Extracto de la Convocatoria para la concesión de subvención a enfermos neurológicos y sus familias residentes en el término municipal de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TituloES: EXTRACTO CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN A ENFERMOS NEIUROLÓGICOS Y SUS FAMILIAS RESIDENTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MELILLA
TextoES: BDNS(Identif.):874418
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/874418)
Primero. — Beneficiarios.
Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria, ayudas individualizadas a personas con trastornos neurológicos en la Ciudad de Melilla,y que, además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones,cumplan los establecidos en el art. 3 y 4 de las Bases Reguladoras aprobadas por Consejo deGobierno el 2 de diciembre de 2025 y publicadas en el BOMe. Extraord. núm. 73, de 5 de diciembre de 2025.
Segundo. — Objeto e Importe de la subvención.
1. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas individualizadas a personas con trastornos neurológicos en la Ciudad de Melilla, con la tipología ut infra:
- Ayudas de desenvolvimiento y apoyo personal.
La finalidad de la prestación económica de ayudas al desenvolvimiento personal es contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de un asistente personal que facilite el acceso a la educación y al trabajo o posibilite una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria a las personas que padezcan una enfermedad neurológica reconocida.
- Apoyo a la convivencia.
Para acceder a la misma el beneficiario o su representante legal, deberá de recibir un servicio de acompañamiento y apoyo siempre y cuando se presten por un centro o entidad privada con o sin ánimo de lucro, debidamente acreditado de conformidad con la normativa de aplicación. Entre estas se incluye las derivadas de los gastos ocasionados por Respiro familia, con destino a sufragar los costes de la contratación por los familiares o el enfermo de cuidadores profesionales que permitan a aquellos familiares periodos de descanso y atender otras obligaciones. Quien preste los servicios de acompañamiento y apoyo personal no debe ser cónyuge o tener una relación more uxorio con el beneficiario, ni tener un grado de parentesco hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad.
- Ayuda para cubrir gastos derivados de la adaptación del hogar familia
Para atender las necesarias reformas o productos de apoyo para la mejora de la habitabilidad y desenvolvimiento de la vida diaria del enfermo.
- Ayuda para tratamientos de rehabilitación y tratamiento paliativo del enfermo neurológico dentro o fuera del domicilio
Destinados a la financiación de los gastos que ocasiones otros tratamientos de Fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia, neuropsicología y atención domiciliaria, según las necesidades clínicas y funcionales del beneficiario
- Ayudas al Transporte:
Destinada a cubrir los gastos generados por el Transporte para rehabilitación y asistencia especializada en centros de atención a personas con discapacidad. Transporte especial para rehabilitación y asistencia especializada en centros de atención a personas con discapacidad.
- Ayudas destinadas a los gastos ocasionados con ocasión de la contratación de servicios de Orientación y asesoramiento social en caso de utilización de recursos privados que no sean ofrecidos por las Administraciones Públicas competentes.
En este tipo de ayudas el importe alcanzará el 75% de los gastos desembolsados por el solicitante, hasta el límite de 18.000€
- Otros gastos no determinados
Para financiar los gastos generados a la unidad familiar por acceder a actuaciones no contempladas en los apartados anteriores pero que hayan sido prescritas por especialista sanitarios del servicio público de salud y que no se presten por otras Administraciones Públicas en la Ciudad de Melilla.
En este tipo de ayudas el importe alcanzará el 90% de los gastos desembolsados pro el solicitante, hasta el límite de 18.000 €
2. En ningún caso, los importes excederán del límite de 18.000€, por cada miembro de la unidad familiar que sea beneficiario de la subvención
Primero. — Beneficiarios.
Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria, ayudas individualizadas a personas con trastornos neurológicos en la Ciudad de Melilla,y que, además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones,cumplan los establecidos en el art. 3 y 4 de las Bases Reguladoras aprobadas por Consejo deGobierno el 2 de diciembre de 2025 y publicadas en el BOMe. Extraord. núm. 73, de 5 de diciembre de 2025.
Segundo. — Objeto e Importe de la subvención.
1. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas individualizadas a personas con trastornos neurológicos en la Ciudad de Melilla, con la tipología ut infra:
- Ayudas de desenvolvimiento y apoyo personal.
La finalidad de la prestación económica de ayudas al desenvolvimiento personal es contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de un asistente personal que facilite el acceso a la educación y al trabajo o posibilite una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria a las personas que padezcan una enfermedad neurológica reconocida.
- Apoyo a la convivencia.
Para acceder a la misma el beneficiario o su representante legal, deberá de recibir un servicio de acompañamiento y apoyo siempre y cuando se presten por un centro o entidad privada con o sin ánimo de lucro, debidamente acreditado de conformidad con la normativa de aplicación. Entre estas se incluye las derivadas de los gastos ocasionados por Respiro familia, con destino a sufragar los costes de la contratación por los familiares o el enfermo de cuidadores profesionales que permitan a aquellos familiares periodos de descanso y atender otras obligaciones. Quien preste los servicios de acompañamiento y apoyo personal no debe ser cónyuge o tener una relación more uxorio con el beneficiario, ni tener un grado de parentesco hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad.
- Ayuda para cubrir gastos derivados de la adaptación del hogar familia
Para atender las necesarias reformas o productos de apoyo para la mejora de la habitabilidad y desenvolvimiento de la vida diaria del enfermo.
- Ayuda para tratamientos de rehabilitación y tratamiento paliativo del enfermo neurológico dentro o fuera del domicilio
Destinados a la financiación de los gastos que ocasiones otros tratamientos de Fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia, neuropsicología y atención domiciliaria, según las necesidades clínicas y funcionales del beneficiario
- Ayudas al Transporte:
Destinada a cubrir los gastos generados por el Transporte para rehabilitación y asistencia especializada en centros de atención a personas con discapacidad. Transporte especial para rehabilitación y asistencia especializada en centros de atención a personas con discapacidad.
- Ayudas destinadas a los gastos ocasionados con ocasión de la contratación de servicios de Orientación y asesoramiento social en caso de utilización de recursos privados que no sean ofrecidos por las Administraciones Públicas competentes.
En este tipo de ayudas el importe alcanzará el 75% de los gastos desembolsados por el solicitante, hasta el límite de 18.000€
- Otros gastos no determinados
Para financiar los gastos generados a la unidad familiar por acceder a actuaciones no contempladas en los apartados anteriores pero que hayan sido prescritas por especialista sanitarios del servicio público de salud y que no se presten por otras Administraciones Públicas en la Ciudad de Melilla.
En este tipo de ayudas el importe alcanzará el 90% de los gastos desembolsados pro el solicitante, hasta el límite de 18.000 €
2. En ningún caso, los importes excederán del límite de 18.000€, por cada miembro de la unidad familiar que sea beneficiario de la subvención
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma: 2025-12-11
Firmante: SRA. Dª RANDA MOHAMED EL AOULA,
EXCMA SRA CONSEJERA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA