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BOME EXTRA Nº 44 - viernes, 18 de julio de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 2235 de fecha 17 de julio de 2025, relativa a listas definitivas de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades Sin Ánimo de Lucro, año 2025.

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ORDEN Nº 2235 de fecha 17 de Julio de 2025, RELATIVA A LISTAS DEFINITIVAS DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2025. “La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 16 de julio de 2025, registrada al número 2025002235 del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Examinados los expedientes de solicitud presentados por las entidades y asociaciones que participan en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2025, resulta:

  1. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social (actualmente, Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).
  2. Por Orden nº 993 de 20 de marzo de 2025 de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, se efectúa la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2025 (BOMe núm. 6263 de 15 de maro de 2025).
  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el órgano instructor del expediente dispone la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, así como a notificar a las entidades que no aportan la documentación completa que se exige en la Convocatoria para que subsanen o mejoren la solicitud en los términos que establece el punto quinto, apartado 5 de la Convocatoria (BOMe núm. 6272 de 25 de abril de 2025).
  1. Transcurrido el plazo de diez días concedido para la subsanación y mejora de las solicitudes el día 15 de julio de 2025, esta instructora emite el presente informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan, han de quedar excluidas de la misma (ANEXO II).
  2. La inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (ANEXO I) en ningún caso implica que automáticamente resulte beneficiaria de subvención; para ello habrá de superar la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.
  3. De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7158/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO I de esta resolución y excluir de la convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO II por los motivos que se especifican en el mismo.

Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2025, en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.


 

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ANEXO I

LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES ADMITIDAS

 

Nº Exp

C.I.F.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

14694/2025

G29964038

ASOCIACIÓN MELILLA INSERCIÓN

15455/2025

G52014347

AMLEGA

15475/2025

G52034238

OXIGENO LABORATORIO

15604/2025

G52022258

ASOCIACIÓN CUENTA CON NOSOTROS

15815/2025

G52019189

AUTISMO MELILLA

15970/2025

G79408852

MÉDICOS DEL MUNDO

16049/2025

G19809334

ASOCIACIÓN VECINOS DE JUVENTUD

16166/2025

G55458321

ASOCIACIÓN PUENTE DE LAS OPORTUNIDADES

16174/2025

G52023231

ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA

16311/2025

G70918750

ASOC. POR EL DESARROLLO SOSTENIBLE

15623/2025

G52006871

FEAFES

16169/2025

G16840019

ASOC. SOCIOEDUCATIVA MERAKI

16415/2025

G16692881

ANIMAL RESCUE MELILLA

14698/2025

Q2866001G

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

15354/2025

G29957495

MELILLA ACOGE

15805/2025

G28256667

SAN VICENTE PAUL- CONFERENCIA LA PURÍSIMA

16034/2025

R2900144C

RELIGIOSA MARIA INMACULADA

16159/2025

G52035367

ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA

13896/2025

G82260282

FUNDACIÓN YEHUDI  MENUHIN

14679/2025

G52042132

ASOC. ESCUELA DE PORTEROS EL GUARDIAN

14695/2025

G52015443

BANCO DE ALIMENTOS

15425/2025

F29953296

COOP DE MAESTROS

15447/2025

G16921371

EL TECHO ES UN DERECHO

15498/2025

G52021706

MARE NOSTRUM

15978/2025

G52021946

ACEME

16014/2025

G54618517

FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT

16159/2025

G52035367

ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA

16220/2025

G86114741

ONG FIET GRATIA

16263/2025

G56799935

ASOC. SOCIOEDUCATIVAS SEMPITERNO

16269/2025

R5200026B

ASOC. EVANGELICA REGENERACIÓN

16288/2025

G79362497

FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN

16405/2025

G52021227

ASOCIACIÓN MILVER

16409/2025

G72431505

ASOCIACIÓN NEES MELILLA

16426/2025

G52033784

ASOC. MELILLAENSE PARA INTEGRACIÓN SOCIAL

16431/2025

G16692972

TERAPIA GUAUS

16555/2025

G28838001

MPDL

16565/2025

G52018124

ASOC. GURU GURU

16685/2025

G10644797

ASOC.SOCIO-CULTURAL VECINOS SOLIDARIOS

 

ANEXO II LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES EXCLUIDAS

 

Nº Exp

C.I.F.

NO MBRE DE LA ENTIDAD

CÓDIGO

15991/2025

G520204766

ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA

(I), ( K )

16448/2025

G75662460

ASOCIACIÓN FUT TABEL

 (A),( B ),( C ),( D ),( F ),( H ),( I ),( J )

16539/2025

G29963824

ASOC. DIABETICOS MELILLA

(C), (M)

Código

MOTIVO DE EXCLUSIÓN

A

Solicitud 

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

B

Memoria del proyecto

 

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

C

Presupuesto detallado por conceptos de gastos

D

Declaración responsable (modelo con 7 apartados)

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

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E

Estatutos de la entidad

F

Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF)

G

Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, o poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante

H

Certificación de identificación de los directivos e inscripción en el Registro administrativo correspondiente.

I

Declaración responsable protección jurídica del menor (solo si el programa incluye a menores de edad)

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

J

Número de cuenta bancaria (IBAN) no especificada y/o incorrecta

K

Solicitud de subvención de más de un proyecto de actividades por entidad

L

Cuantía solicitada mayor a 17.000,00

M

Presentación fuera de plazo de la justificación de la subvención correspondiente a 2024.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Melilla, a 17 de julio de 2025,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez