ARTÍCULO Nº 299 (CVE: BOME-A-2022-299) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5954 - viernes, 8 de abril de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Decreto nº 373 de fecha 4 de enero de 2022, relativo a nombramiento de D. Joaquín Arana Torres, como asesor.

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El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 04/04/2022, registrado al número 2022000373, en el Libro de Oficial de Decretos de la Presidencia ha decretado lo siguiente:

 

El artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo de 1995, que aprueba Estatuto de Autonomía de Melilla atribuye al Presidente de la Ciudad la función de dirigir y coordinar la actividad del Consejo de Gobierno, órgano institucional colegiado integrado por el propio Presidente y los Consejeros, que ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de conformidad con los artículos 16 y 17 del propio Estatuto, sin perjuicio de las competencias reservadas al Pleno de la Asamblea a tenor de lo preceptuado en el artículo 12 del citado texto estatutario.

 

La determinación del número, características y retribuciones del personal eventual para el presente mandato de la Asamblea, requiere clarificar previamente que el régimen del personal eventual está determinado por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado Público, definido como aquel personal que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin, siéndole aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. Además se dispone que el nombramiento y cese serán libres, y que éste último tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.

 

Por acuerdo del Pleno de la Asamblea, de fecha 3 de Febrero de 2022 (BOME núm. 5, de 4 de Febrero de 2022), previo dictamen de la Comisión Permanente de Presidencia y Administración Pública, se estableció la aprobación de la plantilla del Personal Eventual de la CAM con sus correspondientes retribuciones, en base a lo señalado en los artículos 104.1 y 104 bis, letra f), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

Actualmente existe crédito suficiente en la partida presupuestaria 00/91201/10000 Personal Eventual Org. Gobierno, con número RC 12022000009600 de fecha 17/03/2022.

 

En virtud de la competencia atribuida por el apartado 2 del mismo artículo 104 de la citada Ley 7/1985 y por el artículo 10.1 r), del Reglamento del Gobierno y de la Administración, aplicable en virtud de lo señalado en el art. 30 y 31 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 10566/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

El nombramiento de D. JOAQUIN ARANA TORRES, como Asesor/a (SubGrupo A1), de la plantilla de Personal Eventual, tipificado con COD. E004, Dotación 3 y CD 26, adscrito a Presidencia, con efectos económicos y administrativos a partir del día 12/03/2022.

 

Proceder a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Melilla y difundir su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, manteniendo permanentemente actualizada la información relativa al número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual de la Ciudad.

 

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Contra este DECRETO, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.

 

Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.

 

Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

  

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 5 de abril de 2022,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva