ARTÍCULO Nº 754 (CVE: BOME-A-2023-754) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6105 - martes, 19 de septiembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, para la organización y desarrollo del "III Foro de Turismo Ciudad de Melilla, año 2023, y la Financiación de la Edición 2022".
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la aprobación del CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIÓN PUBLICA E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LA
ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL ``III FORO DE TURISMO CIUDAD DE MELILLA, AÑO
2023, Y LA FINANCIACIÓN DE LA EDICIÓN 2022, habiendo sido inscrito en el
Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número 2300141
y los siguientes datos:
Consejería: Consejería
de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.
Datos de aprobación: Consejo de Gobierno, número de acuerdo: 2023000547 de fecha 11/08/2023.
Entidad: Universidad
de Granada.
Fecha de formalización: 11/09/2023.
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a su publicación, para su general conocimiento.
Melilla
14 de septiembre de 2023,
La
Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,
Pilar
Cabo León
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA
DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL "III FORO DE TURISMO CIUDAD
DE MELILLA", AÑO 2023, Y LA FINANCIACIÓN DE LA EDICIÓN 2022.
En Melilla , a 11 de Septiembre
de 2023
REUNIDOS
De una parte Dº PEDRO
MERCADO PACHECO, en nombre y representación de la Universidad de Granada de la
que es Rector Magnífico en virtud del Decreto 131/2023 de 12 de junio (BOJA no
113, de 15 de junio de 2023), actuando con las atribuciones que le
confieren el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades y el artículo 45, k) de los Estatutos de la Universidad de
Granada.
De otra, Da MARTA
VICTORIA FERNÁNDEZ DE CASTRO RUIZ, en nombre y representación de la Ciudad
Autónoma de Melilla, Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, con CIF S7900010E , en virtud de las atribuciones que tiene
conferidas según Decreto de nombramiento núm. 915 del Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla de fecha IO de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de IO
de julio) y al amparo y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de enero de
2017).
EXPONEN
PRIMERA.- Con fecha 12 de mayo de
2023, y al número de entrada 2023044079, la Universidad de Granada solicitó la
cantidad de 100.000 euros a fin de financiar el II Foro de Turismo de Melilla, celebrado en el pasado
ejercicio 2022, del 5 al 9 de octubre, así como el correspondiente al ejercicio
2023, que se celebrará entre el 4 y el 7 de octubre de 2023. A dicha solicitud
acompaña las certificaciones y declaraciones responsables previstas en la Ley
General de Subvenciones y normativa de aplicación.
Mediante Orden no. 2125 de fecha 26 de junio de 2023 de la
Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Administración Pública, se dispuso la
iniciación de expediente de concesión directa de subvención a la Universidad de
Granada en ejecución del mandato de la Excma Asamblea de Melilla al aprobar sus
presupuestos 2023, con una dotación nominativa presupuestaria para este objeto.
Por otra parte, la Universidad de Granada es una universidad
internacional y multicultural, que cuenta con aproximadamente 80.000 miembros
entre estudiantado, personal docente e investigador y personal de
administración y servicios. Es la cuarta universidad más grande de España y se
encuentra entre las 300 mejores universidades del mundo, según el Ranking de
Shanghái.
Entre sus centros cuenta con la Facultad de Ciencias Sociales y
Jurídicas del campus de Melilla y con la Facultad de Ciencias Económicas y
Empresariales del campus de Granada; ambas poseen y comparten titulaciones,
profesorado y líneas de investigación.
La Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla ha impartido el
título de Diplomado en Ciencias Empresariales y actualmente los grados en
Administración y Dirección de Empresas (ADE), Relaciones Laborales y Recursos
Humanos, Derecho, Gestión y Administración Pública y el doble título de Grado
en ADE y Grado en Derecho. De igual forma, imparte los másteres en Diversidad
Cultural: un enfoque multidisciplinar y transfronterizo, el Máster de Abogacía
y el Máster en Administración de Empresas y Dirección de Recursos Humanos en
Entornos Internacionales.
La propia Universidad de Granada coordinó la impartición del máster
propio en Dirección y Administración de Empresas Turísticas en su edición de
Melilla. Por otra parte, la Facultad de Ciencias
Económicas y Empresariales de Granada cuenta con una amplia oferta académica en
la especialidad de turismo, como el Grado en Turismo, el doble Grado en
Traducción e Interpretación y Turismo y el Máster Propio en Dirección y
Administración de Empresas Turísticas.
Asimismo, debemos mencionar, el
Instituto Andaluz de Investigación e Innovación en Turismo de las Universidades
de Granada, Málaga y Sevilla (IATUR), aprobado por el Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía el 12 de julio de 2022, con el objetivo de crear un vínculo
de comunicación entre el ámbito académico investigador y el sector turístico,
clave para nuestra economía y desarrollo social, reuniendo en un mismo punto
las investigaciones que sobre turismo se realizan en los tres centros de
referencia andaluces en esta especialidad. Es importante destacar que el
Instituto está formado por miembros que proceden de 37 ámbitos de conocimiento
diferentes, que aportan 237 sexenios de investigación, y han gestionado
proyectos y contratos de investigación por un valor superior a los 4 millones
de euros en los últimos cinco años.
Además, la Universidad de Granada
cuenta con la Cátedra de Gestión Turística, Empleo y Desarrollo, propuesta y
apoyada por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local de la Junta de Andalucía, que tiene como objetivo esencial promover la
investigación, la transferencia y la difusión del conocimiento y la tecnología
en materia de gestión, empleo y desarrollo turístico, aportando como entidad un
importante nexo de comunicación entre el ámbito universitario y el empresarial.
institucional, como tiene su
reflejo en la previsión nominativa presupuestaria en este año 2023, comprensiva
de las ediciones 2022 y 2023.
SEGUNDA.- Con la organización de
la segunda edición celebrada entre los días 5 al 8 de octubre de 2022, que tuvo
como temática el sector turístico en la ciudad de Melilla, se pretendió dar a
conocer Melilla como una ciudad con un importante patrimonio que tiene todas
las condiciones para ser un destino turístico con un enorme atractivo y amplia
capacidad de captación de turistas.
El objetivo de este Segundo Foro
fue dar a conocer a la comunidad científica y a los distintos operadores
turísticos a Melilla como destino turístico en sus distintas variantes.
Combinó, al igual que en la anterior, el formato congresual de encuentro abierto
que pretende dar a conocer la ciudad mediante visitas guiadas, acompañadas de
charlas cuyo objetivo es una importante toma de contacto con lo que ofrece
Melilla como destino turístico y una inmejorable oportunidad para la difusión
de Melilla.
En el programa del Foro se
señalan los siguientes objetivos generales, en los que ambas partes son
coincidentes:
-
Mejora de la competitividad de
Melilla como destino turístico, lugar de eventos, destino MIC (Meetings,
Incentives, Conferencing, Exhibitions).
-
Puesta en valor de su rico
patrimonio cultural.
-
Fomento de la relación entre
universidad y empresas del sector turístico.
-
Difusión nacional e internacional
de la ciudad de Melilla a nivel académico, de profesionales del sector y de
potenciales turistas.
-
Además, tuvo como objetivos
específicos cuantificables:
-
Aumento en el número de
comunicaciones académicas recibidas con respecto a la I edición: 30
comunicaciones recibidas.
-
Desarrollo de mesas temáticas
conectadas con las ofertas y el valor de Melilla como destino turístico. Se
celebraron seis mesas temáticas y una mesa temática internacional.
-
Atraer a empresas, instituciones,
y profesionales del sector turístico a Melilla: 37 intervinientes. -Difusión
entre los participantes el atractivo de Melilla como destino turístico: 125
participantes, 85 no residentes en la Ciudad Autónoma.
-
Fomentar la orientación
internacional de Melilla como destino turístico: mesa temática con el objetivo
de conectar Melilla con las iniciativas internacionales de innovación en
turismo.
-
Generar oportunidades de
inversión para la Ciudad Autónoma en turismo: el número de instituciones y
empresas implicadas fue de 20.
-
Alcanzado el objetivo de grado de
satisfacción con una satisfacción de Excelencia (>4 sobre 5) que garantiza
la viabilidad y el interés de futuras ediciones del Foro.
-
Alcanzado el objetivo de que
Melilla sea un destino para "turismo de cine" consiguiendo que pase a
formar parte de Spanish Film Commission.
En la Segunda edición se
contabilizaron un total de 125 asistentes de distintas universidades nacionales
e internacionales y profesionales del sector turístico; sin olvidar, las
diversas instituciones, patrocinadores y empresas implicadas.
TERCERA.- Con la organización de
estas ediciones del Foro de Turismo Ciudad de Melilla, que tienen como temática
el sector turístico en la citada ciudad, se pretende dar a conocer Melilla como
una ciudad con un importante patrimonio, que cumple todos los estándares para
ser un atractivo destino turístico.
Ambas partes coinciden en valorar
que el objetivo de los Foros es dar a conocer a la comunidad científica y a los
distintos operadores turísticos Melilla como destino turístico en sus distintas
variantes. Por ello, en este nuevo encuentro continuamos con la idea de seguir
celebrando un foro novedoso año tras año, que combinará el típico formato
congresual con un formato de encuentro abierto que pretende dar a conocer la
ciudad mediante visitas guiadas, acompañadas de charlas cuyo objetivo es una
importante toma de contacto con lo que ofrece Melilla como destino turístico y
una inmejorable oportunidad para la difusión de Melilla.
CUARTA.- Con la organización de
la tercera edición del FORO DE TURISMO que se celebrará entre los días 4 y 7 de
octubre de 2023, se pretende dar a conocer Melilla como una ciudad con un
importante patrimonio cultural que tiene todas las condiciones para ser un
destino turístico con un enorme atractivo y amplia capacidad de captación de
turistas.
Este nuevo FORO 2023, al igual
que en las ediciones pasadas, tendrá el formato congresual de encuentro
abierto, y dará a conocer la ciudad mediante visitas guiadas, acompañadas de
charlas cuyo objetivo es una importante toma de contacto con lo que ofrece
Melilla como destino turístico y una inmejorable oportunidad para la difusión
de Melilla. Asimismo permitirá la promoción de los estudios
económico-empresariales de alto nivel en Melilla y el desarrollo del sector
turístico de Melilla. Contará con la participación como invitados de
especialistas nacionales e internacionales en la materia. Tomará nuevamente
como guía de referencia la importancia que tiene la investigación académica y
el posterior debate de conocimientos, resultados obtenidos y últimos avances y
novedades en un sector tan cambiante como es el sector turístico. Se fomentará
la transferencia e intercambio de conocimientos entre la comunidad
universitaria y la sociedad, a través de diversas propuestas relacionadas con
el sector turístico, por parte de la Universidad de Granada como auténtico
referente de desarrollo cultural, científico y social de Melilla.
QUINTA.- Cabe señalar, por otra
parte, que la Ciudad Autónoma de Melilla ejerce competencias sobre la
"promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial" ( art.
21.1. 16a de su Estatuto de Autonomía), siendo su alcance, no sólo
las meramente ejecutivas (administración, inspección y sanción) sino también la
" potestad normativa reglamentaria en los términos que establezca la
legislación general del Estado’’
La Ciudad Autónoma de Melilla,
mediante el Real Decreto 337/1996 de traspaso de funciones y servicios a la
Ciudad de Melilla en materia de Turismo ha asumido, entre otras muchas
funciones y servicios, la de "... planificación general de la actividad y
de la industria turística en el ámbito territorial de la ciudad de Melilla y de
su infraestructura; la concesión y revocación, en su caso, del título-licencia
de las agencias de viajes, La regulación, coordinación y fomento de las
profesiones turísticas, así como la regulación y administración de la enseñanza
para la
formación y perfeccionamiento de los profesionales del
turismo (...) Autorizar, controlar y tutelar las entidades de fomento del
turismo locales, así como su actividades promocional... , entre otras.
En desarrollo de este título
competencial, la Excma Asamblea de Melilla aprobó en su sesión extraordinaria
de fecha 19 de mayo de 2010 el Reglamento de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Melilla, siendo publicado en el BOME núm. 12 extraord de 29 de julio de 2010.
Así, los artículos 42 a 45
regulan la acción pública de fomento en materia turística, señalando acciones y
zonas de especial interés que merecen una actuación de impulso turístico, así
como el reconocimiento de la cualificación de excelencia o interés local a
alguna de las fiestas de nuestra ciudad.
En particular, su artículo 42
(Promoción del turismo) dispone que "corresponde a la Consejería
competente en materia de turismo, de conformidad con las directrices del
Consejo de Gobierno de la Ciudad, la planificación de la política de promoción
turística de la Ciudad Autónoma de Melilla en el territorio nacional y, de modo
concertado con la Administración del Estado, fuera del territorio nacional'
Por otra parte, el artículo 43
(Fomento de la actividad turística) señala que "la Consejería competente
en materia de turismo, podrá elaborar programas de fomento de la actividad
turística que tendrán, entre otras finalidades, las de concentración, modernización
y saneamiento de empresas, la difusión de la imagen de la Ciudad Autónoma de
Melilla y la formación técnica y profesional de actividades turísticas. Dichos
programas podrán incluir el apoyo técnico o jurídico, la concesión de ayudas
económicas o cualquier otra técnica de fomento respecto de las empresas que se
estimen merecedoras de apoyo público
En apartado segundo señala
expresamente que "la Consejería competente en materia de turismo podrá
calificar determinados proyectos empresariales como de Interés Turístico,
dotándolos de ayudas excepcionales para su puesta en marcha, para la realización
de estudios de mercado, y para su promoción e introducción en mercados
turísticos. Dichos proyectos contarán con el apoyo institucional de la
Administración de la Ciudad , quien, a su vez, recabará el de la Administración
Estatal si fuera preciso añadiendo en su apartado 3 0 la necesidad
de un especial tratamiento o comportamiento en su acción de gobierno "en
cuanto a desarrollo turístico de la Ciudad Autónoma de Melilla" en
aquellas actuaciones encaminadas "al fomento de las áreas y segmentos
turísticos siguientes: Modernismo; Melilla la Vieja; Turismo activo y
deportivo; Turismo de aventuras; Turismo Náutico; Turismo Gastronómico; Turismo
Urbano".
Es de indudable interés turístico
la celebración y desarrollo de estas encuentros en el FORO INTERNACIONAL DE
TURISMO, en colaboración con las Administraciones Públicas, esto es, con la
Administración del Estado, que estará representada, y la organizadora, la
Universidad de Granada.
En consecuencia, ambas
instituciones comparten el deseo de establecer fórmulas de colaboración que
permitan promover el fomento del Turismo en Melilla, como elemento dinamizador
de la economía de nuestra ciudad, para lo que deciden suscribir el presente convenio,
que se regirá por las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto.
Constituye el objeto del presente
convenio la articulación de colaboración entre la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla y la
Universidad de Granada para la organización y desarrollo del 111 FORO DE
TURISMO 2023, que se celebrará del 4 al 7 de octubre de 2023 y la financiación
del FORO DE TURISMO realizado en la edición 2022.
SEGUNDA.- Actividades
financiadas.
Con tal objeto, la Ciudad
Autónoma de Melilla concede, a través de este convenio, una subvención a la
Universidad de Granada que deberá destinarse a sufragar las actuaciones para la
programación del III FORO DE TURISMO y que se acompañan como Anexo, desarrollados
en la Memoria Explicativa presentada por la Universidad y que forman parte del
contenido obligacional del mismo, así como lo ya ejecutado con respecto al año
2022, II FORO DE TURISMO, celebrado entre los días 4 y 7 de octubre de 2022 y
para la que se ha rendido cuenta con fecha 12 de julio de 2023, núm. de
registro 66933, "Rendición de Cuenta Justificativa" de la edición
2022 de fecha 6 de julio de 2023, por importe de 65.190 euros, así como Memoria
explicativa de las Actuaciones y presentación formal por la Gerencia de la
Universidad de Granada, de fecha 30 de junio de 2023.
TERCERA.- Cuantía de la
subvención y obligaciones de la Universidad.
a celebrar entre los días 4 a 7
de octubre de 2()23), y previa justificación presentada con fecha 12 de julio
de 2023 respecto a la actividad del II Foro de Turismo, año 2022, celebrado
entre los días 5 al 8 de octubre de 2022, en el plazo y forma señalado en el
presente convenio.
El abono de la subvención se hará
efectivo tras la firma y publicación del presente Convenio.
En relación a los gastos del
presente ejercicio aún no efectuados (Foro a celebrar entre el 4 y 7 de octubre
de 2023) o que queden pendientes de acreditar, se abonarán mediante pago
anticipado en virtud del art. 34.4, apartado 20 de la Ley General de
Subvenciones que señala que también se podrán realizar pagos anticipados que
supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como
financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la
subvención.
No se exigirán garantías a la
Universidad de Granada debido a la naturaleza de Administración Institucional,
siendo el régimen jurídico aplicable a las Administraciones Públicas, en los
más diversos ámbitos y aspectos, el propio de las Administraciones Públicas
(art. 42.2 letra a) del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento de la
Ley General de Subvenciones).
La Universidad ha presentado con
fecha 12 de julio de 2023, de forma previa, la justificación parcial de los
gastos realizados en el ejercicio 2022 (II Foro de Turismo) a través de un
certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención,
la Universidad de Granada, acreditando la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad de la subvención así como un informe emitido por
la Intervención u órgano de control equivalente de la Universidad (Informe de
Directora de la Oficina de Control Interno de la Universidad de Granada de 6 de
julio de 2023) que acredita la veracidad y la regularidad de la documentación
justificativa de la financiación de la Ciudad, de conformidad con la
disposición adicional (Y del RD 887/2006 de 21 de julio, sin perjuicio de la
justificación final en la forma señalada en el presente convenio.
Se efectuará el pago con cargo
RC. Número 120230000033418 de fecha de 2022 (Aplicación Presupuestaria 03 32413
45300 ) por un importe de 100.000 € denominado " CONVENIO CAM-UGR FORO
INTERNACIONAL DE TURISMO".
El ingreso se realizará en el
número de cuenta de tesorería perteneciente a la Universidad de Granada ,
Cuenta Sector Público, con IBAN: ES 2100-4224-39-xxxxxxxxx, que consta en el
expediente.
La Universidad de Granada asumirá
las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Así, serán obligaciones de la
Universidad:
1.
Realizar las actividades
necesarias que fundamentan la concesión de la subvención, tal y como señalan
las Memorias Explicativas presentadas por la entidad beneficiaria. Toda
incidencia que conlleve modificación de este objeto deberá autorizarse
expresamente por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.
Acreditar ante el órgano
concedente la realización de las actividades a que se refiere este convenio.
3.
Someterse a las actuaciones de
comprobación que efectúe el órgano concedente, las de control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla y las
previstas en la normativa del Tribunal de Cuentas, organismos a los que se
facilitará cuanta información les sea requerida.
4.
Comunicar a la Ciudad la
obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las
actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como
se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación
dada a los fondos percibidos.
5.
Acreditar con anterioridad a
dictarse las resoluciones de concesión que se halla al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y
de no tener contraída deuda alguna con la Ciudad Autónoma, así como haber justificado,
en el plazo reglamentario, las subvenciones otorgadas por la Ciudad.
6.
Disponer de los libros contables,
registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los
términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario en cada caso,
así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigibles, con
la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de
comprobación y control.
7.
Conservar los documentos
justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los
documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
8.
Asimismo, deberá dar la adecuada
publicidad del carácter público de la financiación del programa subvencionado
en la forma que se determina en el presente Convenio.
En su consecuencia, de
conformidad con el art. 18.4 de la LGS y 31 del RLGS, la Universidad incluirá
la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla en cualquier material
que se use en las actividades estudiantiles, culturales, docentes, de investigación,
gestión o representación, las
cuales habrán de mostrar la
denominación y el logo de la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA en un lugar relevante y
bien visible, así como leyendas relativas a la financiación pública en
carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o
audiovisuales, etc o bien en menciones realizadas en medios de comunicación.
CUARTA.- Compatibilidad.
La percepción de esta subvención
es compatible con la obtención de otras Subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos que financien las actividades subvencionadas, teniendo en cuenta que
el importe de las mismas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente
o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere
el coste de la actividad subvencionada, existiendo la obligación de comunicar a
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad la percepción
de tales ingresos.
QUINTA.- Plazo de justificación.
Las actividades desarrolladas
deberán ser justificadas por la Universidad de Granada a la Consejería de
Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad durante los tres
meses siguientes a la finalización del presente convenio (esto es, hasta el 31
de marzo de 2024), en un único documento en la forma de rendición de cuenta
justificativa más abajo indicada.
No obstante, de conformidad con
lo establecido en el artículo 70.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones (RLGS), en relación con el artículo 32 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (LPAC), el órgano concedente de la subvención podrá
otorgar una ampliación del plazo establecido para la realización de las
actividades elegibles y/o para presentación de la justificación, debiendo
solicitarse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo establecido para la
justificación, no pudiendo ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Este
plazo adicional para la ejecución no podrá alcanzar más allá del 30 de abril de
2024, debiendo justificarse en los tres meses siguientes como máximo. A tal
efecto, y de conformidad con el artículo 65.3 del RLGS, el presente convenio
tendrá el carácter de bases reguladoras de la subvención.
SEXTA.- Forma de justificación.
La justificación se documentará a
través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto
obligatorio del beneficiario, en la que se deberán incluir, según lo estipulado
en el artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la CAM y bajo la
responsabilidad del declarante los justificantes del gasto o cualquier otro
documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento objeto de
la subvención.
Esta cuenta justificativa deberá
incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas
con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos
incurridos. Estos gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con
eficacia administrativa, en original o fotocopia compulsada, en su caso, donde
deberá reseñarse el nombre, domicilio y razón social del perceptor, con
indicación del CIF, debiendo presentarse la factura sellada y firmada por la
empresa, cumpliendo el resto de condiciones del Real Decreto 1619/2012, de 30
de noviembre, en el caso de las facturas, revistiendo el presente Convenio la
naturaleza de bases reguladoras. En caso de imputación parcial, se estará a lo
establecido reglamentariamente (art. 30.3 de la LGS y 73 RLGS).
La cuenta justificativa deberá
tener, con carácter general, el contenido establecido en el artículo 72 del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en artículo 23
del Reglamento General de Subvenciones de la CAM:
1.
Una Memoria de actuación
justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de
la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos. En la misma se detallarán los objetivos alcanzados, su grado de
consecución, las desviaciones producidas y cualquier otra incidencia
relacionada con las actividades proyectadas junto con la documentación de las
mismas.
2.
Una Memoria económica
justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
a)
Una relación clasificada de los
gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del
documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso
de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las
desviaciones acaecidas.
b)
Las facturas o documentos de
valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el
párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. En
cuanto a las limitaciones a los pagos en efectivo, se aplicará lo establecido
el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre. Así, no podrán pagarse en
efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe
en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000
euros o su contravalor en moneda extranjera.
c)
Certificado de tasador
independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro
oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles.
d)
Indicación, en su caso, de los
criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la
relación a que se hace referencia en el apartado a).
e)
Una relación detallada de otros
ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
f)
Los tres presupuestos que, en
aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber
solicitado el beneficiario.
g)
En su caso, la carta de pago de
reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses
derivados de los mismos.
No obstante lo expuesto
anteriormente en cuanto a la obligación de presentar la cuenta justificativa en
la forma señalada en el presente Convenio, que tendrá el carácter de bases
reguladoras (art. 65. 3 RLGS), la Universidad podrá presentar, dentro del plazo
previsto en el presente Convenio, la justificación de los gastos realizados a
través de un certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la
subvención, la Universidad de Granada, por el que se acredite la realización de
la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención así como un
informe emitido por la Intervención u órgano de control equivalente de la
Universidad, que acredite la veracidad y la regularidad de la documentación
justificativa de la financiación de la Ciudad, de conformidad con la
disposición adicional del RD 887/2006 de 21 de julio.
El incumplimiento del deber de
justificación, en las condiciones descritas en la presente cláusula, dará
lugar, de conformidad con lo contemplado en el Art. 30.8 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones a la obligación de reintegro de las
cantidades percibidas.
SÉPTIMA.- Plazo de duración,
modificación y extinción del convenio.
El presente convenio entrará en
vigor en el momento de su firma, extendiendo sus efectos al II Foro de Turismo
realizado en octubre de 2022 y al III Foro de Turismo, hasta el 31 de diciembre
de 2023, sin perjuicio de lo señalado en el presente convenio en los supuestos
de ampliación justificada.
El presente convenio de
colaboración se extinguirá por el transcurso del plazo de duración prevista, o
por incurrir alguna de las siguientes causas de resolución:
a)
Mutuo acuerdo entre las partes.
b)
Incumplimiento de las
obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes. En este caso, se
podrá requerir a la parte incumplidora para que cumpla en un determinado plazo
el compromiso que se considere incumplido. Trascurrido el plazo sin atender a
lo requerido, se podrá entender resuelto.
c)
Por denuncia de cualquiera de las
partes firmantes de este convenio, sin necesidad de alegación de causa alguna.
La denuncia deberá ser realizada con al menos un mes de antelación a la fecha
en que se pretenda que expire el presente convenio
d)
La imposibilidad sobrevenida de
cumplir las actividades descritas.
El incumplimiento de alguna de
las Cláusulas o de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión
de la subvención por parte de la entidad beneficiaria determinará la obligación
de reintegro de las cantidades que ya hubiera obtenido por tal fin. El
incumplimiento por parte de la Ciudad Autónoma determinará el pago de los daños
causados a la otra parte.
En todo caso, los compromisos
financieros adquiridos por la CAM en el presente convenio quedan supeditados a
la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes
Presupuestos
Generales de la Ciudad.
OCTAVA.- Naturaleza jurídica y
resolución de conflictos.
El presente convenio se encuentra
excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de
Contratos del Sector Público, por lo que se transponen al orden jurídico
español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 014/24/156
del 16 de febrero de 2014, conforme a lo establecido en el artículo 4 y
concordantes de dicho texto legal e incluido en el de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, conforme a lo dispuesto en su artículo
22.2.a), y en lo señalado en el artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones
de la CAM en su artículo 19.1. Su naturaleza y tipología se corresponde con los
Convenios interadministrativos regulados en el artículo 47.2 de la Ley 40/2015,
de I de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente convenio posee
naturaleza administrativa y se regirá en su interpretación y desarrollo por el
Ordenamiento Jurídico Administrativo.
Ambas partes se comprometen a
resolver de manera amistosa, en base a los principios de buena fe y leal
colaboración, cualquier desacuerdo que pueda surgir en la ejecución de este
convenio, sin perjuicio del sometimiento a la Jurisdicción contencioso
administrativa, en su caso.
No obstante, la UGR y la Ciudad
Autónoma de Melilla coinciden en que, de no llegar a una resolución de mutuo
acuerdo, cualquier divergencia, discrepancia o controversia que pudiera surgir
con la interpretación o ejecución del presente Convenio será sometida a la
jurisdicción y competencia de los Tribunales de Melilla, renunciando de manera
expresa a cualquier otro fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles.
NOVENA.- Protección de datos,
seguridad y confidencialidad.
En las actuaciones que se
desarrollen en ejecución del presente convenio de colaboración, las partes se
comprometen a cumplir el régimen de protección de datos de carácter personal
previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (en adelante, RGPD) y
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y garantía de los derechos digitales y demás normativa que
resulte de aplicación.
DÉCIMA. Supervisión y cuestiones
de personal.
En ningún caso se establecerá
relación laboral, civil o de ninguna otra índole entre la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad y las personas o entidades que
realicen actuaciones previstas en el Convenio, las cuales quedarán vinculadas
única y exclusivamente a la Universidad de Granada.
La Ciudad Autónoma a través de
los órganos que determine podrá supervisar el programa objeto del convenio,
previo conocimiento de los responsables de la entidad beneficiaria.
Y en prueba de conformidad, se firma
por las partes,
por duplicado ejemplar, en el
lugar y fecha que consta en su encabezamiento.
POR LA UNIVERSIDAD
DE GRANADA
El Rector:
Firmado por ***4198** PEDRO MERCADO (R: ****8002*) el día 12/09/2023
con un certificado emitido por AC Representación
Fdo. Dº Pedro Mercado
Pacheco
POR LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA
La Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad
Firmado por FERNANDEZ DE CASTRO RUIZ
MARTA VICTORIA –
DNI ***1138** el día 11/09/2023 con un certificado emitido por AC Sector Público
Fdo: Dª Marta Victoria
Fernández de Castro Ruiz
ANEXO
PROGRAMA PROVISIONAL DE ACTUACIONES 2023
Miércoles 4 de octubre de 2023
Mesa temática 1. Proyectos
europeos sobre turismo (Sala de Grados)
International multiplier
event-development session on Tourism
Defensa de las comunicaciones
presentadas al III Foro
Lugar: Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas de Melilla
Sesión 1 : Dimensiones de cambio
del turismo en la actualidad (Sala de Grados)
Sesión 2: Dimensiones de cambio
del turismo de ocio (Aula 11)
Sesión 3: Industrias turísticas y
de ocio (Aula 14)
Sesión 4: Cuestiones críticas en
estudios de turismo y ocio (Aula 21)
Inauguración del III Foro de
Turismo Ciudad de Melilla: "Melilla una historia compartida".
Jueves 5 de octubre de 2023
Hospital del Rey
Mesa temática 2. Digitalización y
sostenibilidad.
Mesa temática 3. Experiencias
sobre turismo.
Mesa temática 4. Gastronomía y
Enología
Foro abierto 1 — Ruta de los
Templos (visita a una Sinagoga, Templo hindú, Mezquita e Iglesia Cristiana).
Show cooking Basque Culinary
Center (hotel Melilla Puerto).Asociación de Hostelería de Melilla
Viernes 6 de octubre de 2023
Hospital del Rey
Mesa temática 5. La problemática
de la conectividad. El caso de Melilla
Mesa temática 6. Melilla como
incipiente destino de cruceros.
Coffee break en el restaurante La
Muralla
Mesa temática 7. Turismo y
Sociedad.
Clausura del II Foro de Turismo
Ciudad de Melilla.
Foro abierto 2 — Visita a los
panteones militares de Melilla.
Sábado 7 de octubre de 2023
Actividades opcionales previa
inscripción
Foro abierto 3: Visita al litoral
melillense a bordo de embarcaciones (pendiente de confirmación).
Visita al litoral melillense en
Kayak.
Visita a Melilla Ciudad
Monumental.
Visita a Melilla Ciudad
Modernista.
Visita al Museo Egipcio.
DESGLOSE COSTES PROGRAMACIÓN
GASTOS CORRIENTES IMPUTABLES A LA SUBVENCIÓN PARA AMBAS EDICIONES
Locomoción (billetes de avión, barco, tren, taxi, autobús y omnibús) 33500,00
Alojamiento ... .. 28500,00
Cena de clausura.. 8000,00
Almuerzos 17200,00 solicitado;
8100,00 otras aportaciones . Total 25300,00
Coffe - break.. ... 3000,00
Material fungible .. 900,00
Azafatas ....... 1700,00
Asociación de danza 1600,00
S. Técnica - Plan Propio
Vicerrectorado de Investigación UGR (fondos UGR)..... 2000,00
Libro de actas (Ed. Dykinson) 4000,00
Visitas guiadas 1600,00
Total 110.100,00 €
Total solicitado: 100.000,00 €
2.000,00 € y 8.100,00 € otras
aportaciones.
RENDICIÓN CUENTA JUSTIFICATIVA
2022.
Se aporta al expediente con fecha
12 de julio de 2023, al núm. de registro 66933, Rendición de Cuenta
Justificativa de la edición 2022 de fecha 6 de julio de 2023, según Informe
emitido por la Directora de la Oficina de Control Interno de la Universidad de
Granada, por importe de 65.190 euros, así como Memoria explicativa de las
Actuaciones y presentación formal por la Gerencia de la Universidad de Granada
de fecha 30 de junio de 2023.