ARTÍCULO Nº 643 (CVE: BOME-A-2020-643) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5790 - viernes, 11 de septiembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 2689 de fecha 10 de septiembre de 2020, relativa a bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de diez plazas de auxiliar administrativo, escala de administración general, subescala auxiliar, por el procedimiento de oposición libre.
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno
de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 3 de septiembre de 2020,
por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas
vacantes en la plantilla e incluidas en las Ofertas de Empleo Público para 2018
y 2019, Personal Funcionario, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección
de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias
que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones
Públicas, y el art. 33 del Reglamento de
Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
19418/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Convocar el proceso de selección de las plazas que más
abajo se relacionan, de conformidad con las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN
PROPIEDAD DE DIEZ PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN
GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión,
mediante el procedimiento de oposición
libre, de diez plazas de Auxiliar Administrativo, encuadradas en el grupo C2,
Personal Funcionario, Complemento de Destino y demás emolumentos que
correspondan con arreglo a la legislación vigente.
Se reserva del total de las mismas tres plazas para ser
cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por
100, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5.7 de las Bases Generales de
aplicación publicadas en el B.O.M.E. núm. 5000 de fecha 15 de febrero de 2013.
Dicha circunstancia deberá indicarse en la solicitud para participar en el
proceso selectivo.
Si quedara vacante se sumarán a las restantes.
Dichas plazas están previstas en la Ofertas de Empleo
Público para el año 2018 (B.O.ME.
nº 5580 de 7 de septiembre de
2018) y OEP para el año 2019 (B.O.ME.
nº 5630 de 1 de marzo de 2019).
Una de las plazas convocadas corresponde a la vacante
identificada con el código F0880003 ya que se encuentra ocupada interinamente.
El resto de plazas no están provistas.
1.-
REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Además de los requisitos exigidos en las Bases Generales
de aplicación, publicadas en el B.O.ME. núm. 5000 de 15/02/2013, los
siguientes:
a)
Estar en posesión
del Título de Graduado en E.S.O. o equivalente (o estar en condiciones de
obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de instancias).
La equivalencia se acreditará, en su caso, con la
certificación expedida por el organismo competente en la materia o con la
disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el BOE en que se
publica.
A las instancias deberán añadirse necesariamente debidamente
autentificado, copia de la titulación exigida.
b)
Derechos de
examen: 7 € (B.O.ME. extraordinario nº 21 de 30-12-09).
Los desempleados y los miembros de familias numerosas
estarán exentos de abonar los derechos de examen. Esta circunstancia se acreditará
mediante certificación emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal o, en
su caso, fotocopia compulsada del Libro de Familia.
2.-
PROCESO DE SELECCIÓN.-
La oposición constará de los siguientes ejercicios:
PRIMER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los
aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta
preguntas, con tres respuestas alternativas, durante un período máximo de
noventa minutos, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del
comienzo del ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de esta
convocatoria.
Cada una de las ochenta preguntas tiene un valor de
0,125 puntos. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/
(n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de
alternativas de respuesta.
Dicha prueba tendrá carácter eliminatorio,
calificándose de 0 a 10 puntos, precisándose un mínimo de 5 puntos para poder
realizar el segundo ejercicio.
SEGUNDO EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los
aspirantes. Constará de dos partes, a realizar en una misma sesión:
a)
Primera parte:
Consistente en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de 60
minutos, un tema extraído al azar de la parte específica del programa de esta
convocatoria.
b)
Segunda parte:
Consistente en un ejercicio práctico de la Parte Específica del Programa y, en
concreto, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, con tres (3) respuestas alternativas
tipo test , siendo solamente una de ellas la correcta.
Este ejercicio constará de 30 preguntas, penalizando de
cada tres respuestas mal una bien, con una duración de 60 minutos. Se aplicará
la siguiente fórmula: P = 10/30 x (AE/3), siendo “P” la puntuación de la
segunda parte, “A” número de preguntas acertadas y “E” número de preguntas
erróneas.
Cada parte de este segundo ejercicio se calificará de
cero a diez puntos, constituyendo la nota final de este segundo ejercicio la
media obtenida con la suma de cada una de las dos partes. Será necesario
superar cada una de las dos partes con una puntuación mínima de cinco puntos
para superar este ejercicio.
Cada uno de los ejercicios de esta fase de oposición
tendrá carácter eliminatorio.
PUNTUACIÓN FINAL: Se obtendrá hallando la media aritmética de cada uno
de los ejercicios.
En caso de empate primará la mayor puntuación obtenida
en el segundo ejercicio. Si persiste el empate lo resolverá el Tribunal, si
fuere necesario, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los
aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida en la
fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación
obtenida. Si aún persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios como
sean necesarios hasta dirimirlo.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas.
Las propuestas de aprobados que contravengan este límite será nulas de pleno
derecho.
El Tribunal una vez realizada la valoración de los
ejercicios, el número de plazas que coincida con las plazas convocadas serán
considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.
Finalizadas las pruebas selectivas, se creará una bolsa
con todos aquellos aspirantes que hayan superado al menos una de las pruebas
selectivas, quedando derogadas las bolsas anteriores.
PROGRAMA
PARTE
GENERAL:
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978. Principios
generales y estructura.
TEMA 2.- Derechos y deberes fundamentales de los
españoles.
TEMA 3.- La Corona: atribuciones constitucionales.
TEMA 4.- Las Cortes Generales. - Congreso de los
Diputados y Senado. - Composición y funciones.
TEMA 5.- El Gobierno y la Administración: regulación
constitucional. - Principios de actuación de la Administración Pública:
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación
TEMA 6. - El Poder Judicial: regulación constitucional.
TEMA 7.- La Organización territorial del Estado. Los
Estatutos de Autonomía: su significado.
TEMA 8.- La Administración Pública en el Ordenamiento
español. Clases de personas jurídicas públicas.
TEMA 9.-. Sometimiento de la Administración a la Ley y
al Derecho.
TEMA 10.- Fuentes del Derecho Público. - La ley: clases
de leyes. - El reglamento: Concepto y clases.
TEMA 11.- Ciudad de Melilla I: Asamblea, presidente,
Consejo de Gobierno y Comisiones.
TEMA 12.- Ciudad de Melilla II: Competencias de la
Ciudad de Melilla.
TEMA 13.- Ciudad de Melilla III: Régimen jurídico.
TEMA 14.- Ciudad de Melilla IV: Régimen económico y
financiero.
TEMA 15.- El Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla: Órganos de la Administración
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 16.- El régimen local español. - Principios
constitucionales y regulación jurídica.
TEMA 17.- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela contra la
discriminación.
PARTE
ESPECIFICA
TEMA 1.- El acto administrativo I. – Concepto, clases y
elementos.
TEMA 2.- El acto administrativo II. -Eficacia de los
actos. - Nulidad y anulabilidad.
TEMA 3.- Procedimiento administrativo común. – Fases:
iniciación, ordenación instrucción y finalización.
TEMA 4.- Revisión de actos en vía administrativa I:
Revisión de oficio.
TEMA 5.- Revisión de actos en vía administrativa II:
Recursos administrativos de alzada, potestativo de reposición y extraordinario
de revisión.
TEMA 6.- Formas de la acción administrativa: Fomento,
policía y servicio público.
TEMA 7.- La responsabilidad patrimonial de las
Administraciones públicas.
TEMA 8.- El dominio público. – El patrimonio privado de
la Administración.
TEMA 9.- El término municipal. – La población
municipal. Consideración especial del vecino.
TEMA 10.- Las licencias. – Naturaleza jurídica. –
Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento.
TEMA 11.- Ordenanzas y reglamentos de las Entidades
Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.
TEMA 12.- Los bienes de las entidades locales: el patrimonio
de las Entidades Locales.
TEMA 13.- Ley de Contratos del Sector Público: Objeto y
ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Disposiciones
generales.
TEMA 14.- Funcionamiento de los órganos colegiados
locales. – Convocatoria y orden del día. -Actas y certificados de acuerdo.
TEMA 15.- Haciendas locales I: Clasificación de los
ingresos.
TEMA 16.- Haciendas Locales II. - Ordenanzas fiscales:
contenido, elaboración, publicación y publicidad de las ordenanzas fiscales.
TEMA 17.- Haciendas Locales III. – Régimen jurídico del
gasto público local: la ejecución del presupuesto.
TEMA 18.- Los Presupuestos locales: contenido,
estructura, procedimiento de elaboración y aprobación inicial.
TEMA 19.- Derechos y deberes de los funcionarios locales.
En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo
dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de
selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad
Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de
2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales
de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el
B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.
Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de Edictos de
la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las
citadas plazas.
Las presentes bases y los actos que de ella deriven por
parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos
previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla
10 de septiembre de 2020,
La
Consejera de Presidencia y Administración Pública,
Gloria
Roja Ruiz