimiento de la Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
-SEGUIMIENTO:
Comisión
integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos de la
Confederación de Empresarios de Melilla.
-EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-AYUDAS AL SECTOR ARTESANO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación y el fomento de la Artesanía Tradicional y Popular
(Reglamento sobre la Regulación de la Actividad Artesana en la Ciudad Autónoma
de Melilla, publicado en el BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003).
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Modernización del sector artesano con una mejora
de su posición competitiva, incidiendo en aspectos tales como la gestión, la
rentabilidad, la calidad de los productos artesanos, el aprendizaje de oficios
y el desarrollo de nuevas actividades artesanales.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Dirección General de Turismo y Activación Económica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas van dirigidas a los
artesanos individuales y empresas artesanas, que debidamente inscritas en el
Registro General de Artesanos de la Ciudad Autónoma de Melilla, desarrollan
actividades artesanales que constituyen una manifestación de la cultura
popular.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El fomento de la creación
de nuevas actividades artesanales. El establecimiento de ayudas a la
modernización y a la promoción y de empresas o talleres artesanos y para la
comercialización de productos artesanales mejorando sus condiciones de
rentabilidad, gestión y competitividad en el mercado, velando al mismo tiempo
por la calidad de su producción. La creación de ayudas a proyectos de interés
general de fomento de la Artesanía incluyendo subvenciones para la realización
de cursos de formación. Ayudas para un
cambio de ubicación del centro de trabajo al Centro Modernista o Melilla la
Vieja.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas
mediante pública mediante concurrencia
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 16.000, 00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/33000/48000
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción de la artesanía.
b)
Fechas de concesión: Convocatoria en régimen de concurrencia a mitad de
ejercicio.
Previsión concesión: último trimestre del año.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras, Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad, Reglamento Regulador de la actividad Artesana en la
CAM (BOME núm. 3996, de 4 de julio de 2003) y convocatoria
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de
los gastos financiados.
Elaboración por la entidad gestora de un Informe o Memoria final de las
actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos, una
descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, identificación
de beneficiarios, observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con
los datos económicos de ejercicios anteriores.
-Criterios objetivos a evaluar:
-
Número de solicitudes
-
Coste económico
-
Datos sobre constitución o modernización de empresas artesanas
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4-AYUDAS FOMENTO DEL
ASOCIACIONISMO COMERCIAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promover el fomento del asociacionismo
comercial.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promover el fomento del asociacionismo comercial,
el impulso de la innovación, la promoción de la competitividad y el
emprendimiento y la mejora de la cualificación profesional. Desarrollar Planes
de Fomento del desarrollo de la economía local, de forma integral o por
sectores.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Dirección General de Turismo y Activación Económica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas, dentro del objetivo
primordial del emprendimiento, van destinadas a entidades o asociaciones de
comerciantes, instituciones públicas o privadas de fomento de la economía y
desarrollo local, y, en general, a aquellas entidades y asociaciones sin ánimo
de lucro entre cuyos fines estén el asociacionismo comercial, la promoción y el
fomento del emprendimiento y de la economía local.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Elaboración de planes de
diagnóstico y acciones formativas; ayudas para la incorporación de soluciones
tecnológicas; diseño de plataformas de simplificación de trámites que ordene y
facilite a los comerciantes cualquier trámite con las administraciones; mejora
de la competitividad y el emprendimiento, impulso del turismo como elemento
dinamizador económico, inclusión de ayudas dirigidas a la búsqueda de nichos de
mercado y subsectores que favorezcan el emprendimiento. Otras medidas pretenden
la consolidación del asociacionismo, el impulso de la iniciativa empresarial o
la promoción de los productos locales de Melilla.
Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización
dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el
barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés
comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como
formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las
calles.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual de ayudas
mediante pública mediante concurrencia
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Fomento del Emprendimiento, Promoción del
asociacionismo y otras actuaciones de fomento desarrollo local. 06/43100/48000.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
c)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción de la economía local.
d)
Fechas de concesión: Convocatoria periódica. Previsión concesión: último
trimestre del año.
c) Mecanismo de aplicación: Bases
Reguladoras y preceptiva convocatoria. “Bases reguladoras para la concesión de
ayudas para la realización de proyectos de interés general en materia de
asociacionismo comercial, promoción del emprendimiento y desarrollo de planes
de fomento de la economía local”, publicadas en el BOME núm. 5807 de 10 de
noviembre de 2020.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-Seguimiento: Presentación de memoria de la actuación y justificantes de
éstos.
Elaboración por las entidades beneficiarias de un Informe o Memoria
final de las actividades o proyectos, donde se hará constar, según los casos,
una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto, actividades
realizadas, resultados obtenidos, identificación de beneficiarios,
observaciones, entre otros datos de interés. Comparativo con los datos
económicos de ejercicios anteriores, si los hubiera.
-Criterios objetivos
a evaluar:
-
Impacto de las medidas.
-
Análisis de datos del programa ejecutado.
-
Coste económico
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5-AYUDAS FOMENTO DEL
ASOCIACIONISMO COMERCIAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar la economía local a través de la
promoción turística.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción del turismo con destino a Melilla
mediante la bonificación de paquetes turísticos. Se consideran paquetes
turísticos las ofertas comerciales por parte de las agencias de viajes u otros
operadores turísticos, de viajes de ida y vuelta a Melilla con una duración de
entre dos y treinta días naturales consecutivos, siempre que comporten el
alojamiento durante la estancia en Melilla en alguna de las modalidades de
alojamiento turístico previstas reglamentariamente (establecimiento hotelero,
campamento de turismo o apartamento turístico) o en el domicilio de un
residente en la ciudad, o en centros de instituciones públicas. Se implementará mediante programas
específicos de bonificación condicionados a la existencia de dotación
presupuestaria adecuada y suficiente.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas los ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión
Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten los paquetes
turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de aplicación. Los
viajes subvencionados han de ser obligatoriamente de ida y vuelta y realizarse
en línea regular. Las cuantías señaladas
podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en materia de
Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio, volumen de
la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros factores
debidamente motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad y
fijándose en el convenio con la entidad colaboradora, en su caso.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria Anual y/o
extraordinarias.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 1.600.000 euros. A esta cantidad se
le incorporarán los remanentes del pasado ejercicio 2023 (Acuerdo Asamblea de
18 de agosto de 2023, BOME núm. 6100 de 1 de septiembre, 4.700.000 euros).
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43209/48900
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
-Subvención directa a ciudadanos con residencia legal en el territorio
de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten
los paquetes turísticos, según las cuantías señaladas en el Decreto de
aplicación. Extensión a otros colectivos, según señale la norma de aplicación.
Las ayudas se concederán de forma directa a los beneficiarios señalados
en el Decreto de aplicación, conforme a los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley
38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, fundamentando su concesión
en virtud de las competencias sobre fomento del turismo, artículos 21.1.16ª y
21.2 ambos de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de
Melilla, así como el Real Decreto 1385/1997 de 29 de agosto y Real Decreto
337/1996 en cuanto a las transferencia de la gestión, por lo previsto en la Ley
38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado
por Real decreto 887/2006 de 21 de julio y demás normativa de aplicación.
-
Duración: Según determine el Decreto de aplicación, la dotación presupuestaria y
los Convenios de Colaboración.
-
Mecanismo regulador: Decreto nº 1043 de fecha 23 de agosto de 2021, por el que se regula la
bonificación de paquetes turísticos con destino en Melilla. BOME núm. 5889 de
24 de agosto de 2021. Convocatorias anuales. Convenios reguladores con las
entidades colaboradoras (agencias de viajes y otras entidades colaboradoras).
Ley General de Subvenciones y normativa de desarrollo.
-
Modificación de las cuantías destinados a los beneficiarios, según convocatoria (Para
el año 2023 y parte del 2024, Orden núm. 708 de 5 de octubre de 2023, BOME núm.
73 extraord. de 6 de octubre).
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Elaboración por el Patronato de Turismo de una Memoria, y análisis de
los siguientes indicadores:
-Número de solicitudes presentadas.
-Beneficiarios finales atendidos y comparativos con regímenes
anteriores.
-Grado de cumplimiento económico
- Análisis cuantitativo de viajeros y pernoctaciones a Melilla.
- Impacto del programa en la economía local.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6-AYUDAS A LA FORMACIÓN DEL
SECTOR TURÍSTICO PRTR
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora
competitiva en el sector turístico y hostelero de la CAM.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de
desempleados melillenses en el sector turístico y hostelero.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas los desempleados melillenses que reciban cursos de formación para el
empleo en las ramas de turismo y hostelería por empresas del sector debidamente
homologadas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y
2025.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/47900.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR
según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo
con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D.
449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente
PLAN DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según
se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se
dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de
las subvenciones financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de
las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la
convocatoria de las mismas.”
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del
Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección
General de Turismo y Activación Económica.
- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios
técnicos del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- AYUDAS A EMPRESAS TURÍSTICAS PARA LA MODERNIZACIÓN
Y REJUVENECIMIENTO DE LA PLANTA TURÍSTICA PRTR
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la competitividad de las empresas de
los sectores turísticos y hostelería de la CAM..
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Implementación y/o renovación del capital
productivo de los sectores turísticos y hostelería de la CAM.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma
jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan
realizar proyectos de inversión en los sectores turísticos y de hostelería en
la Ciudad Autónoma de Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria en el ejercicio 2024 y
2025.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 3.600.000 euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 06/43200/77000
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por los fondos del PRTR
según consta en los convenios firmados con la Secretaria de Estado de Turismo
con la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo de los R.D. 1118/2021, R.D.
449/2022 y R.D. 1011/2022, respectivamente
PLAN DE ACCIÓN:
Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Aprobación de Bases Reguladoras con Convocatoria de subvenciones, según
se dispone en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria, según se
dispone en el Art. 61.1 Real Decreto-Ley 36/2020, “Artículo 61. Bases reguladoras y convocatoria de
las subvenciones financiables con fondos europeos.1. Las bases reguladoras de
las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la
convocatoria de las mismas.”
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del
Patronato de Turismo, así como las evaluaciones y seguimientos de la Dirección
General de Turismo y Activación Económica.
- SEGUIMIENTO: Informes de los servicios
técnicos del Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- AYUDAS DESTINADAS A LA REACTIVACION DE LOS
ESTABLECIMIENTOS AFECTADOS POR PÉRDIDAS EN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ZONAS
AFECTADAS POR OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN VIA PUBLICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Apoyar a las PYMEs, los trabajadores por cuenta
propia (autónomos/as), Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades
afectadas por las obras de larga duración de titularidad de la Ciudad Autónoma
de Melilla
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las personas
físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que sean titulares a
través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión en Melilla,
de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación económica
establecida en cada convocatoria, o incluso aquellos dedicados a la venta
ambulante afectados por haber sido desplazados o minorada su actividad por
obras de larga duración, que tengan licencia actualizada para ejercerla y que
cumpla la finalidad y requisitos establecidos en las bases reguladoras.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las
ayudas las PYMEs, los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as),
Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Sociedades Cooperativas que tengan
su domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla, que sean
titulares a través de propiedad o mediante contrato de arrendamiento o cesión
en Melilla, de un establecimiento encuadrado en el área de reactivación
económica establecida en cada convocatoria, así como una licencia actualizada
para operar como venta ambulante
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El objeto de las ayudas
reguladas en las presentes bases es la reactivación de zonas comerciales
definidas en las convocatorias que, debido a trabajos de obras públicas de
larga duración realizadas en las mismas, hubieren producido un impacto negativo
en aquellas empresas establecidas en las zonas comerciales que se señalen,
generando en ellas una debilidad comercial, con pérdidas de clientela y de
empleo, en su caso, promoviendo para ello una reactivación comercial de la zona
afectada.
Tendrán especial atención las acciones de promoción y dinamización
dirigidas al fomento del Centro Histórico de Melilla, “Melilla La Vieja”, el
barrio del Real, el paseo marítimo, entre otras zonas de especial interés
comercial; y a la promoción y modernización de los mercados municipales como
formas tradicionales de negocio que mantienen la vida y la actividad en las
calles.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Las ayudas deberán resolverse antes
del 31 de diciembre de 2024.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 800.000,00Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación
presupuestaria PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL 08/43300/74000, así como con
cualquier otra aplicación presupuestaria que pudiese aprobarse y tenga la
finalidad de reactivación de la actividad económica.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de Concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: Convocatoria pública de subvenciones pública en
régimen de concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras en régimen de concurrencia
competitiva de subvenciones de ayudas destinadas a la reactivación de los
establecimientos afectados por pérdidas en su actividad económica en zonas
afectadas por obras de larga duración en vía pública, así como en su
convocatoria.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones
y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un funcionario de
la Dirección General de Turismo y Activación Económica a determinar en la
convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental Proyecto Melilla
SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes
de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto
Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- AYUDAS AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES
COMERCIALES EN MELILLA. RESOLUCIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización
de locales comerciales en Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento de la innovación y a la transformación
digital. Modernización empresarial.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Turismo y Activación Económica.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas del sector comercial, sin
importar la forma jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos,
que pretendan realizar proyectos de inversión en locales comerciales en la
ciudad autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación,
modernización y/o diversificación de empresas comerciales ubicadas en la Ciudad
Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de
calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Ejercicios 2024 y 2025.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 754.700,00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 06/43100/77000
“SUBVENCION TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO”
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-
SEGUIMIENTO: Informes del personal técnico de la Dirección General de Turismo y
Activación Económica.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Incrementar la oferta turística de la CAM.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: incrementar la oferta turística mediante la
concesión de subvenciones a proyectos de interés turístico con el fin de crear
y aumentar el flujo de visitantes, de mejorar la oferta turística, así como
acercar al ciudadano los recursos turísticos de la ciudad.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas físicas o entidades
jurídicas, tanto públicas como privadas que presenten proyectos para la
dinamización y promoción del turismo en la Ciudad Autónoma de Melilla
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 519.000 euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/48900-SUBVENCIONES DE TURISMO.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de
Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones para la realización de proyectos de
interés general en materia promoción turística.
b)
Fechas de concesión: Convocatoria a mitad de ejercicio. Previsión
concesión: último trimestre del año.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras aprobadas mediante Decreto
nº481 (BOME 5807 de 10 de noviembre de 2020) y su correspondiente convocatoria.
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad y normativa subvenciona (LGS,
RLGS).
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del
Patronato de Turismo.
- SEGUIMIENTO: Informes de la gerencia del
Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Presidencia del Patronato de
Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11- DIVERSIFICACIÓN Y NUEVOS PRODUCTOS. FOMENTO
INTERCULTURALIDAD Y SEGMENTO DEPORTIVO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento de la interculturalidad como elemento
diferenciador de la oferta turística de la CAM, así como en el segmento del
turismo deportivo.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Cooperación con entidades y asociaciones
religiosas para el mantenimiento de la Ruta de los Templos como producto
turístico, eventos de carácter intercultural y en el segmento deportivo, la
participación de deportistas en competiciones de carácter internacional para el
conocimiento entre el público de la Ciudad de Melilla como destino turístico en
sentido amplio (Dakar).
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Patronato de Turismo.
•
CENTRO GESTOR: Patronato de Turismo.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades y asociaciones religiosas
adscritas a la Ruta de los Templos, eventos de carácter intercultural, así como
en el segmento deportivo, a personas físicas y jurídicas que participan en
competiciones de carácter internacional.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 83.000 euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 43200/47900.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por el Patronato de
Turismo. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Concesión de subvenciones directas nominativas a las entidades y
asociaciones religiosas para el mantenimiento del producto turístico “Ruta de
los Templos”.
b)
Fechas de concesión previstas: Desde Enero a abril/mayo (anticipada) o
pospagable (a final de año).
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
d)
Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento
General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes
Convenios de Colaboración u Orden Resolución en su caso.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por los servicios técnicos del
Patronato de Turismo.
- SEGUIMIENTO: Informes de la gerencia del
Patronato de Turismo
- EVALUACIÓN: Presidencia del Patronato de
Turismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12- ESCUELA DE HOSTELERÍA Y
TURISMO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Aumento de la cualificación profesional y mejora
competitiva en el sector hostelero y turístico de la CAM.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Aumento de la cualificación profesional de
jóvenes desempleados melillenses en el sector hostelero.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas las entidades e instituciones especializadas en el ámbito de la
formación y la hostelería con capacidad para realizar las acciones comprendidas
en el objetivo de estas ayudas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
_ Formación especializada para desempleados en sector
de Hostelería
_ Fomento Prácticas en empresas y en restaurante
_ Mejora de la empleabilidad del alumnado
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Anual. Se pretende su mantenimiento
de carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 396.000 Euros por anualidad.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Presupuesto Proyecto Melilla, S.A., las
nuevas partidas habilitadas para el Programa Regional FSE+, PROYECTO MELILLA
P.O. FSE 08/24103/44900
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: 85% FONDO SOCIAL +
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Convocatoria anual de subvenciones.
b)
Forma de concesión: concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
-
SEGUIMIENTO: El seguimiento de las subvenciones se realizará desde Proyecto Melilla
SAU (Departamento de Formación y Servicio de control y justificación) y la
Dirección general de Planificación estratégica.
-
EVALUACIÓN: Se realizará desde la Dirección general de Planificación estratégica
según el manual de procedimiento de los Fondos Europeos y los procedimientos
establecidos por la UAFSE y la Intervención.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13- AYUDAS AL EMPLEO Y AUTOEMPLEO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a las empresas,
especialmente las pequeñas y medianas empresas que fomenten el empleo y
autoempleo en la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá cofinanciarse dentro del
Programa FSE+ para Melilla 2021-2027.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las presentes bases reguladoras, tienen por
objeto establecer la concesión de las ayudas públicas destinadas a apoyar e
impulsar el empleo y autoempleo en las empresas, especialmente en las pequeñas
y medianas empresas para personas desempleadas, especialmente en parados de
larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como
beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad
de género, de oportunidades y la no discriminación, tales como:
-Incentivar la generación de empleo a través de las pequeñas y medianas
empresas,
-Promoción del autoempleo.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, cualquiera que sea su forma
jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla
y que, se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o bien
efectúen contratos laborales en las diferentes modalidades en cualquiera de los
sectores de la ciudad, pudiendo primar alguno de estos sectores:
a)
Empresas de base tecnológica en Melilla.
b)
Turismo.
c)
Industria.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER: Fomentar
el empleo y autoempleo para personas desempleadas, especialmente en parados de
larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes que se encuentren como
beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, fomentando la igualdad
de género, de oportunidades y la no discriminación.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 280.194,00 Euros
Según lo determinado en el Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, o en
los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/24103/44900
“PROYECTO MELILLA P.O. FSE”
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FSE+ para Melilla 2021-2027, en su
caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14- AYUDAS A LA INVERSIÓN
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción del espíritu empresarial, en
particular facilitando el aprovechamiento de nuevas ideas e impulsando la
ampliación de las mismas, especialmente a Microempresas, y start-ups, a fin de
facilitar su acceso a la financiación.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de
ayudas a la ampliación de Empresas, especialmente Pymes, a través de
inversiones en capital fijo (bienes inmuebles, equipos, otras inversiones
relacionadas con el proyecto) y activos inmateriales, haciendo especial
hincapié en aquellas empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento
sostenible, aprovechando las ventajas de digitalización para fomentar la
competitividad. tales como empresas tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas
y de servicios al entorno.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA SAU
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, especialmente a Pymes y
Microempresas, sin importar la forma jurídica que adopte, incluidos los
trabajadores autónomos, que pretendan realizar proyectos de inversión en la
Ciudad Autónoma de Melilla, incluso las sociedades en construcción y las start-ups Gozarán de mayor prioridad
las inversiones que se realicen en actividades que puedan suponer una
diversificación del aparato productivo local tales como empresas tecnológicas e
innovadoras, culturales, turísticas y de servicios al entorno.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER: La
ampliación, modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad
Autónoma de Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de
calidad, haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 250.000 euros. Según lo determinado
en el Programa FEDER para Melilla 2021-2027, o en los Presupuestos de Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/45000/74000
“Programa FEDER 2021-2027 PROMESA”
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en
su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15- AYUDAS A LA ADECUACIÓN,
MEJORA, AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN
MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adecuación, mejora, ampliación y/o modernización
de locales comerciales y de servicios en Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-Fomento de la innovación y a la transformación digital.
-Modernización empresarial.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas, sin importar la forma
jurídica que adopte, incluidos los trabajadores autónomos, que pretendan
realizar proyectos de inversión en la ciudad autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La ampliación,
modernización y/o diversificación de empresas ubicadas en la Ciudad Autónoma de
Melilla, así como aquellas que pretendan implantar sistemas de calidad,
haciendo especialmente hincapié en las Microempresas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 700.000 euros. Según consignación en
cada anualidad en los Presupuestos de Proyecto Melilla, S.A.U
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/43300/74000
“PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de
subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un
funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a
determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental
Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16- AYUDAS A LA INVERSION CON
CREACIÓN DE EMPLEO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Las acciones a desarrollar sería un régimen de
ayudas a la creación y ampliación de Empresas, especialmente PYMEs incluso las
sociedades en construcción y las
start-ups a través de inversiones en capital fijo (bienes inmuebles, equipos,
otras inversiones relacionadas con el proyecto) , activos inmateriales y
trabajos de planificación (estudios), que contribuyan a la creación de empleo
estable y de calidad, haciendo especial hincapié en aquellas empresas
innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible, tales como empresas
tecnológicas e innovadoras, culturales, turísticas y de servicios al entorno.
aprovechando las ventajas de digitalización para fomentar la competitividad.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.
-Fomento de empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento
sostenible.
-Fomento de empresas que apliquen la
digitalización para fomentar la competitividad.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar
la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que
pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER: Promoción
del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento de
nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas y ampliación de las
mismas, así como facilitar su acceso a la financiación.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 750.000,00 Euros
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/45000/74000
“P.O. FEDER 2021-2027 PROMESA”.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU, así como las
evaluaciones y seguimientos de la Dirección General de Planificación y
Estratégica establecidos dentro del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, en
su caso. No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una
actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la
situación jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Dirección General de Turismo
y Activación Económica a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado
por la entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento. ejecutado.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17- AYUDAS FINANCIERAS A LA CREACIÓN, AMPLIACIÓN Y
DIVERSIFICACIÓN DE PYME.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomentar un conjunto de medidas destinadas a la
creación de nuevas empresas y a la ampliación y/o diversificación de las
empresas ya existentes, siempre que generen autoempleo y/o empleo, siempre que
dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Melilla, cualquiera que sea su
forma jurídica, se incluirá la subvención de una serie de medidas destinadas al
fomento y la creación de nuevas empresas, como puede ser el alquiler, cuotas de
autónomo, etc.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
-Creación de nuevas empresas en nuevos nichos de mercado
-Fomento de la ampliación y diversificación empresarial.
-Ampliación de las empresas.
-Empresas innovadoras e inteligentes y de crecimiento sostenible.
-Empresas que apliquen la digitalización para fomentar la
competitividad.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
•
CENTRO GESTOR: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la
sociedad pública instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Exclusivamente a PYMEs, sin importar
la forma jurídica que adopte, incluido los trabajadores autónomos, que
pretendan realizar proyectos de inversión con generación de empleo en la CAM
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Generación de empleo
estable a través de la creación o la ampliación y/o diversificación de
empresas, fomentando el empleo y el autoempleo.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Convocatoria anual
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 300.000 euros
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Financiada con la aplicación presupuestaria 08/43300/74000
“PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Financiada al 100% por la Ciudad Autónoma de
Melilla. Es susceptible de financiación por aportaciones de otra administración
para la misma finalidad.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
a)
Subvención de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a los
beneficiarios.
b)
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras y Convocatoria. Reglamento
por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la
Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto
Melilla, S.A.U.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Evaluación mediante comprobación por la oficina de gestión de ayudas de
la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU. No obstante, todas las
actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad de la Administración que
tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de
derecho, incluida la instrucción de los procedimientos de concesión de
subvenciones y las propuestas de resolución resultantes, corresponderán a un
funcionario de la Dirección General de Turismo y Activación Económica a
determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la entidad instrumental
Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
-
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento.
4- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
D-
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIOS URBANOS.
Objetivos estratégicos:
1º.- Ejercicio de las competencias a las que este municipio se encuentra
obligado por el art. 25.2 k de la Ley 7/85, Reguladora de Las Bases de Régimen
Local, así como es prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal respecto a Cementerios y
actividades funerarias.
2º.- Apoyar a las entidades representativas en la Ciudad de las
distintas religiones, cuyos ritos funerarios y mantenimiento de cementerios no
estén gestionados directamente por la Ciudad Autónoma de Melilla a través de
esta Consejería de Medio Ambiente, bien directamente, bien mediante una
relación contractual externa en los aspectos que no contravengan las costumbres
o ritos funerarios, como ocurre actualmente con la comunidad cristiana o con la
comunidad islámica, quedando fuera de estos servicios municipales los
correspondientes a ritos funerarios y mantenimientos de los cementerios de la
comunidad hebrea.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO
HEBREO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento del cementerio hebreo.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los enterramientos y de los
cementerios hebreos.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comunidad Hebrea como representante religioso de las personas cuyos restos se
le encomiendan para su mantenimiento en los recintos de cementerios hebreos de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los
enterramientos y de los cementerios hebreos.
El descenso en la población de esta comunidad, que representa
actualmente no más del 2% del censo de la Ciudad, los escasos enterramientos
que se producen al año, la existencia de cementerios hebreos que hay que
mantener y cuya historia se sitúa en tiempos pretéritos en los que la
representación de la comunidad hebrea era sensiblemente mayor, y el alto
interés de la comunidad en gestionar estos servicios funerarios y de
cementerios con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la
observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios. Se pretende la
Participación de la comunidad hebrea en la gestión y mantenimiento de los
cementerios de dicha comunidad en consonancia con la observancia de los ritos
funerarios propios, que prestan servicio a su colectivo, limitando su coste en
comparación con el importe que supondría la gestión directa de los mismos por
la Ciudad Autónoma, garantizando al mismo tiempo que estos servicios funerarios
y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros de dicha colectividad y de la
observancia de costumbres y ritos propios de la misma.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16400/48000 - Subvención Cementerio
Comunidad Israelita.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Israelita. Subvención
Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Servicios Urbanos. - Evaluación: No se
precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-MANTENIMIENTO DEL CEMENTERIO
COMUNIDAD ISLÁMICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Mantenimiento Cementerio Comunidad Islámica.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Gestión de los ritos y actividades relacionadas
con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a la
Comisión Islámica de Melilla como representante religioso de las personas cuyos
restos se le encomiendan para su mantenimiento en el recinto de cementerio
musulmán de la Ciudad.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Gestión de los ritos y
actividades relacionadas con los enterramientos en el Cementerio Musulmán de
Melilla.
El incremento en la población de la comunidad islámica, que representa
actualmente más del 50% del censo de la Ciudad, el crecimiento exponencial de
enterramientos que se producen al año, la costumbre de enterrar a los
fallecidos en tierra, la existencia de un único cementerios musulmán, con los
equipamientos propios (mezquita, comedor, oficinas, etc.) que hay que mantener
y el alto interés de la comunidad musulmana representada por la Comisión
Islámica de Melilla con miembros de dicha comunidad como mayor garantía de la
observancia estricta de los ritos y costumbres funerarios.
Por otra parte, se pretende, como objetivo específico, la Participación
de la comunidad islámica en la gestión y mantenimiento del cementerio de dicha
comunidad y en la observancia de los ritos funerarios propios, acomodando su
coste al uso cada vez mayor de dicha instalación, garantizando al mismo tiempo
que estos servicios funerarios y de mantenimiento se llevan a cabo por miembros
de dicha colectividad y de la observancia de costumbres y ritos propios de la
misma.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16401/48000 - Subvención Cementerio
Comunidad Islámica.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Islámica.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Servicios Urbanos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3-CONSERVACIÓN ELEMENTOS
CEMENTERIOS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Conservación elementos Cementerios.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Conservación elementos Cementerios.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Servicios Urbanos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Servicios Urbanos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: La ayuda se encuentra dirigida a
aquellos propietarios particulares que necesiten emprender la restauración o
reparación de sepulcros, panteones, túmulos, mausoleos o nichos, de su
propiedad, que se encuentren en malas condiciones.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Fomentar la reparación y renovación
de los conjuntos funerarios del Cementerio de la Purísima Concepción de la
Ciudad.
Se pretende la conservación y buena apariencia de los cementerios del
Cementerio de la Purísima Concepción, dentro de las obligaciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Servicios Urbanos de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos previstos en
el contenido del Convenio y aportados por la Comunidad Islámica de Melilla.
Subvención Prepagable.
- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Servicios Urbanos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
B.
DIRECCIÓN
GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1-AYUDA A LA INSTALACIÓN DE
DEPÓSITO DE AGUA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la Instalación de depósitos de agua.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Garantizar el suministro de agua adecuado en
términos de caudal y presión a todas las zonas de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Financiar la adquisición de depósitos de agua a particulares para
ayudar a garantizar el suministro de agua adecuado en caudal y presión a todas
las zonas de la Ciudad Autónoma de Melilla, en especial las zonas altas y más
desfavorecidas, que sufren problemas habituales de falta de presión y requieren
sistemas de elevación y almacenamiento adicionales.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas:
a)
Particulares, propietarios de viviendas unifamiliares con bajos recursos
económicos de la Ciudad Autónoma de Melilla que reúnan los requisitos previstos
en las Bases.
b)
Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales sin ánimo de lucro,
Entidades, etc. que sean titulares de una instalación de agua potable y reúnan
los requisitos previstos en las Bases.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es ayudar a los usuarios de agua de consumo humano, con problemas de
suministro de abastecimiento de agua por falta de presión en la red general de
la CAM, a disponer de pequeños depósitos particulares y/o grupos de presión
individuales de baja potencia que les ayuden a garantizar tanto presión como
suministro ante eventuales problemas del sistema de abastecimiento.
Esto ocurre principalmente en viviendas unifamiliares de las zonas altas
de la ciudad, donde la red general de abastecimiento no dispone de presión
directa adecuada para los usos habituales de este recurso y se requieren
sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento, dándose además
el agravante de que las mencionadas zonas son también las más desfavorecidas en
términos de nivel de renta entre sus habitantes.
Se pretende la mejora cuantitativa y cualitativa del suministro de agua
potable, tanto en garantía de suministro como en presión, a fin de mitigar el
problema actual de la Ciudad Autónoma de Melilla, que en las zonas más altas de
la misma no permite el suministro directo de la red a una presión adecuada y
requiere de sistemas particulares adicionales de elevación y almacenamiento.
Facilitar a los usuarios de baja renta y escaso poder adquisitivo que
viven en las zonas altas y más desfavorecidas de la CAM, la adquisición de
pequeños depósitos particulares de agua potable y/o grupos de presión
individuales de baja potencia.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/16100/78000 - Subvención Adquisición
Depósitos de Agua.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Infraestructuras y Recursos Hídricos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.2-AYUDA A LA ADAPTACIÓN DE
INSTALACIONES INTERNAS DE AGUA POTABLE A LA NORMATIVA VIGENTE
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la adaptación de instalaciones internas
de agua potable a la Normativa Vigente.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: La adaptación de los contadores a la normativa
permite la implementación de nuevas tecnologías y funcionalidades que mejoran
la eficiencia y facilitan la gestión. Esta adaptación contribuye a la
estandarización y homogeneización de los sistemas de medición, lo cual facilita
el estudio y análisis de los datos de consumo.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA Estas ayudas se dirigen a los titulares
de una instalación de contadores de agua potable que requiera ser adaptada a la
normativa vigente (Según informe Técnico).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: En primer lugar, el Código
Técnico de Edificación en su apartado DB-HS-4, Suministros de agua, establece
los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las instalaciones de
aguas potables para garantizar un correcto funcionamiento.
Por otra parte, el Reglamento del Servicio Municipal de Aguas Potables
de Melilla, Boletín Oficial de 12 de marzo de 1987, indica las exigencias de
las instalaciones y locales de las acometidas y contadores de aguas.
La Ciudad de Melilla tiene prevista una sustitución de los actuales
contadores, propiedad de los abonados, por otros nuevos de titularidad
municipal equipados con sistemas de telelectura. Para ello se realizará una
campaña de inspecciones de forma sectorizada en las instalaciones interiores de
los edificios, mediante la cual se comprobará el cumplimiento de la normativa y
se obligará a realizar una adaptación a la misma en caso necesario.
En resumen, adaptar las instalaciones internas de agua potable a la
normativa es necesario para garantizar el cumplimiento de los requisitos
técnicos y de seguridad, aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y
facilitar la gestión y análisis de los datos de consumo
Con esta actuación se pretende facilitar la adaptación de acometidas,
baterías de contadores y/u Hornacinas o alojamientos de los contadores, desde
la conexión con la red Municipal hasta la Salida hacia la red interior.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 120.000,00 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 -Pendiente de
Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la
oficina dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la justificación del importe otorgado con los justificantes de
gastos previstos en el contenido de las Bases Reguladoras y de la Orden de
Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de Recursos Hídricos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Infraestructuras y Recursos Hídricos.
- Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.3-CONVENIO IGME INVESTIGACIÓN
AGUAS SUBTERRÁNEAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio IGME Investigación aguas subterráneas.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio Específico de colaboración entre la
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla
y el Instituto Geológico y Minero de España para la investigación de aguas
subterráneas como apoyo a la gestión hidrológica de la Ciudad Autónoma de
Melilla en el período 2020-2025.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Infraestructuras y Recursos Hídricos.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Instituto Geológico y Minero de España
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El Objeto del presente
convenio es regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se
desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
Esta colaboración se plasmará en la realización de proyectos y estudios
científicos técnicos relacionados con el medio ambiente, los recursos hídricos,
cartografía temática y otros proyectos relacionados con las Ciencias de la
Tierra, así como actividades que lleven a cabo ambos organismos.
El presente Convenio tiene por objeto llevar a cabo la investigación de
diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento urbano y a la sostenibilidad
ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el período 2020-2024, así como
precisar las condiciones bajo las cuales deberá regirse la realización de las
diferentes actividades recogidas en el listado siguiente:
1.- Informes complementarios con la toma de muestras de calidad en los
diferentes acuíferos para evaluar procedencia de las aguas.
2.- Informes complementarios sobre el reconocimiento de sondeos previos
y de sondeos de investigación con equipo de testificación geofísica.
3.- Informes complementarios sobre la determinación de la existencia o
no de la cuña de intrusión marina en diferentes acuíferos.
4.- Informes complementarios sobre la evaluación actualizada de la
recarga en cada uno de los acuíferos (volcánico, carbonatado y aluvial).
5.- Informes complementarios en relación con el estudio de la
posibilidad de realizar operaciones de recarga artificial de acuíferos. Plan
Estratégico Subvenciones CAM 2020-2022 - Página 84 de 129
6.- Propuesta de optimización de las instalaciones eléctricas, asociadas
al bombeo de las aguas subterráneas. Adaptación del bombeo a las curvas
característica y mejora del rendimiento.
7.- Informe con análisis hidrogeológico de las posibilidades de
captación de aguas subterráneas para abastecimiento de la desaladora.
8.- Informes complementarios del seguimiento de sondeos de investigación
para control de evolución de niveles.
9.- Informes complementarios al Plan de Uso sostenible de las masas de
agua subterránea (bombeo por sectores con tendencia a la recuperación del
estado cuantitativo y cualitativo de las masas de agua.
10.- Propuesta de una batería estratégica de apoyo al abastecimiento
urbano desde el acuífero calizo de Melilla y seguimiento.
11.- Plan de explotación mediante sondeos del borde costero como apoyo a
la desaladora y el aprovechamiento del agua continental salobre en las masas
del acuífero calizo y volcánico.
12.- Elaboración de un modelo matemático de flujo en los acuíferos de
Melilla.
13.- Estudio del sellado de sondeos preexistentes para evitar mezclas de
agua de mala calidad.
14.- Campaña de sondeos de investigación en el Parque Hernández y en el
trazado a la plaza de España. (5 sondeos).
15.- Controles de la evolución de la intrusión marina y de las
explotaciones.
16.- Mejora del conocimiento del modelo 3D provisional realizado con los
nuevos datos geofísicos y de sondeos.
17.- Mejora del conocimiento del aluvial con sondeos en el primitivo
desvío del cauce hacia la Plaza de España.
18.- Campaña complementaria de prospección geofísica en el aluvial.
19.- Reconocimiento mediante sondeos de los sectores donde emplazar las
pantallas del aluvial, así como del área cementada bajo el puente del Escaño.
(14 sondeos).
20.- Perímetros de protección de la calidad de los abastecimientos
urbanos (tránsito de mercancías peligrosas, ubicación de instalaciones
potencialmente contaminantes y otros).
Regular las condiciones de colaboración y cooperación en las que se
desarrollarán las actividades entre la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y el IGME.
Investigación de diferentes acuíferos como apoyo al abastecimiento
urbano y a la sostenibilidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Melilla para el
período 2020-2024.
Con todo lo anterior se pretende conseguir la mejora cuantitativa y
cualitativa de las masas de agua subterránea gestionadas por la Ciudad Autónoma
de Melilla, que suponen, en la actualidad, casi 1/3 de la demanda total de agua
de consumo humano de la población.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 42.250,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17100/42390 - Convenio Instituto
Geológico y Minero de España
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Subvención directa.
b.- Forma de concesión: Convenio.
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras aprobadas por Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Para el seguimiento y control del Convenio, se
crea una Comisión de Seguimiento, de composición mixta y paritaria, formada por
dos representantes designados por la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos representantes designados
por el IGME.
Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a
sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzgue conveniente por las
partes, según los temas a tratar.
La Comisión de Seguimiento tendrá las funciones siguientes:
a. Aprobar y evaluar el
Programa de Actuaciones del Convenio, proponiendo, cuando sea necesario, las
variaciones que se consideren oportunas.
b. Realizar informes y
propuestas sobre la ejecución de los trabajos
c.
Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y
ejecución del Convenio.
d. Redactar y proponer a las
partes las adendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de
las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente
aprobado. e. Cualesquiera otras cuestiones
que las partes consideren adecuadas.
Para efectuar un correcto seguimiento y la evaluación adecuada de las
actividades que se hagan como consecuencia de este Convenio, se podrá elaborar,
previo acuerdo de las partes, un Informe de progreso anual y un Informe de
resultados al final del convenio.
Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se regirán por lo dispuesto
en la Lay 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
para los Órganos Colegiados, concretamente los art. 15 al 18, de la precitada
Ley.
La Comisión se considerará válidamente constituida si están presentes al
menos tres miembros vocales o suplentes de los cuatro integrantes de la misma.
Las decisiones de la Comisión de seguimiento se tomarán por unanimidad
C.
DIRECCIÓN
GENERAL DE SOSTENIBILIDAD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1-ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE
MOVILIDAD PERSONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Adquisición de Vehículos de Movilidad Personal.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Fomento sostenible de un trasporte de personas
que disminuya la contaminación acústica, lumínica y atmosférica, en un nuevo
marco de movilidad sostenible.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ciudadanos particulares mayores de
edad que realizan desplazamientos urbanos y que por tanto son sujetos
principales del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayuda a la adquisición de
determinados medios de transportes impulsados por energía eléctrica para el
fomento de transporte sostenible, bicicletas, bicicletas eléctricas,
monitorización eléctrica de bicicletas, motocicletas eléctricas y vehículos
eléctricos, que impulse la sustitución de vehículos contaminantes por otros con
menor impacto medio ambiental, que por un lado reduzcan la contaminación y por
otro implique un cambio en el modelo de movilidad urbana, buscando la
sostenibilidad ambiental.
Se pretende conseguir la participación de las personas que realizan
desplazamientos urbanos mediante vehículos, en la utilización de vehículos
menos contaminantes que los que utilizan motores de combustión para su impulso.
Conjugando así la búsqueda de una menor contaminación urbana derivada del
tráfico vehicular, con unos flujos adecuados en el modelo de movilidad
existente.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/13400/78000 - Subvención PMUS Bicicletas
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante Libre
Concurrencia.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.2-RENOVACIÓN FLOTA DE TAXIS DE
MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Renovación flota de taxis de Melilla.
•
sustituyéndolos por vehículos más nuevos, menos contaminantes y más
accesibles, que incluya así mismo compromiso de sustitución del vehículo
subvencionado antes de los 15 años de uso del mismo, con el fin de fomentar un
trasporte sostenible, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en
las presentes bases.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: El sector al que se dirige la ayuda
son aquellos particulares o empresas titulares de la licencia correspondiente
de taxi en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La necesidad de que el
parque de vehículos de la ciudad sea menos contaminante, y dentro de este los
que corresponden al servicio público de autotaxis, tiene una relación directa
con la sostenibilidad del Medio Ambiente, por ello desde la Consejería de
Coordinación y Medio Ambiente se estima la conveniencia de facilitar el acceso
de los mismos a la adquisición de vehículos no contaminantes, con la intención
de mejorar la calidad de vida de los propios melillenses.
Siguiendo con la misma línea de actuación, la Ciudad Autónoma de
Melilla, a través de la Consejería competente en materia de Movilidad y Medio
Ambiente, con el fin de lograr una mayor accesibilidad de los ciudadanos
melillenses a un trasporte no contaminante, pone en marcha el presente Programa
de ayudas, que trata de sustituir los vehículos auto taxi actuales por otros
nuevos, menos contaminantes y más accesibles.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 80.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44120/78000- Subvención Taxis.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
Concurrencia Competitiva.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
- Evaluación: No se precisará
memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.3-COMPENSACIÓN DÉFICIT
TARIFARIO COA.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Compensación déficit tarifario COA.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvención a Cooperativa Ómnibus Automóviles de
Melilla (COA, Transporte colectivo urbano), destinada a sufragar gastos de
explotación de los ejercicios en curso.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se dirige al Transporte colectivo
urbano, Cooperativa Ómnibus de Automóviles de Melilla (COA)
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: El servicio público de
transporte es un servicio esencial, social y estratégico que se presta a la
ciudadanía, siendo obligación para las instituciones de la Ciudad Autónoma
ejercer sus potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la
mejora de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la
protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los
equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones
que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales
en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar
niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los
ciudadanos
Se trata de una subvención nominativa incluida en los Presupuestos
Generales de la CAM para incluyendo el déficit tarifario de los 6 primeros
meses de 2024, fecha en que se prevé la entrada en vigor del próximo contrato.
Está destinada a sufragar gastos de explotación del presente ejercicio 2023 que
no estén cubiertos por los ingresos ordinarios y con subvenciones de otros
entes, o a sufragar el déficit en el servicio que arrastra la beneficiaria
desde 2007.
Consta Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad que
pone de manifiesto que la COA sigue prestando actualmente el servicio de
trasporte colectivo urbano.
Asimismo, por sentencia 182/2017 del Juzgado Contencioso Administrativo
nº1 de Melilla se reconoce la vinculación de dicha empresa al servicio, así
como determina la obligación de sufragar por la CAM el déficit de explotación
obtenido por la COA en la prestación del servicio de transporte colectivo
urbano de viajeros.
potestades con los siguientes objetivos básicos entre otros: la mejora
de las condiciones de vida, el fomento de la calidad de vida mediante la
protección de la naturaleza y del medio ambiente, el desarrollo de los
equipamientos sociales y la realización de un eficaz sistema de comunicaciones
que potencie los intercambios humanos, culturales y económicos.
Que el transporte colectivo urbano debe ser uno de los puntos esenciales
en la política de conservación del medio ambiente y, además, debe alcanzar
niveles de comodidad, calidad y rapidez que satisfagan las expectativas de los
ciudadano.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 1.000.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/44110/47900- Subvención compensación
déficit tarifario COA.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención mediante Concurrencia Competitiva.
b.
Forma de concesión: Subvención.
c.
Compatibilidad: La subvención será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier
Administración o Ente Público, siempre que no rebase el costo de la actividad
subvencionada (prestación del servicio)
d.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
e. Plazo y forma de justificación: La rendición de cuenta justificativa
se hará de acuerdo con lo establecido en el art. 30.2 de la Ley General de
Subvenciones. Su presentación se realizará como máximo, en el plazo de tres (3)
meses, una vez finalizado el presente ejercicio presupuestario 2023.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
- Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad. - Evaluación: No se
precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.4-CONVENIO UGR ESTUDIOS
ESPECIES Y HÁBITATS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Convenio UGR Estudios especies y hábitats.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
A.- La realización de estudios y planes para la valoración y seguimiento
del estado de conservación medioambiental de los espacios naturales y especies
de flora y fauna con estatus de protección oficial, en el litoral y zonas ZEC
del territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su
territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red
Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los Acantilados de Aguadú y la
terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y
conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el
Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat
(Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y
fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la
situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de
tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios
mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de
expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio
Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad,
conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las
Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha
19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución
de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm.
43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies
más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los
hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de
la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese
campo. B.- Gestión de los hábitats y
especies protegidas.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Universidad de Granada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: La Universidad de Granada,
apoyada en múltiples estudios previos, dispondrá de un estudio completo con
inventarios, censos, densidades y planos bionómicos de las especies más
reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los hábitats
mencionados que, desde el ámbito académico, podrá ser utilizado tanto para su
difusión, investigación o base científica para la elaboración de distintos
Planes de Conservación, como para su utilización didáctica-formativa y de
divulgación medioambiental.
Participación de la Universidad de Granada en la gestión de las especies
y hábitats protegidos, limitando su coste en comparación con el importe que
supondría la gestión directa de los mismos por la Ciudad Autónoma, garantizando
al mismo tiempo que estos estudios se realizan por personal investigador con
amplia experiencia.
Seguimiento y conservación de zonas de especial conservación (ZEC)
incluidas en la Red Natura 2000 Europea, la marítimo y terrestre de los
Acantilados de Aguadú y la terrestre del Barranco del rio Nano, tanto de los
hábitats protegidos, recogidos en el Anexo I, como de las especies presentes en
el Anexo IV de la Directiva Hábitat (Directiva Europea 92/43/CEE), habida
cuenta de la particularidad de la flora y fauna melillense, casi únicas dentro
del contexto general de España, por la situación geográfica norteafricana de la
ciudad y por su clima mediterráneo de tendencias subáridas.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/45300- Convenio UGR estudio
especies y hábitats.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención directa con la
vigencia del convenio.
b. Forma de concesión: Convenio
con la UGR.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la
justificación del importe otorgado con los informes ambientales y planes de
gestión realizados en cada ejercicio.
-Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.5-AYUDAS DESTINADAS AL ESTUDIO
DE LA AVIFAUNA Y FLORA EN LA CIUDAD DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayudas destinadas al estudio de la Avifauna y
flora en la Ciudad de Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Actuación con la Entidades especializadas en el estudio de Avifauna y
flora en la Ciudad Autónoma de Melilla con el fin de realizar:
A.- Fomento del estudio de la Avifauna de la Ciudad Autónoma de Melilla
para la implementación de medidas que fomenten la conservación de la
biodiversidad local.
1. - La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
Biodiversidad y la Ley 33/2015 de 21 de septiembre que la modifica, cuyo
objetivo es garantizar la biodiversidad mediante la conservación del hábitat
natural y de la fauna y flora silvestres, establece la obligación de realizar,
en virtud de su artículo 17, una evaluación del estado de conservación de las
especies y los tipos de hábitat de interés comunitario. Al mismo tiempo, la
Directiva Aves (2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) obliga a
todos los Estados a tomar todas las medidas necesarias para mantener o adaptar
las poblaciones de todas las especies de aves al nivel que corresponda, en
particular, a las exigencias ecológicas científicas y culturales, habida cuenta
de las exigencias económicas y recreativas. La Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad pretende conocer el estado de la avifauna de la Ciudad mediante
la puesta en marcha del Estudio de Aves Invernantes en la CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, que además sirva de base científica para de la confección del futuro
Atlas de la Avifauna de la Ciudad. Actualmente la Oficina Técnica de Protección
al Medio Natural no cuenta con los medios técnicos ni humanos para acometer el
desarrollo de un proyecto que implica contar con un equipo multidisciplinar, y
con experiencia en este tipo de trabajos.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de su sociedad en materia de Protección del Medio Natural, a
través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad, conforme a lo
dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las
Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha
19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución
de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm.
43, de 19 de diciembre de 2019).
B.- Conocer de manera pormenorizada la distribución espacial de las aves
que nidifican en la Ciudad Autónoma de Melilla. Incidencia en objetivos
estratégicos 1 y 2.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades Conservacionistas con
experiencia en este tipo de estudios.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudas destinadas al
estudio de la Avifauna y flora en la Ciudad de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: aquel que conste en los presupuestos
del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de 2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
concurrencia competitiva.
b. Forma de concesión: Convenio
con la UGR.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad de la
justificación del importe otorgado con los justificantes de gastos.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.6-CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN
A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Concienciación e información a la protección de
la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana
en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las
temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de
la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades jurídicas públicas o
privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o delegación en la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER Entre sus objetivos se
encuentran:
•
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
•
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
•
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
•
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
•
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
•
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
•
El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación
del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.
•
El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de
Melilla.
Con esta actuación se pretende el fomento de la participación ciudadana
en la mejora del entorno natural y la ampliación de conocimientos de las
temáticas y problemas de la conservación del medio ambiente y la protección de
la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 30.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699- Sensibilización y
Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante libre
concurrencia.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-Evaluación: Memoria debidamente firmada de la actuación realizada según
lo que se disponga en las Bases Reguladoras y en la Orden de la Convocatoria.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.7-SUBVENCIÓN ONG´S PROTECCIÓN
DE LA NATURALEZA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: La realización de estudios y planes para la
valoración y seguimiento del estado de conservación medioambiental de los
espacios naturales y especies de flora y fauna con estatus de protección
oficial, en el litoral y zonas ZEC del territorio de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Con esta actuación se pretende el fomento de la
participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación de
conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Ong’s dedicadas a la protección de la
naturaleza e instituciones universitarias acreditadas en el campo de protección
a la naturaleza.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
1º.- La CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, debido a la presencia en su
territorio de dos zonas de especial conservación (ZEC) incluidas en la Red
Natura 2000 Europea, la marítimoterrestre de los Acantilados de Aguadú y la
terrestre del Barranco del Rio Nano; está obligada al seguimiento y
conservación de dichas zonas, tanto de los hábitats protegidos, recogidos en el
Anexo I, como de las especies presentes en el Anexo IV de la Directiva Hábitat
(Directiva Europea 92/43/CEE), habida cuenta de la particularidad de la flora y
fauna melillense, casi únicas dentro del contexto general de España, por la
situación geográfica norteafricana de la ciudad y por su clima mediterráneo de
tendencias sub-áridas. No obstante, la Consejería de Medio Ambiente y
Sostenibilidad no cuenta con personal cualificado para acometer los estudios
mencionados, de ahí la necesidad de contar con la colaboración y apoyo de
expertos universitarios en esta materia específica.
2º.- Que la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de su comunidad vecinal en materia de Protección del Medio
Natural, a través de la Consejería de y Medio Ambiente y Sostenibilidad,
conforme a lo dispuesto en el Decreto de Atribución de Competencias a las
Consejerías de la Ciudad, en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha
19 de diciembre de 2019, relativo a la modificación del Decreto de distribución
de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraordinario núm.
43, de 19 de diciembre de 2019) y está interesada en el estudio de las especies
más reseñables así como de los estados de conservación y calidad de los
hábitats de la zona Z.E.C. y del litoral melillense, requiriendo para ello de
la colaboración de instituciones universitarias ampliamente acreditadas en ese
campo.
B.- Gestión de los hábitats y especies protegidas. Subvención ONG'S
Protección a la naturaleza.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17200/48000- Subvención a ONG’S
Protección Naturaleza.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante libre
concurrencia.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la Oficina Técnica de Protección al
Medio Natural, dependiente de la Dirección General de Sostenibilidad, de la
justificación del importe otorgado con los justificantes.
- Seguimiento: Informes de la
oficina de la Dirección General de Sostenibilidad.
-
Evaluación: Se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.8-SUBVENCIÓN FOMENTO
IMPLANTACIÓN EMAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención fomento implantación EMAS.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto
477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la
ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al
almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de
sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este real decreto tiene por objeto
la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el
mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de
Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones
directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto.
Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de
incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías
renovables. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e
integración de las energías renovables, así como el almacenamiento con fuentes
de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de
distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos
fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 660
millones de Euros para toda España, con cargo a la aplicación presupuestaria
23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia
energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de
la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2021.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Empresas y particulares.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Que las empresas y organizaciones con esta subvención puedan implantar
un sistema de gestión ambiental que les permita evaluar, gestionar y mejorar
los impactos ambientales, asegurando así un comportamiento excelente en este
ámbito.
Las organizaciones reconocidas con el EMAS -ya sean compañías
industriales, pequeñas y medianas empresas, organizaciones del sector
servicios, administraciones públicas, etc.- tienen una política ambiental
definida, hacen uso de un sistema de gestión medioambiental y dan cuenta
periódicamente del funcionamiento de dicho sistema a través de una declaración
medioambiental verificada por organismos independientes. Estas entidades son
reconocidas con el logotipo EMAS, que garantiza la fiabilidad de la información
dada por dicha empresa.
Los efectos que se pretenden conseguir se encuentran los siguientes:
Todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos
aprobado por estas bases, excepto la tipología de Biomasa aparatos de
calefacción local del programa 6, deberán contar con un sistema de
monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación
objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las siguientes:
- Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética renovable en
términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo energético para
los mismos periodos. - Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar
datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro
económico generado para el propietario de la instalación. - Deberá existir una
pantalla en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto
será de aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el
sector residencial incluidas en los programas de incentivos 4, 5 y 6.
-Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información
deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.
La biomasa cumplirá los criterios de sostenibilidad establecidos en los
artículos 29 a 31 de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, así como los correspondientes actos delegados
y de ejecución.
Estarán incluidos en estas ayudas los siguientes programas:
a) Programa de incentivos 1:
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable,
en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
b) Programa de incentivos 2:
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable,
en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
c)
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo,
d)
con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y
otros sectores productivos. d) Programa
de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de
energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el
tercer sector, con o sin almacenamiento.
e)
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en
instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes
en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
f)
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en el sector residencial.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17201/48000- Subvención Fomento
Implantación EMAS.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a. Subvención mediante
concurrencia competitiva.
b. Forma de concesión:
Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Servicios Urbanos de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos.
Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Servicios Urbanos.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.9-SUBVENCIÓN EFICIENCIA
ENERGÉTICA CEIP ENRIQUE SOLER
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención Eficiencia Energética CEIP ENRIQUE
SOLER.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta Línea tiene como base al Real Decreto
737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para
actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la
Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, las ayudas reguladas por este programa
tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos
instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para
la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales,
con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y
reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la
sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de
dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida
de los ciudadanos en los espacios urbanos.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: CEIP Enrique Soler.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Su objetivo es la ayuda para la implantación e instalación de placas
solares, baterías solares o de sistemas de aerotermia, que tengan como fin el
autoconsumo o la eficiencia energética.
Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes
en Melilla, concretamente edificios de cualquier otro uso (administrativo,
sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Con estas ayudas se pretende conseguir y justificar una reducción del
consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto
a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas
bases. El ahorro de energía final a nivel de usuario final se justificará
mediante uno de los métodos de cálculo del anexo V de la Directiva 2012/27/UE,
de 25 de octubre de 2012.
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a
este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de
ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de
octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78002- Subvención eficiencia
energética CEIP Enrique Soler.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.-Subvención Directa.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.10-SUBVENCIÓN EFICIENCIA
ENERGÉTICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Subvención EFICIENCIA ENERGETICA.
•
sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos
fijados por el PNIEC 20212030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser destinatarios últimos de
las ayudas previstas en estas bases, conforme a lo previsto en las mismas,
cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología
de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a)
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que
sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
b)
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de
propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme
a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de
Propiedad Horizontal.
c)
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no
hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. BOME Número
5850 Melilla, Viernes 9 de abril de 2021 Página 827 BOLETÍN: BOME-B-2021-5850
ARTÍCULO: BOME-A-2021-317 PÁGINA: BOME-P-2021-827 CVE.
d)
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la
propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma
objeto de la actuación a incluir en el Programa.
e)
Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios
energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que
se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se
modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las
Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, en lo referente a auditorías energéticas,
acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de
la eficiencia del suministro de energía. Para poder ser beneficiarias, estas
empresas deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin
con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las
tipologías de actuaciones recogidas en estas bases, debiendo acreditar su
actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.
f)
Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el sector público
institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el
artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
g)
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de
energía, según definición de la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía
procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el
mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva
2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto-ley
23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y
en otros ámbitos para la reactivación económica.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Para las actuaciones subvencionables, se deberá prever que, en cómputo
anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o
consumidores asociados a la instalación objeto de ayuda sea igual o mayor al 80
% de la energía anual generada por la instalación.
Las actuaciones subvencionables dentro del programa de las tecnologías
solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las
tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en
viviendas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir, cuando corresponda,
con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de
los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, así
como cualquier otra normativa que les sea de aplicación. En el caso de las
bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5.
F. En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS
(incluidas dentro del programa de incentivos 6).
Las instalaciones de esta tipología deberán lograr una reducción de las
emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se
alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos»
del 100 %, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del el Reglamento (UE)
2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La
finalidad de esta subvención es:
a) Mejora de la eficiencia
energética de la envolvente térmica.
b) Mejora de la eficiencia
energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de
calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente
sanitaria. c) Mejora de la eficiencia
energética de las instalaciones de iluminación.
El ahorro de energía final conseguido por las actuaciones acogidas a
este programa será computado a efectos del cumplimiento de los objetivos de
ahorro de energía final del artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de
octubre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 20.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78009- Subvención eficiencia
energética.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Concurrencia Competitiva
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
11-PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE
CONCIENCIACIÓN, SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Promoción de actividades de concienciación,
sensibilización e información ambiental.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Las ayudas van destinadas a las
entidades jurídicas públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan sede o
delegación en la Ciudad Autónoma de Melilla y estén legalmente constituidas e
inscritas en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal, a la fecha de
la convocatoria y que reúnan los requisitos previstos en las Bases.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Las ayudas tienen como objeto la promoción programas de actividades de
concienciación, sensibilización e información ambiental en la Ciudad Autónoma
de Melilla entre las que se encuentran:
•
Acciones que fomenten la conciencia ambiental de la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
•
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
•
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
•
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
la calidad de los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus
actuaciones.
•
La lucha contra el cambio climático reducción de la contaminación.
•
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
Se pretende la mejorar la participación ciudadana en el ámbito del medio
ambiente en la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 50.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 07/17203/22699-
Sensibilización y Concienciación Ambiental.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Concurrencia Competitiva.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos. Subvención Prepagable.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad.
-Evaluación: No se precisará memoria final.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.12-AYUDA A LA RETIRADA DE
MATERIALES QUE CONTIENEN FIBROCEMENTO EN INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS
PRIVADOS.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Ayuda a la retirada de materiales que contienen
fibrocemento en instalaciones y emplazamientos privados.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
En España la utilización y comercialización del amianto está prohibida desde 2002 tras la Orden ministerial del 7 de diciembre de 2001 por
la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre,
sobre limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y
preparados peligrosos. En cambio, muchos edificios y elementos industriales
construidos en fechas anteriores a su prohibición aún contienen amianto.
Además, el Parlamento Europeo en
2013 estableció una resolución instando a la UE a "supervisar la presencia
de amianto en edificios públicos y privados" y a crear "planes de
acción para su eliminación segura" antes del año 2028, así como indica el
Parlamento realizar un registro de edificios que contienen amianto. En esta
resolución, entre otras propuestas importantes: insta a la
UE a que realice: “una evaluación de impacto y análisis de costes y
beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación
segura del amianto de los edificios públicos”. Con la aprobación de la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, se recoge en su disposición adicional decimocuarta la obligación de
los ayuntamientos de elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con
amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Dentro de estas
instalaciones se recogen tanto públicas, como privadas.
Los riesgos derivados del amianto están producidos por la inhalación de
las fibras de amianto, siendo las de menor tamaño las que alcanzan las vías
aéreas inferiores. La longitud y configuración de las fibras (pequeño tamaño y
forma larga y delgada) influye en su capacidad de penetración en las vías
respiratorias, ya que pueden permanecer en suspensión en el aire durante mucho
tiempo y por lo tanto poder ser respiradas.
Una vez dentro de los pulmones, los mecanismos de defensa del organismo
tratan de descomponerlas y expulsarlas, siendo muchas las fibras de amianto que
consiguen quedarse en el cuerpo y permanecer en él durante mucho tiempo.
El amianto (en todas sus variedades) está clasificado según la
Legislación Española como cancerígeno de primera categoría, es decir,
"sustancias que se sabe, son carcinógenas para el hombre".
Por orden número 249 del 20 de octubre de 2023, se crea el censo de
instalaciones y emplazamientos públicos y privados que contienen amianto.
Con el fin de poder contar con toda la información necesaria para el
censo municipal, a la par de que se previenen problemas para la salud de los
propios ciudadanos, se decide establecer una convocatoria para la retirada de
este material en instalaciones y emplazamientos privados.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza,
Dirección General de Sostenibilidad.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Sostenibilidad.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estas ayudas se dirigen a los
titulares de una edificación, instalación o emplazamiento privado que cuente
con amianto y esté inscrita en el censo municipal existente.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER
Con esta actuación se pretende contar con la información actualizada en
el censo de la ciudad, a la par de que se facilita la retirada de este material
peligroso, reduciendo el riesgo para la salud humana.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual, siempre que cuente con previsión presupuestaria expresa.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: Anual, aquel que conste en los
presupuestos del año en curso. 40.000,00 Euros en el caso del presupuesto de
2024.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 Pendiente de Asignar.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.- Libre Concurrencia.
b.- Forma de concesión: Subvención.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases Reguladoras (BOME núm. 26
extraordinario. de 19 de diciembre de 2018), Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad, y convocatoria.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Sostenibilidad de la justificación del importe otorgado
con los justificantes de gastos previstos en el contenido de las Bases
Reguladoras y de la Orden de Convocatoria, a través de la Oficina Técnica de
Control de la Contaminación Ambiental.
-Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de
Sostenibilidad
5- CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
A.
DIRECCIÓN
GENERAL DE CULTURA Y FESTEJOS
Objetivos estratégicos:
fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio
histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico
y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en
aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica
2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
COMUNIDAD ISRAELITA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de instalaciones,
fomento de la cultura hebrea, integración social de los miembros de la
comunidad israelita, educación y, en general, la promoción y estímulo de los
valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la
población melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 120.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92406/48000- Subvención Comunidad
Israelita
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Israelita.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.2-
CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA COMUNIDAD HINDÚ DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92407/48000- Subvención Comunidad Hindú.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Hindú
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.3- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de reparación de
mezquitas de la Ciudad, dotación ala Comisión de los medios materiales y
personales para contar con una administración eficiente de la misma, ayudas a
los más necesitados, congregaciones y contratación de servicios externos
necesarios para el correcto funcionamiento de la comunidad.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 275.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92412/48000- Subvención Comisión Islámica
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comisión Islámica. o Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.4- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
COMUNIDAD MUSULMANA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/92413/48000- Subvención Comunidad
Musulmana
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Comunidad Musulmana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.5- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN ISLÁMICA “BADR”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento de ayudas a colectivos
vulnerables.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio para el desarrollo del programa
“Habitat” de alojamiento temporal y ayudas sociales a familias y colectivos
vulnerables.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 200.000,00 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/23126/48001- Convenio Asociación “BARD”
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación
mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección General de
Cultura y Festejos de la justificación del importe otorgado con los
justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio y aportados por
la Asociación Islámica "Badr”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.6- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
SOCIEDAD CULTURAL AMIGOS DE LA MÚSICA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de fomento de la cultura musical en todas sus formas.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 22.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48900- Convenio Sociedad Cultural
de Amigos de la Música.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Sociedad Cultural Amigos de la Música.
o
Subvención Prepagable. o Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.7- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar las actividades musicales que
enriquezcan culturalmente a la ciudadanía melillense
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 400.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48900- Convenio Asociación Banda de
Música, Orquesta, Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Banda de
Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.8- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN NANA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Colaborar con entidades y Organizaciones de
ayuda a sectores desfavorecidos
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades de integración de
personas en riesgo de exclusión.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900- Convenio Asociación NANA
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Nana.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.9- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN OXÍGENO LABORATORIO CULTURAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Desarrollo de actividades e inmersión y
descubrimiento de diferentes formas de desarrollo cultural
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 40.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48900- Convenio Asociación Oxígeno
Laboratorio Cultural
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.10- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y EL INSTITUTO DE CULTURA GITANA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con distintas actividades culturales que integran el patrimonio de
la Ciudad.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: puesta en conocimiento protección y desarrollo de
la cultura gitana en Melilla
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33421/48902- Convenio
Instituto de Cultura Gitana.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.11-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL MEM GUÍMEL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles,
sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Actividades de mantenimiento de su sede social y
religiosa, para la práctica de culto y el seguimiento de sus ritos y
tradiciones y, en general, la promoción y estímulo de los valores de
comprensión, respeto y aprecio de la pluriculturalidad de la población
melillense.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 60.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48903- Convenio Men Guímel
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación SocioCultural Mem Guímel.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.12-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL
COLEGIO LA SALLE “EL CARMEN”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: OBJETICOS: Organizaciones Culturales, juveniles,
sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Convenio de Colaboración entre la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla y el
Colegio LA Salle “El Carmen” para el desarrollo del proyecto “Aulas
Interculturales”
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 20.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48905- Convenio
Aulas Interculturales Salle
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por el Colegio La Salle “El Carmen”..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.13-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Colaborar y fomentar centros de formación de la
ciudad
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 30.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33425/48900- Convenio ACEFOME
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Comunidad Israelita
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Centros de Formación de Melilla.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.14-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
AGRUPACIÓN DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la riqueza
cultural y patrimonial relacionada con los pasos de la Semana Santa Melillense
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 130.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48900- Convenio Agrupación de
Cofradías
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.15-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN ESCUELA DE FLAMENCO “CIUDAD DE MELILLA”
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la el arte
universal del flamenco en la ciudad
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 70.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48900- Convenio Escuela Flamenco
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Escuela de Flamenco “Ciudad de Melilla”..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.16-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN ESTUDIOS MELILLENSES
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan y conserven la
historia de la ciudad
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 18.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33414/48900- Convenio Estudios
Melillenses
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio. o
b. Forma de
concesión: Convenio con la Asociación Estudios Melillenses.
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Estudios Melillenses.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.17-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN MUSICAL Y CULTURAL AMAZIGH
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Fomentar actividades que difundan la musica y
cultura amazigh.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 50.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33409/48000- Convenio Asoc. Musical y
Cultural Amazigh
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Musical y Cultural
Amazigh..
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Musical y Cultural Amazigh..
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.18- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (AULA PERMANENTE DE FORMACIÓN ABIERTA)
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Aula
permanente de formación abierta
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 21.500,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48900-
Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación Abierta)
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Agrupación de cofradías
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Universidad de Granada (Aula Permanente de Formación
Abierta)..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.19- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
REAL ORDEN FRANCISCANA CONGREGACIÓN DE NUESTRA SEÑORA VIRGEN DE LA VICTORIA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 35.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33406/48900- Real Orden Franciscana
Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Real Orden Franciscana
Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria o c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Real Orden Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen
de la Victoria..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.20-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL
COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33407/48000- Convenio COACAM
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los
siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del
Arquitectos
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de
Melilla..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.21-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL
COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS TÉCNICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33408/48000- Convenio Col. Oficial Arq.
Técnicos
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con el Colegio Oficial del Arquitectos
Técnicos o c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.22-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN COMENZAMOS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33404/48000- Convenio Comenzamos.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Comenzamos
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Comenzamos.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.23- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL RUSADIR XXI
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 5.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33403/48907- Convenio Rusadir XXI
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociacion Sociocultural Rusadir
XXI o c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Sociocultural Rusadir XXI.
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.24-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 15.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33423/48900- Subvención Centro UNESCO
Melilla
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención Centro UNESCO Melilla
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melilla para la UNESCO.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.25-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN VOCES RESCATADAS
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 10.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33405/48000- Convenio Voces Rescatadas
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención Asociación Voces Rescatadas
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Voces Rescatadas.
o
Subvención Prepagable. o Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.26-
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
ASOCIACIÓN MELILLENSE INCLUSIÓN ACTIVA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
•
OBJETIVOS ESPECIFICOS: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 195.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33410/48000- Convenio Asociación
Melillense Inclusión Activa
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con la Asociación Melillense Inclusión
Activa o c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras
contenidas en los Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por la Asociación Melillense Inclusión Activa..
o
Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.27-
SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL
DOMICILIADAS EN MELILLA
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Fomento del asociacionismo cultural de la
Ciudad
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Subvenciones a asociaciones de índole cultural
domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y
festivas
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del
Mayor.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades cuyo objeto social sea el
fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de
actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a las entidades de
índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus
actividades
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: El plazo de la convocatoria será
anual.
•
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2024: 100.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Partida Presupuestaria 2024 04/33401/48900-
Subvenciones Entidades Culturales
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes: Se prevé los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Subvención
o
c. Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los
Convenios acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
•
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
o
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la
Dirección General de Cultura y Festejos de la justificación del importe
otorgado con los justificantes de gastos previstos en el contenido del Convenio
y aportados por las asociaciones. o Subvención Prepagable.
o
Seguimiento: Informes de la oficina de la Dirección General de Cultura y
Festejos.
o
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pag
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.28-
SUBVENCIONES CASAS REGIONALES DE MELILLA
•
OBJETIVO ESTRATÉGICO: Facilitar medios a las entidades representativas
de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su
funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de
instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de
la población de la Ciudad de Melilla.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Cultura, patrimonio cultural y mayor
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Cultura y Festejos.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones de melillenses
organizados en diferentes regiones del País.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Mantenimiento,
funcionamiento y promoción de actividades de las Casas Regionales.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024:
o
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza: 15.669,00 €.
o
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 12.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 12.119,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Granada 22.169,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 14.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Almeria.. 15.669,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 14.619,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Malaga: 19.719,00 €
o
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 14.279,00€
o
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 8.919,00 €
o
Federación Nacional Casas de Melilla: 8.000 Euros.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Subvención Casa De Melilla en Zaragoza : 03/92500/48910
o
Subvención Casa De Melilla en Barcelona: 03/92500/48906
o
Subvención Casa De Melilla en Madrid: 03/92500/48909
o
Subvención Casa De Melilla en Granada 03/92500/48903
o
Subvención Casa De Melilla en Sevilla: 03/92500/48904
o
Subvención Casa De Melilla en Almería. 03/92500/48911
o
Subvención Casa De Melilla en Valladolid: 03/92500/48908
o
Subvención Casa De Melilla en Málaga: 03/92500/48902
o
Subvención Casa De Melilla en Valencia: 03/92500/48905
o
Subvención Casa De Melilla en Toledo: 03/92500/48907
o
Federación Nacional Casas de Melilla: 03/92500/48901
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé para las actividades concretas
subvencionadas.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
-Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las
entidades representativas, por los importes reseñados
-Fechas de concesión previstas: Desde enero a junio.
-Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
-Mecanismo de aplicación: Ley General
de Subvenciones y
Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los
correspondientes Convenios de Colaboración.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones
llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General
para su fiscalización.
-Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de
cumplimiento de
objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de
tramitación y pago.
6- CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.
A-
DIRECCIÓN
GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO LA SALLE EL CARMEN PARA UTILIZACIÓN DE
LAS PISCINA DE DICHO CENTRO EDUCATIVO.
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el
colegio La Salle El Carmen para la utilización de la piscina de dicho centro
educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses para la práctica del
deporte de la natación.
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar el acceso de los melillenses a una
instalación deportiva singular y cuya demanda es muy elevada en la ciudad como
es una piscina cubierta climatizada.
•
OBJETIVPOS ESPECÍFICOS: Convenio de colaboración entre la Ciudad
Autónoma de Melilla y el colegio La Salle El Carmen para la utilización de la
piscina de dicho centro educativo por el conjunto de los ciudadanos melillenses
para la práctica del deporte de la natación.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Instalaciones Deportivas
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro educativo de La Salle El
Carmen, el único de la ciudad que cuenta con una piscina cubierta climatizada.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Favorecer el acceso de los ciudadanos a una instalación deportiva
singular que cuenta con una elevadísima demanda por parte de toda la población,
la cual no puede ser satisfecha únicamente con las instalaciones propiedad de
la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Trienio que abarca desde 2024 a 2026:
•
COSTES PREVISIBLES: 115.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se preveen
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
o
14/34114/48902 Colegio La
Salle El Carmen Convenio uso
piscina 115.000,00 €
o
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Subvención directa con la vigencia del convenio o Forma de concesión: Convenio con el citado centro educativo. o Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en el convenio
acordado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Los subvencionados deberán presentar una memoria de actuación
justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y
de los resultados obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica
justificativa del coste de las actividades realizadas, la cual se hará de
acuerdo con las directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio
de poderles solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.
