Orden nº 5615, de fecha 5 de diciembre de 2025, relativa a constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de nueve plazas de Administrativo, Personal Funcionario, por el sistema de oposición libre.
La titular de la Viceconsejería de Igualdad y Mujer, mediante Orden/Resoluciónde 05/12/2025, registrada al número 2025005615, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en las Bases Generales de aplicación (BOME número 5000, de 15 de febrero de 2013) a la convocatoria para la provisión en propiedad de nueve plazas de Administrativo, Personal Funcionario, por el sistema de oposición libre (BOME nº 6227, de 19 de noviembre de 2024),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 15965/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que el Tribunal de Selección quedará constituido por las siguientes personas:
TRIBUNAL TITULAR
PRESIDENTE:
D. Tufik Laarbi Aissa
VOCALES:
D. Alfonso E. Rodríguez Cuadrado
D. José F. González Esteban
Dª. Silvia Soler Jiménez
Dª. Mª. Dolores Pérez Escolano
Dª. Celia Porta Rojas
Dª. Vanesa Mohamed Milud
SECRETARIA:
Dª. Ahlam Chanfouh Aouragh
TRIBUNAL SUPLENTE
PRESIDENTA:
Dª. Noelia Jodar García
VOCALES:
D. Pablo A. Alemany Fernández
D. Fernando Ríos Ortiz
D. Isidoro Luque Vega
D. El Bachir Mohamed Hadduch
Dª. Francisca Estévanez Botello
Dª. Mª. José Guerrero Molino
SECRETARIO:
D. Jesús M. Jiménez Ruiz
El comienzo de la fase de oposición, fecha , lugar y hora, será determinado previamente por el Tribunal de Selección, dando publicidad en el Tablón de Anuncios de la Ciudad del referido acuerdo.
El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo de la oposición.
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 5 de diciembre de 2025,
La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,
Pilar Cabo León