ARTÍCULO Nº 882 (CVE: BOME-A-2023-882) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6117 - martes, 31 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Propuesta de resolución provisional del instructor de las solicitudes presentadas al único plazo de la convocatoria 2023 del Programa de Modernización del Comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. PYMES
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS AL ÚNICO PAZO DE LA
CONVOCATORIA 2023 DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO FONDO TECNOLÓGICO
EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA. PYMES
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR
Vistas las solicitudes presentadas al único plazo de la convocatoria
2023, por la que se convoca la concesión de ayudas para Pymes, dentro del
programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concurrencia competitiva,
resultan los siguientes
ANTECEDENTES
1.
La Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Comercio, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el
reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y
Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo
Tecnológico, por un importe total de 100 millones de euros para los ejercicios
2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que, será obligatorio
antes del 31 de diciembre de cada año se publique una convocatoria y que los
proyectos estén totalmente pagados antes del 31 de diciembre de 2023
2.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva extraordinaria de carácter
urgente, celebrada el día 22 de diciembre de 2022 aprueba las bases reguladoras
de la línea de ayudas para el programa de modernización del comercio Fondo
Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
para la convocatoria en el año 2022 y 2023 (BOME Extraordinario núm. 81 de 23
de diciembre de 2022) .
3.
Mediante Orden de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento, nº
2023000170 de fecha 31 de julio de 2023, se convocan subvenciones dentro del
programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Pymes, para el año 2023,
publicado el extracto en el BOME nº 6094 de 11 de agosto de 2023.
4.
Que dentro de la convocatoria se establece un único plazo de UN MES
NATURAL desde el día siguiente de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
5.
Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y tramitadas las
subsanaciones, se dan traslado todas las solicitudes a la Comisión de
Evaluación de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y de Fomento, constituida al efecto, como órgano colegiado, en reunión
de fecha 25 de octubre
de 2023.
6.
La Comisión de evaluación ha examinado y valorado las solicitudes
admitidas, dejando constancia de las conclusiones que provisionalmente
corresponde establecer y del resultado en la correspondiente Acta de la sesión,
al existir crédito suficiente. A los anteriores hechos resultan de aplicación
los siguientes
FUNDAMENTOS
1.
Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución
Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe
del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la
convocatoria.
2.
Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites
dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.
3.
Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento
de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis
de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
presupuestaria 02/43101/47900 “SUBVENCION
FONDO TECNOLOGICO COMERCIO RESILIENCIA”,
cuantía de 352.984,00 euros, según la retención de crédito número
2023000036065.
1.
Los beneficiarios propuestos en el presente informe como favorables
cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
2.
Que existe crédito adecuado y suficiente, para atender las obligaciones
de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente
subvención.
3.
La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en
cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto, con arreglo a
los siguientes criterios y hasta un máximo de 60 puntos, establecidos en el
artículo 13 de la convocatoria:
|
|
Valoración |
1 |
Gastos
dirigidos a la transformación digital |
Hasta 40
puntos |
|
Mejora de la atención, relación y conocimiento de
cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas
de analítica avanzada, software de gestión empresarial CRM |
3 |
Inversión en
la transformación digital de los establecimientos comerciales para
incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de
canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y
mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes |
3 |
|
Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes
medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías |
2 |
|
Métricas y
análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO |
3 |
|
Soluciones en ciberseguridad |
3 |
|
Creación y
mejora de webs. |
5 |
|
Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para
teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales
que sirvan para promocionar productos y servicios. |
5 |
|
Creación de
Marketplaces |
10 |
|
Mejora a la accesibilidad de los contenidos digitales
para personas con discapacidad |
3 |
|
|
|
Valoración |
2 |
Gastos referidos a transformación del punto de venta |
Hasta 20 puntos |
|
Digitalización
de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o
automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio,
incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final, software
de gestión empresarial ERP |
6 |
Adquisición de herramientas tecnológicas para la
realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de
decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional. |
1 |
|
Mejoras en el
proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías,
faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el
establecimiento o área comercial |
3 |
|
Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con
el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos
adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los
establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva
visita previa |
3 |
|
Adquisición de
mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el
establecimiento físico |
1 |
|
Incorporación de técnicas de marketing relacional o de
mejora en la relación con los clientes (Newsletters). |
3 |
|
Instalación de
puntos de entrega inteligentes |
3 |
|
|
|
Valoración |
3 |
Gastos
relativos a sostenibilidad y economía circular |
Hasta 20
puntos |
|
Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el
consumo energético y de otros suministros en los establecimientos
comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o
para la correcta separación de los residuos |
9 |
|
(biorresiduos,
papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización. |
|
Pantallas o
sistemas de información que contribuyan al ahorro energético relativas a los
valores límites de las temperaturas del aire, información sobre temperatura y
humedad. |
4 |
|
|
|
Valoración |
4 |
Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad |
Hasta 20 puntos |
|
Plataformas
colaborativas productor local, pyme comercial y distribuidor que garanticen
su interacción y colaboración. |
2 |
Gastos para impulsar la integración de proveedores
locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores |
2 |
|
Inversiones en
nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras
características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el
lineal como durante su envío y distribución |
4 |
|
Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y
online |
5 |
|
Sistemas que
mejoren la carga y descargas en las áreas comerciales urbanas, mediante la
apertura en remoto de las persianas por terceros, bien sea a través de una
web, de una app o de un sistema de códigos enviado por el comerciante, en
tiempo real o diferido y con garantías de seguridad para el comerciante. |
7 |
|
|
TOTAL PUNTUACION |
Hasta 100 puntos |
Por todo lo anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el
siguiente:
ACUERDO
1.
Proponer provisionalmente la CONCESION de la
subvención solicitada a la entidad que se relacionan a continuación, por el
importe que se indican y para el proyecto aprobado:
AYUDA |
EXPTE. |
NIF/CIF |
SOLICITANTE |
SECTOR ACTIVIDAD |
GASTO PRESENTADO |
GASTO SUBVENCIONABLE |
TOTAL SUBVENCION |
FC23194 |
29898/2023 |
B52039369 |
DOMILOMEL, S.L. |
COMERCIO MENOR PRENDAS
DE VESTIR Y TOCADO |
14.400,00 |
14.400,00 |
14.400,00 |
FC23195 |
29902/2023 |
B52038817 |
ESSENCE & JMJMEL, S.L. |
COMERCIO MENOR ART. JOYERÍA, RELOJERÍA, BISUTERÍA |
14.400,00 |
14.400,00 |
14.400,00 |
FC23196 |
29914/2023 |
B52037116 |
JJ & MA REVOLUTION CENTER TEXTIL, S.L. |
COMERCIO MENOR PRENDAS
DE VESTIR Y TOCADO |
14.400,00 |
14.400,00 |
14.400,00 |
FC23197 |
29916/2023 |
B52034188 |
JMJ MELTEXTIL, S.L. |
COMERCIO MENOR PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO |
22.900,00 |
22.900,00 |
22.900,00 |
FC23198 |
29917/2023 |
B52039377 |
PARFO JMJ, S.L. |
COMERCIO MENOR PRENDAS
DE VESTIR Y TOCADO |
14.400,00 |
14.400,00 |
14.400,00 |
FC23199 |
29922/2023 |
****7575** |
IGNACIO LUIS RAMÍREZ SEMPERE |
COMERCIO MENOR ALIMENTACIÓN |
10.000,00 |
10.000,00 |
10.000,00 |
FC23200 |
29923/2023 |
****9529** |
JESÚS MARÍA MÁRQUEZ
GÓMEZ |
COMERCIO MENOR CARNICERÍASCHARCUTERÍAS |
10.000,00 |
10.000,00 |
10.000,00 |
FC23201 |
29934/2023 |
B52039005 |
CALZEMEL JMJMEL TEXTIL, S.L. |
COMERCIO MENOR PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO |
14.400,00 |
14.400,00 |
14.400,00 |
FC23212 |
30987/2023 |
B05411616 |
MENLU TOYS, S.L. |
COMERCIO MENOR DE
JUGUETES |
27.514,00 |
27.514,00 |
27.514,00 |
|
|
|
|
142.414,00 |
142.414,00 |
142.414,00 |
2.
Proponer provisionalmente por DESFAVORABLES las solicitudes, por no
cumplimiento de alguno de los requisitos de las bases reguladoras o de la
convocatoria, indicándose el motivo que lo causa, de las entidades que se
relacionan a continuación:
AYUDA |
EXPTE. |
NIF/CIF |
SOLICITANTE |
SECTOR ACTIVIDAD |
MOTIVO |
FC23202 |
29939/2023 |
B52011160 |
CENTRO DE NEGOCIOS Y
ASESORAMIENTO MELILLA, S.L. |
ARTES GRÁFICAS |
ART. 5.1 -
BENEFICARIOS - Actividad principal no representa al sector comercial
"Otras actividades de impresión y artes gráficas" |
FC23210 |
30350/2023 |
B56355555 |
MELILLA DESARROLLO EMPRESARIAL, S.L. |
COMERCIO MENOR TODA CLASE DE ARTICULOS EN OTROS LOCALES |
ART. 2 - OBJETO DE LAS SUBVENCIONES - El proyecto
no va dirigido a la gestión propia de
la actividad comercial de la empresa solicitante ni a su modelo de negocio. |
1.
El pago se efectuará mediante anticipo del 100% de la cantidad
definitivamente concedida. Para este supuesto se precisará de la previa
presentación de una garantía por el importe total de la subvención concedida de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. A efectos exclusivos de esta convocatoria
se considerará, igualmente como garantía, la cesión de los derechos de cobro a
favor de la Ciudad Autónoma de Melilla mediante un endoso con toma de razón por
la cuantía de la subvención anticipada, que se cancelará una vez haya sido
aprobada la rendición de la cuenta justificativa por el órgano concedente.
Por tanto, en este momento del procedimiento administrativo procederá al
reconocimiento de la obligación y a la ordenación del pago, excepto en los
casos en que la garantía se haya constituido mediante endoso con toma de razón
a favor de la Ciudad Autónoma de Melilla, donde la ordenación del pago se
realizará una vez aprobada la correspondiente cuenta justificativa.
En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios en
los supuestos previstos en el apartado 4, párrafo tercero, del artículo 34 de
la citada Ley.
2.
La obligación de justificación de la subvención, se efectuará ante
Proyecto Melilla. El plazo para la justificación de los proyectos, en todo
caso, será desde la publicación de la resolución de concesión hasta el 29 de
febrero de 2024. Para considerar finalizada una actuación es necesario que
todos los elementos constitutivos de la misma estén finalizados.
3.
Se considerará gasto realizado el que ha sido devengado en 2023 y
efectivamente pagado antes del 31 de diciembre de 2023. Los pagos de los gastos
derivados de los proyectos subvencionados se efectuarán a través de
transferencia, recibo bancario, tarjeta de crédito o débito de la empresa o
entidad, el beneficiario de la ayuda deberá ser el titular de la cuenta
bancaria, y siempre con anterioridad a la fecha en la que se efectuaron los
pagos.
4.
La justificación de la subvención se efectuará a través de la sede
electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, o bien en las oficinas de
Proyecto Melilla, accediendo al servicio digital de Aportación de documento a
procedimientos en trámite, conforme lo indicado en el artículo dieciséis de las
Bases Reguladoras. La justificación deberá estar firmada y se considerarán
presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el
justificante de registro.
5.
El beneficiario quedará obligado al cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR, siguiendo el modelo del Anexo IV.C de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre
6.
El beneficiario quedará sujeto a las obligaciones relacionadas con la
cesión y el tratamiento de datos sobre la ejecución de actuaciones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y de compromiso en relación
con la ejecución de actuaciones del mismo plan (PRTR), con la finalidad de
cumplir con los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y con el
principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) y el
etiquetado climático.
7.
El beneficiario estará obligado a dar la adecuada publicidad del
carácter público de la financiación en los medios materiales que se utilicen
para la difusión de la actuación subvencionada.
8.
El beneficiario estará obligado a facilitar el cumplimiento del Plan de
medidas antifraude de la Ciudad Autónoma de Melilla relacionado con los
sistemas de información, gestión y control del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así mismo se comprometen a conceder los derechos
necesarios para garantizar que la Comisión la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
9.
Se notifique la presente mediante su publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página
web de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net.
Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de
la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal
y surtirá sus mismos efectos.
artículo 15 de la Convocatoria, o aceptar la misma mediante modelo de
aceptación que podrá descargar en el siguiente enlace:
Nombre |
CSV (link al documento) |
MODELO ACEPTACION |
2.
La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la
no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones
presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá
definitiva.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 26 de octubre de 2023,
La Secretaria Técnica de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica y Turismo,
Gema Viñas del Castillo