ARTÍCULO Nº 405 (CVE: BOME-A-2024-405) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6174 - viernes, 17 de mayo de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 19 de abril de 2024, relativo a la convalidación de nombramiento del Director Gerente del Patronato de Turismo.
El Consejo de
Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 19 de abril de 2024,
adoptó, una vez terminados los asuntos contenidos en el orden del día y previa
su declaración de urgencia, entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO.-
CONVALIDACIÓN DE NOMBRAMIENTO DIRECTOR GERENTE PATRONATO DE TURISMO.- El
Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológico, Turismo y de Fomento, que literalmente dice:
“
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.-
Con fecha 26 de enero de 2024 se
publica en BOME número 6142 la convocatoria para la provisión del puesto de
personal directivo profesional de Director-Gerente del Patronato de Turismo de
la Ciudad Autónoma de Melilla
Segundo.-
Con fecha 15 de marzo de 2024 el
órgano asesor se reúne para proceder a la realización de las entrevistas de los
aspirantes y una vez realizada, acordó por unanimidad proponer a los siguientes
aspirantes en fecha 18 de marzo de 2024:
Dº.
Alejandro Jiménez Rodanes
Dº.
Francisco Javier Mateos de Porras Gómez
Dª. Maria
Dolores Mariscal García
Dº
Fernando Ríos Ortiz
Dº. Juan
Ignacio Rodríguez Salcedo
Tercero.-
Con fecha 20 de marzo se reúne la
Junta Rectora para elevar la propuesta del órgano asesor al Presidente del
Patronato de Turismo.
Cuarto.-
Con fecha 27 de marzo de 2024 se dicta
orden de nombramiento de Dº. Francisco Javier Mateos de Porras Gómez por el
Presidente del Patronato de Turismo.
Quinto.-
Ese mismo 27 de marzo de 2024 se
remite a la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla por
comunicación interna orden con el nombramiento de Don Francisco Javier Mateos
de Porras Gómez como gerente del Patronato de Turismo a efectos de fiscalización.
Sexto.-
Con fecha 15 de abril de 2024 la
intervención rechaza la propuesta de fiscalización de nombramiento emitiendo la
siguiente conclusión:
“...A tenor
de los antecedentes y consideraciones anteriormente expuestos se informa que a
juicio de esta Intervención la omisión de la fiscalización que nos ocupa podrá
ser convalidada si así se estima, lo que se pone de manifiesto al órgano gestor
a fin de que, uniendo este informe a las actuaciones, lo eleve al Consejo de
Gobierno para que decida si continua el procedimiento convalidando lo actuado
si procede...”
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-
El patronato de Turismo es un
organismo autónomo adscrito de conformidad con el artículo 1 de sus vigentes
Estatutos, de fecha 4 de enero de 2022 a la Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
Segundo.-
El articulo 52 de la Ley 39/2015 de 1
de oct. de PACAP respecto de la convalidación establece:
1.
La Administración
podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan.
2.
El acto de
convalidación producirá efecto desde su fecha, salvo lo dispuesto en el
artículo 39.3 para la retroactividad de los actos administrativos
Tercero.-
La Disposición final tercera de los
vigentes Estatutos del Patronato de Turismo rezan que en defecto de normas
específicas establecidas expresamente, el Patronato de Turismo se regirá por
las normas generales aplicables a la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cuarto.-
De conformidad con el artículo 89.3
del REGA establece que la revisión se realizará por el Pleno de la Asamblea
cuando fuera el órgano que dictó el acto o se trate de actos dictados en vía de
gestión tributaria y al Consejo de Gobierno en los supuestos del artículo
16.1.22 del presente Reglamento.
Quinto.-
Según el articulo 8.1 p) de los
vigentes Estatutos del Patronato de Turismo corresponde proponer a la Comisión
correspondiente los acuerdos cuya aprobación corresponda a la competencia del
Pleno o el Consejo de Gobierno, así como formular cualesquiera otra propuesta
que corresponda a la competencia de los demás órganos de la Ciudad Autónoma de
Melilla o sus organismos dependientes.
“resolución
con fiscalización previa” esta, por error, no fue la utilizada a la hora de
elevar la resolución pero en ningún momento con objeto de eludir la función
fiscalizadora de la Intervención General, quedando patente en el expediente que
es el propio Patronato el que el mismo día en que se emite la resolución de
nombramiento es remitida de forma automática por comunicación interna la
Intervención para su fiscalización.
No obstante
lo anterior siguiendo las directrices marcadas por la Intervención en su
escrito de 15 de abril de 2024 y considerando el vicio como meramente
procedimental enmarcado en los supuestos de hecho del artículo 52.1 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre referenciado en el fundamento segundo de este escrito
elevamos la siguiente propuesta a efectos de convalidación por el Consejo de
Gobierno:
Por todo lo
anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en
proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
Convalidar el
nombramiento Dº. Francisco Javier Mateos de Porras Gómez como Director Gerente
del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla con efectos
retributivos y de alta en seguridad social de 2 de abril de 2024, con cargo a
los siguientes RC del Patronato de Turismo:
a.
RC nº
52024000000023 del 16/01/2024
b.
RC nº
52024000000022 del 16/01/2024
GRUPO |
DENOMINACIÓN |
DOTACIÓN |
C.D. |
A1 |
Director/a-Gerente |
1 |
30 |
de
conformidad con la Plantilla/RPT del personal del Patronato de Turismo de la
Ciudad Autónoma de Melilla año 2021, publicada en BOME núm. 5839 de fecha 2 de
marzo de 2021 así como los artículos 54 y siguientes del REGA por analogía y el
resto de documentación obrante en el expediente personal del interesado con un
complemento específico de 340 puntos.
Procediéndose
una vez convalidada y fiscalizada la propuesta a su remisión junto con la
documentación obrante en el expediente personal del interesado a efectos del
cálculo y gestión de retribuciones así como el cálculo de los trienios
correspondientes desde octubre de 2004, a la Consejería de Administraciones
Públicas, todo ello en base al artículo 21.3 de los Estatutos del Patronato de
Turismo de Melilla : “…La
Consejería competente en materia de Recursos Humanos prestará la cooperación y
el apoyo técnico y administrativo necesario para la selección y la gestión de
retribuciones y la seguridad social del personal del Patronato de Turismo…”
De
conformidad con el artículo 93 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla este acto administrativo que
pone fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en
reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Melilla 14
de mayo de 2024,
El
Secretario Técnico del Patronato de Turismo,
Arturo
Jiménez Cano