ARTÍCULO Nº 160 (CVE: BOME-A-2022-160) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5944 - viernes, 4 de marzo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 703 de fecha 28 de febrero de 2022, relativa aprobación del Plan de Formación con Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de
28/02/2022, registrada al número 2022000703, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
La Dirección General de
Función Pública informa lo siguiente:
Previa aprobación en
Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión
celebrada el día 23 de febrero de 2022, con el voto a favor de la
Administración y de las Entidades Sindicales con representación local UGT, CCOO
y CSIF y la abstención de USTM, quedando pendiente de aprobación el Plan de
Formación con Fondos Propios para el año 2022 gestionado por las Entidades
Sindicales, se aprueba Plan de Formación
con Fondos MAP para el año 2022, gestionado por la Dirección General de Función
Pública y financiado con fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de
lo dispuesto en el Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de
la Ciudad Autónoma de Melilla (prorrogados).
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 4965/2022, conforme a lo dispuesto en el Decreto del
Consejo de Gobierno de atribución de competencias 19 de diciembre de 2019 (BOME
extraordinario nº 43 igual fecha), por el que se atribuyen competencias a las
Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejería de Presidencia y Administración
Pública ostenta las atribuciones en materia de Función Pública, entre otras, de
“la planificación, desarrollo y ejecución de la Política de Formación de los
empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla”, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER:
Que el Plan de Formación con
Fondos MAP de la Ciudad Autónoma de
Melilla para el año 2022, gestionado por la Dirección General de Función
Pública, quede aprobado y se desarrolle conforme a la siguiente concreción:
PLAN DE FORMACIÓN FONDOS MAP DGFP 2022 |
||||
ATENCIÓN
Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA |
MODALIDAD
|
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
GESTIÓN DE CONFLICTOS EN LA ATENCIÓN AL PÚBLICO |
OL |
40 |
30 |
1 |
INTERCULTURALIDAD Y GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD |
OL |
40 |
30 |
1 |
ATENCIÓN AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD |
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMÁTICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
COMPETENCIAS DIGITALES (1ª EDICIÓN) |
OL |
40 |
30 |
1 |
ACCESIBILIDAD WEB |
OL |
40 |
30 |
1 |
REDES SOCIALES Y DERECHO DIGITAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
HACIENDA
Y PRESUPUESTOS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
GESTIÓN DE SUBVENCIONES Y CONVENIOS (2ª EDICIÓN) |
OL |
40 |
30 |
1 |
NUEVO MARCO DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE RECUPERACIÓN Y TRANSFORMACIÓN
EUROPEA |
OL |
40 |
30 |
1 |
APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PRESUPUESTO DE LA C.A. DE MELILLA |
OL |
40 |
30 |
1 |
RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN
PÚBLICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, TELETRABAJO Y MEDIDAS COVID-19 |
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMES, DOCUMENTOS Y PLANTILLAS ADMINISTRATIVAS |
OL |
40 |
30 |
1 |
INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES |
OL |
40 |
30 |
1 |
JURÍDICO-ADMINISTRATIVA
|
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
EN LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES Y REVISIÓN DE
ACTOS ADMINISTRATIVOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
NORMATIVA DE LA CAM (1ª EDICIÓN) |
OL |
40 |
30 |
1 |
FORMACIÓN JURÍDICA EN DERECHO ADMINISTRATIVO |
OL |
40 |
30 |
1 |
ADMINISTRACIÓN
2.0 |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
LA NUEVA E-ADMINISTRACIÓN |
OL |
40 |
30 |
1 |
SISTEMA DE QUEJAS Y SUGERENCIAS DE LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS, REGISTRO
DE DOCUMENTOS |
OL |
40 |
30 |
1 |
SERVICIOS
SOCIALES |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PRESTACIONES SOCIALES DE LA CAM |
OL |
40 |
30 |
1 |
IGUALDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO |
OL |
40 |
30 |
1 |
IGUALDAD DE GÉNERO |
OL |
40 |
30 |
1 |
IMPULSO DE LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN |
OL |
40 |
30 |
1 |
SEGURIDAD
Y SALUD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
OL |
40 |
30 |
1 |
MEDIO
AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
CAMBIO CLIMÁTICO Y SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
FORMACIÓN
POR COMPETENCIAS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
PSICOLOGIA EVOLUTIVA |
OL |
40 |
30 |
1 |
MARCO JURÍDICO DE LA MEDIACIÓN POLICIAL |
OL |
40 |
30 |
1 |
TOTALES
POR MODALIDAD |
ONLINE |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
TOTALES |
30 |
1200 |
900 |
30 |
Destinatarios:
Empleados Públicos de la
Ciudad Autónoma de Melilla y demás Administraciones Públicas, así como a los
Empleados de los Organismos Públicos y Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma
de Melilla que hayan suscrito el correspondiente convenio de reciprocidad, o de
otras que se hayan aprobado por la Comisión Paritaria de Formación, con las
condiciones que a continuación se determinan.
Solicitudes:
La solicitud para participar
en las distintas acciones formativas, que se adjunta como Anexo I y consta en
el expediente, también está disponible en la siguiente dirección:
https://www.melilla.es/melillaPortal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/25_6852_1.pdf
Presentación de solicitudes y plazo de
presentación:
Las solicitudes a los cursos
de formación se podrán presentar a través de:
- Formulario existente en la
plataforma del Centro de Estudio y Formación, en la dirección
http://formacion.dgfpmelilla.es/
-
O en Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la dirección https://sede.melilla.es/sta/Relec/CatalogDetail?dboidRequest=626900101315695199
9500&action=make&dboidProcedure=6262601011903142907187&urlBack=NO, que se
presentará y se registrará a través de la Sede Electrónica de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
La no cumplimentación
correcta, sin rectificación a requerimiento de la Administración, o la falsedad
en los datos suministrados será motivo de exclusión de la acción formativa.
El plazo de presentación de
solicitudes será, desde el día siguiente a su publicación en el BOME, hasta
cinco (5) días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa, salvo
que existan plazas vacantes, en cuyo caso podrán ser admitidas hasta el inicio
de la actuación formativa correspondiente. Las fechas de realización de las
distintas actividades formativas serán programadas por el Centro de Estudio y
Formación (CEF), dependiente de la Dirección General de Función Pública,
siempre dentro del ejercicio 2022. De dicha programación se dará cumplida
información a través del correo electrónico corporativo y del Portal de
Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla.
En el supuesto de mayor
número de solicitudes que de plazas ofertadas, los criterios de selección del
personal que asistirá a las acciones formativas, serán, por su orden, los
siguientes:
1º. Empleados Públicos de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
2º. Empleados Públicos de
otras Administraciones Públicas
3º. Empleados de Organismos
Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4º. Empleados de Empresas
Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla
Sin perjuicio de la anterior
prelación, en el supuesto de igualdad de condición del solicitante, los
criterios de selección, por su orden, serán los siguientes:
1º. Relación de la acción
formativa con el puesto de trabajo.
2º. Fecha de registro de
solicitud.
Diploma acreditativo:
Finalizado el curso se dará
al alumno diploma acreditativo de su asistencia siempre que se justifique por
el Centro de Estudio y Formación de la Dirección General de Función Pública que
el Empleado Público haya asistido al curso de formación el tiempo mínimo
establecido por la Comisión de Formación Continua de la Ciudad Autónoma. Este
control se realizará mediante la firma del Empleado Público en las hojas de
asistencia, así como por medio de la plataforma de formación, en el supuesto de
cursos online y de otros controles que se puedan establecer desde la Dirección
General de Función Pública.
Si el curso de formación
contempla la posibilidad de obtener un certificado de aprovechamiento, deberá
además, superar las pruebas que establezcan los organizadores del curso, en su
caso.
Por ello, una vez finalizada
la actividad formativa y entregado el correspondiente expediente administrativo
al Centro de Estudio y Formación por la entidad gestora correspondiente, en
aquellas acciones formativas gestionadas, directa o indirectamente, por la
Dirección General de Función Pública, el alumnado con derecho a diploma lo
tendrá a su disposición en SEDE ELECTRÓNICA, en un plazo de quince (15) días
hábiles desde la incorporación de la memoria de finalización en el expediente
correspondiente.
Renuncias y faltas de asistencia:
La renuncia a un curso
deberá efectuarse al menos cinco días hábiles antes de la fecha de comienzo del
mismo. Iniciada la actividad formativa, la segunda renuncia no justificada a un
curso, que dado lo avanzado de dicha actividad, impida el aprovechamiento por
parte de otro alumno como suplente, es susceptible de penalización con la
exclusión para la realización de cursos pertenecientes a los Planes de
Formación de Fondos Propios o MAP durante el ejercicio 2022, previa
consideración, a petición del alumno, de los miembros de la Comisión Paritaria
de Formación de la Ciudad.
En la modalidad de cursos
presenciales, una falta superior al 10 % de la duración total del curso o de un
(1) día, en el supuesto de cursos presenciales que, por su duración, la
ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin causa justificada, le
privará del derecho a diploma-certificado, puesto que lo que acredita éste es
la asistencia al Curso.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número
2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 1 de marzo de 2022,
El Secretario Técnico de Presidencia y
Administraciones Públicas P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva