ARTÍCULO Nº 71 (CVE: BOME-A-2020-71) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5726 - viernes, 31 de enero de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 351 de fecha 22 de enero de 2020, relativa a actualización miembros de la comisión paritaria de formación 2020.
La
Consejera de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 22/01/2020, registrada al número 2020000351, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo
siguiente:
PRIMERO.- Que con fecha 2 de julio de 2002 se aprueba el Reglamento de la
Comisión Paritaria de Formación y Promoción Profesional de la Ciudad Autónoma
de Melilla (BOME núm. 3894 de 12 de julio de 2002).
SEGUNDO.- Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19
de diciembre de 2019 relativo a aprobación del Decreto de distribución de
competencias (BOME extraordinario núm. 43 de igual fecha), por el que se
atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, la
Consejería de Presidencia y Administración Pública ostenta, entre otras, las
atribuciones en materia de Función Pública de “la planificación, desarrollo y ejecución de la Política de Formación de
los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla”, ejercida por la Excma. Sra.
Consejera de Presidencia y Administración Pública por virtud de su nombramiento
mediante Decreto nº 377 de 13 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario núm. 42
de igual fecha).
Asimismo
y conforme al mencionado Decreto de atribución de competencias, le corresponde
a la Consejera de Presidencia y Administración Pública las restantes
atribuciones señaladas en el Reglamento de la Consejería de Administraciones
Públicas, aprobado por Consejo de Gobierno el 27 de noviembre de 2009 (BOME núm.
4666 de 4 de diciembre de 2009) y demás textos normativos, incluidas las
derivadas del Acuerdo Marco y Convenio Colectivo.
TERCERO.- Que el artículo 4.3, apartado u) del Reglamento de la Consejería de
Administraciones Públicas dispone que corresponde a el/la Consejero/ a de
Administraciones Públicas “Presidir la Comisión de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla”, disponiendo asimismo el
artículo 4.4. x) que corresponde al Consejero/a “Impulsar, coordinar y controlar la Formación de los empleados públicos
de la Ciudad Autónoma de Melilla”, fijando el artículo 8.1 siguiente “la ejecución y gestión de las competencias
atribuidas al/ la Consejero/a de Administraciones Públicas establecidas en el
artículo 4 apartado 4 del presente Reglamento” como una de las
atribuciones de la Dirección General de Administraciones Públicas.
CUARTO.- Que el Convenio Colectivo y el Acuerdo Marco con vigencia hasta el 31
de diciembre de 2011, estando pendiente la aprobación de nuevos instrumentos
normativos que los sustituyan, prevén ambos que la Comisión para la Formación,
que actuará indistintamente para el personal laboral y personal funcionario,
estará integrada por tres miembros de la Administración designados por el
Consejero de Administraciones Públicas, y tres, uno por cada organización
sindical, designados por éstas en representación de las organizaciones
sindicales firmantes. Cada uno de los miembros de la parte social tendrá en la
Comisión la representación ponderada en razón de los resultados obtenidos en
las elecciones sindicales correspondientes, estando representados todos los
sindicatos con representación en el Comité de Empresa y en la Junta de
Personal.
QUINTO.- Que el resultado obtenido en las elecciones sindicales celebradas
para personal laboral y funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla ha sido
el siguiente:
|
ENTIDADES SINDICALES CON REPR. CAM |
||||
UGT |
USTM |
CCOO |
C-SIF |
TOTAL |
|
P. FUNCIONARIO |
8 |
6 |
4 |
3 |
21 |
P. LABORAL |
9 |
5 |
3 |
4 |
21 |
TOTAL: |
17 |
11 |
7 |
7 |
42 |
Que
conforme al acuerdo de atribución de competencias, designación de órganos de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y modificaciones de
representantes sindicales, se hace preciso el nombramiento de los miembros de
la Comisión de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Así,
por parte de la Administración, los representantes propuestos son los
siguientes:
·
Titular: Dª Gloria Rojas Ruiz, Consejera de Presidencia y Administración
Pública (Presidenta).
·
Suplente: Dª Elena Fernández Treviño, Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad.
·
Titular: D. Enrique Mingorance Méndez, Director General de Función
Pública.
·
Suplente: D. Juan Palomo Picón, Director General de Presidencia y
Administración Pública.
·
Titular Secretario: Dª Pilar Cabo León, Secretaria Técnica de Consejería
de Presidencia y Administración Pública (Secretaria).
·
Suplente: Dª Nuria I. Montilla Miralles, Jefa Ngdo. Formación y
Modernización Administrativa.
Por
parte de la entidad sindical UGT se propone a:
·
Titular: D. Mustafa Mohamed Maanan.
·
Suplente: Dª Dolores Creus Cabello.
Por
parte de la entidad sindical USTM se propone a:
·
Titular: Dª Concepción Fernández Andújar.
·
Suplente: Dª Eva Mª Reyes de la Peña.
Por
parte de la entidad sindical CC.OO. se propone a:
·
Titular: Dª Fca. Torres Belmonte.
·
Suplente: Dª Eva Mª Martín Canto.
Por
parte de la entidad sindical CSI-F se propone a:
·
Titular: D. Giovani Portillo Trujillo.
·
Suplente: D. Carlos Sequera García.
De
acuerdo con lo anteriormente expuesto, y visto el expediente 1110/2020, con lo
que establece el Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla, el Reglamento de la Consejería de Administraciones
Públicas y demás normativa de aplicación y conforme a la designación de vocales
y suplentes efectuada por las organizaciones sindicales con representación en
el Comité de Empresa y Junta de Personal de la Ciudad Autónoma de Melilla y, en
virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º) El cese de los miembros de la Comisión Paritaria de Formación de la
Ciudad Autónoma de Melilla que forman parte de la misma a la fecha de la presente
Orden.
2º) La designación como miembros de la Comisión Paritaria de Formación y
Promoción Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla a:
·
Titular: Dª Gloria Rojas Ruiz, Consejera de Presidencia y Administración
Pública (Presidenta).
·
Suplente: Dª Elena Fernández Treviño, Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad.
·
Titular: D. Enrique Mingorance Méndez, Director General de Función
Pública.
·
Suplente: D. Juan Palomo Picón, Director General de Presidencia y
Administración Pública.
·
Titular Secretario: Dª Pilar Cabo León, Secretaria Técnica de Consejería
de Presidencia y Administración Pública (Secretaria).
·
Suplente: Dª Nuria I. Montilla Miralles, Jefa Ngdo. Formación y
Modernización Administrativa.
Habiendo
quedado fijada la composición de la precitada Comisión, por la PARTE SOCIAL, conforme a las
designaciones efectuadas por las organizaciones sindicales con representación
en el Comité de Empresa y Junta de Personal como a continuación se detalla:
UGT:
·
Titular: D. Mustafa Mohamed Maanan.
·
Suplente: Dª Dolores Creus Cabello.
USTM:
·
Titular: Dª Concepción Fernández Andújar.
·
Suplente: Dª Eva Mª Reyes de la Peña.
CC.OO.:
·
Titular: Dª Fca. Torres Belmonte.
·
Suplente: Dª Eva Mª Martín Canto.
CSI-F:
·
Titular: D. Giovani Portillo Trujillo.
·
Suplente: D. Carlos Sequera García.
Notifíquese
la presente Orden a los efectos de aceptación de estas competencias a los
interesados y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 23 de enero de 2020,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administraciones Públicas,
Pilar Cabo León