ARTÍCULO Nº 803 (CVE: BOME-A-2024-803) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6210 - viernes, 20 de septiembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 13 de septiembre de 2024, relativo a la concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad Autónoma de Melilla a la Asociación Española Contra el Cáncer en Melilla

BOME-P-2024-2575 Descargar página

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 13 de septiembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

ÚNICO: Proponer al Pleno de la Excelentísima Asamblea de Melilla, la Aprobación de la propuesta de Concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad Autónoma de Melilla, la Concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad Autónoma de Melilla a la Asociación Española contra el Cáncer en Melilla, en virtud de lo establecido en los artículos 15.a) y siguientes, del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4071, de martes 23 de marzo de 2004).”

Tras la consulta a los diputados presentes por parte del Sr.  Presidente sobre la posibilidad de realizar la votación del asunto de forma secreta o en voz alta, los Grupos manifiestan su conformidad en realizar la votación de forma ordinaria, por lo que el Sr. Presidente da paso a la misma.

Sometido a votación el expediente de CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA A LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRAL EL CÁNCER EN MELILLA se aprueba por unanimidad de todos los asistentes.

Por tanto, mayoría absoluta de conformidad con el art. 58.3 del Reglamento de la Asamblea y el artículo 18 del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la ciudad Autónoma de Melilla.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Pleno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para general conocimiento.

 

Melilla 18 de septiembre de 2024,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany