ARTÍCULO 286 - BOME-AX-2025-286

BOME EXTRA Nº 61 del miércoles, 22 de octubre de 2025

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 4533, de fecha 10 de Octubre de 2025, relativa a convocatoria del XI Certamen "CLARA CAMPOAMOR" 2025.


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La Viceconsejera de Igualdad y Mujer, mediante Orden con registro número 2025004533, del día 10 de octubre de 2025, ha dispuesto lo siguiente:

CONVOCATORIA DEL XI CERTAMEN “CLARA CAMPOAMOR”, con las siguientes determinaciones:

1º.- Pueden participar en el concurso toda persona con residencia legal en Melilla.

Habrá dos categorías, categoría A de 12 a 18 años, y categoría B a partir de 19 años.

Las/os participantes deberán presentar en lengua castellana una frase/lema contra la Violencia de Género o contra cualquier otra forma de violencia hacia la mujer (violencia sexual, acoso sexual, mutilación genital femenina, matrimonio forzado, trata con fines de explotación sexual...) que refleje su percepción sobre este tema, e irá seguida de una reflexión personal, en la que se valorará la sensibilidad y compromiso con la igualdad y en consecuencia la intolerancia contra la violencia de género.

La frase/lema será breve, inspiradora, motivacional y fácilmente asociable al concepto que representa.

El trabajo deberá tener una extensión no superior a dos folios escritos en tipografía Arial 12, por una sola cara y a doble espacio.

2º.-En el encabezamiento deberá consignarse el nombre de la entidad, en caso de presentarse por alguna, y seguidamente, con claridad, el nombre y los apellidos del autor, su edad, domicilio y teléfono de contacto.

3º.- El plazo de presentación de las redacciones ante la Viceconsejería de Igualdad y Mujer, permanecerá abierto hasta el 14 de Noviembre de 2025, a las 14,00 horas, no admitiéndose a concurso aquéllas que se presenten con posterioridad.

4º.- En la categoría A, se concederán tres premios * por valor económico de 300 euros al primero, 200 euros al segundo y 100 euros al tercero, a los autores de las tres redacciones que determine el Jurado en atención a su calidad, así como 10 accésit en premios por valor de 60 euros cada uno.

En la categoría B, se concederán tres premios* por valor de 300 euros, 200 euros y 100 euros a los tres mejores trabajos respectivamente.

Así mismo se concederá un premio a la entidad mejor representada de 500 euros.

* Dichos premios consistirán en las categorías A y B, en material educativo informático y lotes de libros, cuya temática estará relacionada con la prevención de la violencia de género y el fomento de la igualdad. En cuanto a la entidad ganadora, el premio consistirá en libros coeducativos.

Tal y como establece el art. 23.2 d) de la LGS 38/2003 para la concesión de los premios, se efectuará mediante régimen de concurrencia competitiva.

5º. El Certamen se encuentra enmarcado dentro de los proyectos financiados con créditos asignados de la Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, del Ministerio de Igualdad. Resolución del 29 de abril de 2025.

6º.-Antes de publicarse la presente convocatoria, la Viceconsejera de igualdad y Mujer, dictará Orden designando la composición del Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios, el mismo,  estará constituido por un Jurado integrado por la Viceconsejera de Igualdad y Mujer o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta, y por tres empleados públicos que deberán ser agentes de Igualdad. Actuará como Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería Presidencia, administración Pública e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La composición del Órgano Colegiado se dará a conocer el día que se haga público el fallo. De acuerdo con las presentes bases, el Jurado podrá resolver las dudas que surjan en su aplicación.

7º.- La Viceconsejera de Igualdad y Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla dará a conocer la deliberación del jurado y hará entrega de los premios en la forma que se determine.

8º.- Los trabajos premiados, quedarán en poder de la Viceconsejera de Igualdad y Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo publicarlos si así lo considera.

De igual modo La Viceconsejería podrá utilizar alguno de los Lemas premiados en posteriores Campañas.

9º.- La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases.


10º.- El fallo del jurado se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

11º.- De conformidad con el artículo 121  y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno”.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento

 

Melilla, a 17 de octubre de 2025,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León