ARTÍCULO 31 - BOME-AX-2026-31

BOME EXTRA Nº 15 del jueves, 23 de abril de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO

Propuesta del instructor de las solicitudes presentadas en la convocatoria relativa a la línea de ayudas para el programa de modernización del comercio en el marco de los planes integrales de desarrollo socio económico para Ceuta y Melilla, año 2026.


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PROPUESTA DEL INSTRUCTOR DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS EN LA CONVOCATORIA RELATIVA A  LA LÍNEA DE AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO EN EL MARCO DE LOS PLANES INTEGRALES DE DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO PARA CEUTA Y MELILLA, AÑO 2026.

En relación con las solicitudes presentadas en la CONVOCATORIA RELATIVA A  LA LÍNEA DE AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO EN EL MARCO DE LOS PLANES INTEGRALES DE DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO PARA CEUTA Y MELILLA, AÑO 2026 (BOME Número 6360, 10 de marzo de 2026), en concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES

I.- Por  resolución de la Secretaria de Estado de Comercio, se le concede una subvención a la Ciudad Autónoma de Melilla, al amparo del real decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por lo que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y Melilla.

II.- Por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 28 de marzo de 2025, se aprueban las Bases Reguladoras en Régimen de Concurrencia Competitiva, de la línea de ayudas para el Programa de modernización del comercio en el marco de los planes integrales de desarrollo socio-económico para Ceuta y Melilla.

III.- Con fecha 21 de noviembre de 2025, se publica en el Boletín Oficial del Estado nº 280, el Real Decreto 1024/2025, de 19 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y de Melilla para el desarrollo de programas en materia de comercio interior. Este R.D., en su artículo único dispone:

“El apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y de Melilla para el desarrollo de programas en materia de comercio interior, queda redactado en los siguientes términos: «3. Dichas actuaciones deberán desarrollarse antes del 30 de junio de 2026».”

A esta modificación en la programación de la ejecución de actuaciones, hay que añadir el plazo de justificación de las mismas, por lo que se extenderá al menos hasta el 30 de septiembre de 2026.

Por tanto, se ha iniciado un expediente de modificación del plan estratégico de subvenciones de la CAM para el periodo 2024-2026, de la Consejería de ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO, DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA, que incluirá, ente otras, la línea de subvención 1.9 denominada AYUDAS AMPLIACIÓN Y/ O MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES EN MELILLA, AÑO 2026. RESOLUCIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO, concretamente los apartados:

“- PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Ejercicios 2024, 2025 y 2026.

- COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2026: 151.223,42 Euros” (Remanente de crédito 2025)”

IV.- El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2025, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación de las Bases Reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio en el marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla, año 2026, publicadas en el BOME nº 6355 de 20 de febrero de 2026.

V.-  Mediante Orden número 2026000635  , de fecha 6 de marzo de 2026 de la Consejera de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento (BOME Número 6360, 10 de marzo de 2026), se convoca subvención por procedimiento de concurrencia competitiva para el Programa de Modernización del Comercio en el marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla, año 2026.

VI.- Mediante Orden número 202600819, de fecha 26 de marzo de 2026 de la Consejera de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento (BOME Número 6365, 27 de marzo de 2026), se dispone la  tramitación de urgencia del procedimiento de concesión de Ayudas para CONVOCATORIA DE LA LÍNEA DE AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO EN EL MARCO DE LOS PLANES INTEGRALES DE DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO PARA CEUTA Y MELILLA. Año 2026.


VII.- Que dentro de la Convocatoria se estableció como plazo de presentación de solicitudes (artículo Decimosegundo d), quince días naturales desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Ciudad, por lo que el plazo comprende desde 11/03/2026 al 25/03/2026.

VIII.-  Que con fecha 31 de marzo de 2026, se emite el informe sobre la solicitudes presentadas  en las oficinas de Registro General de la Ciudad Autónoma de Melilla a fecha del 31 de marzo de 2026, relativo a “CONVOCATORIA DE LA LÍNEA DE AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO EN EL MARCO DE LOS PLANES INTEGRALES DE DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO PARA CEUTA Y MELILLA 2026.

IX.- Iniciado el plazo de presentación de solicitudes, tras la comprobación por el personal administrativo de la Dirección General de Activación Económica, adscrito al Programa y verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para ser beneficiario, el órgano instructor visto el expediente, emite el presente informe motivado de las ayudas resueltas sobre el cumplimiento de los requisitos, siguiendo los criterios establecidos en las Bases y Convocatoria.

X.- La Comisión de evaluación, con fecha del 23 de abril 2026, ha examinado y valorado las solicitudes admitidas, dejando constancia de las conclusiones que provisionalmente corresponde establecer y del resultado de la evaluación efectuada en la correspondiente Acta de la sesión, al existir crédito suficiente.

A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes: 

FUNDAMENTOS

1.- Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el apartado decimoquinto de la Convocatoria.

2.- Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.

3.- En cuanto a la legislación aplicable:

La Presente convocatoria se regirá fundamentalmente por:

  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Las Bases Reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio en el marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla, año 2026, publicadas en el BOME nº 6355 de 20 de febrero de 2026.
  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • El Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y de Melilla para el desarrollo de programas en materia de comercio interior.
  • La Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio de 29/12/2023, por la que se concede una subvención a la ciudad de Melilla al amparo del real decreto 1179/2023, de 27 de diciembre.
  • El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
  • Las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2026.- Las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.

4.- Financiación.

Las subvenciones objeto de esta Convocatoria serán financiadas con los fondos Secretaría de Estado de Comercio procedentes de la Resolución de fecha 29 de diciembre de 2023 por la que se concede una subvención a la ciudad de Melilla al amparo del Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y Melilla, para el desarrollo de programas en materia de comercio interior. Concretamente, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 06/43100/77000/2025 “SUBV. TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARÍA DE ESTADO COMERCIO REMANENTE AFECTADA” por un importe máximo de 132.047,31 euros, según consta en el documento contable de Retención de Crédito RC 12026000009097 de fecha 27/02/2026.

5.- Criterios de Valoración.

1. En todo caso el procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 59 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


2. La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto, con arreglo a los siguientes criterios:

 

  Criterios de Valoración Puntos
1 Condición de beneficiario en la Resolución de concesión publicada en el BOME Extr. nº 59 de 07/10/2025:    

Entidades que no hayan resultado beneficiarias 50 puntos. 

Entidades que hayan resultado beneficiarias 0 puntos.

hasta 50
2 Dimensión de la empresa (*)                                     

- Solicitantes con menos de 1 trabajador por cuenta ajena................50 puntos

- Solicitantes entre 1 y 2 trabajadores por cuenta ajena.....................40 puntos

- Solicitantes con más de 2 trabajadores por cuenta ajena................30 puntos

hasta 50

 

(*) Nota: En la aplicación del Criterio 2, se entiende por número de trabajadores por cuenta ajena aquel que conste en el Informe de Plantilla media de trabajadores en situación de alta en la cuenta de cotización correspondiente a la actividad de comercio menor de los tres meses anteriores a la fecha de publicación de la Convocatoria en el BOME.

3. En caso de empate en la puntuación se utilizarán los siguientes criterios para dirimirlo según el siguiente orden de prioridad:

a. En caso de empate los criterios a emplear a efectos de determinar el orden de los beneficiarios serán de 1) a 2) en grado de importancia, siendo el criterio 1) el más importante y el 2) el menos.

b. En caso de un nuevo empate, el desempate vendrá dado por orden de entrada de la solicitud de ayudas.    

4. Excepcionalmente, en el caso de que se agotase el crédito determinado en la convocatoria, se procederá, excepcionalmente, conforme al art. 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al prorrateo de dicho crédito entre todas las subvenciones favorables con un importe superior a 10.000,00 €.

Estos supuestos de excepción, según se determina se en el artículo 22.1 de la LGS, se justifica con motivo de la importancia estratégica que tiene la renovación y la transformación del punto de venta del comercio minorista de la ciudad, así como la reconversión de este para responder a los retos originados por el cierre de la Aduana Comercial con Marruecos y se adoptará, en todo caso, por el órgano colegiado de evaluación.

En todo caso el resultado del prorrateo no podrá dar como resultado una cantidad inferior al 80% de la ayuda a conceder inicialmente ni ser inferior a 10.000,00 €. En tal caso, se incluirán como beneficiarios los solicitantes en lista de espera según el orden de prelación de esta, con el límite del prorrateo acordado a los beneficiarios iniciales y hasta cubrir el total del crédito de la convocatoria.

