ARTÍCULO Nº 1038 (CVE: BOME-A-2020-1038) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5817 - martes, 15 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 4468 de fecha 11 de diciembre de 2020, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de suboficial segundo jefe/a del SEIPS.
De conformidad con la Mesa General de Negociación de Personal
Funcionario de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión extraordinaria y
urgente celebrada el 10 de diciembre de 2020, por la que se aprueban las bases
para la provisión, mediante comisión de servicios, de puesto de trabajo vacante
en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo
previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me
confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art.
33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de
13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 29200/2020, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el proceso
siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE SUBOFICIAL SEGUNDO
JEFE/A DEL SEIPS.
Es objeto de esta
convocatoria, la provisión, mediante Comisión de Servicios, del siguiente
puesto de trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla:
Código |
Denominación |
Grp |
RJ |
Formación |
VPPT |
CD |
1305 |
Suboficial Segundo Jefe/a
del SEIPS |
A2 |
F |
Diplomatura Universitaria |
275 |
22 |
1.- Requisitos
Específicos:Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
- Ser Funcionario de
carrera, propio o transferido, en
situación de servicio activo, Grupo A2, perteneciente a la Escala de
Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de
Incendios de la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.-
Procedimiento de provisión:
El puesto objeto de la
presente convocatoria se proveerá por Comisión de Servicio.
3.-
Disposiciones Generales:
Se establecerán de acuerdo con lo preceptuado
en las “Bases generales de aplicación a los procedimientos de provisión de
puestos de trabajo mediante comisión de servicios de funcionarios de carrera de
la Ciudad Autónoma de Melilla durante los ejercicios 2019-2023” que, en su
apartado 2.4.d), dice:
“Atendiendo a la naturaleza y características
de los puestos a cubrir, la provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios para los Cuerpos de
Policía Local y Bomberos, serán objeto de regulación en las bases
especificas aprobadas mediante convocatoria pública por el titular de la
Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática,
previa negociación de la Mesa sectorial del cuerpo al que pertenezca el puesto
a cubrir en Comisión de servicios y la Mesa general de negociación de personal
laboral y funcionario.”
4.- Forma y
plazo de presentación de solicitudes.-
Todo funcionario de carrera
de la Ciudad Autónoma de Melilla que, reuniendo los requisitos, quiera acceder
a la comisión de servicios convocada, deberá presentar una solicitud dirigida a
la Consejería de Presidencia y Administración Pública, a través de alguno de
los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo improrrogable de cinco
días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad.
La solicitud deberá ir
acompañada de fotocopia del DNI, de la documentación acreditativa compulsada de
los méritos alegados que serán objeto de valoración y del certificado de
servicios prestados emitido por la Secretaria Técnica de la Consejería de
Presidencia y Administración Pública.
5.- Sistema
de valoración:
a) Antigüedad.
-
Por prestación de servicios en la Ciudad Autónoma de Melilla, como Grupo
A, Subgrupo A2 o asimilado al Subgrupo A2, 0,166 puntos por mes.
-
Por prestación de servicios en la Ciudad Autónoma de Melilla en Grupos
inferiores al puesto convocado, 0,08
puntos por
mes.
La puntuación máxima en este
apartado será de 20
puntos.
Para el cómputo de la
antigüedad, se despreciarán las fracciones inferiores al mes.
Se acreditará mediante
certificado de la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.
b)
Méritos adecuados a la característica de cada
puesto.
Por cada año desarrollando
puestos que impliquen la responsabilidad
respecto de otro personal a su cargo en el mismo Servicio o Unidad al
que pertenezca el puesto convocado y en el mismo Grupo, 1,2 puntos por año; 0,1 punto por mes, con un máximo de 10
puntos.
La posesión del mérito se
acreditará mediante certificado emitido por la Secretaría Técnica de Presidencia
y Administración Pública.
c)
Posesión de un determinado Grado personal.
0,5
puntos
por nivel de grado personal consolidado, con un máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante certificado de la Secretaría
Técnica de Presidencia y Administración Pública.
d)
Cursos
de formación y perfeccionamiento superados.
Por cursos específicos
recibidos relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración
o por empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes
anuales de Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones
Sindicales en dicho ámbito;
0,01 puntos
por hora de curso, con un máximo de 10 puntos.
En caso de empate en la
puntuación, se acudirá para dirimirlo a lo establecido en el artículo 8.3 del
Reglamento del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de
la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por la Excma. Asamblea en sesión
celebrada el día 7-02-2020 (publicado en BOME extr. nº1 de 25-02-20).
6.- Comisión
de Valoración.-
La Comisión de Valoración
estará constituida y se regirá según lo establecido en el apartado séptimo de las Bases Generales de
aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante
Comisión de Servicios.
7.- Norma
final.-
En lo no dispuesto en las
presentes bases, se estará a lo establecido en las Bases Generales de
aplicación.
Las presentes bases y los
actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser
recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Melilla 11 de diciembre de 2020,
La Consejera de Presidencia y Administración
Pública,
Gloria Rojas Ruiz