ARTÍCULO 129 - BOME-AX-2026-129

BOME EXTRA Nº 49 del viernes, 30 de octubre de 2026

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO

Extracto de la modificación de la convocatoria para la concesión de las ayudas del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Ciudad Autónoma de Melilla mediante el sistema de bonos “Activa Comercio Melilla”, ejercicio 2026.


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TituloES: MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN E INCENTIVACIÓN DEL CONSUMO EN LOS COMERCIOS MINORISTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA MEDIANTE EL SISTEMA DE BONOS «ACTIVA COMERCIO MELILLA». EJERCICIO 2026

TextoES: BDNS(Identif.):937811

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/937811)

I- FINALIDAD: La finalidad de esta Convocatoria de ayudas es:a) Incentivar la demanda comercial mediante una ayuda directa en forma de descuentos para las personas consumidoras.b) Reforzar la actividad económica del comercio minorista local, promoviendo la compra de bienes en comercios de proximidad adheridos.c) Mitigar el impacto de la actual situación económica e inflacionaria en consumidores y comercios.d) Mejorar la liquidez y el fondo de maniobra de los establecimientos minoristas de Melilla. 

II- OBJETO: La presente Convocatoria tienen por objeto la concesión de las ayudas públicas correspondientes al Programa denominado “Activa Comercio Melilla”, de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de Melilla, mediante la utilización de bonos descuento.

III- FINANCIACIÓN: Estas ayudas se financiarán con cargo a Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla. Concretamente, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria06/43300/48900 “ACTIVA COMERCIO MELILLA” por un importe máximo de 300.000,00 euros, según consta en el documento contable de Retención de Crédito RC 12026000074721 de fecha 14/08/2026. 

IV- PERIODO DE VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:  1. Lo dispuesto en la presente Convocatoria será de aplicación hasta que el agotamiento del crédito presupuestario asignado a la misma y en todo caso el 31 de diciembre de 2026.2. Lo dispuesto en esta Convocatoria será de aplicación en todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla. 

V- BENEFICIARIOS: 

1. Podrán beneficiarse del presente programa de ayudas las personas físicas mayores de edad empadronadas en Melilla que realicen compras en los establecimientos comerciales adheridos, que declaren responsablemente que no estén incurso en ninguna prohibición establecida en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones y que se no tengan deudas en periodo ejecutivo con respecto a sus obligaciones con la AEAT, la TGSS y la Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla y que se registren en la aplicación que se dispone al efecto, descargando los correspondientes bonos conforme al procedimiento establecido.2. La misma persona no podrá beneficiarse de más de un bono durante la vigencia de esta convocatoria.3. El beneficiario de este programa de ayudas, quedará sujeto como beneficiario de una subvención, al cumplimiento de las obligaciones tributarias que procedan (ganancia patrimonial en el IRPF) y de otro orden, en su caso. 

VI- ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE:  1. Esta Convocatoria de ayudas subvencionará la compra de bienes de consumo realizada en los establecimientos minoristas de Melilla adheridos al programa de ayudas, mediante la aplicación de los bonos que se pondrán a disposición de los solicitantes a través de medios electrónicos.2. Solo serán subvencionables las compras efectuadas antes del 15 de diciembre de 2026. VII- TIPOS Y CUANTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS: 1. El valor máximo de los bonos no podrá ser superior a OCHENTA EUROS (80,00 €) ni suponer un porcentaje superior al 40% del importe de la compra efectuada.2. Los bonos no podrán utilizarse para adquirir tarjetas regalo, vales o productos equivalentes y solo podrán usarse de forma presencial. 

VII- Podrán adherirse al presente programa los comercios minoristas locales con establecimiento permanentes en Melilla que reúnan los siguientes requisitos:a) Desarrollar una actividad de comercio menor en Melilla.b) Ser personas físicas autónomos/as, personas jurídicas consideradas microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) o entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que estén de alta en alguno de los  epígrafes del IAE correspondientes a comercio menor, relacionados en el punto "UNDÉCIMO.- ADHESIÓN DE COMERCIOS" de la Convocatoria. 


c) Disponer de un local abierto al público en el ámbito territorial de aplicación de la presente convocatoria.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2026-10-29

Firmante: Dº MIGUEL MARIN COBOS,

Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo Y de Fomento