5. Se exceptúa el requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria para el caso en que el crédito máximo consignado fuese suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.

6. La Comisión de Evaluación incluirá en su Informe, además de los solicitantes a los que se propone como beneficiarios, una relación de no propuestos a los que no se les concederá subvención por ser inferior su puntuación a la de los seleccionados y no tener cabida en la cuantía máxima convocada. Esta prelación se hará en orden decreciente en función de la puntuación obtenida con arreglo a los criterios de valoración y normas de desempate antes referidas, siempre que no hubieran sido excluidos en la fase de preevaluación.

Estos solicitantes quedarán en lista de espera para el caso de que alguna de las subvenciones concedidas quedara sin efecto por renuncia, en cuyo caso se le podrá otorgar la subvención solicitada siempre y cuando se haya liberado crédito suficiente para atender al menos la primera de las solicitudes denegadas.

6.- Al ser la suma total del  importe de  concesión de los informes favorables, que asciende a la cantidad de 375.392,96 € superior  a la cuantía total máxima fijada en la convocatoria en 132.047,31€ ,  entran en juego los  criterios de valoración establecidos en el artículo  decimocuarto de la Convocatoria.

7.- Que los beneficiarios propuestos en este informe para resolución provisional del órgano colegiado, como favorables concesión provisional, cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

8.- Que existe crédito adecuado y suficiente, para atender a las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención a los expedientes favorables concesión provisional.


Por lo anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el siguiente:

ACUERDO

1.- Proponer provisionalmente como FAVORABLES de la subvención solicitada a los solicitantes  que se relacionan a continuación, por el importe que se indica:

FAVORABLES CONCESIÓN PROVISIONAL (41 EXPEDIENTES):

 

ORDEN FECHA ENTRADA Nº  EXPEDIENTE  NOMBRE/ DENOM. SOLICITANTE NIF IMPORTE SOLICITADO CRITERIO BENF. CONV. 2025 CRITERIO DIMENSIÓN DE LA EMPRESA TOTAL PUNTOS IMPORTE CONCESIÓN
1 12/03/2026 11448/2026 HELADOS RIMINI C.B. E52030152 11.448,45 € 50 50 100 10.000,00 €
2 13/03/2026 14:04 11477/2026 MOLIA TAMDEM S.L B13799952 12.318,86 € 50 50 100 11.340,00 €
3 13/03/2026 11476/2026 MOHAMED EL HADDAD AAGADU 60259129A 10.937,00 € 50 50 100 10.937,00 €
4 16/03/2026 11509/2026 NOR EL MESSOUDI-AHMED AL-LAL 45300589L 6.712,64 € 50 50 100 6.712,64 €
5 16/03/2026 17:24 11527/2026 SALAH INTERNATIONAL C.B E52002870 11.714,56 € 50 50 100 10.000,00 €
6 16/03/2026  19:21:47 11563/2026 EL ASMANI*OUALKAYD,NASIRA 12491027A 7.391,24 € 50 50 100 7.391,24 €
7 18/03/2026  18:50 11508/2026 BITAN*LEVY,NISIM 45270397A 6.802,17 € 50 50 100 6.802,17 €
8 19/03/2026 12:21 11534/2026 GLORIA SOL S.L B52016433 5.326,80 € 50 50 100 4.788,00 €
9 19/03/2026 14:37 11551/2026 MOHAMED*MOHAND-BENDAHOU,ABDELKADER 45316803H 6.032,00 € 50 50 100 6.032,00 €
10 24/03/2026 20:10 11683/2026 INSTALACIONES TECNICAS VIZCAINO Y DE ANDRES S.L.  B02728855 12.795,08 € 50 50 100 10.000,00 €
11 12/03/2026 18:08 11467/2026 ALICIA NAVAS LOZANO 45317655L 12.939,68 € 50 40 90 12.939,68 €
12 18/03/2026 13:58 11428/2026 MARTINEZ*ARMENGOL,JULIO 45271376Q 2.026,00 € 50 40 90 2.026,00 €
13 24/03/2026 11685/2026 ABDELLAH*ABDELKADER,FAISAN 45301886M 13.189,20 € 50 40 90 9.989,20 €
14 25/03/2026 12:08 11754/2026 NEGOCIOS LAVENDING S.L B70757885 17.363,27 € 50 40 90 11.363,27 €

15 25-3-26 15:12 11698/2026 MIMOUN EL MAMOUNI OUHARROU 44112636Q 1.327,82 € 50 40 90 1.297,82 €
16 25/03/2026 20:09 11735/2026 CHAHIRA MIMUN EL MILOUD 45305652E 8.350,09 € 50 40 90 4.420,52 €
17 11/03/2026 9:00 11390/2026 INSTALACIONES Y SISTEMAS ELECTRICOS PORTILLO S.L B52042199 7.020,00 € 50 30 80 7.020,00 €
18 12/03/2026 19:28 11474/2026 FARMACIA ARROYO MELILLA C.B. E52002557 9.954,00 € 50 30 80 9.558,00 €
19 13/03/2026 11475/2026 SERVINEL S.A. A29950151 13.900,00 € 50 30 80 13.900,00 €
20 13/03/2026 11478/2026 MULTITALLER MELILLA SL B52042066 5.331,80 € 50 30 80 4.788,00 €
21 16/03/2026 00:00 11481/2026 JOSE ESCOZ ZAMORA 45300108K 17.073,00 € 50 30 80 15.480,00 €
22 16/03/2026 19:47 11598/2026 LISA BOUBNANE GILHESPY 45317969B 6.500,00 € 50 30 80 6.500,00 €
23 19/03/2026 20:35 11618/2026 GINEL*CASTELLO,ELENA  45285002A 16.382,84 € 50 30 80 16.000,00 €
24 23/03/2026 11680/2026 FARMACIA LA FE, CB E52029121 13.759,20 € 50 30 80 13.759,20 €
25 24/03/2026 16:43 11639/2026 ANGEL LUIS PUGA DE LA RIVA 45273390Y 11.992,00 € 50 30 80 11.992,00 €
26 25/03/2026 11:43 11740/2026 DECCO HOGAR MELILLA, S.L.  B52036316 14.328,42 € 50 30 80 14.328,42 €
27 25-3-26 14:18 11696/2026 SOGORB E HIJOS S.L. B29953817 14.222,87 € 50 30 80 14.222,87 €
28 25/03/2026 19:04 11703/2026 PRONOR CUATRO CAMINOS S.L. B29956422 49.683,20 € 50 30 80 16.000,00 €
29 12/03/2026 11427/2026 SOUAD MOHAMED HADDOU MOUAOUIN 45301572J 3.375,74 € 0 50 50 3.375,74 €
30 13/03/2026 18:53 11479/2026  SARA SALAH MOHATAR 45310490F 9.797,44 € 0 50 50 3.297,44 €
31 27/03/2026 11804/2026 NADIA MOHAMED AHMED 45281712W 2.877,46 € 0 50 50 2.877,46 €
32 16/03/2026 00:00 11480/2026 CENTRO DE NEGOCIOS Y ASESORAMIENTO  MELILLA SL B52011160 14.004,64 € 0 40 40 14.000,00 €
33 23/03/2026 18:46 11682/2026 EL HOUTHOUTI*MOHAMED,ABDESLAM  45314139E 12.728,57 € 0 40 40 12.728,57 €

34 24/03/2026 13:08 11694/2026 COCOLOMO S.L. B09614439 9.752,60 € 0 40 40 9.700,60 €
35 25/03/2026 11688/2026 MOHAMED*ABDEL-LAH,YAMILA 45285595K 4.484,00 € 0 40 40 4.484,00 €
36 16/03/2026 00:00 11505/2026 PARFO S.L B52039377 16.104,00 € 0 30 30 16.000,00 €
37 16/03/2026 19:44 11584/2026 CANON EQUIPOS DE OFICINA DE MELILLA, SL B29958782 5.591,71 € 0 30 30 5.591,71 €
38 17/03/2026 10:10 11609/2026 ROSSO*MARTINEZ,JUAN MANUEL 45066013C 5.351,35 € 0 30 30 5.351,35 €
39 18/03/2026 11453/2026 CAMASEDI S.L. B52040102 9.957,60 € 0 30 30 9.957,60 €
40 23/03/2026 19:00 11684/2026 pedro antonio garrido centeno 45297829L 13.395,20 € 0 30 30 13.395,20 €
41 25/03/2026 11:32 11579/2026 ESPARZA*TANJI,TANIA NARYIS 45305910G 6.085,30 € 0 30 30 5.045,26 €
            TOTAL 375.392,96 €

 

2.- Proponer provisionalmente la CONCESIÓN de la subvención solicitada a los solicitantes  que se relacionan a continuación, por el importe que se indica:

Se procede a prorratear el importe de la concesión inicial de conformidad con el artículo 14 de la convocatoria, siendo propuestos provisionalmente  como beneficiarios:

Listado de propuestos provisionalmente  como beneficiarios (17 expedientes):

 

ORDEN FECHA ENTRADA Nº  EXPEDIENTE  NOMBRE/ DENOM. SOLICITANTE NIF IMPORTE SOLICITADO CRITERIO BENF. CONV. 2025 CRITERIO DIMENSIÓN DE LA EMPRESA TOTAL PUNTOS IMPORTE CONCESIÓN IMPORTE CONCESIÓN PRORRATEADO
1 12/03/2026 11448/2026 HELADOS RIMINI C.B. E52030152 11.448,45 € 50 50 100 10.000,00 € 10.000,00 €
2 13/03/2026 14:04 11477/2026 MOLIA TAMDEM S.L B13799952 12.318,86 € 50 50 100 11.340,00 € 10.000,00,€
3 13/03/2026 11476/2026 MOHAMED EL HADDAD AAGADU 60259129A 10.937,00 € 50 50 100 10.937,00 € 10.000,00
4 16/03/2026 11509/2026 NOR EL MESSOUDI-AHMED AL-LAL 45300589L 6.712,64 € 50 50 100 6.712,64 € 6.712,64 €

5 16/03/2026 17:24 11527/2026 SALAH INTERNATIONAL C.B E52002870 11.714,56 € 50 50 100 10.000,00 € 10.000,00 €
6 16/03/2026  19:21:47 11563/2026 EL ASMANI*OUALKAYD,NASIRA 12491027A 7.391,24 € 50 50 100 7.391,24 € 7.391,24 €
7 18/03/2026  18:50 11508/2026 BITAN*LEVY,NISIM 45270397A 6.802,17 € 50 50 100 6.802,17 € 6.802,17 €
8 19/03/2026 12:21 11534/2026 GLORIA SOL S.L B52016433 5.326,80 € 50 50 100 4.788,00 € 4.788,00 €
9 19/03/2026 14:37 11551/2026 MOHAMED*MOHAND-BENDAHOU,ABDELKADER 45316803H 6.032,00 € 50 50 100 6.032,00 € 6.032,00 €
10 24/03/2026 20:10 11683/2026 INSTALACIONES TECNICAS VIZCAINO Y DE ANDRES S.L.  B02728855 12.795,08 € 50 50 100 10.000,00 € 10.000,00 €
11 12/03/2026 18:08 11467/2026 ALICIA NAVAS LOZANO 45317655L 12.939,68 € 50 40 90 12.939,68 € 10.351,74 €
12 18/03/2026 13:58 11428/2026 MARTINEZ*ARMENGOL,JULIO 45271376Q 2.026,00 € 50 40 90 2.026,00 € 2.026,00 €
13 24/03/2026 11685/2026 ABDELLAH*ABDELKADER,FAISAN 45301886M 13.189,20 € 50 40 90 9.989,20 € 9.989,20 €
14 25/03/2026 12:08 11754/2026 NEGOCIOS LAVENDING S.L B70757885 17.363,27 € 50 40 90 11.363,27 € 10.000,00 €
15 25-3-26 15:12 11698/2026 MIMOUN EL MAMOUNI OUHARROU 44112636Q 1.327,82 € 50 40 90 1.297,82 € 1.297,82 €
16 25/03/2026 20:09 11735/2026 CHAHIRA MIMUN EL MILOUD 45305652E 8.350,09 € 50 40 90 4.420,52 € 4.420,52 €
17 11/03/2026 9:00 11390/2026 INSTALACIONES Y SISTEMAS ELECTRICOS PORTILLO S.L B52042199 7.020,00 € 50 30 80 7.020,00 € 7.020,00 €
              TOTAL 126.831,33 €

 

Al ser el importe de la concesión prorrateada del siguiente solicitante en la lista (9.558,00€) superior al remanente (5.215,98€), los siguientes solicitantes quedarán en lista de espera para el caso de que alguna de las subvenciones concedidas quedara sin efecto por renuncia, en cuyo caso se le podrá otorgar la subvención solicitada siempre y cuando se haya liberado crédito suficiente para atender al menos la primera de las solicitudes denegadas:

3.- Proponer provisionalmente la NO CONCESIÓN de la subvención solicitada a los solicitantes  que se relacionan a continuación, con la clasificación y por el importe que se indica:

Listado de no propuestos provisionalmente  como beneficiarios (24 expedientes):

 

ORDEN FECHA ENTRADA Nº  EXPEDIENTE  NOMBRE/ DENOM. SOLICITANTE NIF IMPORTE SOLICITADO CRITERIO BENF. CONV. 2025 CRITERIO DIMENSIÓN DE LA EMPRESA TOTAL PUNTOS IMPORTE CONCESIÓN IMPORTE CONCESIÓN PRORRATEADO
1 12/03/2026 19:28 11474/2026 FARMACIA ARROYO MELILLA C.B. E52002557 9.954,00 € 50 30 80 9.558,00 € 9.558,00 €
2 13/03/2026 11475/2026 SERVINEL S.A. A29950151 13.900,00 € 50 30 80 13.900,00 € 11.120,00 €

3 13/03/2026 11478/2026 MULTITALLER MELILLA SL B52042066 5.331,80 € 50 30 80 4.788,00 € 4.788,00 €
4 16/03/2026 00:00 11481/2026 JOSE ESCOZ ZAMORA 45300108K 17.073,00 € 50 30 80 15.480,00 € 12.384,00 €
5 16/03/2026 19:47 11598/2026 LISA BOUBNANE GILHESPY 45317969B 6.500,00 € 50 30 80 6.500,00 € 6.500,00 €
6 19/03/2026 20:35 11618/2026 GINEL*CASTELLO,ELENA  45285002A 16.382,84 € 50 30 80 16.000,00 € 12.800,00 €
7 23/03/2026 11680/2026 FARMACIA LA FE, CB E52029121 13.759,20 € 50 30 80 13.759,20 € 11.007,36 €
8 24/03/2026 16:43 11639/2026 ANGEL LUIS PUGA DE LA RIVA 45273390Y 11.992,00 € 50 30 80 11.992,00 € 10.000,00 €
9 25/03/2026 11:43 11740/2026 DECCO HOGAR MELILLA, S.L.  B52036316 14.328,42 € 50 30 80 14.328,42 € 11.462,74 €
10 25-3-26 14:18 11696/2026 SOGORB E HIJOS S.L. B29953817 14.222,87 € 50 30 80 14.222,87 € 11.378,30 €
11 25/03/2026 19:04 11703/2026 PRONOR CUATRO CAMINOS S.L. B29956422 49.683,20 € 50 30 80 16.000,00 € 12.800,00 €
12 12/03/2026 11427/2026 SOUAD MOHAMED HADDOU MOUAOUIN 45301572J 3.375,74 € 0 50 50 3.375,74 € 3.375,74 €
13 13/03/2026 18:53 11479/2026  SARA SALAH MOHATAR 45310490F 9.797,44 € 0 50 50 3.297,44 € 3.297,44 €
14 27/03/2026 11804/2026 NADIA MOHAMED AHMED 45281712W 2.877,46 € 0 50 50 2.877,46 € 2.877,46 €
15 16/03/2026 00:00 11480/2026 CENTRO DE NEGOCIOS Y ASESORAMIENTO  MELILLA SL B52011160 14.004,64 € 0 40 40 14.000,00 € 11.200,00 €
16 23/03/2026 18:46 11682/2026 EL HOUTHOUTI*MOHAMED,ABDESLAM  45314139E 12.728,57 € 0 40 40 12.728,57 € 10.182,86 €
17 24/03/2026 13:08 11694/2026 COCOLOMO S.L. B09614439 9.752,60 € 0 40 40 9.700,60 € 9.700,60 €
18 25/03/2026 11688/2026 MOHAMED*ABDEL-LAH,YAMILA 45285595K 4.484,00 € 0 40 40 4.484,00 € 4.484,00 €
19 16/03/2026 00:00 11505/2026 PARFO S.L B52039377 16.104,00 € 0 30 30 16.000,00 € 12.800,00 €
20 16/03/2026 19:44 11584/2026 CANON EQUIPOS DE OFICINA DE MELILLA, SL B29958782 5.591,71 € 0 30 30 5.591,71 € 5.591,71 €
21 17/03/2026 10:10 11609/2026 ROSSO*MARTINEZ,JUAN MANUEL 45066013C 5.351,35 € 0 30 30 5.351,35 € 5.351,35 €
22 18/03/2026 11453/2026 CAMASEDI S.L. B52040102 9.957,60 € 0 30 30 9.957,60 € 9.957,60 €
23 23/03/2026 19:00 11684/2026 pedro antonio garrido centeno 45297829L 13.395,20 € 0 30 30 13.395,20 € 10.716,16 €
24 25/03/2026 11:32 11579/2026 ESPARZA*TANJI,TANIA NARYIS 45305910G 6.085,30 € 0 30 30 5.045,26 € 5.045,26 €
            TOTAL  208.378,57€  

 


4.- Proponer  provisionalmente  por  DESFAVORABLES/DESISTIDOS  las  solicitudes,  por  no cumplimiento de alguno de los requisitos de las bases reguladoras o de la convocatoria, falta de subsanación del requerimiento efectuado o renuncia expresa, indicándose el motivo que lo causa, de los solicitantes que se relacionan a continuación :

DESFAVORABLES / DESISTIMIENTO  (23 EXPEDIENTES)

 

ORDEN RF ADICIONAL Nº  EXPEDIENTE  NOMBRE/ DENOM. SOLICITANTE NIF CAUSA
1 MC20051/2026 11760/2026 ABDULKARIM AMAR MOHAND 45289434L
FALTA CONTRATO DE CESIÓN DEL LOCAL REGISTRADO
2 MC20001/2026 11231/2026 SAMIR DRIS MOHAMED 45282408P EXCLUIDO NO EJERCE ACTIVIDAD EN LOCAL
3 MC20043/2026 11676/2026 VILLARROEL*SOLANO,VALENTIN 06946684V NO APORTA EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
4 MC20052/2026 11765/2026 DOLORES, CALABUIG MUREZ 45279738Y EPIGRAFE DEL IAE NO SUBVENCIONABLE
5 MC20053/2026 11770/2026 DRIS MANAN OMAR 45279496V EPIGRAFE DEL IAE NO SUBVENCIONABLE
6 MC20064/2026 11794/2026 MULTISERVICIOS ILIAS S.L B10682797 SOLICITUD PRESENTADA FUERA DE PLAZO
7 MC20066/2026 11811/2026  NURIA GONZALEZ ALGARRA 45291666C SOLICITUD PRESENTADA FUERA DE PLAZO
8 MC20028/2026 11564/2026 ELKHAYR ATTIJARI, S.L B52029485 NO APORTA LA DOCUMENTAIÓN REQUERIDA
FALTA: ANEXO VI, ANEXO IX, LICENCIA, CONTRATO DE ALQUILLER O NOTA SIMPLE,
EL CERT. SEG.SOC NEGATIVO Y EL CERT.DEUDAS CAM NEGATIVO
9 MC20031/2026 11656/2026 VALLE DEL*VILLALOBOS,GABRIEL 25734275N NO ES BENEFICIARIO
SE HA DADO DE ALTA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS EL 19/03/26
10 MC20035/2026 11690/2026 TIEB*MOHAMED,YUSEF  45281723J EPIGRAFE DEL IAE NO SUBVENCIONABLE
11 MC20037/2026 11692/2026 GARCIA*GARCIA,JESUS JAVIER 45296745Q _ NOTIFICADA EL 08/04/26
_ NO APORTA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
_FALTA ANEXO VII
_CONTRATO DE ALQUILER NO ESTÁ REGISTRADO
12 MC20045/2026 11686/2026 ALONSO*VALVERDE,ALEJANDRO 45298294R TIENE DEUDA CON LA CAM
13 MC20046/2026 11687/2026 AHMED*MOHAMED,SUFIAN 45296322F NO ESTÁ AL CORRIENTE CON LA SEG.SOC
14 MC20039/2026 11695/2026 AZEGGAGHE,RAZIKA Y1006763K NO HA APORTADO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, FALTA:
_NO DEUDA AEAT
_ DEUDAS CON LA CAM
15 MC20055/2026 11697/2026 VACIO VACIO EXPEDIENTE VACIO
16 MC20057/2026 11699/2026 MOHAMED OUALKAYD X7004196Y  EPIGRAFE DEL IAE NO SUBVENCIONABLE
17 MC20058/2026 11700/2026 DOUHA EL AAMRAOUI X3304922Y NO APORTA LA LICENCIA DE APERTURA Y CERTIFICADO DE AEAT APORTADO ES NEGATIVO

18 MC20059/2026 11701/2026 BRAHIM HADDOUCHI EL BOUSNANI 44112399D  IAE NO SUBVENCIONABLE
19 MC20063/2026 11753/2026 SADIK MOHAMED MOHAMED 45300176C NO TIENE LOCAL PERMANENTE
20 MC20003/2026 11416/2026 MERCEDES MONTERO CALVO 45275250A NO APORTA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
_ FALTA EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO O NOTA SIMPLE DEL LOCAL
_ FALTA  ANEXO VI O CERT.CUENTA BANCARIA
_ TIENE DEUDAS CON LA CAM
21 MC20017/2026 11518/2026 PELUQUERIA REM/ MARIA REMEDIOS GONZALEZ ALGARRA 45291667K EPIGRAFE NO SUBVENCIONABLE
22 MC20048/2026 11689/2026 ABDELATY MABJOUB  HADI 45308773S DESISTIDO
23 MC20060/2026 11702/2026 VACIO VACIO EXPEDIENTE VACIO

 

5.- Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada supongan una mejora en las infraestructuras y servicios del local comercial, o bien una modernización y/o especialización de los mismos y resulten estrictamente necesarios y que estén ejecutados en su totalidad en el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026.

6.- Asimismo la justificación del cumplimiento de los compromisos se realizará mediante rendición de cuenta justificativa, en la forma y plazo previsto en el presente artículo, en la que se deberá incluir bajo responsabilidad del beneficiario, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar su cumplimiento, y las entidades beneficiarias tendrán que presentar la justificación del proyecto de inversión antes del 15/05/2026.

7.- El abono de las ayudas, se realizará conforme a lo señalado en el artículo decimoctavo de la Convocatoria:

1. El pago de las ayudas se realizará de la siguiente forma:

  1. En los casos en que no se haya ejecutado más de la mitad del proyecto de inversión a la fecha de presentación de la solicitud, y en los casos en que lo haya solicitado el beneficiario, pago de un anticipo inicial de hasta el 50% del importe total de la subvención concedida, una vez publicada en el BOME la Resolución de concesión definitiva. El importe restante, hasta el importe total de la subvención, se abonará vez que haya justificado el beneficiario la totalidad del proyecto de inversión, conforme a lo establecido en la resolución de concesión de las ayudas.
  2. Para los casos en los que el proyecto de inversión se haya ejecutado en un porcentaje superior al 50% del importe solicitado a la fecha de presentación de la solicitud, pago único del 100% de la subvención concedida una vez que haya justificado el beneficiario la totalidad del proyecto de inversión.

2. Los beneficiarios deberán acreditar, previamente al cobro de la subvención, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

3. No podrá realizarse el pago de la subvención cuando la empresa sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro, salvo que realice o garantice las devoluciones de las cantidades debidas.

4. El incumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidas en la resolución, así como en estas bases reguladoras y convocatoria, conllevará el inicio del procedimiento de reintegro.

8.- Se notifique la presente a los solicitantes mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME) de acuerdo con el apartado decimoquinto de la Convocatoria, indicándole que la propuesta de resolución provisional no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.

9.- Participarles a  los  solicitantes que tienen, un  plazo de cinco días naturales, a  partir de la notificación de la presente, para consultar el expediente y/o efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el apartado Decimoquinto de la Convocatoria.

 

Melilla, a 23 de abril de 2026,

El Director General Acctal. de Innovación Tecnológica,

Jesús Martínez García