ARTÍCULO Nº 83
(CVE: BOME-AX-2025-83)
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BOME EXTRA Nº 18 - viernes, 14 de marzo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Extracto de la convocatoria pública de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas destinadas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones de Vecinos inscritas en el registro de entidades vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla año 2025.

TituloES:
CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE
SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ACTUACIONES
DE LAS ASOCIACIONES DE VECINOS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ENTIDADES VECINALES
DE MELILLA, AÑO 2025
TextoES:
BDNS(Identif.):820420
De
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/820420)
CONVOCATORIA
DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA LA PROMOCIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ACTUACIONES DE LAS
ASOCIACIONES DE VECINOS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ENTIDADES VECINALES DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA AÑO 2025 por importe máximo de 272.000 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 03/92403/48001 RC número de operación
12025000002318 con fecha 28/01/2025, a la que serán de aplicación las referidas
bases, con las siguientes determinaciones:
1. Para
poder obtener la subvención a que se refiere la presente convocatoria las
Asociaciones de Vecinos deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones
Vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla.2. Será requisito para obtener la
subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber justificado en forma
y plazo anteriores subvenciones de las que hubieran sido beneficiarios. Para la
acreditación de tales requisitos las entidades solicitantes recabarán los datos
correspondientes de la Agencia Tributaria y entidades gestoras de la Seguridad
Social.3. El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES,
contados a partir del siguiente de la publicación de la presente
convocatoria.4. La solicitud se formulará en el modelo oficial que se
facilitará por la Viceconsejería De Movimiento Participativo y que se
encontrará disponible en formato rellenable y para su descarga en la página
oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (Anexo I).Las solicitudes se podrán
presentar:- En la Viceconsejería de Movimiento Participativo procediéndose a su
registro electrónico, por lo que toda la documentación presentada deberá
facilitarse en formato digital.- En las Oficinas de Atención e Información al
Ciudadano.- Mediante cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 la
Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lugar de
la Firma: Melilla
Fecha de
la Firma: 2025-03-14
Firmante:
La Viceconsejera de Movimiento Participativo,
Nassera
Al-Lal Mohamed