ARTÍCULO Nº 223 (CVE: BOME-AX-2024-223) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 72 - lunes, 18 de noviembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA


Decreto nº 267, de fecha 18 de noviembre de 2024, relativo a delegación de competencias mediante suplencia temporal por el titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

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A N U N C I O

El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad por Decreto nº. 267 de 18 de noviembre de 2024, registrado al Libro de Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:

El Decreto del Presidente nº 0914, de 10 de julio de 2023, de establecimiento de la nueva organización de la estructura institucional y administrativa (BOME extraordinario nº 45 de 10 de julio de 2023)  dispuso la creación de las Consejerías de la Ciudad para el ejercicio de las políticas públicas con el propósito de alcanzar una mayor eficacia en la acción del Gobierno en el presente mandato, incluyendo entre ellas la Consejería de Hacienda que asume las competencias administrativas atribuidas por el Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla ( BOME ext. Nº 54 de 31 de Julio de 2023).

De conformidad con el Decreto nº 266 de 18 de noviembre de 2024 se ha modificado el Decreto del Presidente nº 0914, de 10 de julio de 2023, de establecimiento de la nueva organización de la estructura institucional y administrativa (BOME extraordinario nº 45 de 10 de julio de 2023) creándose, en la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Viceconsejería de Hacienda adscrita a la Consejería de Hacienda.

Mediante Decreto de la Presidencia nº 916, de 10 de julio de 2023 (BOME extraordinario nº  45 de 10 de julio), se procedió al nombramiento de don Francisco Villena Hernández como Viceconsejero de Medio Ambiente de conformidad con los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el de Estatuto de Autonomía de Melilla en concordancia con los artículos 10.1 e), y 36 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017).

El artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, indica que “En la forma que disponga cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.”

Por su parte, el artículo 40.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad señala que “A los Viceconsejeros les corresponden las funciones de sustitución del Consejero en los términos del presente Reglamento”, disponiendo su artículo 77 que “1. La suplencia de los titulares de los órganos se efectuará por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 13 de la Ley 40/2015 de Régimen de Sector Público y el presente Reglamento. 2. En los demás casos no previstos en el presente Reglamento, la suplencia se efectuará en la forma y con los efectos que se establezcan en una resolución del órgano del que dependan jerárquicamente o al que se encuentren adscritos. Dicha resolución tendrá efectos desde su firma sin perjuicio de que deba publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla para su general conocimiento y efectos. 3. La suplencia no implicará alteración de la competencia”.

De acuerdo con lo anterior, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, y en particular por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad de la Ciudad VENGO EN DISPONER:

Primero.- Que las competencias del titular de la Viceconsejería de Hacienda, adscrita a la Consejería de Hacienda, se asuman mediante suplencia temporal por vacante por el titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

Segundo.- En el ámbito sectorial de la Consejería de Hacienda el titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente ejercerá las competencias que se atribuyen por el artículo 40 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017), asumiendo entre ellas la sustitución del Consejero.

En las resoluciones y actos que se dicten mediante suplencia, en la antefirma se especificará “por suplencia” o bien su abreviatura “P.S.” o “P.A.” haciendo mención al presente Decreto y al Boletín Oficial de Melilla en que se publique.

Tercero.- Dar cuenta al Pleno de la Asamblea de la Ciudad del presente Decreto.

Cuarto.- Que se proceda a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Melilla de conformidad con el art. 77.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y a la difusión de su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen 
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Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 18 de noviembre de 2024,

El Secretario P.A., El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

P.D. nº 323 de 6 de septiembre de 2019, BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,

Antonio Jesús García Alemany