ARTÍCULO Nº 48 (CVE: BOME-A-2020-48) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5723 - martes, 21 de enero de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de diciembre de 2019, relativo a la aprobación Addenda de modificación del convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Emet Arcoiris Programa de Acogimiento y la Atención Residencial de Menores Socialmente Desfavorecidos a través de un centro de protección de menores con problemas de conducta.
ACUERDO DEL CONSEJO DE
GOBIERNO DE FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2019, RELATIVO A LA APROBACIÓN ADDENDA DE
MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y
LA FUNDACIÓN EMET ARCOIRIS PROGRAMA DE ACOGIMIENTO Y LA ATENCIÓN RESIDENCIAL DE
MENORES SOCIALMENTE DESFAVORECIDOS A TRAVÉS DE UN CENTRO DE PROTECCÓN DE
MENORES CON PROBLEMAS DE CONDUCTA”.
El Consejo de Gobierno, en
sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2019 (Núm.
2019000899, de 13/12/2019), adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO 15.- ADDENDA
DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA FUNDACIÓN EMET ARCOIRIS PROGRAMA DE ACOGIMIENTO Y LA ATENCIÓN
RESIDENCIAL DE MENORES SOCIALMENTE DESFAVORECIDOS A TRAVÉS DE UN CENTRO DE
PROTECCÓN DE MENORES CON PROBLEMAS DE CONDUCTA”.-
Lo que se publica para su
general conocimiento
ADDENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA FUNDACIÓN EMET ARCOIRIS PROGRAMA DE ACOGIMIENTO Y LA
ATENCIÓN RESIDENCIAL DE MENORES SOCIALMENTE DESFAVORECIDOS A TRAVÉS DE UN
CENTRO DE PROTECCÓN DE MENORES CON PROBLEMAS DE CONDUCTA.
En Melilla a, 20 de diciembre
de dos mil diecinueve
Las Partes firmantes de común
acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en
su reunión de 13 de diciembre de 2019 (201900899, de 13 de diciembre de 2019),
tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraord. nº 2, de
30/01/2017)
EXPONEN
Cláusula 1ª
La presente Addenda deviene
del Convenio de Colaboración suscrito el 11 de abril de 2019 (BOMe núm.5646, de
26 de abril de 2019), entre la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma
de Melilla y la FUNDACIÓN EMET ARCO IRIS con C.I.F.núm. G-14729248, para el
desarrollo de un programa de acogida residencial de menores en situación de
desprotección con problemas de conducta para el año 2019, que canaliza
subvención nominativa incluida en los Presupuestos Generales de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 1, de 30 de enero de 2019).
Cláusula 2ª
Previsto inicialmente para
cubrir la estancia residencial de 6 menores sometidos a medida de protección,
según consta en el Anexo I apartado 5 del convenio que nos ocupa, la dinámica
en materia de atención a menores en situación de desprotección ha supuesto el
incremento de las plazas residenciales hasta llegar a las 9 plazas. Igualmente,
se aprecia un déficits inicial de financiación para cubrir los gastos del
referido convenio, requiriendo por ambos conceptos un incremento de CIENTO
OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS EUROS CON CERO CÉNTIMOS (189.900, 00 €).
Cláusula 3ª
La financiación inicialmente
prevista recogida en el Cláusula Segunda del Convenio que nos ocupa, requiere
un incremento en la cantidad de 328,500,00 € a detraer de la Aplicación
Presupuestaria 05/23135/4890, Convenio EMET ARCOIRIS”, RC SUBVENCIONES nº 12019000105894del
19/11/2019, de 19 de noviembre de 2019, por importe de 189.900, 00 al amparo de
lo dispuesto en artículos 22. 2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Cláusula 4ª
Continuará siendo de
aplicación el contenido del Convenio de Colaboración suscrito el 11 de abril de
2019, en aquellos aspectos que no hayan sido modificados por el presente
documento
Cláusula 5ª
De acuerdo con lo establecido
en el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
la misma deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de
Subvenciones para su oportuna publicidad.
Y en prueba de su
conformidad, firman la presente ADDENDA, por triplicado ejemplar y a un solo
efecto, en el lugar y fecha arriba indicado.
Melilla
17 de enero de 2020,
El
Técnico de Administración General,
Antonio
Jesús García Alemany