B.
DIRECCIÓN
GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN
CATEGORÍA NACIONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Participación de los equipos melillenses en
categoría nacional.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Equipos melillenses que militan en
categoría nacional. La relación de los diferentes equipos puede variar de un
ejercicio a otro, en función de los ascensos y descensos deportivos que se
produzcan, así como los importes de las subvenciones.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a los diferentes
clubes cuyos equipos militan en categoría nacional para el desarrollo ordinario
de sus actuaciones, con la finalidad de promover entre todos los melillenses
las diferentes modalidades deportivas, animando a su participación, así como
facilitando a la ciudadanía en general la posibilidad de disfrutar de un
espectáculo deportivo de alto nivel en nuestra ciudad.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 8.525.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
Club Melilla Baloncesto
14/34102/48000 1.110.000,00 €
o
C.D. Enrique Soler Plata
14/34120/48000 440.000,00 €
o
C.D. Enrique Soler EBA
14/34103/48000 120.000,00 €
o
La Salle Challenge
14/34118/48000 400.000,00 €
o
La Salle 1ª Nacional
14/34111/48000 65.000,00 €
o
C. Voleibol Melilla Masc
14/34105/48000 1.000.000,00 €
o
C. Voleibol Melilla Fem
14/34115/48000 215.000,00 €
o
Club Virgen de la Victoria
14/34112/48000 260.000,00 €
o
U.D. Melilla
14/34101/48000 3.000.000,00 €
o
Club Atlético Melilla Pte.
Asignar 250.000,00 €
o
U.D. Melilla Juvenil Pte.
Asignar 85.000,00 €
o
Rusadir C.F. F-11 Pte.
Asignar 60.000,00 €
o
Torreblanca 1ª Div
14/34119/48000 550.000,00 €
o
Torreblanca 2ª Div
14/34108/48000 150.000,00 €
o
Melistar 2ª A
14/34114/48000 500.000,00 €
o
Nueva Era 2ª B Pte.
Asignar 180.000,00 €
o
Rusadir C. F. F.S. Pte.
Asignar 50.000,00 €
o
Peña Real Madrid F.S
14/34113/48000 50.000,00 €
o
Club Olimpo Fénix Pte.
Asignar 40.000,00 €
•
TOTAL: 4.525.000.00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
2.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS.
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Facilitar la práctica deportiva de diferentes
colectivos y deportistas melillenses.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades deportivas y deportistas
melillenses, cuya práctica deportiva precisa, dada su singularidad, el
colectivo al que va dirigido o la dificultad para llevarla a cabo, de un apoyo
público para lograr su consecución.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Apoyar a las diferentes
entidades y deportistas de acuerdo a la siguiente descripción:
-
Convenio Real Club Marítimo para el fomento, promoción y desarrollo de
los deportes náuticos
-
Convenio Barco Ciudad de Melilla para el desarrollo de una escuela de
vela de crucero con jóvenes melillenses y su participación en pruebas de nivel
que complementen su formación
-
Convenio Aspanies para el impulso, desarrollo y promoción de la
actividad deportiva con personas con diferentes capacidades intelectuales
-
Convenio con la Asociación Española Contra el Cáncer, para la promoción
de la actividad deportiva con personas y afectadas por esta enfermedad y sus
familiares
-
Convenio Asociación Carrera Africana, para la organización y desarrollo
de la Carrera Africana en Melilla
-
Convenio Álvaro Martínez Triatlón, para apoyar el desarrollo y
participación en el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Luis Miguel Ruiz, para apoyar el desarrollo y participación en
el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Eduardo Calderay, para apoyar el desarrollo y participación en
el ámbito internacional de este triatleta
-
Convenio Diego Ortega Dakar, para apoyar la participación de este
melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Escudería Delfi Sport, para apoyar la participación de esta
entidad melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Motoclub Rally Dakar, para apoyar la participación de esta
entidad melillense en la prueba internacional del Dakar
-
Convenio Borja Pérez Casimiro, para apoyar la participación de este
melillense en la prueba internacional del Dakar
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 489.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
Real Club Marítimo de Melilla 14/34122/48000 Fomento Náutica 40.000,00 €
Barco Ciudad de Melilla 14/34109/48000 Escuela de cruceros 70.000,00 €
Aspanies Deportes
14/34110/48000 Fomento Act.
Fïsica 35.000,00 €
Asoc. Española Contra Cáncer 14/34130/48000 Fomento Act. Física 25.000,00 €
Asoc. Carrera Africana 14/34132/48000 Organización Africana 100.000,00 €
Álvaro Martínez Triatlón 14/34127/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €
Eduardo Calderay Triatlón 14/34128/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €
Luis Miguel Ruiz Triatlón 14/34129/48000 Participación Triatlón 15.000,00 €
Diego Ortega Dakar 14/34131/48000 Participación Dakar 15.000,00 €
Escudería Delfi Sport 14/34116/48000 Participación Dakar 97.000,00 €
Motoclub Rally Dakar 14/34117/48000 Participación Dakar 52.000,00 €
Borja Pérez Dakar
Pte. Asignar 10.000,00
•
TOTAL: 489.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio y de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del coste de las actividades
realizadas, la cual se hará de acuerdo con las directrices marcadas por la
Intervención General, sin perjuicio de poderles solicitar la documentación que
el órgano gestor considere oportuna.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
3.1- CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LOS DIFERENTES EQUIPOS MELILLENSES EN
CATEGORÍA NACIONAL
•
OBJETICOS ESTRATÉGICOS: Proporcionar a las entidades deportivas y
deportistas melillenses los recursos necesarios para promocionar la actividad
física y deportiva en Melilla, tanto a nivel federativo como de clubes como a
las entidades que no tienen fin competitivo, así como para la organización de
eventos deportivos en la ciudad y la participación en pruebas deportivas
singulares de los deportistas mientras continúan con su desarrollo deportivo.
•
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ayudar a los distintos equipos melillenses en
categoría nacional, promocionando a deportistas y equipos melillenses.
•
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
•
CENTRO GESTOR: Dirección General de Política Deportiva.
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Federaciones, Clubes, resto de
entidades deportivas y deportistas.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
o
Apoyar a las entidades deportivas de Melilla y a los deportistas en el
desarrollo de su actividad.
o
Promocionar la práctica deportiva entre el conjunto de la población. o Favorecer la organización de eventos deportivos en Melilla.
o
Facilitar la participación de los deportistas melillenses en los
Campeonatos de España oficiales.
o
Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la práctica
deportiva.
o
Incrementar la oferta deportiva de la ciudad.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Trienio que abarca desde 2024 a
2026.
•
COSTES PREVISIBLES: 2.270.000,00 €
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
Federaciones Melillenses 14/34100/48000 Convoc. Federaciones 800.000,00 €
Clubes Deportivos 14/34100/48000 Convoc. Clubes 300.000,00 €
Clubes y Federaciones 14/34100/48000 Convoc. Eventos 200.000,00 €
Entidades deportivas 14/34100/48000 Convoc. no competitivas 150.000,00 €
Clubes y Federaciones 14/34100/48000 Convoc. Desplazamientos 670.000,00 €
Entidades y deportistas 14/34100/48000 Convoc. proyectos deportivos
singulares 150.000,00 €
•
TOTAL: 2.270.000,00 €
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevén fuentes de financiación
externas. Fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevé los siguientes:
a.
Subvención directa con la vigencia del convenio.
b.
Forma de concesión: Convenio con cada una de las entidades reflejadas en
el cuadro anterior.
c.
Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras contenidas en los Convenios
acordados por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán presentar una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los objetivos y de las
condiciones impuestas en las bases reguladoras y en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos. Igualmente deberán presentar una memoria económica justificativa del
coste de las actividades realizadas, la cual se hará de acuerdo con las
directrices marcadas por la Intervención General, sin perjuicio de poderles
solicitar la documentación que el órgano gestor considere oportuna.
7.-CONSEJERIA DE HACIENDA
A- DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA
DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL COLEGIO
OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS DE MELILLA
•
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Objetivos relacionados con la gestión del
Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación, (IPSI) en su modalidad
Importación consistentes, entre otros, en:
•
Agilización del tráfico de mercancías,
•
Tramitación más racional en la presentación de documentación previa al
despacho
•
Garantía en el cobro del IPSI Importación.
•
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda. Dirección General de
Ingresos Públicos. Servicio de importación y Gravámenes Complementarios
•
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes y Comisionistas de Aduanas de
Melilla.
•
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Desarrollo un Convenio de Colaboración
con el Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla en virtud de la
cual dicha entidad se compromete a que los Agentes intervinientes en las
operaciones de importación, cumplimenten y presenten la declaración tributaria
del Impuesto antes de la admisión al despacho, siendo obligación previa a la
salida de los recintos aduaneros, o del Organismo Autónomo de Correos, para las
mercancías introducidas en la Ciudad por este medio.
Con ello se pretende agilizar el tráfico de mercancías y lograr una
tramitación más racional en la presentación de documentación y la garantía del
cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su modalidad
Importación.
•
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
•
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 525.000,00 euros.
•
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se prevé.
•
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: o
02/93200/48900
•
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Suscripción de un convenio de colaboración previsto nominativamente en
los Presupuestos Generales de la Ciudad, ejercicio 2024, con los siguientes
compromisos:
AGENTES ADUANAS:
•
Cumplimentación y presentación de la declaración tributaria del Impuesto
antes de la admisión al despacho
•
Comprobación vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición
de los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada.
•
Asunción de la obligación del pago en un plazo máximo de un mes desde el
despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la Ciudad, cuyos
destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el correspondiente aval
bancario,
•
Aportación ante la CAM, en garantía del pago de las deudas tributarias,
de un aval bancario por la cantidad que se determine para cada una de las
agencias en función del volumen de importaciones que cada una realice
anualmente.
CIUDAD AUTÓNOMA:
•
Abono de la subvención, de la siguiente forma:
La CAM efectuará pagos a cuenta del importe de la subvención. Dichos
abonos a cuenta supondrán la realización de pagos fraccionados que
corresponderán al número de hojas declaratorias presentadas que han dado lugar
a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán por trimestres vencidos,
teniendo en cuenta el número de declaraciones que refleje la aplicación
informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen individualizadas por cada uno
de los Agentes integrados en el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y
Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite subvencionable total de
525.000,00 euros
•
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o
Justificación
de la subvención en la forma prevista en el convenio.
o Posibilidad de creación de
una Comisión Paritaria de Evaluación y Seguimiento del Convenio.