ARTÍCULO Nº 183
(CVE: BOME-AX-2025-183)
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BOME EXTRA Nº 38 - miércoles, 18 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Decreto nº 0114 de fecha 17 de junio de 2025, relativo a Crédito Extraordinario Financiado con bajas de otros créditos número 5026/2025.

A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº
2025000114 de fecha 17 de junio de 2025, registrado al Libro de Resoluciones no
Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
DECRETO
“El Pleno de la Excma. Asamblea de esta
Ciudad Autónoma, en sesión resolutiva extraordinaria celebrada el día 12 de
mayo de 2025, acordó aprobar, con carácter inicial, la propuesta del Consejero
de Hacienda de CRÉDITO EXTRAORDINARIO
FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS número 5026/2025 por importe de
85.000,00 euros. La referida modificación de crédito se publicó en el Boletín
Oficial de la Ciudad número 6280 de fecha 23 de mayo de 2025, quedando expuesto
al público a los efectos de reclamaciones. Transcurridos 15 días, sin que se
haya presentado reclamación alguna, según Informe del Negociado del Registro
general (escrito de fecha 17 de junio de 2025), el texto debe entenderse
definitivamente aprobado, en virtud de los artículos 177.2 y 169 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los
informes aportados al expediente esta Consejería PROPONE que se adopte la siguiente:
Primero.- Publicación del CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS número
5026/2025 por importe de 85.000,00 euros.
como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Alta |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
||
14 |
34100 |
48000 |
Convenio Rusadir división de honor fútbol 11 |
85.000,00 € |
TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
85.000,00 € |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con bajas de
otros créditos
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Baja |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
||
14 |
34109 |
48000 |
Convenio José Luis Pérez Barco |
85.000,00 € |
TOTAL BAJAS |
85.000,00 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de
los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del
Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del
gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La insuficiencia en el estado de gastos del
Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá
verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Segundo.- Contra el expresado Acuerdo, que pone fin
a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 10 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativo, recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con
sede en Málaga.”
Lo que se hace público para general
conocimiento, indicándose que contra el acuerdo del Pleno de la Asamblea, que
pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 8, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen
procedente en derecho.
Melilla, a 18
de junio de 2025,
La Secretaria
del Consejo de Gobierno,
Decreto nº 0103 de fecha 02/06/2025 (BOME Extra nº
35 03/06/2025),
María José Gómez Ruiz