ARTÍCULO Nº 186
(CVE: BOME-AX-2025-186)
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BOME EXTRA Nº 39 - viernes, 20 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Extracto de la convocatoria para proyectos de inversión en establecimientos hoteleros, de restauración y locales comerciales vinculados a la actividad turística de la Ciudad de Melilla, año 2025.

TituloES: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA
PROYECTOS DE INVERSIÓN EN ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS, DE RESTAURACIÓN Y LOCALES
COMERCIALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE MELILLA. Año
2025
TextoES: BDNS(Identif.):841409
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b
y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/841409)
- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas
ayudas las personas físicas, jurídicas, Comunidades de Bienes (con las
especificaciones y garantías señaladas en el artículo 11.3 de la LGS) que
desarrollen una actividad económica con establecimiento permanente en la Ciudad
Autónoma de Melilla, siempre que mantuviese el alta en el epígrafe del IAE que
se determine en esta convocatoria durante el periodo subvencionable y, al
menos, hasta su resolución y justificación y únicamente para las actividades relacionadas
en el sector turístico desarrolladas en la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Objeto: Estas subvenciones tienen como finalidad
facilitar, mediante subvenciones financieras, la modernización y
rejuvenecimiento de la planta turística, así como a reforzar de forma
significativa la capacidad de alojamiento, la oferta de restauración y el
tejido profesional turístico en la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Financiación :
1- Las subvenciones objeto de estas bases, se
financiarán en su totalidad con los fondos aportados por la Secretaria de
Estado de Turismo derivados de la suscripción de los convenios referenciados en
la exposición de motivos. A estos efectos se ha realizado documento contable de
Retención de Crédito nº12025000019686, de fecha 09/05/2025, en la aplicación
presupuestaria 06/43200/77000 – 2024, por un importe total de NOVECIENTOS
NOVENTA Y SEISMIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS
DE EURO (996.569,83 EUROS).2.- Las ayudas que se financien con arreglo a esta
convocatoria se enmarcan en la inversión 3 del componente 14 “Estrategias de
resiliencia turística para territorios extra peninsulares”, del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) del Gobierno de
España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma,
de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (en adelante MMR) y del PRTR a nivel europeo y nacional.
- Cuantía:
1. Las ayudas para financiar la correspondiente
inversión subvencionable, serán de un porcentaje de hasta el 100% sobre la
inversión elegible.2. La cuantía máxima, será la siguiente según el tipo de
beneficiario:- Hoteles de 3 y 4 estrellas: Un máximo de subvención de 150.000
€.- Hoteles de 1 y 2 estrellas: Un máximo de subvención de 100.000 €.-
Hostales: Un máximo de subvención de 75.000 €.En los casos en los que la
inversión financiada forme parte de un conjunto que permita al beneficiario
subir a un tramo de hospedaje de categoría superior, el límite a considerar
será el del tramo superior.- Restaurantes y asimilados según el Reglamento del
Turismo de la Ciudad, podrán acceder a una subvención de hasta 70.000€, en
función del número de trabajadores del establecimiento, tomando como referencia
la plantilla media de los 2 meses anteriores a la publicación de las bases de
la convocatoria, siguiendo el presente baremo:- Más de 6 trabajadores 70.000€-
Entre 4 y 6 trabajadores 50.000€- Menos de 4 trabajadores 40.000€
- Cafeterías y asimilados (Café-Bares, Heladerías y
Bares con Música) según el Reglamento del Turismo de la Ciudad, podrán acceder
a una subvención de hasta 50.000 €, en función del número de trabajadores del
establecimiento, tomando como referencia la plantilla media de los 2 meses
anteriores a la publicación de las bases de la convocatoria, siguiendo el
presente baremo:- Más de 5 trabajadores 50.000€- Entre 3 y 5 trabajadores
40.000€- Menos de 3 trabajadores 30.000€
- Plazo y modo de presentación :
1- La fecha límite de presentación de solicitudes será
de VEINTE DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente hábil a la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.
2- Las solicitudes deberán cursarse de forma
electrónica, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del
artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para ello, quienes soliciten la
ayuda o sus representantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier
certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta
Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y
plataformas tecnológicas corporativas de la Ciudad Autónoma de Melilla. La
información relativa a certificados, firma y sellos electrónicos se encuentra
disponible en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma: 2025-06-04
Firmante: El Excmo. Sr. Consejero de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento Miguel Marin Cobos.