ARTÍCULO Nº 399 (CVE: BOME-A-2024-399) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6174 - viernes, 17 de mayo de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 10 de mayo de 2024, relativo a la aprobación acuerdo marco de colaboración entre fundación EOI, F.S.P. y Ciudad Autónoma de Melilla.

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria, celebrada el día 10 de mayo de 2024, con número de registro 2024000327, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

“Séptimo- ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE FUNDACIÓN EOI, F.S.P. Y CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, si en virtud del Acuerdo Marco se estableciera aportación financiera de la Ciudad para el desarrollo de actividades concretas, será necesario tramitación de un nuevo expediente de modificación de sus términos, incorporando al mismo la correspondiente acreditación de existencia de créditos (RC) y los preceptivos informes técnicos, Jurídicos y de Fiscalización, que literalmente dice:

APROBACIÓN FIRMA DE ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE FUNDACIÓN EOI, F.S.P. Y CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

Primero.- EOI es una fundación del sector público estatal, adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría General de Industria y Pyme, dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.

Segundo.- La Ciudad Autónoma de Melilla tiene un régimen de autogobierno y goza de autonomía para la gestión de sus intereses y de plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo establecido en la Constitución y en su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo.

En atención a lo dispuesto en el artículo 21 de su Estatuto, la Ciudad Autónoma de Melilla ejercerá competencias sobre el fomento del desarrollo económico de la Ciudad dentro de los objetivos, planes y programas aprobados por el Estado.

Tercero.- En atención al actual contexto geopolítico y socioeconómico agravado en los últimos años por pandemia del covid-19, el Gobierno aprobó en octubre de 2022 el Plan Integral de desarrollo socioeconómico de la Ciudad Autónoma de Melilla con el objetivo idear y poner en práctica una estrategia unificada para este territorio que incentive la creación de oportunidades en su territorio, asegure su viabilidad económica, refuerce la cohesión social y reduzca las diferencias económicas con el resto de España. En el marco de este plan se incluyen medidas específicas estructuradas alrededor de tres grandes ejes de acción transversales: Nuevo Modelo Económico, Infraestructuras y Vivienda y Servicios Públicos

Como parte de estas medidas, el Plan integral de desarrollo establece que la Secretaria General de Industria y de la PYME a través de la Fundación EOI desarrollará actuaciones de impulso del tejido empresarial, a través de la digitalización y el crecimiento de las empresas, así como el impulso del empleo de las Ciudades Autónomas, que podrán contar tanto con la financiación de los fondos europeos en los que la EOI es organismo intermedio, entidad ejecutora o gestor de programas de apoyo a las pyme y emprendedores.

Por ello, es voluntad de ambas partes suscribir un Acuerdo Marco que regule los términos de la colaboración para el desarrollo conjunto de actividades, que formalizan mediante este documento, en cuya virtud.

Cuarto.- El objeto de este Acuerdo Marco es la formalización de un marco de colaboración entre la EOI y la Ciudad Autónoma de Melilla para la difusión y/o el desarrollo de actuaciones de impulso del tejido empresarial, a través de la digitalización  y el crecimiento de las empresas, así como el impulso del empleo de Melilla, que podrán contar tanto con la financiación de los fondos europeos en los que la EOI es Organismo Intermedio o gestor de los programas (en particular, FSE, PRTR y FEDER), como con financiación proveniente de la Secretaria General de Industria y PYME a través de los Presupuestos del Estado y/o de otras posibles fuentes de financiación públicas y/o privadas.

Quinto.- Las actuaciones que se pretenden desarrollar durante la vigencia de este Acuerdo Marco en materia de Impulso del Empleo, Digitalización de la Industria y el Crecimiento Empresarial de las Pymes se concretan, entre otras, en las siguientes:

1.     ACTIVA: Actuaciones orientadas a la transformación de la PYME, en concreto, en torno a cuatro iniciativas de la Secretaria General de Industria y PYME del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:

o   Activa Industria 4.0, para la transformación digital de la industria a través del asesoramiento empresarial.

o   Activa Ciberseguridad, para la concienciación y auditoría en ciberseguridad para pymes.

o        Activa Crecimiento, para el impulso del crecimiento empresarial a través de asesoramiento.

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o   Activa Startup, para el impulso de la innovación abierta y el apoyo a las startups a través de financiación de pruebas de concepto sobre retos tecnológicos

2.     Actuaciones de impulso del empleo, prioritariamente jóvenes y personas desempleadas de larga duración, desarrollando a tal efecto programas de capacitación digital y de nuevas profesiones con especial atención en propuestas de autoempleo y emprendimiento colectivo.

3.     Actuaciones de impulso de las personas ocupadas en PYMES. Estas actuaciones se desarrollarán con trabajadores ocupados en pymes de diferentes sectores de actividad, identificados como prioritarios por ambas entidades, favoreciendo la transición digital y verde de las empresas.

4.     Actuaciones enmarcadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). De forma específica: o Componente 13 (Impulso a la Pyme). En concreto, las medidas:

       Programa de capacidades emprendedoras: orientado a la aceleración de emprendedores innovadores.

       Programa Bandera: de organización/atracción de eventos en el ámbito del emprendimiento.

       Programa de Atracción de talento femenino: enfocado al desarrollo de talento de mujeres emprendedoras.

       Programa de capacidades para el crecimiento: orientado al crecimiento empresarial, en especial se escalarán los programas mencionados en la actuación 1:  Activa Industria, Activa Crecimiento, Activa Ciberseguridad y Activa Startup.

       Programa DIH para el impulso y apoyo en la configuración de los DIH españoles, estará orientado al desarrollo de servicios de asesoramiento y pruebas de concepto para que las PYMES puedan probar la tecnología disruptivas que impulse cada DIH.

o Otras actuaciones financiadas con los PRTR entre las que destacarán las orientadas a la capacitación para la transformación digital de jóvenes y directivos en PYMES, medidas incluidas en los Planes Nacionales de Competencias Digitales y Digitalización de PYMES.

La EOI podrá aportar financiación para el desarrollo de estos proyectos proveniente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y de fondos europeos (FSE y fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, entre otros).

SEXTO.- APORTACIONES DE LAS PARTES. PARA EL DESARROLLO DE ESTE ACUERDO MARCO, LA FUNDACIÓN EOI SERÁ LA RESPONSABLE DE LAS SIGUIENTES ACTUACIONES:

·         Propuesta del Plan de Actuación, incluyendo la definición y planificación de actividades.

·         Dirección, ejecución y administración de los proyectos.

·         Elaboración de las convocatorias y coordinación de los procesos de selección de los beneficiarios de los programas e iniciativas.

·         Contratación y gestión administrativa necesarias para la implementación de los programas e iniciativas.

·         Aportación de la financiación necesaria para el desarrollo de las actividades.

La Ciudad Autónoma de Melilla, por su parte, será la responsable de las siguientes actuaciones:

·         Identificación de sectores de actividad prioritarios a impulsar en cada una de las actuaciones de acuerdo con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región (RIS3)

·         Seguimiento y Colaboración en todas las acciones que se desarrollen en el marco del Acuerdo Marco

·         Colaboración con EOI, en función de la disponibilidad, en la puesta a disposición de la infraestructura y el equipamiento para el desarrollo de las actividades de carácter presencial de los programas.

·         Colaboración en la captación de beneficiarios de los programas e iniciativas en Melilla.

·         Realización de acciones de difusión, comunicación y publicidad relativas a los programas que se realicen.

·         En caso de que la Ciudad Autónoma de Melilla deba realizar alguna aportación financiera necesaria para el desarrollo de las actividades, debería tramitarse el correspondiente expediente administrativo con la incorporación del documento presupuestaria adecuado.

Todas las acciones de publicidad y difusión deberán señalar que han sido realizadas en colaboración con la Ciudad Autónoma de Melilla.

SÉPTIMO.- COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. PARA LA PLANIFICACIÓN Y EL SEGUIMIENTO DE TODO LO PREVISTO EN ESTE ACUERDO MARCO SE CONSTITUYE UNA COMISIÓN DEL MISMO NOMBRE, DE COMPOSICIÓN PARITARIA INTEGRADA POR DOS REPRESENTANTES DESIGNADOS POR CADA UNA DE LAS PARTES. A UNO DE LOS REPRESENTANTES DE LA FUNDACIÓN EOI CORRESPONDERÁ LA PRESIDENCIA DE LA MISMA.

El funcionamiento de la Comisión de Planificación y Seguimiento se ajustará al régimen de funcionamiento de los órganos colegiados y se regirá por lo dispuesto en el artículo 19 y siguientes de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión se reunirá tantas veces como cualquiera de las partes lo solicite y en todo caso, con periodicidad semestral. En el marco de la Comisión de Planificación y Seguimiento se celebrarán reuniones para realizar el adecuado seguimiento de las actualizaciones realizadas.

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Esta Comisión tendrá las siguientes funciones principales:

·         Concretar los programas e iniciativas a desarrollar de conformidad con lo previsto en la cláusula segunda.

·         Aclarar las dudas y redimir las controversias que pudieran surgir en la ejecución, aplicación o interpretación del presente Acuerdo Marco.

La Fundación EOI presentará anualmente una memoria de actuación a la Comisión de Seguimiento, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo a proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:

Único:  La firma por la Ciudad Autónoma de Melilla del ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN con FUNDACIÓN EOI, F.S.P., que se adjunta como documento, facultando al Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, para la formalización de los documentos de adhesión correspondientes y de las actuaciones precisas para llevarla a cabo.

En caso de que la Ciudad Autónoma de Melilla deba realizar alguna aportación financiera necesaria para el desarrollo de las actividades, deberá tramitarse el correspondiente expediente administrativo con la incorporación del documento presupuestaria adecuado.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm 236, de 2 de octubre), 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Melilla 15 de mayo de 2024,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany