ARTÍCULO 298 - BOME-A-2018-298

BOME Nº 5536 del viernes, 6 de abril de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 23 de marzo de 2018, relativo a la aprobación de las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de agentes de movilidad, encuadradas en la escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, mediante el sistema de concurso oposición, por promoción interna.


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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el 23 de marzo de 2018, ha procedido a la aprobación de la propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2018000191:

 

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE AGENTES DE MOVILIDAD, ENCUADRADAS EN LA ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS ESPECIALES, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA.

 

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de ConcursoOposición, por promoción interna,  de 2 plazas de Agentes de Movilidad,  encuadradas en el Grupo C2 de la plantilla de funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla, Complemento de destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

 

Dichas plazas están previstas en las Oferta de Empleo Público del año 2017 (B.O.ME. núm. 5464 de 28 de julio de 2017).

 

1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-

 

Además de los requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. núm. 5000 de 15/02/2013, los siguientes:

 

a)    Estar en posesión del Título de ESO, Graduado Escolar, FP-I o equivalente

(deberá acreditarse la equivalencia).

b)    Ser funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla con una antigüedad mínima de dos años, perteneciente al Grupo E de la Escala de Administración Especial.

c)    Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

d)    Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de admisión de instancias.

 

2.-PROCESO DE SELECCIÓN.-

Se celebrará primero la fase de concurso y seguidamente la de oposición.

 

A) FASE DE CONCURSO: En esta fase se valorarán los siguientes méritos, con una puntuación máxima de 4,5 puntos:


-       Cursos: Por curso relacionado con las funciones a desempeñar: 0,01 puntos por hora lectiva hasta un máximo de 1 punto, no valorándose el curso de práctica para el desempeño de las funciones en Comisión de Servicios organizado por la Escuela de Seguridad.

 

Los cursos inferiores a 15 horas lectivas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.

 

La posesión de los méritos deberá acreditarse mediante fotocopia compulsada de los mismos.

 

-       Experiencia: Por cada mes de servicio prestado desempeñando las funciones de Agente de Movilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla, 0,25 puntos hasta un máximo de 2,5 puntos.

 

-       Nivel de Formación: Poseer titulación académica superior a la exigida como requisito en la convocatoria:

 

a)    Título Universitario de Grado Superior o equivalente, 1punto.

b)    Título Universitario de Grado Medio o equivalente y Diplomatura, 0,75 puntos.

c)    Título de Técnico Superior, 0,65 puntos.

d)    Título de Bachiller o equivalente, 0,5 puntos.

 

La puntuación será la que se derive de la acreditación de una titulación superior a la exigida, sin posibilidad de acumular puntuación por diversas titulaciones. B) FASE DE OPOSICIÓN: Constará de las siguientes pruebas:

 

a)            Prueba de conocimientos: Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto teórico-práctico planteado por el Tribunal momentos antes de la realización del ejercicio. El aspirante expondrá cuantas actuaciones y otras medidas adoptadas sean necesarias para su conclusión. El Tribunal calificará el ejercicio juzgando el orden de las actuaciones, exposición y planteamiento, razonamiento, legislación aplicada y eficacia de las conclusiones propuestas para su resolución. Tiempo máximo de realización del ejercicio: 90 minutos.

b)            Prueba de Callejero: Desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de 30 minutos, un supuesto teórico sobre conocimiento general del Callejero de Melilla, en relación al tráfico rodado y sentido y direcciones de circulación, propuesto por el Tribunal, momentos antes del inicio de la prueba.

 

Todas las pruebas de esa fase son obligatorias y eliminatorias, calificándose la prueba de callejero de Apto o No Apto y el supuesto teórico-práctico se puntuará de 0 a 10 puntos, precisándose un mínimo de 5.

 

3.- CALIFICACION FINAL.

 

A fin de establecer el orden definitivo de los aspirantes aprobados, la calificación final del Concurso-Oposición se obtendrá sumando las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la calificación de la fase de concurso.

 

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite será nulas de pleno derecho.


El Tribunal una vez realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.

 

4.- RELACIÓN DE APROBADOS Y NOMBRAMIENTO.

 

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación a la Autoridad competente para que efectúe el nombramiento. Una vez aprobada la propuesta por el Excmo. Sr. Presidente, el nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de 48 horas, a contar desde la notificación del nombramiento. Si no se tomara posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

 

 En aplicación de lo previsto en el art. 77 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de origen, anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas queda fijado en veinte, según el siguiente:

 

PROGRAMA

 

TEMARIO COMÚN

 

TEMA 1.-

 La Constitución Española de 1978. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

TEMA 2.-

 La Corona. Sucesión y Regencia. Las Cortes Generales.

TEMA 3.-

 El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial.

TEMA 4.-

 Las garantías de los derechos y libertados. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.

TEMA 5.-

 La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

TEMA 6.-

 Los actos administrativos: concepto y clases. Recursos administrativos: recurso de alzada y recurso potestativo de reposición.

TEMA 7.-

 El procedimiento administrativo: principios informadores. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

 

TEMARIO ESPECÍFICO:

 

TEMA 1.-

 La Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Disposiciones generales. Principios básicos de actuación.

TEMA 2.-

 La Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: La Policía Local. Funciones. Especial referencia a los Agentes de movilidad.

TEMA 3.-

 Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus agentes. Desórdenes públicos.

TEMA 4.-

 Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención.

TEMA 5.-

 Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor.

TEMA 6.-

 La legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial: Disposiciones generales. Régimen competencial. Normas de comportamiento en la circulación.


TEMA 7.-

 La legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial: autorizaciones administrativas. Infracciones y sanciones, medidas cautelares y responsabilidad.

TEMA 8.-

 Procedimiento sancionador y recursos en materia de tráfico.

TEMA 9.-

 Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones del Agente de Movilidad.

TEMA 10.-

 Alcoholemia: datos, su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.

TEMA 11.-

 El Agente de Movilidad como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.

TEMA 12.-

 Comunicación: Elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.

TEMA 13.-

 Deontología policial. Normas que la establecen.

 

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.

 

Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.

 

Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

 

Lo que le traslado para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 27 de marzo de 2018,

El Secretario,

           José Antonio Jiménez Villoslada