Orden nº 4165, de fecha 24 de octubre de 2024, relativa a exclusión de D. Carlos Méndez Sánchez y otros, del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar (proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración)
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 24/10/2024, registrada al número 2024004165, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
PRIMERO.- En el Boletín Oficial de Melilla extraordinario número 78, de 15 de diciembre de 2022, se publicaron las “Bases que rigen los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medias urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
SEGUNDO.- Con fecha 20 de septiembre de 2024 se publica, en la página web de la Ciudad, la Resolución definitiva del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar (Proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público).
Entre los aspirantes que aparecen en dicha Resolución definitiva se encuentran : D. Carlos Méndez Reyes, D. Oliver Sánchez Vargas, D. Daniel Echevarría Ferrón, Dª. Mónica García de la Barrera, Dª. Isabel Mª. Hoyo Bernal y Dª. Mª. Pilar Gutiérrez Ramón.
TERCERO.- Con fecha 27 de septiembre de 2024 se da traslado de escrito, a los aspirantes mencionados anteriormente, para que presenten alegaciones a su exclusión del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar (Proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal) por incumplir la Base Cuarta (apartado 3.1.g)) de las “Bases que rigen los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público” que literalmente dice : “No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario de carrera de la categoría objeto de la convocatoria, ni la de personal laboral fijo en aquellas categorías cuyas plazas sean de personal laboral, pero se convoquen como plazas de personal funcionario, al ser la naturaleza jurídica de la relación de empleo funcionarial” y el apartado 3.2 que establece: “Los/Las aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en estas bases en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.”
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38158/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
- La exclusión de D. Carlos Méndez Sánchez, D. Oliver Sánchez Vargas, D. Daniel Echevarría Ferrón, Dª. Mónica García de la Barrera, Dª. Isabel Mª. Hoyo Bernal y Dª. Mª. Pilar Gutiérrez Ramón de la Resolución definitiva del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar (Proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público), por incumplimiento de la Base Cuarta (apartado 3.1.g) y apartado 3.2) de las “Bases que rigen los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público” .
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla, 25 de octubre de 2024,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler