Decreto nº 305, de fecha 24 de julio de 2026, relativo a nombramiento como Consejero de Fomento Universitario e Investigación a D. Jesús Manuel Romero Imbroda, y como Viceconsejero de Seguridad Ciudadana a D. Pedro María Fernández Antón.
El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 24 de julio de 2026, registrado al número 2026000305 del Libro Oficial de Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“Mediante Real Decreto 605/2023, de 7 de Julio (BOE n.º 162 y BOME extraordinario n.º 43 de 8 de julio de 2023) se ha nombrado Presidente de la Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz, quien fue elegido por mayoría absoluta por la Asamblea melillense en sesión constitutiva celebrada el día 7 de julio de 2023, tomando posesión de su cargo el 8 de julio de 2023.
Una vez constituida la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla resulta necesario proceder al establecimiento de una nueva organización de la estructura institucional y administrativa de la Ciudad, nombrando a los miembros del Consejo de Gobierno, órgano colegiado ejecutivo de la Ciudad integrado por el Presidente y los Consejeros.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE n.º 62 de 14 de marzo de 1995), en concordancia con los artículos 10.1.e), 13.2 y 29.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario n.º 2 de 30 de enero de 2017) corresponde al Presidente nombrar libremente a los Consejeros dando cuenta a la Asamblea de la Ciudad de Melilla.
Además los artículos 10.1 e) y 11.2 del Reglamento de Gobierno y Administración facultan al Presidente a designar de entre los miembros del Consejo de Gobierno uno ovarios Vicepresidentes para que por su orden le sustituyan en caso de ausencia, enfermedad o impedimento, ostentando accidentalmente la Presidencia y desempeñando las funciones ejecutivas, administrativas y de representación de la Ciudad, sin que tal sustitución alcance a las funciones de Presidencia de la Asamblea.
Por último, a tenor del artículo 10.1.f) del precitado Reglamento de Gobierno y Administración corresponde al Presidente nombrar y separar al Portavoz del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De conformidad con los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE n.º 62, de 14 de marzo de 1995), en concordancia con los artículos 10.1 e) y 13.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario n.º 2 de 30 de Enero de 2017)l.
VENGO EN DISPONER:
Primero.- El nombramiento, como Consejero de Fomento Universitario e Investigación, de D. Jesús Manuel Romero Imbroda.
Segundo.- El nombramiento, de D. Pedro María Fernández Antón, como Viceconsejero de Seguridad Ciudadana, adscrita a la Consejería de Seguridad Ciudadana.
Dése cuenta al Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla del presente Decreto, en cumplimiento de lo previsto por los artículos 14.2 y 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla en concordancia con los arts. 10.1 e) y 13.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Que se proceda a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Melilla, de conformidad con el art. 29.3 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y a la difusión de su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el art. 11.2.a) del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y d ella Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente, bajo su responsabilidad.
Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.
Melilla, 24 de julio de 2026,
El Secretario General Acctal. de la Asamblea,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 14/02/2025),
Diego Giner Gutiérrez