ARTÍCULO 211 - BOME-AX-2024-211

BOME EXTRA Nº 67 del jueves, 7 de noviembre de 2024

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA

Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 5 de noviembre de 2024, relativo aprobación inicial suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería y bajas de otros créditos por importe de 15.930.029,37 euros.


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El pleno de la Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 5 de noviembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

“PUNTO SEXTO.- SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA Y BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE 15.930.029,37 € .- La Comisión Permanente de Hacienda, en sesión extraordinaria celebrada el pasado 28 de octubre, conoció propuesta del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por votos a favor (6 de los representantes del Grupo Político Partido Popular y 1 del Diputado no adscrito), 2 votos en contra ( de los Diputados de Coalición por Melilla) y 2 abstenciones (1 del Grupo Socialista y 1 del Grupo Mixto del Diputado Amín Mohamed).

En virtud de lo anterior se eleva propuesta al pleno de la Asamblea de aprobación inicial del expediente 31327/2024 de SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA Y BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE 15.930.029,37 € (QUINCE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL VEINTINUEVE EUROS CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS) en los términos que constan en el expediente.

El presente acuerdo en caso de adoptarse, se expondrá al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad, por el plazo de 15 días en los que podrá ser examinado y presentarse alegaciones si no se hiciesen, se considerará definitivamente aprobado. En caso contrario resolverá el pleno de la Asamblea en el plazo de un mes entrando en vigor una vez cumplido lo establecido en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo la propuesta del tenor literal siguiente:

PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de otros créditos que son susceptibles de minoración  y de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con bajas de otros créditos y con cargo al Remanente liquido de Tesorería.

SEGUNDO. Con fecha 17 de octubre de 2024, se emitió Memoria del Consejero de Hacienda en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 22 de octubre de 2024, se emitió informe de la Secretaría Técnica de Hacienda sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

CUARTO. Con fecha 22 de octubre de 2024, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido expediente de suplemento y se elaboró Informe Intervención sobre Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

-       Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

-       Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

-       Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.

-       El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).

-       El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

-       La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.


-       La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

-       La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2022.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 31327/2024 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas de otros créditos y con Remanente Líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

 

Suplemento en aplicaciones de gastos

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

SUPLEMENTO DE CRÉDITO

07/16100/22799

RECURSOS HÍDRICOS

1.010.029,37

07/17200/22799

CONTRATOS PRESTACIÓN SERVICIOS

200.000,00

06/34133/48000

SUBVENCIÓN BONO ALQUILER JOVEN

540.000,00

04/33800/22699

ÁREA DE FESTEJOS

1.250.000,00

04/33800/22699

ÁREA DE CULTURA

280.000,00

09/15200/74000

TRANSFERENCIA DE CAPITAL EMVISMESA

1.500.000,00

06/43209/48900

BONIFICACIÓN PAQUETES TURÍSTICOS TRANSPORTE BARCO/AVION

5.000.000,00

08/43300/44900

PROYECTO MELILLA S.A. T. CORRIENTES

3.000.000,00

08/43300/74000

PROYECTO MELILLA S.A. T. CAPITAL

2.000.000,00

07/44110/47900

SUBVENCION COA

1.150.000,00

TOTAL SUPLEMENTO

15.930.029,37

 

Esta modificación se financia con bajas de otros créditos y con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

 

Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

BAJA

06/16501/22100

SUMINISTRO ELÉCTRICO C.A. MELILLA

2.500.000,00

06/15000/21200

ACCIONES SUSTITUTORIAS

650.000,00

07/44110/22300

CONTRATO TRANSPORTE COLECTIVO URBANO

1.500.000,00

TOTAL BAJAS

4.650.000,00

 

Alta en concepto de Ingresos

 

CONCEPTO DE INGRESOS

DESCRIPCIÓN

IMPORTE

87003

REMANENTE DE TESORERÍA

11.280.029,37

TOTAL

 

11.280.029,37

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:


a)     El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b)     La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Sometida a votación la aprobación inicial del expediente 31327/2024 de SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA Y BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE 15.930.029,37 €, fue aprobado por 12 votos a favor ( de los representantes del Grupo Político Partido Popular), 4 votos en contra (3 Grupo Político Partido Socialista y 1 Sr. Amin Mohamed, del Grupo Mixto) y 4 abstenciones (3 Grupo Político Coalición por Melilla y 1 Sr. José Miguel Tasende Souto del Grupo Mixto), por lo tanto mayoría absoluta, de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea.”

Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, a 6 de noviembre de 2024,

El Secretario P.A.,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

P.D. nº 323 de 6 septiembre de 2019, BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,

Antonio Jesús García Alemany