ARTÍCULO Nº 192 (CVE: BOME-AX-2025-192) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 43 - jueves, 17 de julio de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 3334, de fecha 17 de julio de 2025, relativa a constitución de la Bolsa de Trabajo en la Categoría de Farmacéutico.

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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 17/07/2025, registrada al número 2025003334, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vista la valoración definitiva de la Comisión de Baremación de los aspirantes a la Bolsa de Trabajo en la categoría de Farmacéutico (BOME nº 6291, de 11 de julio de 2025), de conformidad con las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (BOME nº 6254, de 21 de febrero de 2025 y modificadas en el BOME nº 6262 de 21 de marzo de 2025),

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7398/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

La formación de la Bolsa de Trabajo de Farmacéutico de acuerdo con la relación, por orden de puntuación, siguiente:

 

 

 

EJERCICIOS SUPERADOS

EXPERIENCIA PROFESIONAL

FORMACIÓN

TITULACIÓN ACADÉMICA

TOTAL

ORD.

APELLIDOS Y NOMBRE

1

LAABOUDI BOUAJAJ, SAID

40,000

25,000

25,000

0,000

90,000

2

MOHAMEDI MOHAMED, LUISA

15,000

25,000

25,000

4,000

69,000

3

FERREIRA ALFAYA, FRANCISCO JAVIER

0,000

24,250

25,000

10,000

59,250

4

BOULAHTOUF HIBCHI, FATIMA

5,000

25,000

25,000

2,000

57,000

5

ROLDÁN NAVARRO, PAULA

0,000

25,000

25,000

3,000

53,000

6

AAROUROU ALÍ, FATIMA

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

7

EL MENUAR AHMED, LUISA

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

8

GHOULA HACH AOMAR, AMAL

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

9

MOHAMED AMAR, MUSTAFA

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

10

NAVARRO GUERRERO, EDÉN

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

11

TARDIDO HERNÁNDEZ, CLAUDIO

0,000

25,000

25,000

0,000

50,000

12

MORALES CORRALES, ÁNGELA

0,000

22,015

22,100

2,000

46,115

13

FERNÁNDEZ ROLDÁN GALÁN, LARA

0,000

25,000

14,400

0,000

39,400

14

GALIANO SIMÓN, HERMELINDA

0,000

25,000

12,250

2,000

39,250

15

BOUAMAMA HABSAOUIR, AYOUD

0,000

7,750

25,000

2,000

34,750

16

GARCÍA BUESO, ELENA MARÍA

5,000

4,000

25,000

0,000

34,000

17

FERNÁNDEZ GÓMEZ, ANA

0,000

17,000

14,375

0,000

31,375

18

TOUTOUH AMARZAG, FARAH

0,000

3,940

25,000

0,000

28,940

19

ATTAIBI HADRI, SAMIR

0,000

0,000

25,000

3,000

28,000

20

ALONSO GARCÍA, CARMEN

0,000

0,000

23,750

4,000

27,750

21

LAGO FONTICOBA, LUCÍA

0,000

1,500

25,000

0,000

26,500

22

BOUYCH-HADJ ABDERAHMAN, CARIMA

0,000

25,000

1,200

0,000

26,200

23

NIETO LÓPEZ, RAQUEL

0,000

0,000

25,000

0,000

25,000

24

SALVADOR ARENAS, LAURA ISABEL

0,000

0,000

24,750

0,000

24,750

25

LUQUE PÉREZ, MARÍA DEL CARMEN

0,000

0,000

21,100

0,000

21,100

26

GUIRVAL SOLER, PABLO

0,000

0,000

18,750

2,000

20,750

27

MUÑOZ ARROYO, ROBERTO

0,000

18,725

1,425

0,000

20,150

28

FLORES RAMÍREZ, MARTA

0,000

0,000

15,375

0,000

15,375

29

CUELLOR, ERICA ANAHI

0,000

0,000

15,000

0,000

15,000

30

GARCÍA MUÑOZ, CAROLINA

5,000

0,000

7,750

0,000

12,750

31

DRIS MOHAMED BEN ABDELLAH, MOHAMED

0,000

0,250

11,450

0,000

11,700

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32

SAID MOHAMED, JALID

0,000

0,000

7,525

2,000

9,525

33

LÓPEZ TÉRREZ, MARTA

0,000

4,500

1,000

2,000

7,500

 

  • Los empates se han resuelto de acuerdo con el párrafo 7 del artículo 9 de las Bases de la convocatoria. De persistir el empate, la letra a la que se hace referencia en el último de los apartados de ese párrafo será la letra V, según Resolución de 25 de julio de 2024 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE 31/7/2024).

Igualmente quedan derogadas las anteriores Bolsas en la categoría de Farmacéutico.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 17 de julio de 2025,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler