ARTÍCULO Nº 46 (CVE: BOME-A-2023-46) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6035 - martes, 17 de enero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - INMUSA - INMUSA
Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 23 de diciembre de 2022, relativo a las Bases Reguladoras de la Bolsa de Trabajo para contrataciones temporales de la empresa municipal Radio Televisión Melilla en anagrama "RTVMELILLA", en la categoría de operador de continuidad.
RADIO
TELEVISIÓN MELILLA (RTVMELILLA)
ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE FECHA 23 DE DICIEMBRE
DE 2022, RELATIVO A LAS BASES REGULADORAS DE LA BOLSA
DE TRABAJO PARA CONTRATACIONES TEMPORALES DE LA EMPRESA MUNICIPAL RADIO
TELEVISIÓN MELILLA EN
ANAGRAMA “RTVMELILLA” EN LA CATEGORIA DE OPERADOR DE CONTINUIDAD.
ANUNCIO
Anuncio del
acuerdo del Consejo de Administración de fecha 23 de diciembre de 2022, por el
que se aprobaron las “LAS BASES REGULADORAS DE LA BOLSA DE TRABAJO
PARA CONTRATACIONES TEMPORALES DE LA EMPRESA MUNICIPAL RADIO TELEVISIÓN MELILLA
EN ANAGRAMA “RTVMELILLA” EN LA CATEGORIA DE OPERADOR DE CONTINUIDAD.
BASES GENERALES PARA LA CREACIÓN Y CONVOCATORIA DE LA BOLSA
DE TRABAJO DE RADIO TELEVISIÓN MELILLA EN
ANAGRAMA “RTVMELILLA” EN LA CATEGORIA DE OPERADOR DE CONTINUIDAD
En sesión de
CIVE de fecha 11 de noviembre de 2022 se ha alcanzado consenso mayoritario para
proponer al Consejo de Administración las siguientes bases para la creación y
convocatoria de la Bolsa de Trabajo de RTVMelilla conforme a los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- En la
actualidad el sistema de selección y cese de personal se regía la anterior
Bolsa de Trabajo, sin embargo, se entiende necesario y oportuno actualizar la
herramienta, ante la actual situación de RTVMelilla
que dote y aprovisione suficientemente las necesidades de personal eventual de
esta empresa.
Segundo.- Se propone
que los contratos de personal temporal sean de interinidad, de carácter
eventual o de sustitución.
Se define el contrato de interinidad como aquél que
viene referido a un puesto de trabajo que no está cubierto por personal propio
de la mercantil.
Se define eventual aquella persona que se
contrata para un momento puntual por necesidad del servicio aumentando
esporádicamente la plantilla.
Se define por
sustitución aquel personal que
sustituye al titular del puesto debido a baja, licencia o excedencia con
reserva de plaza.
Para esto se
constituirá una única lista de prelación que servirá para las tres clases de
contratos temporales.
Al personal
que forme parte de la lista, se le ofrecerá siempre, los contratos de la
siguiente forma:
Si no tiene
relación con RTVMelilla se le ofrecerá el contrato que resulte de la primera
vacante disponible en cualquier modalidad.
Si ya tiene
relación con RTVMelilla de forma temporal, se le ofrecerá tanto la modalidad
contractual de interinidad como la de sustitución, pudiendo renunciar tanto al
nuevo contrato ofrecido como al que ocupaba sin ser sancionado.
La selección
de personal temporal se efectuará respetando los principios de IGUALDAD,
MÉRITO, CAPACIDAD Y PUBLICIDAD, garantizándose la necesaria agilidad y eficacia
y contando con la participación de las organizaciones sindicales firmante de
este pacto, en el modo y forma que viene regulado en el Convenio Colectivo de
Personal de RTVMelilla y a través de la correspondiente CIVE, teniendo siempre
presente que dicho Convenio Colectivo del personal laboral de esta sociedad
dispone en su artículo 6 que la organización del trabajo es facultad exclusiva
de los órganos y dirección de RTVMelilla.
Tercero.- Se
proponen como Bases reguladoras de la Bolsa de Trabajo las siguientes:
1.- OBJETO. 1.1.
disponibilidades
presupuestarias, con arreglo a las siguientes BASES, una vez negociadas en la
Comisión Paritaria, con respeto de los principios de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1. Para ser
admitidos a la Bolsa de Trabajo, los aspirantes deberán reunir, los requisitos
de capacidad siguientes:
a)
Ser español/a o nacional de otro Estado miembro de la U.E.,
o tener residencia legal en España. También podrán participar el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho y los descendientes y los de su
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b)
Ser mayor de edad (18 años) y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
c)
Estar en posesión de la titulación exigida en las bases para
la categoría profesional que corresponda, o estar en condiciones de obtenerla
en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias.
d)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las entidades locales, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e)
Poseer plena capacidad funcional para el desempeño de las
tareas propias del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria. No padecer
enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las funciones propias del puesto.
La titulación
académica a que se refiere la letra c), deberá estar expedida por centros
oficiales debidamente reconocidos. En el caso de titulación obtenida en el
extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y
Cultura.
2.2. Los
requisitos establecidos en esta Base deberán poseerse en el momento de
finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma
del contrato.
2.3 FUNCIONES
OPERADOR DE EQUIPOS DE CONTINUIDAD
Operar el
equipamiento de continuidad ( Mediaplay de SiMedia Si-MPLBK) , mezclar,
titular, grafismo, servidores, etc. para poder efectuar ingestas, grabaciones,
edición o difusión de cualquier evento de la continuidad (emisión).Dirigir el
tráfico de señales que llegan al centro de producción, sincronizar los receptores
de las señales de satélite, monitorizar las señales y comprobar las cualidades
de la emisión. Mantenimiento y asistencia técnica en control central. Garantiza
la continuidad de los equipos y las incidencias en la emisión.
3.
SOLICITUDES.
3.1. La
solicitud para tomar parte en estas pruebas para la formación de la Bolsa de
Trabajo, se ajustará al modelo que figura como Anexo I de esta Resolución, se
podrá descargar desde la web de Televisión Melilla www.playmelilla.es
Las
solicitudes se dirigirán al Presidente del Consejo de Administración de RTVMelilla
en Avda. General Macías,11; 1º Izqda., a las que se acompañarán una fotocopia
del D.N.I., titulación exigida, vida laboral y todos aquellos méritos que
deseen acreditar en la fase de concurso. Junto a esta documentación y a efectos
de notificación, los aspirantes deberán proporcionar un domicilio postal, un
número de teléfono, y una dirección de correo electrónico.
3.2. El plazo
de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en la página web de
Televisión Melilla www.playmelilla.es
3.3. La
presentación de solicitudes deberá realizarse en las oficinas de RTVMelilla,
sitas en Avda. General Macías, 11; 1º Izqda., en horario de 10,00 horas a 13,00
horas de lunes a viernes, o bien de forma telemática debido a la actual
situación sanitaria al correo electrónico que se facilite.
4.
COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La Comisión
de Valoración será la siguiente:
Presidente: Presidente del Consejo de
Administración de RTVMelilla
Secretario: Un trabajador de RTVMelilla designado por el Presidente, que actuará con
voz pero sin voto.
Vocales: Un vocal designado por el Presidente y un segundo vocal en
la figura de un delegado de personal de RTVMelilla elegido entre ellos.
Se
constituirá una Comisión Paritaria de Seguimiento, constituida por la
Administración y las Organizaciones Sindicales firmantes del presente Pacto,
que se reunirá con carácter ordinario cada tres meses y, extraordinario a
petición de cualquiera de las partes firmantes.
Serán
funciones de esta Comisión:
·
Garantizar el perfecto cumplimiento de los pactos.
·
Solucionar cuantas reclamaciones se formulen sobre selección
y cese de personal temporal.
·
Tomar las medidas que la Comisión crea oportunas, al objeto
de subsanar posibles errores en la contratación.
· Cuantas
circunstancias excepcionales se produzcan en la aplicación de estos pactos.
5. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
5.1.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos
que se publicará en la página web de Televisión Melilla, señalándose un plazo
de tres días hábiles para su subsanación. La Resolución declarando
definitivamente aprobada la lista de admitidos y excluidos, será publicada de
la misma forma. En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número
del Documento Nacional de Identidad, así como en su caso, las causas de
exclusión.
Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran el motivo de exclusión
o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6. PROCESO SELECTIVO.
Se establece
como sistema de selección para la determinación del orden en que los aspirantes
quedarán situados en la Bolsa, la valoración de méritos y si fuera necesario,
se realizará una prueba práctica.
6.1 Pruebas selectivas.
6.1.1. Fase de Concurso.
En dicha fase
se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente y
debidamente compulsados por los aspirantes en el momento de presentar la
solicitud, con arreglo al siguiente baremo hasta un máximo de 45 puntos:
a. Experiencia profesional hasta un máximo de 10 puntos.
a.1.
Por haber desempeñado un puesto igual o similar al del
objeto de la convocatoria, en RTVMelilla. Se otorgará 0,80 puntos por mes
trabajado, debidamente justificado mediante copia(s) de contrato(s) de trabajo(s),
acompañado de un certificado de vida laboral.
a.2.
Por haber desempeñado un puesto igual o
similar al del objeto de la convocatoria, en empresa comunicación audiovisual
se otorgará 0,30 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante
copia(s) de contrato(s) de trabajo(s), acompañado de un certificado de vida
laboral.
b. Méritos académicos hasta un máximo de 20 puntos.
Por recibir
cursos de formación y perfeccionamiento de 20 o más horas homologados por
Administraciones Públicas o Entes Públicos, Organizaciones Sindicales y
Confederación de Empresarios, relacionados con las funciones propias y
específicas del puesto de trabajo al que se opta, se otorgará 0,25 puntos por
cada 20 horas.
c. Prueba
presencial hasta un máximo de 15 puntos.
7.
LISTA DE PUNTUACIONES DE LOS CANDIDATOS
Finalizadas las pruebas, la Comisión de Valoración hará público en la
página web de Televisión Melilla las listas de las puntuaciones obtenidas en
las fases de concurso y práctica y ordenados atendiendo a ésta.
La pertenencia a la relación de candidatos que resulte de la presente
convocatoria no constituirá, en ningún caso, mérito en pruebas selectivas para
acceder, como personal fijo al servicio de RTVMelilla.
8.
GESTIÓN DE LA RELACIÓN DE CANDIDATOS.
La gestión de las relaciones de candidatos se llevará a cabo por RTVMelilla
dando cuenta a los Delegados de personal de cada actuación que se realice.
El llamamiento de los seleccionados, cuando se autorice la contratación
personal de carácter temporal, se realizará por riguroso orden de relación de
candidatos y conforme a los siguientes puntos:
a)
La relación de candidatos tendrá
carácter rotatorio, de tal manera que una vez haya sido llamado el último de
los seleccionados, se iniciará de nuevo.
b)
RTVMelilla procederá
al llamamiento telefónico y por correo electrónico del aspirante seleccionado,
comenzando por aquel que se halle situado en primer lugar de la relación de
candidatos, citándole en el plazo que se estima conveniente, a tenor de la
urgencia de la contratación.
Asimismo, en estos casos, si no es posible localizar al candidato, tras
tres intentos de comunicación, entre los que mediará como mínimo un intervalo
de una hora se procederá al llamamiento de los sucesivos candidatos hasta
localizar uno disponible, permaneciendo los candidatos que no hubiesen sido
localizados en el mismo puesto que ocupaban en la Bolsa, a la espera de un
nuevo llamamiento.
c)
Si el llamado
no se persona en las instalaciones de la empresa, habiendo sido citado en la
forma prevista en los apartados anteriores, se citará al siguiente que le
corresponda en la relación de candidatos. En este caso, la incomparecencia es
causa de exclusión de la Bolsa de trabajo.
d)
Se mantiene su turno de las
correspondientes bolsas de Trabajo a quienes no puedan aceptar las ofertas de
ocupar temporalmente una plaza porque concurran en los mismos alguna de las
siguientes circunstancias:
* Periodo de embarazo o el correspondiente a
la maternidad o situaciones asimiladas.
* Enfermedad del aspirante.
* Cumplimiento de un deber inexcusable de
carácter público o personal.
* Mantener una relación de empleo de carácter
temporal con RTVM.
Finalizado uno o varios contratos de trabajo de carácter temporal que
hayan tenido una duración inferior a seis meses en conjunto, el trabajador que
haya finalizado dichos contratos permanecerá en la relación de candidatos
seleccionados en el mismo puesto que tenía, y que será llamado nuevamente
cuando se produzca una nueva autorización de contratación temporal, siguiendo
el procedimiento establecido en esta misma base.
Esta situación se mantendrá hasta que el trabajador seleccionado haya
desempeñado su trabajo un máximo de seis meses en conjunto con los sucesivos
contratos, excepto que con el último contrato formalizado se exceda de dicho
límite, en cuyo caso se estará hasta la finalización del mismo.
9. VIGENCIA DE LA BOLSA DE TRABAJO.
La relación
de candidatos que resulte de la presente convocatoria tendrá una vigencia de
cuatro años desde la publicación de las listas de candidatos, con posibilidad
de prorrogar la presente Bolsa para años sucesivos en tanto no se apruebe una
nueva o hasta que se estime necesario el mantenimiento de la misma.
10.
RETRIBUCIÓN.
La
retribución de las personas contratadas con sujeción a la Bolsa de Trabajo, se
regirá por el Convenio Colectivo del personal laboral de Televisión Melilla.
11.
EXCLUSIÓN DE LOS CANDIDATOS.
Serán excluidos de la relación de candidatos los que carezcan de alguno
de los requisitos exigidos para optar a la relación de candidatos. La exclusión
de la relación será notificada al interesado por el Presidente del Consejo de
Administración de RTVMelilla a propuesta de la Comisión.
12.
EXCLUSIONES
Serán excluidas de la correspondiente lista de personal
temporal:
·
Quienes renuncien sin causa
justificada.
·
Quienes no hayan presentado escrito y fotocopia
justificativa de una renuncia, en el plazo de diez días hábiles.
Todas las
exclusiones comprendidas en este apartado se entenderán, desde la fecha de
renuncia sin causa justificada o cese por no haber superado el periodo de
prueba, seis meses la primera vez y un año a partir de la segunda ocasión.
Asimismo
serán causa de penalización las siguientes circunstancias:
a) La falsedad en la documentación será motivo de exclusión de
la bolsa de trabajo. En todo caso, se instará a la resolución administrativa o
judicial que se adopte, a efectos de su inclusión de nuevo en la misma.
b) La continua no disponibilidad para la contratación, en más
de cinco ocasiones en días diferentes sin causa justificada, será
penalizada con la exclusión de la bolsa de trabajo por un periodo de seis
meses, transcurridos los cuales, será el interesado quien vuelva a solicitar su
inclusión en la misma.
Todo ello sin
perjuicio de que el interesado pueda presentar su reclamación ante el órgano
competente.
c) Se hará un
listado de excluidos y causas para informar a la Comisión de Seguimiento de los
pactos cada 3 meses.
13. REGULACIÓN DE LAS LISTAS.
SERÁN CONSIDERADOS NOMBRAMIENTOS DE LARGA DURACIÓN LOS QUE
SE FORMALICEN POR:
·
INTERINIDADES POR VACANTE
·
SUSTITUCIONES DE PERSONAL POR:
- COMISIONES
DE SERVICIO
- PROMOCIÓN
INTERNA TEMPORAL
- LIBERADOS
SINDICALES DE 6 MESES
- INFORMES
PROPUESTA DE INVALIDEZ
- EXCEDENCIAS
POR CUIDADO DE HIJO
- EXCEDENCIAS
FORZOSAS
·
TODAS AQUELLAS SITUACIONES, QUE ASÍ SEAN CONSIDERADAS POR LA
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Los nombramientos de larga duración, a jornada completa se
realizaran por orden de lista, entre el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la lista de contratación
correspondiente.
·
Que NO se encuentre en situación de RENUNCIA POR CAUSA
JUSTIFICADA, a EXCEPCIÓN DE QUE TRABAJE EN RTVMelilla.
SERÁN CONSIDERADOS NOMBRAMIENTOS DE CORTA DURACIÓN LOS QUE
SE FORMALICEN POR:
·
SUSTITUCIONES no contempladas en los nombramientos de larga duración
·
EVENTUALIDADES
·
TODAS AQUELLAS SITUACIONES, QUE ASÍ SEAN CONSIDERADAS POR LA
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Los nombramientos de corta duración, a jornada completa se
realizaran por orden de lista, entre el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la lista de contratación
correspondiente.
·
Que NO se encuentre en situación de RENUNCIA POR CAUSA
JUSTIFICADA.
·
Que NO SE ENCUENTRE TRABAJANDO, a EXCEPCIÓN DE LOS
NOMBRAMIENTOS EVENTUALES A TIEMPO PARCIAL
Los nombramientos eventuales a tiempo parcial, se realizarán
por orden de lista, entre el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la lista de personal
correspondiente en la modalidad a tiempo parcial.
·
Que NO se encuentre en situación de RENUNCIA POR CAUSA
JUSTIFICADA, A EXCEPCIÓN DE QUE TRABAJE EN RTVMELILLA y solamente para los
contratos que se formalicen por sustitución de personal con permisos por motivo
de conciliación de vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia
de género (con justificación del juzgado).
Melilla, 12 de enero de 2023
El Secretario del Consejo de Admón.
Carlos Lisbona Moreno