ARTÍCULO 189 - BOME-AX-2024-189

BOME EXTRA Nº 58 del miércoles, 2 de octubre de 2024

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA

Decreto nº 230, de fecha 2 de octubre de 2024, relativo a no iniciar los trámites señalados en el apartado cuarto del Decreto de Presidencia nº 229 de 25 de septiembre de 2024 (BOME nº 56 de 26 de septiembre de 2024).


A N U N C I O

El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº 230 de fecha 2/10/2024, registrado al Libro de Resoluciones no Colegiadas ha dispuesto lo siguiente:

El artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo de 1995, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla atribuye al Presidente de la Ciudad la presidencia de la Asamblea y el Consejo de Gobierno, cuya actividad dirige coordina, ostentado la suprema representación de la Ciudad y, además, la condición de Alcalde de conformidad con el art. 15 del Estatuto.

En ese sentido y vistas las observaciones realizadas por la Secretaría General en el expediente 24986/2024 en lo relativo al inicio de trámites para el reconocimiento de un complemento de productividad a los miembros de la Mesa de Contratación de conformidad con las atribuciones que me confiere el art. 14.1 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de Marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla

VENGO EN DISPONER

No iniciar los trámites señalados en el apartado cuarto del Decreto de la Presidencia nº 229 de 25 de Septiembre de 2024 (BOME nº 56 de 26 de Septiembre de 2024).”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que le comunico para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 2 de octubre de 2024,

El Secretario P.A.,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

P.D. nº 323 de 6 septiembre de 2019,

BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,

Antonio Jesús García Alemany