ARTÍCULO Nº 588 (CVE: BOME-A-2020-588) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5785 - martes, 25 de agosto de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Extracto de la convocatoria para la concesión en el año 2020, de subvenciones públicas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional de Casas de Melilla.
TituloES:
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2020, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL
MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA PERTENCIENTES
A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE CASAS DE MELILLA
TextoES:
BDNS(Identif.):521168
De
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans /GE/es/convocatoria/521168)
Primero. Beneficiarios: Casas de Melilla pertenecientes a
la Federación Nacional de Casas de Melilla. Será requisito imprescindible para
obtener la subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber
justificado en forma y plazo anteriores subvenciones recibidas de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Segundo. Objeto: Amortizaciones de créditos
contraídos para la adquisición o rehabilitación de local social, alquiler del
local social, gastos de mantenimiento, pequeñas obras o reparaciones,
adquisición de mobiliario, suministros, seguros, impuestos y contribuciones,
telefonía, cuotas, suscripciones, desplazamiento y manutención con ocasión de
la asistencia a reuniones debidamente convocadas por la Federación Nacional, y
otros gastos análogos, todo ello con referencia al año 2020.Los gastos
financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales
y regístrales y los gastos periciales para la realización del proyecto
subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si
están directamente relacionados con la actividad subvencionada, así como los
gastos de garantía bancaria
Tercero. Bases reguladoras: Decreto n.º 14 de fecha 19 de enero
de 2015, relativo a bases reguladoras de la concesión por la Consejería de
Educación y Colectivos Sociales, de subvenciones públicas por el procedimiento
de concurrencia competitiva, para el mantenimiento, funcionamiento y promoción
de actividades de las casas de Melilla, las Asociaciones de Vecinos y las
Asociaciones de Mayores de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Medio de publicación: B.O.ME., núm.
5.202 de 23 de enero de 2015
Cuarto: Cuantía: Un máximo de 75.000 euros se
distribuirá en función de los siguientes criterios, indicadores de las
necesidades de cada Casa:
-
Número de socios. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de
38.085 €.
-
Volumen de actividades previstas. Se distribuirán proporcionalmente la
cuantía máxima de 17.580€.
-
Cargas financieras por la compra o arrendamiento del local social. Se
distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 5.857,50 €.
-
Previsión de gastos corrientes relacionados con el mantenimiento de la casa
regional. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 13.477,50€.
Quinto. Plazo de presentación de
solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS contados a
partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria.
Sexto. Otros datos: La solicitud se formulará
cumplimentada el modelo oficial que se facilitará por la Consejería de
Presidencia y Administración Pública (se anexa). Las solicitudes se podrán
presentar en cualquiera de las oficinas y registros públicos que se mencionan
en el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A efectos de una mejor
valoración de las solicitudes, la Administración podrá solicitar la ampliación
de los datos necesarios para adoptar la resolución que proceda. Estos datos, o
la documentación complementaria que se requiera, deberá ser aportada en el
plazo de 10 días a partir de la fecha del requerimiento y a través de los medios
ordinarios de presentación de solicitudes y documentos ante las
Administraciones Públicas.
Melilla 29 de julio de
2020,
La Consejera de
Presidencia y Administración Pública,
Gloria Rojas Ruiz