ARTÍCULO Nº 934 (CVE: BOME-A-2018-934) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5591 - martes, 16 de octubre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública


Resolución nº 3855 de fecha 9 de octubre de 2018, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Oficial 1º Administrativo, Personal Laboral, mediante el sistema de concurso - oposición, por promoción interna.

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De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 28 de septiembre de 2018, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas vacantes en la plantilla e incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2015, Personal Laboral, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas,  y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del  Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 35014/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Convocar el proceso de selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con las siguientes:

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIAL 1º ADMINISTRATIVO, PERSONAL LABORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA.

 

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de ConcursoOposición, por promoción interna, de 1 plaza de Oficial Administrativo, Personal Laboral, encuadrada en el Grupo C1, Complemento de destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

 

Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público para el año 2015 (B.O.ME. nº 5220, de 27 de marzo de 2015).

 

1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-

 

Además de los requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. núm. 5000 de 15/02/2013, los siguientes:

 

a) Estar en posesión del Título de Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, BUP Ley 14/1970, Bachiller Superior Plan 1957, Técnico LOE, Técnico LOGSE y Técnico Especialista Ley 14/1970, (o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de instancias ).

 

A las instancias deberán añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia de la titulación exigida.

 

b) Tener una antigüedad de, al menos dos años , como personal laboral fijo o transferido de la Ciudad Autónoma de Melilla como Grupo C2 .

 

2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-

 

Se celebrará primero la fase de concurso y después la de oposición. A) CONCURSO: Se valorarán los siguientes méritos:

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ANTIGÜEDAD:

Por cada año de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como Grupo C2, 0,15 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

 

Para el cómputo de los años, se despreciarán las fracciones inferiores al año.

 

NIVEL DE FORMACION: Poseer titulación académica superior a la exigida como requisito en la convocatoria:

 

a)Título Universitario de Grado Superior o equivalente, 1,5 puntos.

b)Título Universitario de Grado Medio o equivalente y Diplomatura, 1 punto.

 

La puntuación será la que se derive de la acreditación de una titulación superior a la exigida, sin posibilidad de acumular puntuación por diversas titulaciones.

 

CURSOS: Por cursos relacionados con la plaza a desempeñar, 0,01 puntos por hora, hasta un máximo de 1 punto.

 

Los cursos inferiores a 15 horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.

 

La fase de concurso se valorará de 0 a 4,5 puntos y no tendrá, en ningún caso, carácter eliminatorio.

 

El periodo de tiempo de servicios prestados se acreditará mediante certificación extendida por la Secretaría Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, que deberá acompañarse, en su caso, a la solicitud para tomar parte en la convocatoria.

 

B) FASE DE OPOSICIÓN: Constará de los siguientes ejercicios:

Primer Ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta preguntas, con tres respuestas alternativas, durante un período máximo de noventa minutos, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de esta convocatoria.

 

Cada pregunta contestada correctamente se puntuará con 0,125 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al siguiente ejercicio.

 

Segundo Ejercicio: Resolución de un supuesto teórico-práctico relacionado con alguna de las materias del programa adjunto en un periodo máximo de noventa minutos.

 

Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan, al menos, cinco puntos en este ejercicio.

 

Cada uno de los ejercicios de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

 

C) CALIFICACION FINAL: Será la que resulte de sumar la media obtenida en la fase de oposición, a la que se sumarán los puntos obtenidos en la fase de concurso. En caso de empate lo resolverá la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y si persiste el empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario por haberse de dilucidar la selección o no de los aspirantes, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida para la fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aun así persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios cuantos sean necesarios hasta dirimirlo.

 

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite será nulas de pleno derecho.

 

El Tribunal una vez realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.

 

En aplicación de lo previsto en el art. 77 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de 
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origen, anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas queda fijado en veinticinco, según el siguiente:

 

PROGRAMA

 

TEMA 1.- Administración Pública.– Gobierno y Administración.– Principios Constitucionales de la Administración Pública española.

TEMA 2.- La personalidad jurídica de la administración Pública. Clases de personas jurídicas públicas

TEMA 3.- Sometimiento de la Administración a la ley y al Derecho.– Fuentes del derecho Público.– La Ley: clases de leyes.

TEMA 4.- EI acto administrativo.– Conceptos.– Clases de actos administrativos.– Elementos del acto administrativo.

TEMA 5.- Requisitos de los actos administrativos: producción. contenido, motivación y forma.– Notificación y publicación.

TEMA 6.- Nulidad y anulabilidad de los actos.

TEMA 7.- El Procedimiento administrativo.– Ambito de aplicación y principios generales.

TEMA 8.- Dimensión temporal del procedimiento – Términos y plazos

TEMA 9.- Los interesados en el procedimiento administrativo: Concepto – Capacidad de obrar.– Representación Identificación de interesados

TEMA 10.- Las fases del procedimiento administrativo común I: Iniciación y ordenación.

TEMA 11.- Las fases del procedimiento administrativo común II: Instrucción del procedimiento.

TEMA 12.- Las fases del procedimiento administrativo común III: Finalización.

TEMA 13.- Las fases del procedimiento administrativo común IV: Ejecución.

TEMA 14.- Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

TEMA 15.-  Revisión de actos en vía administrativa I. Revisión de oficio.

TEMA 16.- Revisión de actos en vía administrativa II. Recursos administrativos: fin de la vía administrativa. Interposición. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados y resolución.

TEMA 17.- Recurso de alzada y recurso de revisión.

TEMA 18.- La Administración local en la Constitución. Clases de entidades locales.

TEMA 19.- Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen local.

TEMA 20.- El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El padrón de habitantes.

TEMA 21.- La provincia como entidad local. Organización y competencias.

TEMA 22.- Otras Entidades locales. Entidades Locales de ámbito inferior al municipio. Las mancomunidades de municipios.

TEMA 23.- El Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla. Organización institucional: Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno.

TEMA 24.- Competencias de la Ciudad Autónoma de Melilla. Régimen jurídico, económico y financiero de la Ciudad de Melilla.

TEMA 25.- Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.

 

Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Melilla 9 de octubre de 2018,

La Secretaria Técnica de Economía, Empleo y Administraciones Públicas,

Gema Viñas del Castillo