ARTÍCULO Nº 768 (CVE: BOME-A-2020-768) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5799 - martes, 13 de octubre de 2020 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 - Juzgado de lo social Nº 1


Citación y notificación a D. Said Ficali, en procedimiento de impugnación de actos de la administración nº 474 / 2019.

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IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000474 /2019

Sobre ORDINARIO

DEMANDANTE/S D/ña: JUAN MANUEL.ARTILLO MARTIN

ABOGA DO/A: SALOMÓN SERFATY BITTÁN

DEMANDADO/S D/ña: DELEGACION DEL GOBIERNO º, SAID FILALI

ABOGADO/A: ABOGADO DEL.ESTADO,

 

EDICTO

 

D/Dª MARIA LUZ MARTINEZ ESCUDERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social· nº 001 de· MELILLA,. HAGO SABER:'

 

Que en el procedimiento IMPUGNACION: DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0009474 /2019 de este Juzgado de· lo Social, seguido a instanciad D/Dª JUAN MANUEL ARTILLO MARTIN contra SAID FILALI Y DELEGACIÓN DEL GOBIERNO sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

 

CÉDULA DE CITACIÓN

TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR

JDO. DE LÓ SOCIAL N. 1.

ASUNTO·. EN QUE SE ACUERDA

IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000474 /2019.

PERSONA A LA QUE SE CITA

SAID FILALI, como parte/s demandada/s.

oBJETO DE CITACIÓN

Asistir en esa condición al/los acto/s de juicio, concurriendo a tales actos con las pruebas de que intente valerse y también, si la parte contraria lo pide, y el/la Tribunal lo admite, contestar a las preguntas que se le formulen en la práctica de la prueba de interrogatorio.

LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE DEBE COMPARECER

Deben comparecer el día 12/11/2020 a la 9:40 horas en sala de vistas de este juzgado, para la celebración del acto de juicio. SE LE PONE EN SU CONOCIMIENTO QUE DEMANDA Y RESTO DE EXPEDIENTE SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN LA SEDE DE ESTA OFICINA. Igualmente, se le comunica que las siguientes notificaciones y citaciones se harán a través de tablón de anuncios de este juzgado de acuerdo con la ley.

 

PREVENCIONES LEGALES

 

1º.- La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 LJS).

2º.- Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3º.- Debe asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (art. 82.4 LJS), y, en el caso de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte, deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y en su fijación como ciertos le resulte prejudicial en todo o en parte.

 

Conforme dispone el artículo 91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal interrogatorio.

 

Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.

 

Podrán asimismo solicitar, al menos con – CINCO DÍAS – de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento (art. 90.3 LJS)

 

4º.- Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas:

5º.- Debe comunicar a esta Oficina Judicial un domicilio para la práctica de actos de comunicación y cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, con los apercibimientos del art. 53.2 LJS (art. 155.5 párrafo 1º de la LEC) haciéndole saber que, en aplicación de tal mandato, en el primer escrito o comparecencia ante tal órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.

 

El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán planos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados, asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de 
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teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

 

6º.- También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificará la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que le convoca (art. 183 LEC).

7º.- Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63 de esta ley, din que ello suponga la suspensión salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento correspondiente que no podrá exceder quince días.

 

En MELILLA, a 5 de octubre de dos mil veinte

 

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 

D/D,ª SAID FILALI

DOMICILIO: DESCONOCIDO

 

Y para que sirva de·CITACION Y NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. SAID FICALI con permiso de residencia E-493407, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de MELILLA. ·

 

Se· advierte al destinatario que, el resto de documentación se encuentra a su disposición. en la sede de esta oficina, y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir, forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En MELILLA, a 5. de octubre de dos mil veinte.

 

EL/LA.LETRADO/A DE LA  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA