ARTÍCULO 104 - BOME-AX-2026-104

BOME EXTRA Nº 42 del martes, 29 de septiembre de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Orden nº 4393, de fecha 25 de septiembre de 2026, relativa a rectificación de errores en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la provisión en propiedad de treinta plazas de Auxiliar Administrativo, pertenecientes a la escala de administración general, subescala auxiliar, por el procedimiento de oposición libre.


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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 25/09/2026, registrada al número 2026004393, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Advertidos diversos errores materiales en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la provisión en propiedad de treinta plazas de Auxiliar Administrativo, pertenecientes a la escala de administración general, subescala auxiliar, por el procedimiento de oposición libre ( con reserva cuatro plazas para el cupo de personas con diversidad funcional), consistentes en la exclusión indebida de determinados aspirantes, la omisión de otros que no figuraban ni como admitidos ni como excluidos, así como determinadas incorrecciones en la inclusión de aspirantes en los correspondientes listados.

Comprobado que las personas afectadas presentaron sus solicitudes y, en su caso, efectuaron las correspondientes subsanaciones en tiempo y forma, cumpliendo los requisitos exigidos para su admisión en el proceso selectivo y en el cupo correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al cual las Administraciones Públicas podrán rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14342/2026, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Primero.- Rectificar los errores materiales advertidos en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, incluyendo en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el cupo general, por haber presentado su solicitud de participación en tiempo y forma y cumplir los requisitos exigidos, a las siguientes personas:

  1. Dña. Yamila Tahiri Tahrioui.
  2. Dña. Ascensión Plata Berenjeno.
  3. Dña. Rocío del Pilar Pérez Pérez.
  4. Dña. Ikram Aanan Mimún.
  5. D. Álvaro Domínguez Torralbo.
  6. Dña. Dunia Mohamed Ahmed.
  7. D. Yemel Hattab Ismael.
  8. Dña. Beatriz Pérez Rodríguez.
  9. Dña. Genoveva Plaza Rodríguez.
  10. D. Pablo José López Castellanos.

Segundo.- Rectificar el error material advertido respecto de Dña. Teresa García Márquez, procediendo a su inclusión en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el cupo de discapacidad, al haber efectuado la correspondiente subsanación en tiempo y forma y cumplir los requisitos exigidos para su participación por dicho cupo.

Tercero.- Rectificar el error material advertido respecto de Dña. Farah Ahmed Moh, quien figura simultáneamente en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, manteniendo su condición de aspirante admitida por el cupo de discapacidad, al cumplir los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo por dicho cupo, y procediendo, en consecuencia, a eliminarla de la relación de aspirantes excluidos.

Cuarto.- Mantener inalterado el resto del contenido de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en todo aquello que no resulte afectado por la presente rectificación.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).


El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 28 de septiembre de 2026,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler