ARTÍCULO Nº 224
(CVE: BOME-A-2019-224)
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BOME Nº 5633 - martes, 12 de marzo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Proyecto Melilla, S.A.
Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 28 de febrero de 2019, relativo a la aprobación de las "Bases de la convocatoria que regirán la provisión de una plaza de auxiliar administrativo mediante el sistema de oposición libre".

ANUNCIO
Anuncio del acuerdo del Consejo de Administración de fecha 28 de febrero de 2019, por el que se aprobaron las “BASES DE LA CONVOCATORIA QUE REGIRAN LA PROVISION DE UNA
PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE”.
BASES DE LA CONVOCATORIA QUE REGIRAN LA
PROVISION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO MEDIANTE EL SISTEMA DE
OPOSICIÓN LIBRE
PRIMERA. Objeto de las Bases de la
Convocatoria.
Es objeto de la presente bases la
provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar Administrativo correspondiente
al personal estructural de la Sociedad Pública para la Promoción Económica de
Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U. (en adelante PROMESA), cuyas características
son:
Denominación de la plaza: Auxiliar
Administrativo
Número de plazas: 1
Grupo: D
Nivel: 16
Departamento: Ayudas.
El sistema selectivo es de oposición libre.
La presente se justifica por la
jubilación anticipada de la trabajadora que ostentaba la plaza que se pretende
cubrir.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
Para poder
participar en los procesos selectivos será necesario reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes
requisitos:
a.- Ser español o nacional de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea y cumplir los requisitos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,
de acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de
los demás Estados miembros de la Unión Europea.
b.- Tener aptitud física suficiente para el puesto de trabajo objeto
de la convocatoria.
c.- Tener edad mínima de 18 años o cumplirlos dentro del plazo
señalado en la convocatoria.
d.- No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e.- Poseer la titulación de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio,
o equivalente a los anteriores. Esta circunstancia
deberá acreditarse mediante fotocopia compulsada de la titulación exigida y la
equivalencia deberá ser alegada por los aspirantes mediante la cita de la
normativa que reconozca la misma.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de
Instancias
Los aspirantes
que deseen tomar parte en las pruebas selectivas habrán de presentar instancia
ajustada al modelo que se publicará con la Convocatoria, dirigida al Presidente
de PROMESA, en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos
establecidos en la Base Segunda.
La instancia se
presentará en el Registro General de PROMESA, o en cualquiera de los lugares
que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dentro del
término de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla (BOME).

La solicitud
deberá ir acompañada por:
-Fotocopia del
DNI.
-Fotocopia
compulsada del título académico. En caso de presentación de una titulación
equivalente a la exigida, se habrá de adjuntar a la instancia un certificado
librado por el órgano competente que acredite la equivalencia.
Si alguna de las solicitudes
adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de
diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos
preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con
lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de
presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo de Administración de
Promesa declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las
causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín
Oficial de Melilla (BOME), en el Tablón de Anuncios de PROMESA y en su página
web, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
Vistas las
alegaciones presentadas, en su caso, se procederá a la aprobación definitiva de
la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación
en el Boletín Oficial de Melilla (BOME), en el Tablón de Anuncios de PROMESA y
en su página web
En esta misma
publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el
primer ejercicio de selección. Igualmente, se hará constar la designación
nominal del Tribunal.
El llamamiento
para el segundo ejercicio o posteriores ejercicios se hará mediante la
publicación en el Tablón de Anuncios de PROMESA y en su página web.
QUINTA. Tribunal Calificador
El Tribunal calificador estará
constituido por un presidente, que será el titular del Consejo de
Administración o en quien delegue, cuatro Vocales, tres serán designados por el
Consejo de Administración de PROMESA y uno será designado entre los delegados
de personal de la empresa, y un secretario que será el titular del Consejo de
Administración o en quien delegue, con voz
y sin voto.
No podrán formar
parte del Tribunal: Personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre
a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta
de nadie.
Los vocales del
Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel
de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada. Siendo
personal indefinido de PROMESA o funcionarios y/o personal laboral de la
Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, al cual está
adscrita PROMESA (BOME Extraordinario N.º 29 de 24/07/2015).
Junto a los
titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
El Tribunal podrá
contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores
técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su
especialidad técnica.
El Tribunal podrá
actuar válidamente con la asistencia del presidente, dos Vocales y el
secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el
desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo,
calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
Los miembros del
Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la
recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de
oposición libre debido a que se considera el más adecuado dado que permite una
mejor aplicación de los principios de mérito y capacidad, garantizando el
principio de igualdad en la selección.
La fecha, el
horario y el lugar de celebración de la primera prueba selectiva se anunciarán
en el Boletín Oficial de Melilla conforme a lo establecido en la Base Cuarta.
Una vez
comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de los
sucesivos anuncios de los restantes ejercicios e incidencias en el Boletín
Oficial de Melilla. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en
el Tablón de Anuncios de PROMESA y en su página web, con una antelación mínima
de doce horas si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se
trata de uno nuevo.

ser llamado a
cualquiera de los ejercicios obligatorios, determinará automáticamente el
decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los
sucesivos, por lo que quedará excluido del proceso selectivo.
El Tribunal podrá
requerir en cualquier momento que cada uno de los aspirantes acredite su
identidad, a cuyo efecto deberán ir provistos del Documento Nacional de
Identidad, o, de no poseer la nacionalidad española, del documento nacional
correspondiente al país del que sean nacionales o de su pasaporte.
Entre la
terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un
plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
El orden de
actuación de los opositores, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de
forma conjunta, será por orden alfabético, siendo el Tribunal quien determine
la letra del primer apellido por el cual empiece el llamamiento y así
sucesivamente.
De cada sesión
que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario del mismo, donde se
harán constar las calificaciones de los ejercicios, así como las incidencias
que se produzcan.
La oposición
constará de dos pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio que se
desarrollarán de la siguiente manera:
Primer Ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de cincuenta (50) preguntas tipo test, sobre el temario del Anexo l (Bloque I y II) con cuatro
respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta, durante un período máximo de una hora. El cuestionario
será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del
ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de estas bases de la
convocatoria.
Asimismo, el Tribunal elaborará cinco
preguntas de reserva para el caso de ser anulada alguna del ejercicio.
Cada pregunta contestada correctamente se
puntuará con 0,2 puntos, penalizando las contestadas erróneamente con 0,05
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al siguiente
ejercicio.
Segundo Ejercicio: Consistirá en realizar dos casos
prácticos, relacionados con el Bloque III del Anexo I, determinados por el
Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, durante un período
máximo de dos horas, a ser
posible en una misma sesión.
El Tribunal calificador, por escrito y al comienzo de cada una
de ellas, indicará a los aspirantes las instrucciones concretas para la
realización de la misma, así como las pautas para su ejecución.
Primera prueba: Consistirá en la realización de una prueba
práctica, utilizando el procesador de textos y base de datos.
Segunda prueba: Consistirá en la realización de una prueba
práctica, utilizando la hoja de cálculo.
La calificación
máxima de cada prueba será de 10 puntos. Los aspirantes deberán alcanzar, al
menos, 6 puntos para superar cada uno de las pruebas, quedando excluidos de la
convocatoria los candidatos que no obtengan dicha puntuación mínima.
La puntuación final del segundo ejercicio
será la media aritmética de las puntuaciones de ambas pruebas.
Puntuación Final de la fase de Oposición: La puntuación de cada aspirante en la
fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en
cada uno de los ejercicios, toda vez que se haya alcanzado, al menos, la
puntuación mínima exigida en cada uno de ellos.
El Tribunal queda obligado a publicar dentro de los 10
días hábiles siguientes a la celebración de los mismos la plantilla corregida de respuestas
correctas en el Tablón de anuncios de PROMESA y en su web, a fin de que los
interesados puedan formular las alegaciones que estimen convenientes. Sólo se
admitirán a trámite las reclamaciones referidas a la plantilla corregida que se
hayan presentado dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación. En
cualquier caso, el Tribunal deberá tener en cuenta las alegaciones presentadas
dentro del referido plazo, resolviendo expresamente antes de la corrección del
citado cuestionario de preguntas.
Para la realización de los ejercicios, el
aspirante no podrá hacer uso de bibliografía, material de consulta ni textos
legales, quedando prohibido la entrada al examen con cualquier dispositivo
electrónico, en caso de llevarlo, será retirado por el tribunal devolviéndose
cuando finalice el ejercicio.
En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio; de
persistir la igualdad, se dilucidará mediante sorteo público.

Con la finalidad de salvaguardar la igualdad de
oportunidades de todos los aspirantes, el Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean
puntuados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán
públicas el mismo día en que se acuerden y se expondrán en el Tablón de
anuncios de PROMESA y en la web.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de vacantes
convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán
nulas de pleno derecho.
Dentro de los aspirantes que hayan
superado las pruebas selectivas y no cubran las vacantes ofertadas, se
procederá a elaborar una lista por orden de puntuación, hasta un máximo de
diecisiete candidatos conforme a lo señalado en las presentes bases, a fin de
ampliar la Bolsa de trabajo vigente para contrataciones temporales de PROMESA,
pasando a la lista con la numeración siguiente a los ya seleccionados en la
misma, aceptando las condiciones señaladas en dicha bolsa (BOME N.º 5442 de
12/05/2017)
Una vez finalizado el proceso selectivo el tribunal
propondrá a la/s persona/s admitida/s para cubrir las plazas ofertadas, así
como la lista de admitidos en la Bolsa de trabajo vigente para las
contrataciones temporales de PROMESA, que será validado y aprobado por el
Consejo de Administración, publicándose los resultados en el Boletín Oficial de
Melilla, en el
Tablón de Anuncios de PROMESA y en su página web.
SÉPTIMA. Incompatibilidades
A la plaza por la cual se
nombrará al aspirante propuesto, le será aplicable el artículo 59 del Convenio Colectivo Laboral de Proyecto
Melilla, S.A.U., publicado en el B.O.ME. Núm. 5242 de 12/06/2015, o en su caso,
en la normativa
vigente sobre régimen de incompatibilidades en el sector público.
OCTAVA. Incidencias
El Tribunal calificador queda
facultado para resolver las dudas que se puedan presentar y adoptar los
acuerdos necesarios en todo ello que no esté previsto en estas Bases.
En
lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Convenio
Colectivo Laboral de Proyecto Melilla, S.A.U., en vigor (BOME Núm. 5242 de
12/06/2015).

ANEXO I
TEMARIO
BLOQUE I - PARTE GENERAL
TEMA 1º.- La Constitución Española de
1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional.
TEMA 2º.- Los principios
constitucionales: El estado social y democrático de derecho. Los valores
superiores de la Constitución española.
TEMA 3º.- Los derechos fundamentales: Los
derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española.
La protección de los derechos fundamentales.
TEMA 4º.- La Monarquía parlamentaria. La
Corona: Significado y atribuciones. El refrendo.
TEMA 5º.- Las Cortes Generales. Congreso
de los Diputados y Senado: Composición y funciones.
TEMA 6º.- El Gobierno. Funciones y
potestades en el sistema constitucional español. Formación, composición y
responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente.
TEMA 7º.- Órganos dependientes de las
Cortes Generales: El Defensor del Pueblo: Competencias y formas de actuación.
El tribunal de Cuentas: función fiscalizadora y función jurisdiccional. El
Consejo de Estado: Naturaleza y competencias.
TEMA 8º.- El Poder judicial. La
regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder
Judicial.
TEMA 9º.- El Tribunal Constitucional.
Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y
cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.
TEMA 10º.-La Administración Local:
regulación Constitucional. Entidades que la integran. Normativa reguladora.
TEMA 11º.- Las Comunidades Europeas:
nacimiento y objetivos. Los Tratados originarios y modificativos. El Tratado de
la Unión Europea.
TEMA 12º.- Las Instituciones de la Unión
Europea: Consejo, Comisión, Parlamento y Tribunal de Justicia.
TEMA 13º.-Las fuentes del Derecho
Comunitario Europeo. Derecho originario y Derecho derivado: Reglamentos,
Directivas y Decisiones. El Tratado de Adhesión de España a la Comunidad
Económica Europea.
TEMA 14º.- La Ley: Teoría general. Tipos
de Leyes. Reserva de Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley:
Decretos-leyes y Decretos Legislativos.
TEMA
15º.- El reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Fundamento de la potestad
reglamentaria. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter
general. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los
reglamentos.
TEMA 16º.- Las potestades
administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Vías
de control de la discrecionalidad. Los conceptos jurídicos indeterminados.
BLOQUE II - PARTE ESPECÍFICA
TEMA 17º.- Procedimiento Administrativo:
Principios generales. La estructura del procedimiento: Iniciación, ordenación,
instrucción y finalización.
TEMA 18º.-El acto administrativo:
Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y
forma. Motivación y publicación. El acto presunto: Naturaleza y régimen
jurídico.
TEMA 19º.- La eficacia del acto
administrativo: Principios generales. Efectividad del acto administrativo.
Procedimientos de ejecución. Términos y plazos.
TEMA 20º.- Nulidad, anulabilidad e
irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez.
Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La
revisión de oficio.
TEMA 21º.- Los recursos administrativos:
Concepto y principios generales. Clases de recursos. Reclamaciones previas al
ejercicio de las acciones civiles y laborales.
TEMA 22º.-La jurisdicción
contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Órganos de este orden jurisdiccional. El
recurso contencioso-administrativo: Procedimiento general.
TEMA 23º.-Los contratos del sector
público: delimitación. Los principios generales de la contratación del sector
público: racionalidad, libertad de pactos y contenidos mínimos, perfección y
forma, la información, el régimen de la invalidez y la revisión de decisiones
en materia de contratación.
TEMA 24º.- Las partes de los contratos en
el sector público. El órgano de contratación. El empresario: capacidad,
prohibiciones, solvencia y clasificación.
TEMA 25º.- La preparación de contratos por
las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de contratación. La
selección del contratista: procedimientos, formas y criterios de adjudicación.
Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
TEMA 26º.- La expropiación forzosa. Sujetos,
objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La
reversión expropiatoria. Tramitación de urgencia. Procedimientos especiales.
TEMA 27º.-La responsabilidad de la
Administración pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad.
Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de
responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal
al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 28º.-Las propiedades
administrativas. El dominio público. Los
bienes patrimoniales del Estado. Los bienes Comunales.
TEMA 29º.-Formas de actuación
administrativa. La actividad administrativa de Fomento. La actividad
Administrativa de servicio público. La actividad de policía o de limitación.

aplicable en las Entidades Locales.
Reglamento General de Subvenciones de la CAM y Plan Estratégico de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma. Especial referencia al Reglamento General de
Subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su
sociedad instrumental Proyecto Melilla, SAU (BOME N.º 4399 de 15/05/07).
TEMA 31º.-Procedimiento de concesión y
gestión de subvenciones. Requisitos y obligaciones de las personas
beneficiarias de subvenciones. Justificación y reintegro. Control financiero.
Régimen de infracciones y sanciones.
TEMA 32º-El Servicio Público. Formas de
gestión de los servicios públicos. Modalidades de la gestión directa y de la
gestión indirecta.
TEMA 33º.-El Régimen Local español.
Principios constitucionales y Regulación Jurídica. Enumeración de las Entidades
Locales territoriales. Potestades de las Administraciones Públicas de carácter
local.
TEMA 34º.-Las Competencias Municipales:
Competencias propias, compartidas y delegadas. Los Servicios Mínimos.
TEMA 35 º.-El Patrimonio de las Entidades
Locales. Clasificación de los Bienes de las Entidades Locales. Afectación y
Desafectación. Adquisición, conservación y tutela. Potestades. Régimen de
utilización de los Bienes de Dominio Público Locales.
TEMA 36º.- La Función Pública Local y su
organización. Clases de Empleados Públicos Locales. Selección y provisión.
TEMA 37º.-Los Funcionarios de las
Corporaciones Locales. El Personal laboral al servicio de las Entidades
Locales. El Personal Eventual.
TEMA 38º.-La Relación de Servicios de los
Funcionarios Públicos locales: Las Situaciones Administrativas.
TEMA 39º.-Sistema Tributario Local I: Las
Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
TEMA 40º.-Sistema Tributario Local II: El
Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuestos sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
TEMA 41º.- Las Ordenanzas fiscales de la
Ciudad Autónoma de Melilla. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Contenido.
TEMA 42º.-El Estatuto de Autonomía de
Melilla: Vía de acceso a la autonomía. Estructura del estatuto. Principios
generales. La reforma del estatuto.
TEMA 43º.- La Organización Institucional
de la Ciudad Autónoma de Melilla: Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno.
TEMA 44º.- El Reglamento de Gobierno y de
la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 45º.- El Reglamento de la Asamblea
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 46º.-Los Presupuestos de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Las Bases de Ejecución Presupuestaria. Modificaciones
presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
Transferencias.
TEMA 47º.- Tipos de control de la
actividad local. La función interventora y fiscalización previa. El control
financiero permanente y auditoria local.
BLOQUE III -
INFORMÁTICA.
TEMA 48º. - Procesador de textos Word 2016 o inferior. Introducción
al programa. Formato y edición de caracteres, párrafos y tabulaciones. Autotexto. Tablas. Columnas. Formato de
página. Combinar correspondencia. Listas numeradas y con viñetas. Ortografía y
autocorrección.
TEMA 49º. Base de Datos Access 2016 o
inferior. Introducción al programa. Creación y modificación de
estructura de tablas. Introducción y consulta de datos. Creación
de Informes a partir de las tablas.
TEMA 50º.- Hoja de Cálculo Excel 2016 o inferior. Introducción
al programa. Operaciones de Edición. Fórmulas. Gráficos. Organización de
información mediante listas.
Melilla, 8 de marzo de
2019
El Secretario del Consejo
de Admón.:
Juan José Viñas del
Castillo