ARTÍCULO Nº 1038 (CVE: BOME-A-2020-1038) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5817 - martes, 15 de diciembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 4468 de fecha 11 de diciembre de 2020, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de suboficial segundo jefe/a del SEIPS.

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De conformidad con la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 10 de diciembre de 2020, por la que se aprueban las bases para la provisión, mediante comisión de servicios, de puesto de trabajo vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración  General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 29200/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Convocar el proceso siguiente:

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE SUBOFICIAL SEGUNDO JEFE/A DEL SEIPS.

 

Es objeto de esta convocatoria, la provisión, mediante Comisión de Servicios, del siguiente puesto de trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla:

 

Código

Denominación

Grp

RJ

Formación

VPPT

CD

1305

Suboficial

Segundo Jefe/a del SEIPS

A2

F

Diplomatura

Universitaria

275

22

 

1.- Requisitos Específicos:Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

 

- Ser Funcionario de carrera,  propio o transferido, en situación de servicio activo, Grupo A2, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

2.- Procedimiento de provisión:

El puesto objeto de la presente convocatoria se proveerá por Comisión de Servicio.

3.- Disposiciones Generales:

Se establecerán de acuerdo con lo preceptuado en las “Bases generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios de funcionarios de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla durante los ejercicios 2019-2023” que, en su apartado 2.4.d), dice:

 

“Atendiendo a la naturaleza y características de los puestos a cubrir, la provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios para los Cuerpos de Policía Local y Bomberos, serán objeto de regulación en las bases especificas aprobadas mediante convocatoria pública por el titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática, previa negociación de la Mesa sectorial del cuerpo al que pertenezca el puesto a cubrir en Comisión de servicios y la Mesa general de negociación de personal laboral y funcionario.”

 

4.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.-

Todo funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla que, reuniendo los requisitos, quiera acceder a la comisión de servicios convocada, deberá presentar una solicitud dirigida a la Consejería de Presidencia y Administración Pública, a través de alguno de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo improrrogable de cinco días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

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La solicitud deberá ir acompañada de fotocopia del DNI, de la documentación acreditativa compulsada de los méritos alegados que serán objeto de valoración y del certificado de servicios prestados emitido por la Secretaria Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública.

 

5.- Sistema de valoración:

 

a) Antigüedad.

 

-              Por prestación de servicios en la Ciudad Autónoma de Melilla, como Grupo A, Subgrupo A2 o asimilado al Subgrupo A2, 0,166 puntos por mes.

-              Por prestación de servicios en la Ciudad Autónoma de Melilla en Grupos inferiores al puesto convocado, 0,08 puntos por mes.

 

La puntuación máxima en este apartado será de 20 puntos.

 

Para el cómputo de la antigüedad, se despreciarán las fracciones inferiores al mes.

 

Se acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.

 

b)            Méritos adecuados a la característica de cada puesto.

Por cada año desarrollando puestos que impliquen la responsabilidad  respecto de otro personal a su cargo en el mismo Servicio o Unidad al que pertenezca el puesto convocado y en el mismo Grupo, 1,2 puntos por año; 0,1 punto por mes, con un máximo de 10 puntos.

 

La posesión del mérito se acreditará mediante certificado emitido por la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.

 

c)            Posesión de un determinado Grado personal.

0,5 puntos por nivel de grado personal consolidado, con un máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.

d)            Cursos de formación y perfeccionamiento superados.

 

Por cursos específicos recibidos relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes anuales de Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en dicho ámbito;  0,01 puntos por hora de curso, con un máximo de 10 puntos.

 

En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a lo establecido en el artículo 8.3 del Reglamento del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por la Excma. Asamblea en sesión celebrada el día 7-02-2020 (publicado en BOME extr. nº1 de 25-02-20).

 

6.- Comisión de Valoración.-

La Comisión de Valoración estará constituida y se regirá según lo establecido en el  apartado séptimo de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante Comisión de Servicios.

7.- Norma final.-

En lo no dispuesto en las presentes bases, se estará a lo establecido en las Bases Generales de aplicación.

 

Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Melilla 11 de diciembre de 2020,

La Consejera de Presidencia y Administración Pública,

Gloria Rojas Ruiz