ARTÍCULO 68 - BOME-AX-2026-68

BOME EXTRA Nº 25 del miércoles, 17 de junio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

Orden nº 1064, de fecha 11 de junio de 2026, relativa a convocatoria de la II Edición de Premios Extraordinarios a los estudiantes de 2º curso de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño de los Ciclos de Grado Superior de Melilla con los mejores resultados académicos, convocatoria ordinaria de junio, durante el curso académico 2025/2026.


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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 11/06/2026, registrada al número 2026001064, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma aprobó, en sesión ordinaria del día 05 de junio de 2026, las Bases de la II EDICIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS A LOS ESTUDIANTES DE 2º CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO DE LOS CICLOS DE GRADO SUPERIOR DE MELILLA CON LOS MEJORES RESULTADOS ACADÉMICOS. CONVOCATORIA ORDINARIA DE JUNIO, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 las cuales serán de inexcusable cumplimiento, y que son:

1.- Podrá optar a estos premios extraordinarios el alumnado que, durante el presente curso académico, esté matriculado en segundo curso de un ciclo de Grado Superior de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño en la Ciudad Autónoma de Melilla.

2.- Será premiado con 5.000 euros el alumno o alumna de segundo curso con la mejor calificación final (media de todo el ciclo completo) de cada uno de los ciclos de Grado Superior de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño que se imparten en Melilla durante el curso académico 2025-2026.

En caso de renuncia por parte del alumnado premiado, el premio se concederá al siguiente candidato según el orden de puntuación.

Del importe del premio se deducirán las cantidades que, en concepto de retención o cualquier otra incidencia fiscal, resulten procedentes.

3.- En caso de empate entre varios candidatos con la misma calificación final (media de todo el ciclo), se adjudicará el premio a quien tenga el mejor expediente académico en el 2º curso. De mantenerse la igualdad, se procederá a un sorteo público que determinará la persona ganadora. Todo el proceso de desempate deberá quedar debidamente documentado mediante la correspondiente acreditación académica, que deberá ser aportada por los propios interesados.

4. Las obligaciones económicas derivadas de la presente edición comportan un gasto máximo total de 120.000 euros, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 14/32602/48000, operación presupuestaria: RC núm. 12026000007361 del día 17 de febrero de 2026.

5. La presente edición del premio se resolverá mediante Orden del Excmo. Consejero de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla tras la información pertinente recabada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

6. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla queda facultada para resolver cualquier duda o incidente que se planteara en el desarrollo y cumplimiento de estas bases previo informe de su Dirección General de Política Educativa.

Dichos ciclos están regulados en la actualidad mediante la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Es pretensión de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla, incentivar al alumnado melillense que ha finalizado los estudios reglados de un ciclo de Grado Superior de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño, premiando a aquellos/as que realizan un esfuerzo destacado para obtener el mejor resultado en cada uno de los diferentes ciclos que se imparten.

La presente edición del premio tiene por objeto reconocer públicamente y premiar los méritos basados en el esfuerzo y trabajo de aquellos alumnos y alumnas de 2º curso de ciclos de Grado Superior de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño de nuestra ciudad que obtengan el mejor resultado académico (media de todo el ciclo) en cada uno de los diferentes ciclos de Grado Superior que se imparten en Melilla.


De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien  directamente recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación.

No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso, si así se cree conveniente bajo su responsabilidad.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 4107/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

ORDENAR la Convocatoria de la II EDICIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS A LOS ESTUDIANTES DE 2º CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO DE LOS CICLOS DE GRADO SUPERIOR DE MELILLA CON LOS MEJORES RESULTADOS ACADÉMICOS. CONVOCATORIA ORDINARIA DE JUNIO, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 con estricta sujeción a las bases aprobadas anteriormente expuestas. Las cuantías de los premios establecidos en la Base segunda se efectuarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2026 14/32602/48000. Retención de Crédito 12026000007361 del 17/02/2026 con dotación de 120.000 euros.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 12 de junio de 2026,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte P.S.,

El Secretario Técnico de Hacienda,

Sergio Conesa Mínguez