ARTÍCULO Nº 173 (CVE: BOME-AX-2024-173) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 52 - viernes, 6 de septiembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 3334, de fecha 5 de septiembre de 2024, relativa a la constitución del Órgano Asesor para formular propuesta motivada al órgano competente del cargo de Personal Directivo Profesional de Director General de Patrimonio Cultural y Festejos.
La titular de
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante
Orden/Resolución
de 05/09/2024, registrada al número
2024003334, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
De
conformidad con el artículo 60.5 del Reglamento de Gobierno y Administración de
la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extr. nº 2 de fecha 30 de enero de
2017),
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 24331/2024, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Que el órgano
asesor para formular propuesta motivada al órgano competente del cargo de
personal directivo profesional de Director General de Patrimonio Cultural y
Festejos, quedará constituido por los siguientes funcionarios:
-
D. Diego Giner
Gutiérrez (Director Gral. de Sostenibilidad).
-
D. Ernesto
Rodríguez Gimeno (Director Gral. de Servicios Urbanos).
-
Dª. Carmen Mª.
Parra del Pino (Directora Gral. de Cultura).
Contra esta
ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso
podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo
máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso
de alzada interpuesto.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 5
de septiembre de 2024,
El
Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco
José Rubio Soler