ARTÍCULO Nº 160 (CVE: BOME-A-2022-160) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5944 - viernes, 4 de marzo de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 703 de fecha 28 de febrero de 2022, relativa aprobación del Plan de Formación con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2022.

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La Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 28/02/2022, registrada al número 2022000703, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

La Dirección General de Función Pública informa lo siguiente:

 

Previa aprobación en Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2022, con el voto a favor de la Administración y de las Entidades Sindicales con representación local UGT, CCOO y CSIF y la abstención de USTM, quedando pendiente de aprobación el Plan de Formación con Fondos Propios para el año 2022 gestionado por las Entidades Sindicales, se  aprueba Plan de Formación con Fondos MAP para el año 2022, gestionado por la Dirección General de Función Pública y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma de Melilla (prorrogados).

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 4965/2022, conforme a lo dispuesto en el Decreto del Consejo de Gobierno de atribución de competencias 19 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 43 igual fecha), por el que se atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejería de Presidencia y Administración Pública ostenta las atribuciones en materia de Función Pública, entre otras, de “la planificación, desarrollo y ejecución de la Política de Formación de los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla”, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

 

Que el Plan de Formación con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2022, gestionado por la Dirección General de Función Pública, quede aprobado y se desarrolle conforme a la siguiente concreción:

 

PLAN DE FORMACIÓN FONDOS MAP DGFP 2022

ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN

CIUDADANA

MODALIDAD

 ALUMNOS

 HORAS

 EDICIONES

GESTIÓN DE CONFLICTOS EN LA ATENCIÓN AL PÚBLICO

OL

40

30

1

INTERCULTURALIDAD Y GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD

OL

40

30

1

ATENCIÓN AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD

OL

40

30

1

INFORMÁTICA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

COMPETENCIAS DIGITALES (1ª

EDICIÓN)

OL

40

30

1

ACCESIBILIDAD WEB

OL

40

30

1

REDES SOCIALES Y DERECHO DIGITAL

OL

40

30

1

HACIENDA Y PRESUPUESTOS

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

GESTIÓN DE SUBVENCIONES Y CONVENIOS (2ª EDICIÓN)

OL

40

30

1

NUEVO MARCO DE MEDIDAS

EXTRAORDINARIAS DE RECUPERACIÓN Y TRANSFORMACIÓN EUROPEA

OL

40

30

1

APLICACIÓN PRÁCTICA DEL

PRESUPUESTO DE LA C.A. DE MELILLA

OL

40

30

1

RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL

DE LA CAM

OL

40

30

1

GESTIÓN PÚBLICA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO,

TELETRABAJO Y MEDIDAS COVID-19

OL

40

30

1

INFORMES, DOCUMENTOS Y

PLANTILLAS ADMINISTRATIVAS

OL

40

30

1

BOME-P-2022-515 Descargar página

INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES

OL

40

30

1

JURÍDICO-ADMINISTRATIVA

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA CAM

OL

40

30

1

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES Y REVISIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

OL

40

30

1

NORMATIVA DE LA CAM (1ª EDICIÓN)

OL

40

30

1

FORMACIÓN JURÍDICA EN

DERECHO ADMINISTRATIVO

OL

40

30

1

ADMINISTRACIÓN 2.0

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PROTECCIÓN DE DATOS DE

CARÁCTER PERSONAL

OL

40

30

1

LA NUEVA E-ADMINISTRACIÓN

OL

40

30

1

SISTEMA DE QUEJAS Y SUGERENCIAS DE LA CAM

OL

40

30

1

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LA CAM

OL

40

30

1

TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS, REGISTRO DE DOCUMENTOS

OL

40

30

1

SERVICIOS SOCIALES

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PRESTACIONES SOCIALES DE LA CAM

OL

40

30

1

IGUALDAD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN FRENTE A LA

VIOLENCIA DE GÉNERO

OL

40

30

1

IGUALDAD DE GÉNERO

OL

40

30

1

IMPULSO DE LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN

OL

40

30

1

SEGURIDAD Y SALUD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

OL

40

30

1

MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

CAMBIO CLIMÁTICO Y SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

OL

40

30

1

FORMACIÓN POR COMPETENCIAS

MODALIDAD

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

PSICOLOGIA EVOLUTIVA

OL

40

30

1

MARCO JURÍDICO DE LA MEDIACIÓN POLICIAL

OL

40

30

1

TOTALES POR MODALIDAD

ONLINE

ALUMNOS

HORAS

EDICIONES

TOTALES 

30

1200

900

30

 

Destinatarios:

Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás Administraciones Públicas, así como a los Empleados de los Organismos Públicos y Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla que hayan suscrito el correspondiente convenio de reciprocidad, o de otras que se hayan aprobado por la Comisión Paritaria de Formación, con las condiciones que a continuación se determinan.

 

Solicitudes: 

La solicitud para participar en las distintas acciones formativas, que se adjunta como Anexo I y consta en el expediente, también está disponible en la siguiente dirección: https://www.melilla.es/melillaPortal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/25_6852_1.pdf

 

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Presentación de solicitudes y plazo de presentación:

Las solicitudes a los cursos de formación se podrán presentar a través de:

 

-      Formulario existente en la plataforma del Centro de Estudio y Formación, en la dirección http://formacion.dgfpmelilla.es/

-              O en Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la dirección https://sede.melilla.es/sta/Relec/CatalogDetail?dboidRequest=626900101315695199 9500&action=make&dboidProcedure=6262601011903142907187&urlBack=NO, que se presentará y se registrará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

La no cumplimentación correcta, sin rectificación a requerimiento de la Administración, o la falsedad en los datos suministrados será motivo de exclusión de la acción formativa.

 

El plazo de presentación de solicitudes será, desde el día siguiente a su publicación en el BOME, hasta cinco (5) días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa, salvo que existan plazas vacantes, en cuyo caso podrán ser admitidas hasta el inicio de la actuación formativa correspondiente. Las fechas de realización de las distintas actividades formativas serán programadas por el Centro de Estudio y Formación (CEF), dependiente de la Dirección General de Función Pública, siempre dentro del ejercicio 2022. De dicha programación se dará cumplida información a través del correo electrónico corporativo y del Portal de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

En el supuesto de mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, los criterios de selección del personal que asistirá a las acciones formativas, serán, por su orden, los siguientes:

 

1º. Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

2º. Empleados Públicos de otras Administraciones Públicas

3º. Empleados de Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

4º. Empleados de Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

Sin perjuicio de la anterior prelación, en el supuesto de igualdad de condición del solicitante, los criterios de selección, por su orden, serán los siguientes:

 

1º. Relación de la acción formativa con el puesto de trabajo.

2º. Fecha de registro de solicitud.

 

Diploma acreditativo:

Finalizado el curso se dará al alumno diploma acreditativo de su asistencia siempre que se justifique por el Centro de Estudio y Formación de la Dirección General de Función Pública que el Empleado Público haya asistido al curso de formación el tiempo mínimo establecido por la Comisión de Formación Continua de la Ciudad Autónoma. Este control se realizará mediante la firma del Empleado Público en las hojas de asistencia, así como por medio de la plataforma de formación, en el supuesto de cursos online y de otros controles que se puedan establecer desde la Dirección General de Función Pública.

 

Si el curso de formación contempla la posibilidad de obtener un certificado de aprovechamiento, deberá además, superar las pruebas que establezcan los organizadores del curso, en su caso.

 

Por ello, una vez finalizada la actividad formativa y entregado el correspondiente expediente administrativo al Centro de Estudio y Formación por la entidad gestora correspondiente, en aquellas acciones formativas gestionadas, directa o indirectamente, por la Dirección General de Función Pública, el alumnado con derecho a diploma lo tendrá a su disposición en SEDE ELECTRÓNICA, en un plazo de quince (15) días hábiles desde la incorporación de la memoria de finalización en el expediente correspondiente.

 

Renuncias y faltas de asistencia:

La renuncia a un curso deberá efectuarse al menos cinco días hábiles antes de la fecha de comienzo del mismo. Iniciada la actividad formativa, la segunda renuncia no justificada a un curso, que dado lo avanzado de dicha actividad, impida el aprovechamiento por parte de otro alumno como suplente, es susceptible de penalización con la exclusión para la realización de cursos pertenecientes a los Planes de Formación de Fondos Propios o MAP durante el ejercicio 2022, previa consideración, a petición del alumno, de los miembros de la Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad.

 

En la modalidad de cursos presenciales, una falta superior al 10 % de la duración total del curso o de un (1) día, en el supuesto de cursos presenciales que, por su duración, la ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin causa justificada, le privará del derecho a diploma-certificado, puesto que lo que acredita éste es la asistencia al Curso.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

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Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 1 de marzo de 2022,

El Secretario Técnico de Presidencia y Administraciones Públicas P.A.,

Juan Luis Villaseca Villanueva

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