ARTÍCULO Nº 226 (CVE: BOME-AX-2024-226) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 74 - martes, 26 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Adenda al convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad de San Vicente de Paúl en España (Conferencia Virgen de la Luz/Conferencia Purísima Concepción), para la ejecución de programas de atención social para el año 2024.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano
competente, ha procedido a la firma de la Adenda al Convenio de colaboración
entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública y la SOCIEDAD SAN
VICENTE DE PAÚL-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ A LA CONSEJERÍA POLÍTICAS SOCIALES
Y SALUD PÚBLICA. habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la
Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400050 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2024000207 08/04/2024 ES-G2825666-7
(CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ) |
Fecha de formalización: 15/04/2024
De acuerdo con la normativa vigente de
aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla, a 25 de noviembre de 2024,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y
Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez
ANEXO
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAÚL EN ESPAÑA (CONFERENCIA
VIRGEN DE LA LUZ / CONFERENCIA PURÍSIMA CONCEPCIÓN), PARA LA EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE ATENCIÓN SOCIAL PARA EL AÑO 2024
En Melilla, a 21 de noviembre de 2024
Las
Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por
el Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de noviembre de de 2024 (2024000712,
de 12/11/2024), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de
la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de
30/01/2017)
EXPONEN
Cláusula 1ª.- La presente Adenda deviene
del Convenio de Colaboración suscrito el 15 de abril de 2024 entre la Ciudad
Autónoma de Melilla y la Sociedad San Vicente Paúl para el desarrollo de
Programas de Atención Social para el año 2024 (, Boletín Oficial Extraordinario
núm. 24, 17 de abril de 2024)
Cláusula 2ª.-
Se precisa
como consecuencia de la adición del Programa denominado Tarjetas Monederos
adicionándose a la financiación el coste de 450.000 €, para hacer frente a este
Programa que se concreta en el Anexo A
Cláusula 3ª.-
Se adiciona
como Anexo A.5, al citado Convenio de Colaboración el siguiente Programa:
ANEXO A.5
1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA/ ACTUACIONES: Tarjetas Monederos pata
atención a familias desfavorecidas.
2.-
MOTIVACIÓN PÚBLICA Y SOCIAL: Facilitar a las familias Tarjetas Monederos para que estas puedan utilizarlas en
comercios de Melilla para la compra de alimentos y suministros básicos que
permitan la mejora de la situación económica y social de la familia
3.-ENTIDAD
(nombre y NIF): Conferencia Virgen de la Luz de San Vicente de Paúl. CIF: G2856667
4.- COLECTIVO
DE ATENCIÓN: Familias
desfavorecidas económicamente.
5.- NÚMERO DE
BENEFICIARIOS: 1.000 familias aproximadamente.
6.- UBICACIÓN
E INSTALACIONES: C/ General Picasso, 24, bloque 20; local 7, Melilla. (Sede social)
7.- DURACIÓN
PREVISTA (Calendario, horario): Anual desde
1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024
8.- MEMORIA
TÉCNICA Objetivo:
Facilitar
medios de pago plástico (tarjetas monederos) que garanticen la adquisición de
bienes y suministros básicos para cubrir las necesidades de alimentación de
forma autónoma
Se
sufragarán los gastos de productos y suministros de alimentación básica que
permitan a las familias llevar una dieta equilibrada. Se permitirá cierto grado
de autonomía que garantice la selección de los productos más acordes con los
gustos y costumbres de las familias beneficiarios, evitando la estigmatización
de la recogida de alimentos a través de entidades sin ánimo de lucro, y
normalizando la adquisición de los suministros y alimentos a través de los
comercios de la ciudad acreditados y que participen en el programa
Actividades:
§ Entrevistas e información a
las potenciales familias
§ Recogida de datos e
información sobre la situación de las familias
§ Evaluación de las familias
objeto de la atención
§ Entrega de medios de
plásticos (tarjetas Monederos a las familias beneficiarias)
§ Acuerdos con comercios
locales
§ Acompañamiento a las
familias que lo requieran
§ Seguimiento de la
utilización de las Tarjetas Monederos
9.-
PRESUPUESTO TOTAL: CIENTO OCHENTA MIL EUROS. 450.000,00€
10.-DESGLOSE
DE GASTOS Personal Mínimo previsto:
§
1 Coordinadora (JC)
§
1 Auxiliar Administrativo (1/2 J).
§
2 Monitores (1/2 J)
§
1 Limpiadora (1/2 J)
Gasto en
Personal: 92.050,00€
Actividades y
mantenimiento: Limpieza de las instalaciones, expedición y mantenimiento de las
tarjetas monederos, costes financieros que se generen por la expedición y
mantenimiento de las mismas, material de oficina, coste de asesoría laboral,
etc… 357.950, 00 €
Cláusula 4ª.-
Se requiere
la adición del importe de 450.000,00€ al importe abonado durante el año 2024,
supone una alteración del coste económico del Convenio de Colaboración que se
fijaba en UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO EUROS CON
DIECIOCHO CÉNTIMOS que pasa a tener una financiación de UN MILLON SETECIENTOS
CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (1.740.804,18€ ).
En
atención a la situación económica de las familias, la continuación del
incremento de la inflación la financiación al programa podría ampliarse.
Cláusula 5ª.-
Existe RC
SUBVENCIONES nº 12024000007370, de 06/03/2024 y un RC
SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO nº 12024000036766, de 29 de julio de 2024, por
un importe de 300.000 € por un total de 450.000,00 € a detraer de la Aplicación
Presupuestaria núm. 05/23105/48000, que permite llevar a cabo el gasto
adicional que conlleva la presente Addenda.
Cláusula 6ª.-
Firmado el
presente Convenio por las partes, la Ciudad de Melilla procederá a transferir a
la Sociedad de San Vicente de Paúl, con CIF núm G-28256667, el importe
correspondiente a la justificación previa del gasto realizado por la entidad
subvencionada. Así como se procederá la anticipación del pago de la cuantía que
corresponda previa la liquidación de los importes justificados
Cláusula 7ª.-
En lo no
modificado por la presente Addenda, seguirá de aplicación lo establecido en el
convenio de Colaboración suscrito el 15 de abril de 2024 entre las partes
intervinientes.
Y
para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes
firman la presente Adenda del Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y
fecha señalados en el encabezamiento.
Por la Ciudad Autónoma de Melilla,
El Presidente,
Juan José Imbroda Ortiz
Por
la Sociedad de San Vicente de Paúl-Conferencia Purísima Concepción de Melilla,
La Representante Legal,
Mª
del Carmen Chaparro Medina
Por
la Sociedad de San Vicente de Paúl-Conferencia Purísima Concepción de Melilla,
La Representante Legal,
Isabel Padilla Valderrama