Orden nº3646, de fecha 3 de agosto de 2026, relativa a relación definitiva de los aspirantes para la provisión de un puesto de trabajo de Personal Directivo Profesional de Director/a General de Turismo, por el sistema de libre designación.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 03/08/2026, registrada al número 2026003646, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Habiendo finalizado el pasado día 31 de julio el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para la provisión de un puesto de trabajo de personal directivo profesional de Director/a General de Turismo, por el sistema de libre designación, publicada en el B.O.ME. número 6389, de 19 de junio de 2026, y dado que no se han presentado alegaciones a la misma,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 21131/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La admisión y exclusión definitiva de los siguientes aspirantes:
ASPIRANTES ADMITIDOS
| ORDEN | APELLIDOS Y NOMBRE |
| 1 | MAYOR OLEA, LUIS J. |
| 2 | SUSÍN PERTUSA, CARLOS A. |
| 3 | VÁZQUEZ NEIRA, MANUEL |
ASPIRANTES EXCLUIDOS
| ORDEN | APELLIDOS Y NOMBRE |
| 1 | GINER GUTIÉRREZ, DIEGO |
| 2 | RODRÍGUEZ GIMENO, ERNESTO |
Motivo de la exclusión: No acreditar uno de los requisitos específicos exigidos en las Bases de la Convocatoria (Tener formación en procedimiento administrativo común, contratación pública y presupuestos, debiendo al menos, acreditar un mínimo de 90 horas de formación en su conjunto).
Publíquese la lista de admitidos y excluidos en la web de la CAM y en el Boletín Oficial de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en la Base 7ª de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante Concursos publicadas en el B.O.ME. número 6357 de fecha 27 de febrero de 2026.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 3 de agosto de 2026,
El Secretario Técnico de Administración Pública P.A.
La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,
Pilar Cabo León