ARTÍCULO Nº 211
(CVE: BOME-AX-2025-211)
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BOME EXTRA Nº 44 - viernes, 18 de julio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Orden nº 2235 de fecha 17 de julio de 2025, relativa a listas definitivas de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades Sin Ánimo de Lucro, año 2025.

ORDEN Nº 2235 de fecha 17 de Julio de 2025, RELATIVA A LISTAS DEFINITIVAS DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2025. “La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 16 de julio de 2025, registrada al número 2025002235 del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Examinados los expedientes de solicitud presentados por las entidades y asociaciones que participan en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2025, resulta:
- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social (actualmente, Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).
- Por Orden nº 993 de 20 de marzo de 2025 de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, se efectúa la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2025 (BOMe núm. 6263 de 15 de maro de 2025).
- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el órgano instructor del expediente dispone la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, así como a notificar a las entidades que no aportan la documentación completa que se exige en la Convocatoria para que subsanen o mejoren la solicitud en los términos que establece el punto quinto, apartado 5 de la Convocatoria (BOMe núm. 6272 de 25 de abril de 2025).
- Transcurrido el plazo de diez días concedido para la subsanación y mejora de las solicitudes el día 15 de julio de 2025, esta instructora emite el presente informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan, han de quedar excluidas de la misma (ANEXO II).
- La inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (ANEXO I) en ningún caso implica que automáticamente resulte beneficiaria de subvención; para ello habrá de superar la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.
- De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7158/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO I de esta resolución y excluir de la convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO II por los motivos que se especifican en el mismo.
Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2025, en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

ANEXO I
LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES ADMITIDAS
Nº Exp |
C.I.F. |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
14694/2025 |
G29964038 |
ASOCIACIÓN MELILLA INSERCIÓN |
15455/2025 |
G52014347 |
AMLEGA |
15475/2025 |
G52034238 |
OXIGENO LABORATORIO |
15604/2025 |
G52022258 |
ASOCIACIÓN CUENTA CON NOSOTROS |
15815/2025 |
G52019189 |
AUTISMO MELILLA |
15970/2025 |
G79408852 |
MÉDICOS DEL MUNDO |
16049/2025 |
G19809334 |
ASOCIACIÓN VECINOS DE JUVENTUD |
16166/2025 |
G55458321 |
ASOCIACIÓN PUENTE DE LAS OPORTUNIDADES |
16174/2025 |
G52023231 |
ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA |
16311/2025 |
G70918750 |
ASOC. POR EL DESARROLLO SOSTENIBLE |
15623/2025 |
G52006871 |
FEAFES |
16169/2025 |
G16840019 |
ASOC. SOCIOEDUCATIVA MERAKI |
16415/2025 |
G16692881 |
ANIMAL RESCUE MELILLA |
14698/2025 |
Q2866001G |
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
15354/2025 |
G29957495 |
MELILLA ACOGE |
15805/2025 |
G28256667 |
SAN VICENTE PAUL- CONFERENCIA LA PURÍSIMA |
16034/2025 |
R2900144C |
RELIGIOSA MARIA INMACULADA |
16159/2025 |
G52035367 |
ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA |
13896/2025 |
G82260282 |
FUNDACIÓN YEHUDI MENUHIN |
14679/2025 |
G52042132 |
ASOC. ESCUELA DE PORTEROS EL GUARDIAN |
14695/2025 |
G52015443 |
BANCO DE ALIMENTOS |
15425/2025 |
F29953296 |
COOP DE MAESTROS |
15447/2025 |
G16921371 |
EL TECHO ES UN DERECHO |
15498/2025 |
G52021706 |
MARE NOSTRUM |
15978/2025 |
G52021946 |
ACEME |
16014/2025 |
G54618517 |
FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT |
16159/2025 |
G52035367 |
ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA |
16220/2025 |
G86114741 |
ONG FIET GRATIA |
16263/2025 |
G56799935 |
ASOC. SOCIOEDUCATIVAS SEMPITERNO |
16269/2025 |
R5200026B |
ASOC. EVANGELICA REGENERACIÓN |
16288/2025 |
G79362497 |
FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN |
16405/2025 |
G52021227 |
ASOCIACIÓN MILVER |
16409/2025 |
G72431505 |
ASOCIACIÓN NEES MELILLA |
16426/2025 |
G52033784 |
ASOC. MELILLAENSE PARA INTEGRACIÓN SOCIAL |
16431/2025 |
G16692972 |
TERAPIA GUAUS |
16555/2025 |
G28838001 |
MPDL |
16565/2025 |
G52018124 |
ASOC. GURU GURU |
16685/2025 |
G10644797 |
ASOC.SOCIO-CULTURAL VECINOS SOLIDARIOS |
ANEXO II LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES EXCLUIDAS
Nº Exp |
C.I.F. |
NO MBRE DE LA ENTIDAD |
CÓDIGO |
|
15991/2025 |
G520204766 |
ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA |
(I), ( K ) |
|
16448/2025 |
G75662460 |
ASOCIACIÓN FUT TABEL |
(A),( B ),( C ),( D ),( F ),( H ),( I ),( J ) |
|
16539/2025 |
G29963824 |
ASOC. DIABETICOS MELILLA |
(C), (M) |
|
Código |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
|||
A |
Solicitud (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
|||
B |
Memoria del proyecto |
|||
|
(a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
|||
C |
Presupuesto detallado por conceptos de gastos |
|||
D |
Declaración responsable (modelo con 7 apartados) (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |

E |
Estatutos de la entidad |
F |
Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF) |
G |
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, o poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante |
H |
Certificación de identificación de los directivos e inscripción en el Registro administrativo correspondiente. |
I |
Declaración responsable protección jurídica del menor (solo si el programa incluye a menores de edad) (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
J |
Número de cuenta bancaria (IBAN) no especificada y/o incorrecta |
K |
Solicitud de subvención de más de un proyecto de actividades por entidad |
L |
Cuantía solicitada mayor a 17.000,00 |
M |
Presentación fuera de plazo de la justificación de la subvención correspondiente a 2024. |
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Melilla, a 17 de julio de 2025,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez