ARTÍCULO Nº 868
(CVE: BOME-A-2019-868)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5698 - viernes, 25 de octubre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA
Resolución nº 1641 de fecha 24 de octubre de 2019, relativa a bases de la convocatoria para la provisión del puesto de personal directivo profesional de Director General de Contratación Pública y Subvenciones, mediante publicidad y concurrencia.

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 18 de octubre de
2019, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva del puesto
de personal directivo profesional de Director General de Contratación Pública y
Subvenciones, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la
Consejería de Administraciones Públicas y el art. 60 del Reglamento de Gobierno
y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 31373/2019, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar
el proceso siguiente:
BASES
DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE PERSONAL DIRECTIVO
PROFESIONAL DE DIRECTOR GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y SUBVENCIONES,
MEDIANTE PUBLICIDAD Y CONCURRENCIA.
Es
objeto de las presentes bases la selección, mediante el procedimiento de libre
designación, del puesto directivo profesional de Director General de
Contratación Pública y Subvenciones, perteneciente a la plantilla de personal
de Alta Dirección de la Ciudad (BOME extr. nº 26 de fecha 2 de agosto de 2019)
dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y el artículo 60 del Reglamento
de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (REGA).
GRUPO |
DENOMINACIÓN |
DOTACIÓN |
C.D. |
A1/A2 |
Director General de Contratación Pública y Subvenciones |
1 |
30/26 |
1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Para
ser admitidos al proceso de provisión del puesto directivo, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos a tenor del artículo 54.3 del REGA:
-
Ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las
Ciudades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter
nacional que pertenezcan a Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1 o
A2.
2.- FUNCIONES
Las
principales funciones a desempeñar por el titular del puesto directivo
“Director General de Contratación Pública y Subvenciones” serán las de ejercer
la dirección, coordinación y gestión de las materias que le correspondan y en
particular las siguientes:
a)
La dirección y gestión de los servicios de su competencia.
b)
La dirección y coordinación de las unidades orgánicas adscritas a la
misma.
c)
La gestión y administración de todos los medios personales y materiales
adscritos a la Dirección General.
d)
La asistencia técnica y administrativa al Consejero en las materias
propias de la Dirección General.
e)
Asistir al Consejero en la elaboración del anteproyecto de presupuesto
relativo a su Dirección General.
f)
El seguimiento y control de la ejecución del presupuesto anual que se
les asigne a la Dirección General.
g)
La elaboración de los proyectos de planes generales de actuación y los
programas de necesidades de la Dirección General.
h)
Establecer el régimen interno de los departamentos de ellos
dependientes.
i)
Informar, a requerimiento del Consejero, los asuntos de la Consejería
que sean de su competencia, proponer al Consejero la resolución que estimen
procedente en los asuntos que sean de su competencia y cuya tramitación corresponda
a la Dirección General.

j)
Velar por la organización, simplificación y racionalización de la
actividad administrativa, así como el incremento de la calidad de los servicios
de la Dirección General, en coordinación con la Secretaría Técnica, proponiendo
las modificaciones encaminadas a mejorar y perfeccionar los Servicios.
k)
Fomentar el uso de las nuevas herramientas tecnológicas y la
Administración Electrónica en los servicios que se presten en la Dirección
General.
l)
Elaborar la propuesta de licencias, vacaciones y permisos del personal
adscrito a su Dirección General, de acuerdo con las necesidades del servicio.
m)
Ejercer la Jefatura del personal adscrito a la Dirección y proponer su
destino dentro de la misma.
ñ)
Impulsar y proponer la estructura orgánica de la Dirección General, así
como su modificación y reforma y las plantillas orgánicas y puestos de trabajo
de todas las unidades.
o)
Las funciones tendentes a la eficiente utilización de los medios y
recursos materiales, económicos y personales que tenga asignados dentro de la
Consejería.
p)
La elaboración de proyectos de disposiciones, acuerdos y convenios
respecto de las materias de su ámbito de funciones.
q)
La evaluación de los servicios de su competencia.
r)
Dictar Circulares e Instrucciones internas en el ámbito de la Dirección
General.
s)
Las que expresamente se establezcan para la Dirección General en el
Reglamento organizativo de la Consejería.
t)
Cualesquiera otras que le atribuya la normativa vigente de aplicación.
3.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Todo
empleado público que reúna los requisitos específicos, deberá presentar la
solicitud dirigida a la Consejería de Presidencia, Administración Pública y
Regeneración Democrática a través de la Oficina de Información y Atención al
Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Junto
con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su currículum vitae en el que
se haga constar de manera acreditada el cumplimiento de los criterios de formación, competencia profesional e
idoneidad, valorándose de manera preferente el desempeño de puestos de la
Administración relacionados con la contratación pública y la concesión de
subvenciones. En particular deberá constar, debidamente documentado y
clasificado:
-
Títulos académicos.
-
Años de servicio y puestos de trabajo desempeñados en la Administración
Pública.
-
Estudios y cursos de formación realizados o impartidos en los puestos
desempeñados así como los que
correspondan con el puesto directivo objeto de las presentes bases.
-
Los candidatos aportarán una memoria que deberá tener el siguiente
contenido mínimo:
o
Propuesta de organización de los servicios y procedimientos de contratación
pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, con la descripción de los medios
materiales y personales que considere necesarios para la tramitación eficaz de
dichos procedimientos, de acuerdo con los medios que figuran en la vigente
Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad. En este apartado, el candidato
deberá además demostrar sus conocimientos aplicados respecto a la tramitación
de procedimientos de contratación electrónicos, destacando su conocimiento de
la Plataforma de Contratación del Sector Público.
o
Propuesta de régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
o
Propuesta de creación, régimen de funcionamiento y dotación de medios
personales y materiales de la futura “unidad encargada del seguimiento y ejecución
ordinaria del contrato”, conforme a lo establecido en el artículo 62.1 de la
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
o
Si lo considera oportuno, propuesta para el desarrollo por el Consejo de
Gobierno de las previsiones establecidas en el artículo 112 del REGA, mediante
la aprobación de un Reglamento de Contratación Pública.
o
Propuesta de organización de los servicios y procedimientos de
contratación de subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, con la
descripción de los medios materiales y personales que considere necesarios para
la tramitación eficaz de dichos procedimientos, de acuerdo con los medios que
figuran en la vigente Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad.
o
Propuesta de funcionamiento del órgano colegiado de concesión de
subvenciones, tras la oportuna modificación del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
o
Si lo considera oportuno, propuesta respecto de los aspectos que deben
ser objeto de modificación y actualización del Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-
Cuantos otros méritos estime el aspirante poner de manifiesto.
Los
méritos alegados deberán ser justificados documentalmente para su toma en
consideración.
4.- RESOLUCIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
4.1.-
Propuesta.- Transcurrido el plazo de
presentación de solicitudes, se examinarán las presentadas y se evaluará la
documentación aportada por el órgano asesor constituido al efecto mediante
Orden del titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración
Democrática, compuesto por profesionales cualificados y especializados para
ello.
Posteriormente
se celebrará una entrevista personal a los candidatos al puesto directivo por
el órgano asesor, frente al cual deberán defender lo expuesto en su memoria.
Tras
la evaluación de los méritos aportados y la entrevista, el órgano asesor
especializado formulará propuesta motivada al Consejero de Hacienda, Economía y
Empleo, incluyendo, si ello es posible, tres candidatos, atendiendo a los
principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad.
Finalmente
se evacuará informe-propuesta del titular de la Consejería de Hacienda,
Economía y Empleo al Consejo de Gobierno sobre la base de la propuesta del
órgano asesor.
4.2.- Nombramiento.-
Las
resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento por
parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria, y la competencia para proceder al mismo.
En
todo caso deberá quedar acreditada, con fundamento de la resolución adoptada,
la observancia del procedimiento debido.
Corresponde
al Consejo de Gobierno resolver el procedimiento al tratarse de un puesto
directivo profesional con rango de Director General.
Se
declarará desierta la convocatoria en el caso de que ninguno de los presentados
cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases o con el preceptivo
criterio de idoneidad.
NORMA FINAL
En
lo no dispuesto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y la
normativa de provisión de puestos de trabajo aplicable mediante el
procedimiento de libre designación.
Las
presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano
calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art.
112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas , y preceptos
concordantes del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma
de Melilla”.
Melilla 24 de octubre de 2019,
La Consejera de Presidencia, Administración Pública
y Regeneración Democrática,
Paula Villalobos Bravo