ARTÍCULO Nº 133 (CVE: BOME-AX-2024-133) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 38 - miércoles, 5 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 3 de junio de 2024, relativo al nombramiento como Director General de Política Educativa a Don David Azancot Chocrón.

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 3 de junio de 2024, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

SEGUNDO.- NOMBRAMIENTO DIRECTOR GRAL. POLÍTICA EDUCATIVA.- El Consejo de Gobierno, de conformidad con la propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte que consta en el expediente, acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, que literalmente dice:

PROPUESTA NOMBRAMIENTO COMO DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA.

PRIMERO: El Consejo de Gobierno, mediante Decreto aprobado en la sesión extraordinaria de 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de Julio de 2023) estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías y la estructura básica de Direcciones Generales que corresponden a cada una de las Consejerías en las que se estructura la Administración de la Ciudad.

SEGUNDO: El Artículo 54.3 del REGA, establece el procedimiento a seguir para el nombramiento de Directores Generales, así como los requisitos necesarios para ocupar dichos cargos:

“(...)

3. El nombramiento de los Directores Generales, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad, se llevará cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia conforme al artículo 60 del presente Reglamento, y deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el Subgrupo A1 o A2.

Asimismo, y de forma excepcional y en atención a las características específicas de las funciones de tales órganos directivos, podrá recaer el nombramiento en personal laboral fijo del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades Autónomas y de las Entidades Locales encuadrados en los Grupos I y II. La designación habrá de efectuarse motivadamente y de acuerdo con criterios de mérito, capacidad, idoneidad y de competencia profesional en el desempeño de puestos de responsabilidad."

Por su parte, la Disposición transitoria octava del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, relativa a la aplicación de las reglas del libro segundo a los puestos directivos ocupados a la entrada en vigor del real decreto-ley, establece en su segundo párrafo que;A los procedimientos de provisión ya iniciados antes de la entrada en vigor de este real decreto ley no les será de aplicación el mismo, rigiéndose por la normativa anterior.” En base a ello, y habiéndose publicado la convocatoria en BOME Extraordinario nº 19, de 20/03/2024, antes de la entrada en vigor del citado Real Decreto Ley (21/12/2023) es por lo que se rige íntegramente por el contenido y requisitos recogidos en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

TERCERO: Con fecha 12 de diciembre de 2023, el Consejo de Gobierno aprobó las bases de la convocatoria para la provisión del puesto de personal directivo profesional de Director General de Política Educativa, publicándose la convocatoria en el BOME nº 6131 de 19 de diciembre de 2023.

CUARTO: Con fecha 29 de mayo de 2024, se recibe en esta Consejería, InformePropuesta del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, en la que, motivadamente, se propone lo siguiente :

Nombrar a  D. DAVID AZANCOT CHOCRÓN como Director General de Política Educativa, con los derechos y obligaciones asociados al mismo.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno lo siguiente:

El nombramiento de D. DAVID AZANCOT CHOCRÓN como Director General de Política Educativa, con los derechos y obligaciones asociados al mismo.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo 
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de dos meses desde la publicación. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 5 de junio de 2024,

P.A. del Secretario del Consejo de Gobierno,

La Secretaria Tec. de Economía, Comercio, Inn. Tec. y Turismo,

Decreto n º 119 de 30/05/2024,

Gema Viñas del Castillo