ARTÍCULO 28 - BOME-AX-2026-28

BOME EXTRA Nº 15 del jueves, 23 de abril de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Extracto de la convocatoria pública de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas destinadas a la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Asociaciones de Vecinos inscritas en el registro de entidades vecinales de la CAM, 2026.


TituloES: A DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES VECINALES SOBRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ACTUACIONES DE LAS ASOCIACIONES DE VECINOS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ENTIDADES VECINALES DE LA CAM 2026

TextoES: BDNS(Identif.):900929

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/900929)

Serán de aplicación las referidas bases, con las siguientes determinaciones:

1. Para poder obtener la subvención a que se refiere la presente convocatoria las Asociaciones de Vecinos deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones Vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla.

2. Será requisito para obtener la subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber justificado en forma y plazo anteriores subvenciones de las que hubieran sido beneficiarios. Para la acreditación de tales requisitos las entidades solicitantes recabarán los datos correspondientes de la Agencia Tributaria y entidades gestoras de la Seguridad Social.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente de la publicación de la presente convocatoria.

4. La solicitud se formulará en el modelo oficial que se facilitará por la Viceconsejería De Movimiento Participativo y que se encontrará disponible en formato rellenable y para su descarga en la página oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (Anexo I). Las solicitudes se podrán presentar: - En la Viceconsejería de Movimiento Participativo procediéndose a su registro electrónico, por lo que toda la documentación presentada deberá facilitarse en formato digital. - En las Oficinas de Atención e Información al Ciudadano. - Mediante cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. La distribución de las subvenciones se realizará distinguiendo los siguientes gastos elegibles:

A) GASTOS GENERALES Y DE MANTENIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN (GASTOS DE MANTENIMIENTO, ALQUILERES, SUMINISTROS, TELEFONÍA, CUOTAS, SUSCRIPCIONES, Y OTROS GASTOS ANÁLOGOS, INCLUIDA ASESORIA

B) ORGANIZACIÓN DE EVENTOS O ACTIVIDADES

C) ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2026-04-22

Firmante: Nassera Al-lal Mohamed, Viceconsejera de Movimiento Participativo