ARTÍCULO Nº 303 (CVE: BOME-A-2022-303) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5954 - viernes, 8 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 1257 de fecha 4 de abril de 2022, relativa a convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de sargento del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento (S.P.E.I.S.), mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna.
La titular de la Consejería
de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden/Resolución de 04/04/2022, registrada al número 2022001257, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de
fecha 31 de marzo de 2022, por el que se aprueban las bases para la provisión
definitiva de 1 plaza de Sargento del Servicio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento, vacante en la plantilla de Personal Funcionario e incluida en la Oferta de Empleo Público para 2021,
y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7
de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a
los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el
Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a
tenor del Orden Jurídico instaurado por
la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 8976/2022, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el proceso de
selección siguiente:
PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE
SARGENTO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO
(S.P.E.I.S.), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA.
1.- OBJETO.-
Es objeto de la presente
convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, por
promoción interna, de una plaza de Sargento del Servicio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento (S.P.E.I.S), encuadrada en la Escala de
Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de
Incendios, Grupo A2, de la Plantilla de Funcionarios de la Ciudad Autónoma de
Melilla, prevista en la Oferta de Empleo Público para el año 2021 (B.O.ME. extr. nº
76 de 3 de diciembre de 2021).
2.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Para ser admitidos a la
realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir, además de los
requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación (B.O.ME. núm. 5000 de
fecha 15 de febrero de 2013), los siguientes:
a)
Ser funcionario de la Ciudad Autónoma de Melilla, con la categoría de
Cabo del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
(S.P.E.I.S.), con una antigüedad mínima en este puesto de dos años. Esta
antigüedad se referirá a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b)
Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico,
Diplomado, Grado o equivalente. La equivalencia se acreditará, en su caso, con
la certificación expedida por el organismo competente en la materia o con la
disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el BOE en que se
publica.
c)
No tener nota desfavorable sin cancelar en su expediente personal,
derivada de sanción impuesta por la Autoridad competente, mediante expediente
disciplinario.
Los requisitos enumerados en
las presentes Bases deberán reunirse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3.- PROCESO DE SELECCIÓN.
A) Fase de Concurso:
Será previa a la fase de
oposición y se valorarán los méritos alegados y justificados de acuerdo con el
siguiente baremo de méritos:
ANTIGÜEDAD :
-
Por cada mes de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como
Cabo del Servicio de Extinción de Incendios 0,011 puntos.
Para el cómputo de los
meses, se despreciarán las fracciones inferiores al mes. El periodo de tiempo
de servicios prestados se acreditará mediante certificación extendida por la
Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública,
que deberá ser solicitada por los propios aspirantes, adjuntándola a la
solicitud para tomar parte en la convocatoria.
La puntuación máxima en este
apartado será de 2 puntos.
NIVEL DE FORMACIÓN:
Poseer Titulación académica
igual o superior a la exigida como requisito en la convocatoria, con un máximo
de 1,5 puntos:
-
Título Universitario de Grado, 0,80 puntos, siempre que sea Titulación
adicional y distinta a la aportada como requisito para formar parte en las
pruebas selectivas.
-
Título Universitario de Licenciado, 1 punto, siempre que sea Titulación
adicional y distinta a la aportada como requisito para formar parte en las
pruebas selectivas o Grado de al menos 300 créditos.
-
Título de Diplomado, 0,60 puntos siempre que sea Titulación adicional y
distinta a la aportada como requisito para formar parte en las pruebas
selectivas.
-
Doctorado, 0,50 puntos.
-
Master Universitario Oficial (120 créditos), 0,40 puntos.
-
Master Universitario Oficial (60 créditos), 0,20 puntos.
CURSOS:
Formación recibida: Por cursos relacionados con la
plaza objeto de la convocatoria, 0,0008
puntos por hora lectiva hasta un máximo de 1 punto.
Se acreditará mediante
certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió
el curso o copia compulsada de los mismos, con indicación del número de horas
de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación.
Los cursos inferiores a 15
horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
La fase de concurso se
valorará de 0 a 4,5 puntos y no tendrá, en ningún caso, carácter eliminatorio.
B) FASE DE LA OPOSICION
1.-
Primer Ejercicio:
De carácter obligatorio,
igual para todos los aspirantes, consistente en contestar un cuestionario de 85
preguntas tipo test (5 de reserva), con tres respuestas alternativas en un
período máximo de 90 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de
su realización, relacionado con el contenido del programa anexo a la
convocatoria. Dichas preguntas versarán: 20 sobre la parte general del temario
y 60 de la parte específica. Las cinco de reserva: 2 sobre la parte general y 3
de la específica.
Cada pregunta contestada correctamente
se puntuará con 0,125 puntos, no penalizando las contestadas erróneamente,
siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al siguiente
ejercicio.
2.-
Segundo Ejercicio: Supuesto práctico:
Consistirá en la realización
de una prueba práctica, con una duración de 90 minutos, que fijará el Tribunal
inmediatamente antes de la realización del ejercicio, que consistirá en la
resolución de un supuesto práctico de intervención propuesto por el Tribunal y
relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo y/o del temario
propuesto.
En este ejercicio se
valorará las soluciones planteadas, formulación de conclusiones y el
conocimiento y adecuada aplicación de la normativa vigente.
Esta prueba es obligatoria y
eliminatoria, calificándose con una puntuación de 0 a 10 puntos, precisándose
un mínimo de 5 puntos para superarlo.
La puntuación de la fase de
oposición, será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en el primer
y segundo ejercicio.
C) CALIFICACION
FINAL: Será la que resulte de sumar la puntuación
obtenida en la fase de oposición, a la que se sumarán los puntos obtenidos en
la fase de concurso. En caso de empate lo resolverá la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición, y si persiste el empate lo resolverá el
Tribunal, si fuere necesario por haberse de dilucidar la selección o no de los
aspirantes, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los
aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida para la
fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación
obtenida. Si aun así persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios
cuantos sean necesarios hasta dirimirlo.
El Tribunal no podrá aprobar
ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de
vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite
será nulas de pleno derecho.
El Tribunal una vez
realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con
las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.
En aplicación de lo previsto en el art. 77 del
R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas
materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de origen,
anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas
queda fijado en los siguientes:
PROGRAMA
PARTE
GENERAL:
Tema 1.– La Constitución
Española. Estructura y contenidos esenciales. Procedimiento de reforma.
Tema 2.– Los derechos y
deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la
política social y económica en la Constitución Española. La Protección y
suspensión de los derechos fundamentales.
Tema 3.– El acto administrativo.
Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 4.– Procedimiento
administrativo común. – Fases: iniciación, ordenación instrucción y
finalización.
Tema 5 .- Ley Orgánica
2/1996, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla: Organización
Institucional, Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno.
Tema 6 .- Ley Orgánica
2/1996, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla: Competencias de la Ciudad de Melilla.
Tema 7.- Real Decreto
5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público: Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 8.- Ley Orgánica
3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de
igualdad y la tutela contra la discriminación.
PARTE
ESPECÍFICA:
Tema 1.- Clasificación de
los fuegos. Triángulo y tetraedro del fuego. Sustancias combustibles y
sustancias inflamables. Propagación de los incendios.
Tema 2.- Productos de la
combustión. Explosiones, bleve, flashover y backdraft.
Tema 3.- La ventilación. Movimiento
del humo en los edificios. Técnicas de ventilación.
Tema 4.- Sistemática de
intervención en accidentes de tráfico.
Tema 5.- Atención a la
víctima en accidentes de tráfico. Valoración primaria y secundaria de la
víctima. Tipos de atrapamiento.
Tema 6.- Descarcelación y
extracción de víctimas en vehículos accidentados sobre las cuatro ruedas, en
vuelco lateral y en vuelco sobre techo.
Tema 7.- Intervención en
siniestros con mercancías peligrosas. Protocolos y medidas de seguridad.
Riesgos de las principales mercancías peligrosas que circulan por la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Tema 8.- Detectores de
gases: Dräger X-AM 2000. Cámaras térmicas: Argus MI-TIC S.
Tema 9.- Real Decreto
773/97, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas
a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Tema 10.- Mecanismos y
medios de extinción: extintores portátiles, bocas de incendios equipadas,
columna seca, hidrantes. Tipos, uso y mantenimiento.
Tema 11.- Intervención en
edificios de altura: limitaciones operativas. Fases de la intervención.
Tema 12.- Intervención en
incendios en centros de transformación. Medidas preventivas y extinción de
incendios.
Tema 13.- Intervención en
incendios bajo rasante. Sótanos y aparcamientos subterráneos. Medidas de
seguridad.
Tema 14.- Equipos de
protección individual empleados por los miembros del SPEIS en sus
intervenciones: Equipos de protección térmica, química y biológica. Equipos de
protección respiratoria. Equipos de protección contra caídas.
Tema 15.- Equipos
hidráulicos de separación y corte existentes en el SPEIS de la Ciudad Autónoma
de Melilla: Grupos de accionamiento, cizallas, pinzas separadoras, cilindros y
accesorios. Instalación y puesta en marcha.
Tema 16.- Cojines neumáticos
existentes en el SPEIS de la Ciudad Autónoma de Melilla. Modelos,
características y formas de utilización.
Tema 17.- Elementos
estructurales de los edificios, muros, forjados, huecos fachadas y pilares.
Tema 18.- Plan Territorial
de la Ciudad Autónoma de Melilla (PLATERME).
Tema 19.- Apuntalamientos y
apeos: Definición y tipos.
Tema 20.- Autobombas
urbanas, nodrizas y rural pertenecientes al SPEIS de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Dotaciones de materiales.
Tema 21.- Vehículos de
altura pertenecientes al SPEIS de la Ciudad Autónoma de Melilla. Dotaciones de
materiales.
Tema 22.- Vehículos
polivates y auxiliares pertenecientes al SPEIS de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Dotaciones materiales.
Tema 23.- Control y mando en
las intervenciones. Técnicas de dirección de personal: Concepto, funciones y
responsabilidades. Formas y estilos de mando. Planificación y organización del
trabajo.
Tema 24.- Primeros auxilios:
Principios básicos de la RCP, quemaduras, fracturas y hemorragias.
Inmovilización y movilización de heridos.
Tema 25.- Hidráulica
aplicada a las intervenciones de los miembros del SPEIS: Bombas centrífugas,
impulsión y aspiración, cebado de bombas, pérdidas de presión, golpe de ariete
y cálculo de instalaciones. Agrupamientos de bombas centrífugas contraincendios.
Tema 26.- Características y
usos de los materiales empleados en los rescates en altura por los miembros del
SPEIS.
Tema 27.- Real Decreto 2177,
por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la
utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de
trabajos temporales en altura: Disposiciones específicas de la utilización de
escaleras de mano y disposiciones específicas sobre la utilización de las
técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas.
Tema 28.- Intervención en
tentativas de suicidios. Técnicas de mediación.
Tema 29.- Reglamento del
SPEIS: Funciones del Sargento.
Tema 30.- Real Decreto
314/2006, por el que se aprueba el Código técnico de la edificación: Exigencias
básicas de seguridad en caso de incendio (SI).
Tema 31.- Real Decreto
2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en
establecimientos industriales.
Tema 32.- Ley 31/1995, de
Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones.
En lo no previsto en las
presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación
a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral
fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de
15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación
de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”,
publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.
Publíquense las mismas en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón
de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la
provisión de las citadas plazas.
Las presentes bases y los actos que de
ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la
forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
publicación.
Melilla 6 de abril de 2022,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administración Pública P.A.,
Gema Viñas del Castillo