ARTÍCULO Nº 199 (CVE: BOME-A-2023-199) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6050 - viernes, 10 de marzo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Propuesta de resolución provisional del instructor de las solicitudes presentadas al único plazo de la convocatoria 2022 del Programa de Modernización del Comercio Fondo Tecnológico en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL
INSTRUCTOR DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS AL ÚNICO PAZO DE LA CONVOCATORIA 2022
DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO FONDO TECNOLÓGICO EN EL MARCO DEL
PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR
Vistas las solicitudes presentadas al único plazo de la convocatoria
2022, por la que se convoca la concesión de ayudas dentro del programa de
modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en concurrencia competitiva, resultan los
siguientes
ANTECEDENTES
1.
La Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Comercio, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el
reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y
Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo
Tecnológico, por un importe total de 100 millones de euros para los ejercicios
2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que, será obligatorio
antes del 31 de diciembre de cada año se publique una convocatoria y que los
proyectos estén totalmente pagados antes del 31 de diciembre de 2023
2.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva extraordinaria de carácter
urgente, celebrada el día 22 de diciembre de 2022 aprueba las bases reguladoras
de la línea de ayudas para el programa de modernización del comercio Fondo
Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
para la convocatoria en el año 2022 y 2023 (BOME Extraordinario núm. 81 de 23
de diciembre de 2022) .
2.
Mediante Orden de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, nº 2022004319 de fecha 27 de diciembre de
2022, se convocan subvenciones dentro del programa de modernización del
comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia para el año 2022, publicado el extracto en el BOME nº 6030 de 30
de diciembre de 2022.
3.
Que dentro de la convocatoria se establece un único plazo de UN MES
desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla. Este plazo va desde el
31/12/2022 al 31/01/2023.
4.
Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y tramitadas las
subsanaciones, se dan traslado todas las solicitudes a la Comisión de
Evaluación de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, constituida al
efecto, como órgano colegiado, en reunión de fecha 06 de marzo de 2023.
5.
La Comisión de evaluación ha examinado y valorado las solicitudes
admitidas, dejando constancia de las conclusiones que provisionalmente
corresponde establecer y del resultado de la evaluación efectuada en la
correspondiente Acta de la sesión, al existir crédito suficiente. A los
anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS
1.
Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución
Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe
del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la
convocatoria.
2.
Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites
dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.
3.
Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de
Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de
la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 12 de febrero de 2021.
“SUBVENCION FONDO TECNOLOGICO COMERCIO RESILIENCIA, cuantía de
352.984,00 euros, según la retención de crédito número 12022000083008.
Si se produjeran remanentes en la convocatoria de 2022, podrán
incorporarse a la convocatoria de 2023, mediante una ampliación de crédito.
1.
Los beneficiarios propuestos en el presente informe como favorables
cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
2.
Que existe crédito adecuado y suficiente, para atender las obligaciones
de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.
3.
La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en
cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto, con arreglo a
los siguientes criterios y hasta un máximo de 60 puntos, establecidos en el
artículo 13 de la convocatoria:
1 |
Gastos dirigidos a la transformación digital |
Puntos |
Valoración Hasta 40 |
|
|
Mejora de la
atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el
uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada, software de
gestión empresarial CRM |
3 |
3 |
Con el portal web y
el programa de fidelización ideado se obtendrán estadísticas de uso de los
clientes. Esto permitirá a los comercios obtener insights que permitan
mejorar su estrategia comercial. Además, los negocios adheridos podrán lanzar
promociones y campañas personalizadas a sus clientes (dentro del programa de
fidelización). Finalmente, la actuación contempla un plan de social media con
contenido y publicaciones a realizar en distintas redes sociales, lo que
permitirá mejorar el contacto directo con los clientes. |
Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes
medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías |
2 |
2 |
Se realizará una campaña publicitaria, de un año
de duración, con impactos mensuales en diferentes medios digitales. Para
potenciar el uso del programa por los usuarios finales se creará una campaña
de incentivos económicos. Además, el proyecto llevará un plan de social media
que ayudará a aumentar la visibilidad del proyecto. |
|
Métricas y
análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO |
5 |
5 |
Que los negocios se
adhieran al programa y gracias a las herramientas digitales que se usarán se
obtendrá un gran volumen de datos: información de los usuarios registrados,
información de uso del programa de fidelización por parte de los usuarios,
información de uso de las promociones personalizadas, información de visitas
portal, información de visitas a los distintos espacios empresariales del
marketplace |
|
Soluciones en ciberseguridad |
5 |
0 |
Se realizará una campaña de asesoramiento por
técnicos especializados en materia de ciberseguridad empresarial, no aplica
herramientas informáticas para este fin, por tanto es informativo no
consideramos que sean soluciones en ciberseguridad al considerar que no son
actuaciones que deriven en acciones destinadas a la protección de los
sistemas más importantes y la información confidencial ante ataques digitales
dentro de la web y de la plataforma marketplace. |
Creación y
mejora de webs. |
5 |
5 |
El portal web
permitirá mejorar el posicionamiento de ACOME en los buscadores de internet
así como de los comercios adheridos al programa. Así mismo todos los negocios
adheridos dispondrán de un portal online donde los clientes puedan consultar
la información de contacto. Gracias a los contenidos estáticos y dinámicos
(artículos, noticias, eventos…) el portal realizará contenido para SEO lo que
permitirá mejorar el posicionamiento de las empresas en la red así como su
localización por parte de los usuarios |
||
|
Desarrollo de
aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u
otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar
productos y servicios. |
5 |
5 |
Dentro del programa
se creará la aplicación informática que permita al usuario acceder fácilmente
desde su teléfono móvil o tablet. De esta forma podrá consultar y acceder a
su espacio personal para beneficiarse del programa de
fidelización |
|
Creación de Marketplaces |
10 |
10 |
Asociado al portal web se creará un marketplace
donde los comercios adheridos tendrán un espacio propio donde anunciar sus
productos y/o servicios, lanzar promociones y ofertas… Además, con el
programa de fidelización podrán lanzar promociones específicas a sus clientes
registrados. Finalmente, estos espacios personalizados se aprovecharán del
SEO y del posicionamiento en buscadores logrado con el conjunto del portal
web. |
||
Mejora a la
accesibilidad de los contenidos digitales para personas con discapacidad |
5 |
0 |
El portal web
llevará asociado alguna herramienta que mejore y facilite la accesibilidad a
los contenidos a aquellos usuarios con algún tipo de discapacidad. No se establece
que herramienta se va a implantar ni que acciones se desarrollan para este
fin. |
||
3 |
Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular |
Puntos |
Valoración Hasta 20 |
|
|
|
Soluciones
tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros
suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con
base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los
residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior
reciclado y valorización. |
15 |
9 |
Disparadores para
control del gasto y consumo aire acondicionados (frio/calor) como limitadores
del consumo energético, se limita el numero de asociados para este tipo de
acciones, solamente son limitadores de consumo, no realizando acciones
posteriores para el ahorro energético no siendo una prioridad en el proyecto. |
|
Pantallas o sistemas de información que contribuyan al
ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del
aire, información sobre temperatura y humedad. |
5 |
4 |
Suministro e instalación de 100 estaciones
meteorológicas en comercios adheridos, se limita dichas pantallas a un numero
limitado de usuarios. |
||
|
TOTAL PUNTUACION |
43 |
Sobre 60 puntos |
|
Por todo lo anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el
siguiente:
ACUERDO
1.
Proponer provisionalmente la CONCESION de la
subvención solicitada a la entidad que se relaciona a continuación, por el
importe que se indican y para el proyecto señalado.:
AYUDA |
EXPTE. |
NIF/CIF |
SOLICITANTE |
SECTOR ACTIVIDAD |
GASTO PRESENTADO |
GASTO SUBV. |
TOTAL SUBVENCION |
FC23003 |
3459/2023 |
G29902079 |
ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES
DE MELILLA (A.CO.ME.) |
COMERCIO |
119.630,00 |
96.630,00 |
96.630,00 |
|
119.630,00 |
96.630,00 |
96.630,00 |
Las actuaciones subvencionables deberán ser ejecutadas dentro del
periodo de gasto subvencionable y se destinarán a financiar las siguientes
actuaciones, por el importe subvencionable de los proveedores aportados por el
solicitante en su proyecto:
|
DESARROLLO ACTUACIONES |
PRESENTADO |
IPSI |
TOTAL |
SUBVENCIONABLE |
1 |
Diseño y
creación de un portal web; Alojamiento, adquisición y gestión dominio,
certificado seguridad, sistemas copias, implementación SEO métricas y
análisis de uso |
15.000,00 |
600,00 |
15.600,00 |
15.000,00 |
2 |
Diseño y creación de un Marketplace |
14.000,00 |
560,00 |
14.560,00 |
14.000,00 |
3 |
Diseño y
creación de una aplicación informática para teléfonos inteligentes |
7.500,00 |
300,00 |
7.800,00 |
7.500,00 |
4 |
Generación de contenidos (estáticos y dinámicos) y su
publicación en el portal web y el Marketplace (durante doce meses desde el
lanzamiento del portal web) |
15.000,00 |
600,00 |
15.600,00 |
15.000,00 |
5 |
Elaboración de
un plan de social media y prestación de servicios de Community Management;
Diseño, creación de contenidos y gestión RRSS - 12 meses |
15.000,00 |
600,00 |
15.600,00 |
15.000,00 |
6 |
GESTIÓN Y REALIZACIÓN DE UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA EN
MEDIOS DIGITALES, CON LA GENERACIÓN DE IMPACTOS MENSUALES DURANTE DOCE
MESES: El servicio consistirá en la
realización de la estrategia publicitaria el diseño grafico de las artes
finales, la planificación y contratación de medios publicitarios. No incluye
el coste directo de las inserciones publicitarias. Gestión y realización del
programa de incentivos económicos. Periodo: 12 meses (Desde el lanzamiento
del portal web) |
8.000,00 |
320,00 |
8.320,00 |
8.000,00 |
10 |
Limitadores
consumo energético |
10.000,00 |
400,00 |
10.400,00 |
10.000,00 |
11 |
Consumo energético (estación meteorológica) |
12.130,00 |
485,20 |
12.615,20 |
12.130,00 |
|
|
119.630,00 |
4.785,20 |
124.415,20 |
96.630,00 |
2.
Proponer provisionalmente por DESFAVORABLES las solicitudes, por no
cumplimiento de alguno de los requisitos de las bases reguladoras o de la
convocatoria, indicándose el motivo que lo causa, de las entidades que se
relacionan a continuación:
AYUDA |
EXPTE. |
NIF/CIF |
SOLICITANTE |
SECTOR ACTIVIDAD |
MOTIVO |
FC23001 |
3355/2023 |
B52022175 |
FITNES&NUTRICION
MELILLA SL |
EMPRESA COMERCIO |
DESFAVORABLE, ART.
5.1 - NO CUMPLE LA CONDICION DE BENEFICARIO |
FC23002 |
3349/2023 |
G52039278 |
ASOCIACION DE EMPRESARIOS, COMERCIANTES Y PROFESIONALES
ZONA CENTRO MELILLA |
ASOCIACION EMPRESARIOS/PYMES |
DESFAVORABLE, ART. 5.1 - NO CUMPLE LA CONDICION
DE BENEFICARIO |
FC23004 |
3461/2023 |
G10520534 |
PYMES MELILLA |
CONFEDERACION PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA |
DESFAVORABLE, ART.
5.1 - NO CUMPLE LA CONDICION DE BENEFICARIO |
1.
El pago del importe se realizará de manera anticipada y de una sola vez,
en concepto de entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como
financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la
subvención, se conformidad con lo previsto en el artículo 34.4 párrafo cuarto
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Por otra parte, en este supuesto y dada
la naturaleza de las entidades a subvencionar, no se establece régimen alguno
de garantías.
2.
La obligación de justificación de la subvención, el periodo para la
entrega de la finalización y justificación de los proyectos, en todo caso, será
desde la publicación de la resolución de concesión hasta el 31 de julio de
2023. Para considerar finalizada una actuación es necesario que todos los
elementos constitutivos de la misma estén finalizados. Se considerará gasto
realizado el que ha sido efectivamente pagado antes del 31 de julio de 2023.
3.
El beneficiario quedará obligado al cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR, siguiendo el modelo del Anexo IV.C de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre
4.
El beneficiario quedará sujeto a las obligaciones relacionadas con la
cesión y el tratamiento de datos sobre la ejecución de actuaciones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y de compromiso en relación
con la ejecución de actuaciones del mismo plan (PRTR), con la finalidad de
cumplir con los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y con el
principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) y el
etiquetado climático.
5.
El beneficiario estará obligado a dar la adecuada publicidad del
carácter público de la financiación en los medios materiales que se utilicen
para la difusión de la actuación subvencionada.
6.
El beneficiario estará obligado a facilitar el cumplimiento del Plan de
medidas antifraude de la Ciudad Autónoma de Melilla relacionado con los
sistemas de información, gestión y control del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así mismo se comprometen a conceder los derechos
necesarios para garantizar que la Comisión la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
7.
Se notifique la presente mediante su publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad de
Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de la
Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net.
Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de
la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal
y surtirá sus mismos efectos.
8.
Participarle a la entidad que tiene un plazo de 10 días, a partir de la
notificación de la presente, para consultar el expediente y/o efectuar las
alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 15 de
la Convocatoria, o aceptar la misma mediante modelo de aceptación que podrá
descargar en el siguiente enlace:
Nombre |
CSV (link al documento) |
MODELO ACEPTACION |
7. La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará
la no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones
presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá
definitiva.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 6 de marzo de 2023,
La Secretaria Técnica de Economía, Empleo y Comercio,
Gema Viñas del Castillo