ARTÍCULO 86 - BOME-AX-2026-86

BOME EXTRA Nº 34 del viernes, 24 de julio de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA

Decreto nº 305, de fecha 24 de julio de 2026, relativo a nombramiento como Consejero de Fomento Universitario e Investigación a D. Jesús Manuel Romero Imbroda, y como Viceconsejero de Seguridad Ciudadana a D. Pedro María Fernández Antón.


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El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 24 de julio de 2026, registrado al número 2026000305 del Libro Oficial de Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:

“Mediante Real Decreto 605/2023, de 7 de Julio (BOE n.º 162 y BOME extraordinario n.º 43 de 8 de julio de 2023) se ha nombrado Presidente de la Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz, quien fue elegido por mayoría absoluta por la Asamblea melillense en sesión constitutiva celebrada el día 7 de julio de 2023, tomando posesión de su cargo el 8 de julio de 2023.

Una vez constituida la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla resulta necesario proceder al establecimiento de una nueva organización de la estructura institucional y administrativa de la Ciudad, nombrando a los miembros del Consejo de Gobierno, órgano colegiado ejecutivo de la Ciudad integrado por el Presidente y los Consejeros.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE n.º 62 de 14 de marzo de 1995), en concordancia con los artículos 10.1.e), 13.2 y 29.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario n.º 2 de 30 de enero de 2017) corresponde al Presidente nombrar libremente a los Consejeros dando cuenta a la Asamblea de la Ciudad de Melilla.

Además los artículos 10.1 e) y 11.2 del Reglamento de Gobierno y Administración facultan al Presidente a designar de entre los miembros del Consejo de Gobierno uno ovarios Vicepresidentes para que por su orden le sustituyan en caso de ausencia, enfermedad o impedimento, ostentando accidentalmente la Presidencia y desempeñando las funciones ejecutivas, administrativas y de representación de la Ciudad, sin que tal sustitución alcance a las funciones de Presidencia de la Asamblea.

Por último, a tenor del artículo 10.1.f) del precitado Reglamento de Gobierno y Administración corresponde al Presidente nombrar y separar al Portavoz del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.

De conformidad con los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE n.º 62, de 14 de marzo de 1995), en concordancia con los artículos 10.1 e) y 13.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario n.º 2 de 30 de Enero de 2017)l.

VENGO EN DISPONER:

Primero.- El nombramiento, como Consejero de Fomento Universitario e Investigación, de D. Jesús Manuel Romero Imbroda.

Segundo.- El nombramiento, de D. Pedro María Fernández Antón, como Viceconsejero de Seguridad Ciudadana,  adscrita a la Consejería de Seguridad Ciudadana.

Dése cuenta al Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla del presente Decreto, en cumplimiento de lo previsto por los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla en concordancia con los arts. 10.1 e) y 13.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Que se proceda a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Melilla, de conformidad con el art. 29.3 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y a la difusión de su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el art. 11.2.a) del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y d ella Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

 


No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente, bajo su responsabilidad.

Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, 24 de julio de 2026,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez