Resolución nº 0980, de fecha 29 de agosto de 2024, relativa a las bases de la convocatoria del concurso "Mejor Rinconcito de Feria 2024".
La Excma. Sra. Consejera de Cultura,
Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2024000980 de fecha
29 de agosto de 2024, ha resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de las
Bases que regirán la convocatoria del Concurso “Mejor Rinconcito de Feria 2024”
por un importe de 2.400 € (DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS) con arreglo a las
siguientes
BASES
DEL CONCURSO MEJOR RINCONCITO DE LA FERIA 2024
1º.- Podrán participar en este concurso todas
las casetas instaladas en el Recinto Ferial.
2º.- La temática será libre. Se deberá
decorar con elementos decorativos que hagan referencia a la Feria y su
ambiente. (Ejemplo: farolillos, macetas, mantones, etc). La terraza y/o local
deberá estar adornado para disfrute de los ciudadanos mínimo desde el 31 de
agosto al 08 de septiembre, ambos inclusive.
3º.- Se podrán utilizar cualquier material
para su confección (madera, pintura, papel, lonas, etc). La inscripción se
podrá realizar a través del correo electrónico certamenescultura@melilla.es. En el email deberá
constar el nombre completo del responsable de la caseta y su teléfono de
contacto, nombre de la entidad adjudicataria y nombre de la Caseta. Una vez
recibido el correo electrónico, se enviará un acuse de recibo que confirme la
participación en el concurso.
En el Asunto del correo electrónico deberá
figurar el título “CONCURSO MEJOR RINCONCITO DE LA FERIA 2024"
4º.- El plazo para la inscripción comenzará
en el momento de la publicación en el BOME de la presente convocatoria y
finalizará el día 03 de septiembre a las 23:59 horas.
5º.- Jurado. El Órgano Colegiado competente
para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por
un Jurado integrado por la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número
impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del
certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y
sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio
Cultural y Del Mayor, u otro funcionario habilitado para dar fe de las
actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará
mediante Orden de la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su
composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.
6º.- La visita del jurado se producirá
durante la celebración de las Fiestas Patronales previo aviso a las casetas
participantes.
7º.- Criterios de valoración. El Jurado
puntuará a los candidatos en función a la decoración, ingenio, innovación,
colorido, ambiente y estética en relación con la temática del concurso.
8º.- Fallo. El fallo del Jurado será
inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor durante la celebración de las Fiestas
Patronales. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las
Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de
Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se
publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
9º.- Se concederán, a juicio del Jurado, los
siguientes premios:
1 premio 900 €
2 premio 800 €
3 premio 700 €
El personal de la Consejería, contactará con
los ganadores a fin de que proporcionen una copia de la tarjeta de
identificación fiscal de la entidad adjudicataria de la caseta y un certificado
de titularidad bancaria a nombre de la entidad adjudicataria de la caseta.
Al importe de dichos premios se les aplicará
las retenciones previstas en la vigente legislación. Asimismo, la participación
en el Concurso autoriza a la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor a que recabe la información necesaria en la Agencia Tributaria, en la
Seguridad Social y en la Hacienda Local para el abono de los premios.
10º.- Los premios podrán ser declarados
desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.
11º.- Para cualquier información adicional
del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es 95 269 92 90.
12º.- El área de Festejos y el Jurado se
reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en
las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
13º.- La convocatoria del presente concurso
se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE
PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE
ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460,
de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del concurso
implica la total aceptación por sus participantes de las presentes bases y
convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier problema
no recogido en éstas y el fallo del Jurado.
Estando la presente convocatoria destinada a
una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en
concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La presente Orden no agota la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el
plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo 92 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla 30 de agosto de 2024,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara