ARTÍCULO Nº 402
(CVE: BOME-A-2025-402)
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BOME Nº 6272 - viernes, 25 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación del Juego On Line de Melilla, para llevar a cabo acciones formativas orientadas a su sector, a fin de poder formar a personal con las competencias necesarias, así como celebración de evento de juego responsable en Melilla, subvención nominativa 2025.

Esta
Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del
SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2025 ASOCIACIÓN JUEGO ONLINE MELILLA, habiendo sido
inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con
número CON2500084 y los siguientes datos:
Consejería:
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y de Fomento
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2025000367 7/04/2025 ES-G1678096-7 (ASOCIACION DE JUEGO ONLINE DE
MELILLA) |
Fecha de formalización: 21/04/2025
De
acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para
su general conocimiento.
De
conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm
236, de 2 de octubre), 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de
la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y
demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que
agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Melilla,
a 22 de abril de 2025,
El
Secretario del Consejo de Gobierno, con carácter de suplencia,
Decreto
nº 29 de fecha de 04/03/2025 (BOME Extra nº 16 04/03/2025)
Diego
Giner Gutiérrez

ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCACIÓN DEL JUEGO ONLINE DE MELILLA
PARA LLEVAR A CABO ACCIONES FORMATIVAS ORIENTADAS A SU SECTOR, A FIN DE PODER
FORMAR A PERSONAL CON LAS COMPETENCIAS NECESARIAS, ASÍ COMO CELEBRACIÓN DE EVENTO DE JUEGO RESPONSABLE EN
MELILLA. SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Marín Cobos, Consejero de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento de la Ciudad
Autónoma de Melilla, debidamente facultado para este acto por el Decreto número
0915, de fecha 10 de julio de 2023, relativo al NOMBRAMIENTO DE LOS CONSEJEROS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha
28 de julio de 2023, referente a la APROBACIÓN DEL DECRETO DE DISTRIBUCIÓN DE
COMPETENCIAS ENTRE CONSEJERÍAS DE LA CIUDAD DE MELILLA.
Y, de otra parte, D. Javier Pérez Escámez, con NIF 45.274.558-R, como
Presidente, de la asociación del Juego Online de Melilla, con CIF G16780967 (en
adelante, también referenciada como “AJOM”). Esta fue constituida mediante acta
fundacional de fecha 21 de febrero de 2021, de acuerdo con la Ley Orgánica
1/2022, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y consta
debidamente inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones dependientes de
la Delegación del Gobierno.
INTERVIENEN
Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente la necesaria
capacidad jurídica y legitimación para otorgar y suscribir el presente
Convenio. Al efecto,
EXPONEN
PRIMERO.- Conforme a lo dispuesto en
el artículo 21.1.11 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de
Autonomía, la Ciudad de Melilla tiene competencias en materia de fomento del
desarrollo económico de la Ciudad, dentro de los objetivos, planes y programas
aprobados por el Estado.
Asimismo, el artículo 5.2 del mismo texto normativo señala que las
Instituciones de la Ciudad, dentro del marco de sus competencias, ejercerán sus
poderes con los siguientes objetivos básicos:
“a)
La mejora de las condiciones de vida, elevación del nivel cultural y de trabajo
de todos los melillenses.
...
c)
Adoptar las medidas que promuevan la inversión y fomenten el progreso económico
y social de Melilla, facilitando el empleo y la mejora de las condiciones de
trabajo.”
SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno,
mediante Acuerdo adoptado el 28 de julio de 2023 (BOME Extra. núm. 54 de 31 de
julio de 2023) atribuye competencias a la Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento en materia de empleo y de Innovación
tecnológica, entre otras:
“e)
Concesión de subvenciones a proyectos de I+D e Innovación, mediante ayudas a la
Innovación, a través de la implementación de la Innovación y la transferencia
de conocimiento científico y tecnológico, como valor añadido y como instrumento
de la productividad.
f)
Promoción nacional e internacional de Melilla, como destino privilegiado para
el establecimiento de empresas de base tecnológica, poniendo de manifiesto el
privilegiado régimen fiscal vigente en Melilla. Especial énfasis en la
implantación en Melilla de empresas dedicadas al juego online con residencia
fiscal en nuestra ciudad, de manera tal, que permita un crecimiento económico
sostenible mediante la creación de nuevos puestos de trabajo generados por este
sector.
…
k)
La promoción de la cultura científica, y de la ciencia en la ciudadanía, así
como vocaciones en ciencia, tecnología, matemáticas e ingeniería, especialmente
en el ámbito de las mujeres y en colaboración con los órganos responsables de
educación no universitaria.”
TERCERO.- El Gobierno de la Ciudad de
Melilla, ha venido apoyando las medidas tendentes a la implantación de nuevas
empresas que propicien la inversión en nuestra Ciudad. Habiendo llegado el
momento de avanzar en las nuevas estructuras tecnológicas y organizativas, a
fin de que la Ciudad no se quede anclada en el tiempo e Impulsar, dinamizar y
acompañar a las empresas de Melilla en el proceso de transformación hacia la
innovación. Fomentando la cultura emprendedora e innovadora en toda la sociedad
melillense.
CUARTO.- Huelga señalar que la
Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento,
considera acorde con su política, establecer el presente convenio con AJOM a
fin mejorar el desarrollo económico de la ciudad. Los objetivos de este apoyo a
AJOM se fundamentan en:
1.
La promoción nacional e internacional de Melilla como destino
privilegiado para el establecimiento de empresas de base tecnológica;
resaltando su privilegiado régimen fiscal vigente o los valores intangibles de
la ciudad, como su ubicación o buena climatología.
2.
El progreso económico y social de Melilla, mediante la colaborando con
su dinamización económica e incrementando la tasa de nuevos proyectos y su
supervivencia.
3.
Fomento del autoempleo y emprendimiento tecnológico. Ampliar las
oportunidades profesionales de la población que no solo incrementen las
posibilidades de éxito emprendedor, sino también la empleabilidad y la
inclusión social.
4.
Impulso a la iniciativa empresarial y el aprovechamiento de las
oportunidades que la digitalización de la economía ofrece; motivando la
colaboración dentro del tejido empresarial.
QUINTO.- El artículo 8 del
Reglamento de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que: “serán subvencionables las actividades
programadas en las convocatorias específicas, y referidas a las áreas de: j) Otras: cualquier otra actividad de la actividad de la Ciudad
Autónoma y susceptible de subvencionar por dirigirse a un colectivo de
población determinado, así como aquellas actividades de utilidad pública,
interés social o de promoción de una finalidad pública, que así sean
consideradas por parte de la Ciudad.”
SEXTO.- Con fecha 4 de febrero de
2025 y número 12025000003582, se evacua informe de retención de crédito
definitiva por importe de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) en la aplicación
presupuestaria 06/49200/48000, bajo el concepto "SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN MELILLENSE
JUEGO ONLINE".

Autónoma de Melilla como en el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento
(Dirección General de Innovación Tecnológica) de la Ciudad de Melilla, para el
periodo 24-26, recogido en el acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 15 de
marzo de 2024, número de registro 2024000126 y publicado en el BOME número
6158, de 22 de marzo de 2024 y modificado en sesión del Consejo de Gobierno de
5 de marzo de 2025.
OCTAVO.- Esta subvención tiene el
carácter de directa y se instrumentalizará mediante convenio. Es una fórmula
jurídica adecuada, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 19.1 del
Reglamento Generan de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, puesto que
se van a establecer nominativamente a cada entidad receptora los
correspondientes importes en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma
de Melilla.
La presente subvención directa, prevista nominativamente en los
presupuestos de la Ciudad Autónoma para el ejercicio 2025, no puede superar en
ningún caso el coste total de la actividad subvencionada. En efecto, AJOM
deberá acreditar dicho extremo fehacientemente en el momento de presentar la
cuenta justificativa. Todo ello con independencia de los gastos adicionales
sobrevenidos que haya tenido que afrontar esta asociación; así como los
incrementos en los costes de las distintas partidas acaecidos durante la
vigencia del Convenio y no contemplados inicialmente.
Se abonará el importe íntegro de la cantidad prevista como aportación de
la Ciudad Autónoma de Melilla, con carácter de prepagable, como financiación
necesaria para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención.
NOVENO.- En el artículo 20.1 del
Reglamento regulador de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla se recoge
el procedimiento de subvenciones directas previstas nominativamente en el
presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla. En este sentido, dicho precepto
dispone que:
“a) La incoación
de oficio por el órgano competente.
b)
La
solicitud debe reunir como mínimo los requisitos establecidos en el artículo
12.1 del Reglamento regulador de las Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
c)
Estas
subvenciones nominativas tendrán el contenido mínimo en el artículo 16 de la
Ley General de Subvenciones.”
DÉCIMO.- Además de las condiciones
generales de colaboración recogidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de
Subvenciones y en Reglamento regulador de las Subvencionas de la Ciudad
Autónoma de Melilla, se incluyen las siguientes condiciones que acepta y deberá
cumplir AJOM:
1.
Se ajustará a las aportaciones económicas previstas para la realización
de los proyectos. Se indicará en la cuenta justificativa las aportaciones
realizadas por la ciudad, su porcentaje en relación con el total del proyecto y
su naturaleza. Ello conforme al presupuesto para el ejercicio 2025 de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
2.
En caso de producirse un desfase presupuestario, por el que queden pagos
pendientes, la Ciudad Autónoma de Melilla no se hará cargo de los mismos y la
junta directiva de AJOM asumirá a título personal y solidariamente, el déficit
generado.
3.
Se marcan como objetivos: promocionar, dar a conocer y representar a la
ciudad; a fin de promocionar y atraer a jóvenes talentos o empresas que amplíen
o mejoren el tejido empresarial y las oportunidades profesionales de la
población, orientadas a la innovación tecnológica.
4.
Adoptará todas las medidas necesarias para promocionar a la ciudad y la
presencia de Melilla en los principales eventos de tecnología.
5.
Deberá primar la buena imagen de la Ciudad de Melilla, en todas y cada
una de las actividades a realizar.
6.
En su caso, aceptar los términos de la futura propuesta global de
comunicación y publicidad.
7.
Aceptar y asumir el importe de la subvención establecida por la Ciudad
Autónoma de Melilla.
8.
Autorizar a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos
tributarios de la AEAT, de la administración tributaria de la Ciudad Autónoma
de Melilla; así como de justificación de las subvenciones concedidas por esta
Administración.
9.
Estar a disposición de los órganos fiscalizadores de la Ciudad Autónoma
de Melilla, especialmente los dependientes de las Consejerías de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento y Consejería de
Hacienda, para facilitarles el acceso a la documentación financiera y contable
de la entidad.
10.
Quedar enterado de que en caso de contravenir alguna de las cláusulas
estipuladas por la Ciudad Autónoma de Melilla, tras el oportuno expediente,
esta Administración podrá tomar las medidas que estime convenientes, incluso la
retirada o retorno de las cantidades aportadas.
UNDÉCIMO.- El órgano facultado para
la ratificación de los convenios que se deriven de la concesión de subvención
directa será el Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y de Fomento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Esta Consejería es competente en materia de Promoción nacional e
internacional de Melilla, como destino privilegiado para el establecimiento de
empresas de base tecnológica. Cabe hacer especial énfasis la implantación de
empresas dedicas al juego online o la de servicios prestados de manera digital
que se ven beneficiadas por el régimen fiscal vigente en la ciudad y que
permiten un crecimiento económico sostenible mediante la creación de nuevos
puestos de trabajo.
En virtud de lo expuesto, ambas partes otorgan y suscriben de mutuo
acuerdo el presente convenio, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del
artículo 19 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla, en relación con los artículos 22.2 y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, que se desarrollará con arreglo a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y Justificación subvención
La asociación cuya finalidad principal es la promoción de la cultura
emprendedora, empresarial y financiera en la Ciudad Autónoma de Melilla
desempeña un papel clave en el desarrollo económico y social de la región. Su
labor no solo impulsa la innovación y la digitalización, sino que también
fomenta la inserción laboral y el autoempleo, especialmente entre jóvenes y
desempleados. A continuación, se detallan las razones que justifican la
necesidad de otorgarle una subvención:

1.
desafíos estructurales y una economía dependiente del sector público,
este tipo de iniciativas son fundamentales para fortalecer la autonomía y
sostenibilidad del territorio.
2.
Apoyo a la inserción laboral
y al autoempleo: uno de los principales objetivos de la asociación es facilitar el
acceso al mercado laboral de colectivos vulnerables, especialmente jóvenes y
desempleados. A través de programas de formación, asesoramiento y consultoría,
la entidad mejora la empleabilidad y fomenta el autoempleo como alternativa
viable en un mercado laboral con limitadas oportunidades. Estas acciones
contribuyen directamente a la reducción del desempleo en la región.
3.
Impulso a la innovación,
digitalización y nuevas tecnologías:
el enfoque
en la digitalización y la innovación permite a la asociación capacitar a
emprendedores y empresas locales para adaptarse a las nuevas exigencias del
mercado. En un contexto de transformación digital acelerada, la formación y el
acceso a herramientas tecnológicas resultan imprescindibles para la
competitividad de los negocios. La subvención permitirá ampliar el alcance de
estas iniciativas, beneficiando a un mayor número de personas.
4.
Fortalecimiento del tejido
asociativo y la colaboración institucional: la asociación no solo brinda apoyo a sus
socios, sino que también actúa como un nexo de unión entre instituciones
públicas y privadas. Su labor facilita la coordinación entre diferentes actores
económicos y sociales, generando sinergias que potencian el desarrollo de la
ciudad. La concesión de una subvención garantizará la continuidad de estas
actividades y permitirá reforzar la cooperación con otros organismos.
5.
Impacto social y promoción
de la responsabilidad social empresarial: a través de sus programas, la asociación fomenta
valores de solidaridad, cooperación y responsabilidad social. La inclusión de
colectivos vulnerables en el ámbito empresarial y la promoción de buenas
prácticas en materia de sostenibilidad y ética empresarial refuerzan su impacto
positivo en la comunidad.
6.
Necesidad de financiación
para garantizar la sostenibilidad y el crecimiento: a pesar del alto valor
social y económico que genera, la asociación requiere recursos financieros para
ampliar sus programas, mejorar su infraestructura y ofrecer un servicio de
calidad a sus beneficiarios. La concesión de una subvención permitirá consolidar
sus iniciativas y garantizar su continuidad en el tiempo, asegurando que más
emprendedores y desempleados puedan acceder a oportunidades de desarrollo.
Otorgar una subvención a esta entidad no solo contribuirá al
fortalecimiento del ecosistema emprendedor en Melilla, sino que también
generará un impacto positivo en la inserción laboral, la digitalización y la
innovación. En un contexto de transformación económica y social, apoyar este
tipo de iniciativas es una inversión estratégica para el futuro de la ciudad.
Segunda. Ámbito territorial
El ámbito territorial de desarrollo del objeto del Convenio se
identifica con todo el territorio nacional e internacional.
Tercera.
Compromisos asumidos por la Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
Con independencia de las obligaciones dimanantes del convenio, la
Consejería se compromete a conceder a AJOM, la cantidad económica de
CINCUENTAMIL EUROS (50.000,00 €) con cargo a fondos propios de la Ciudad,
contemplados en el Presupuesto 2025, en la partida prevista al efecto y RC
número 12025000003582 por importe de CINCUENTAMIL EUROS (50.000,00 €) en la
aplicación presupuestaria 06/49200/48000, bajo el concepto "SUBVENCIÓN
ASOCIACIÓN MELILLENSE JUEGON ONLINE".
El ingreso de esta cantidad se efectuará mediante la correspondiente
orden de pago, de acuerdo con las directrices del área económica-financiera de
la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cuarta. Compromisos asumidos por AJOM
La Asociación del Juego Online Melilla (AJOM) se compromete a:
1.- Desarrollar todas las actividades y acciones formativas, gestionando
y ejecutando las mismas, en los términos previstos en la cláusula quinta,
durante el ejercicio 2025. Todos los gastos y las gestiones que ello conlleve
serán por cuenta de este.
2.- Fomentar la obtención de recursos económicos públicos y privados,
que permitan aumentar el total del presupuesto de la actividad y cumplir los
objetivos programados.
3.- Ofrecer una adecuada difusión del carácter público de la
financiación recibida.
4.- Aprobar el presente Convenio mediante su junta directa, dando cuenta
a su asamblea de socios. Estos acuerdos deberán ser aportados a la Consejería
de economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, antes de
la finalización de la vigencia del mismo.
5.- Cumplir las especificaciones que, desde la Consejería de Economía,
Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, se dicten y, en
particular:
-
Someterse al ejercicio de los poderes de policía por parte de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
-
No poner impedimento alguno a que la Ciudad Autónoma de Melilla controle
y vigile el cumplimiento del objeto del Convenio; así como, asistir y
participar en las reuniones que a efectos de control, coordinación y
seguimiento se puedan convocar.
6.- Conforme al PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES de la Consejería de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento (Dirección
General de Innovación Tecnológica) de la Ciudad de Melilla, para el periodo
24-26, conforme al acuerdo que lo actualiza, modificado en sesión del Consejo
de Gobierno de 5 de marzo de 2025, AJOM deberá presentar informe motivado sobre
el número de acciones desarrolladas y justificación de los objetivos
alcanzados.
7.- Justificar antes de los tres meses siguientes a la finalización del
plazo de ejecución del convenio, a justificar a la Consejería la cantidad
económica asignada, de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa
jurídica de aplicación y siguiendo las directrices establecidas por la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. En todo caso, la justificación
de los gastos realizados en ejecución del objeto del presente Convenio
únicamente podrá realizarse en los siguientes conceptos:
- Gastos de personal
directamente vinculado al cumplimiento del objeto del Convenio.

- 24 de mayo de 2002, BOE
número 129 de 30 de mayo de 2002, revisado por resolución de 2 de diciembre del
2005, de Secretaría de Estado de Hacienda, Empleo y Comercio y Presupuestos,
por la que se hace público el Acuerdo de Consejo de Ministro de 2 de diciembre
del 2005, manteniéndose igual tras Resolución de 2 de enero de 2008 de la
Secretaría y Estado de Hacienda, Empleo y Comercio y Presupuestos). Limitándose
las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma
para el grupo 2.
En consonancia con el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial
de Retribuciones (CECIR) de 28 de enero de 2010, se autoriza el resarcimiento
del gasto en su cuantía exacta, aun cuando este fuera superior al de la dieta
establecida, cuando se den determinadas circunstancias, entre ellas, que “no
sea posible encontrar, en el lugar de celebración de la reunión o la comisión
de servicio un hotel cuyas tarifas se ajusten a la cuantía de la dieta por
alojamiento, bien por no existir hoteles adecuados, bien porque, aun
existiendo, estos hoteles no disponen de plazas libres en fecha de celebración
de la correspondiente reunión”.
-
Gastos en material necesario para el normal desarrollo de las acciones
formativas objeto del Convenio. Estos gastos no podrán superar en ningún caso
el 15% del importe de la subvención.
-
Gastos por uso de instalaciones directamente vinculadas al objeto del
Convenio.
-
Gastos para la gestión administrativa de AJOM, respecto de las acciones
formativas a impartir - Gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o
financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la
realización del objeto subvencionado y los de administración específicos
siempre y cuando estén directamente relacionados con la actividad subvencionada
y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
Todos estos gastos, deberán haber sido devengados dentro del periodo de
vigencia del presente convenio, y pagados dentro del período de vigencia o de
justificación del mismo.
8.- Presentar una memoria de actuación que incluya fotografías,
justificativa del cumplimiento del convenio y de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y
de los resultados obtenidos.
9.- La justificación del
cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos
previstos en la concesión de la subvención, de acuerdo al artículo 23 del
Reglamento General de subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, se
documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye
un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo
responsabilidad del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro
documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del
objeto de la subvención. Esta cuenta justificativa deberá incluir una
declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la
subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos.
Estos gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor
probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con
eficacia administrativa:
-
Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor
y del documento acreditativo del gasto, su fecha de emisión, su importe y su
fecha de pago. Asimismo, deberá aportar dicha relación ordenada por partidas de
acuerdo con los gastos justificables.
-
Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico
jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a
que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa
del pago. En todo caso, dichos documentos deberán incorporar: nombre, domicilio
y razón social del acreedor, con indicación del CIF, la factura deberá
presentarse sellada y firmada por la empresa.
-
En el caso de que los importes de dichas facturas o documentos
probatorios equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa o la suma de las mismas supere los MIL EUROS (1.000,00 Euros) a
un mismo preceptor a lo largo de la vigencia del presente convenio, el pago por
parte de la entidad beneficiaria de este convenio, se deberá realizar,
obligatoriamente, mediante documento bancario, debiendo aportar resguardo del
mismo en la correspondiente justificación de carácter obligado.
-
Si procede, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que
hayan financiado actuaciones del objeto de la presente subvención, con
indicación de su importe y procedencia.
-
Que el suministro, servicio, etc., se ha realizado para el cumplimiento
del objeto del convenio.
-
No se admitirá ningún tipo de gratificación en nómina o productividad
distinta a las retribuciones marcadas en las tablas salariales que se marque en
el convenio colectivo que resulte de aplicación. No obstante, se admitirá en la
justificación de subvenciones dietas a los voluntarios de las entidades con
objeto de compensar los gastos en que incurran en el desarrollo de sus labores
de voluntariado con el límite máximo de 1.500 € en cómputo anual por
voluntario, todo ello conforme al artículo 12 de la Ley 45/2015, de 14 de
octubre, de voluntariado, constriñéndose a los supuestos recogidos en la misma.
Podrán realizarse contrataciones mercantiles, por prestaciones de determinados
servicios empresariales o profesionales, practicándose las oportunas retenciones
según se establece en la Ley del IRPF. Se admitirá en la justificación la
presentación de ticket de efectivo cuyo importe unitario sea inferior a 300
euros (impuestos excluidos). Para los casos en los que éstos ticket se realicen
en desplazamientos, el límite admisible será de 500 euros por cada
desplazamiento.
-
Deberá aportarse como justificación de gastos de personal:
i.- Copia del Contrato Laboral y/o Profesional, en su caso.
ii.- Copia del Convenio Colectivo de aplicación, en el caso que exista.
iii.- Recibo de nómina, que deberá contener: Nombre, apellidos y NIF del
trabajador/a, categoría profesional, número de afiliación a la Seguridad
Social, conceptos retributivos, firma del trabajador/a, firma y sello de la
entidad, etc. iv.- Boletines Acreditativos de Cotización a la Seguridad Social
(TC1, TC 2).
v.
Impresos 110 y 190 de ingresos por retenciones IRPF.
vi.
En el caso de gastos en concepto de dietas por labores de voluntariado,
deberá contener lo dispuesto por la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de
voluntariado.
viii. Los conceptos en gastos de personal se deberán efectuar mediante
transferencia bancaria o cheque nominativo, cuyo comprobante se deberá aportar
a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la
justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará
conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa (artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones).
11.- Deberá presentar los estados contables aprobados por el órgano
competente en su gestión, confeccionados de acuerdo con el Plan General de
Contabilidad vigente, si a lo largo del ejercicio inmediatamente anterior ha
percibido en concepto de aportaciones y subvenciones una cuantía igual o
superior a 120.000 euros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica.
12.-
Presentará
la justificación de los gastos sufragados con el presente Convenio, en la
Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento,
donde se comprobará el cumplimiento de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió la
subvención.
Quinta.
Presupuesto estimado por actividades y partidas La AJOM pretende llevar a
cabo las siguientes actividades:
La Asociación de Juego Online de Melilla, fundada con el propósito de
fomentar un entorno seguro, responsable y profesional en la industria del juego
online, va a llevar a cabo una serie de actividades clave a lo largo del año
2025. Estas actividades están orientadas a la formación, el apoyo a los socios,
el fortalecimiento de la comunidad empresarial y la representación del sector
en foros internacionales. A continuación, se detallan las principales
actividades a realizar en el año 2025, así como los logros y beneficios que se
obtendrán o que se pueden obtener.
Formación
Uno de los pilares fundamentales de la Asociación de Juego Online de
Melilla es la capacitación y actualización continua de los actores que forman
parte del ecosistema del juego online en la ciudad. A lo largo de 2025,
queremos organizar una serie de cursos que versarán sobre algunas de las
siguientes temáticas importantes en nuestro sector:
Prevención
de Fraude:
El fraude es uno de los desafíos más importantes en la industria del juego
online, ya que tanto los jugadores como los operadores pueden ser víctimas de
prácticas fraudulentas que afectan la integridad del sector. Los temas que
podemos abordar en este curso puede ser la detección de Fraudes, donde se
pueden proporcionar herramientas y técnicas para identificar actividades
fraudulentas, Prevención de Fraudes Cibernéticos, donde podremos aportar el uso
de tecnologías avanzadas para detectar patrones fraudulentos, y manejo de
incidentes, donde se trabajarían los diferentes protocolos a la hora de
detectar un fraude.
Atención
al Cliente en el Juego Online: esta una de las áreas más críticas para cualquier
operador de juego online. Un servicio al cliente eficaz y bien
gestionado no solo mejora la experiencia del usuario, sino que también
garantiza la fidelización y el cumplimiento de las normativas relacionadas con
la protección del jugador. Los temas que se pueden abordar en esta formación
pueden ser la Comunicación Multicanal, donde se capacite en el uso de diversas
plataformas para proporcionar una atención inmediata y personalizada, la
Gestión de Conflictos y Satisfacción del
Jugador, donde se puede trabajar en la resolución de conflictos comunes,
y la Atención al Cliente de Alta
Calidad, donde se ofrezcan técnicas para gestionar las consultas, quejas y
dudas de los jugadores de manera eficiente.
Marketing
para el Juego Online: esta área es esencial en nuestro sector para atraer a nuevos usuarios,
mantener a los ya existentes y aumentar la visibilidad de las plataformas en un
mercado altamente competitivo. Los temas a tratar en un curso de esta temática
pueden ser estrategias de Marketing Digital, donde se proporcionen
conocimientos sobre la creación y ejecución de campañas de marketing digital,
el Marketing Responsable y Ético, donde se vea la importancia de realizar
campañas publicitarias responsables, evitando mensajes engañosos o
promocionales
que puedan inducir a los jugadores al juego problemático, y Segmentación
y Análisis de Mercado, donde se capacite a los participantes en el uso de datos
y análisis de mercado para identificar su público objetivo y personalizar
campañas de marketing, y fidelización de jugadores.
Regulación
legal: Se
impartirán sesiones de formación sobre las leyes y regulaciones que rigen el
juego online, tanto a nivel nacional como internacional, para garantizar que
nuestros miembros, estén siempre actualizados sobre las normativas vigentes.
Seguridad
y protección del jugador: Se podrán realizar talleres especializados sobre las mejores prácticas
para garantizar la seguridad en las plataformas de juego, protegiendo tanto a
los jugadores como a las empresas de posibles fraudes o vulneraciones de datos
personales.
Juego
responsable:
Promoveremos programas educativos dirigidos a sensibilizar a los operadores de
juego y a sus empleados sobre la importancia de fomentar prácticas de juego
responsable, proporcionando herramientas para prevenir el juego problemático.
Las formaciones serán impartidas por una empresa especializada en el
sector y contarán con la participación activa de los miembros de la asociación,
que fortalecerá las capacidades técnicas y operativas de los participantes de
nuestra formación.
Asesoría Contable y Fiscal
Debido a la falta de personal laboral de la asociación y que todos los
miembros de la Junta Directiva pertenecemos a una empresa del sector en las que
tenemos nuestras propias responsabilidades, se nos hace bastante difícil poder
afrontar, con el tiempo voluntario que dedicamos a la asociación, las
obligaciones legales que esta conlleva de presentación de cualquier trámite
administrativo, legal, contable o fiscal.
Es por ello por lo que nos vemos en la necesidad de que en este año 2025
planteemos disponer del servicio de asesoría fiscal y contable para la correcta
gestión de todas las obligaciones de la asociación a cargo de una empresa de la
ciudad.
Actividades Team Building entre Empresas
En un sector altamente competitivo como el del juego online, la
colaboración y el trabajo en equipo entre empresas es esencial para fomentar un
entorno de cooperación y crecimiento mutuo. A lo largo de este 2025, la
Asociación plantea organizar diversas actividades de team building entre las
empresas miembros, con el objetivo de fortalecer los lazos profesionales,
fomentar la cooperación y mejorar el ambiente de trabajo dentro de las
organizaciones. Las principales actividades realizadas incluyen:
Evento
social:
celebraremos un evento social en un local de la Ciudad en el que los diferentes
trabajadores de las empresas que forman la asociación puedan conocerse e
interactuar entre ellos para así poder romper el hielo y fomentar un primer
acercamiento entre empresas.

Eventos
deportivos y recreativos: celebraremos un primer encuentro deportivo y recreativo, como torneos
de fútbol, pádel, competiciones de juegos de equipo, etc. para fomentar la
integración de los equipos de trabajo y mejorar el ambiente corporativo.
Entendemos que estas actividades serán bien recibidas por los miembros
de la Asociación y tendrán un impacto positivo en la dinámica de trabajo de las
empresas participantes, contribuyendo a la creación de una comunidad
empresarial más cohesionada.
Representación de la Asociación en Ferias de Juego Online
Queremos que la Asociación tenga un papel activo en la representación
del sector del juego online de Melilla en importantes ferias y congresos
internacionales de la industria.
Por ello, durante 2025, queremos organizar y financiar viajes de
representación a eventos clave, con el fin de:
Promover
el sector de Melilla a nivel global: Nuestros viajes a ferias como el SouthSummit de
Madrid, así como el SBC Summit de Lisboa nos pueden permitir dar a conocer las
empresas de Melilla en el contexto global del juego online, creando
oportunidades de negocio y alianzas estratégicas, apoyando así a la Ciudad
Autónoma en su stand presencial en dichos eventos.
Actualizar
a los miembros sobre las últimas tendencias: Los viajes nos proporcionará a los
participantes, una visión directa de las innovaciones tecnológicas y las
tendencias del mercado, permitiendo a las empresas de nuestra asociación,
adaptarse mejor a los cambios del sector y a las demandas de los jugadores.
Consideramos estos viajes fundamentales para fortalecer la posición de
la Asociación y sus miembros en el panorama global del juego online, mejorando
tanto el networking como la visibilidad del sector melillense.
Imagen corporativa de la Asociación
A lo largo de 2025 queremos trabajar en una serie de actividades
estratégicas orientadas a la modernización de nuestra imagen corporativa, con
un enfoque particular en el cambio de imagen y la creación de nuestra página
web. Los objetivos de llevar a cabo estas acciones son los siguientes:
-
Actualizar la identidad visual de la asociación: el objetivo principal
es renovar la imagen
-
corporativa de la asociación modernizando su logotipo, paleta de colores
y tipografía, con el fin de reflejar mejor los valores y la evolución de la
organización en el ámbito del juego online.
-
Mejorar la presencia online: crear la página web para hacerla más
atractiva, accesible y funcional, mejorando la experiencia del usuario y
optimizando la navegación, con el objetivo de facilitar la interacción de los
miembros y usuarios con los contenidos y servicios ofrecidos.
-
Reflejar los avances tecnológicos: Asegurar que tanto la imagen
corporativa como la página web integren las últimas tendencias y tecnologías en
diseño y desarrollo web, lo que permitirá que la asociación se posicione como
un referente en el sector del juego online en Melilla.
-
Fortalecer la conexión con la comunidad: Lograr que la renovación de la
imagen y el sitio web favorezca una mayor identificación de los usuarios con la
asociación, creando un vínculo más estrecho y promoviendo la participación
activa en las actividades que organiza.
-
Incrementar la visibilidad de la asociación: Aumentar la visibilidad de
la asociación en el ámbito digital, logrando un mayor alcance a nivel local e
internacional, mediante un diseño web optimizado para buscadores y con una
imagen corporativa coherente y profesional.
-
Facilitar la comunicación interna y externa: Mejorar los canales de
comunicación através de la nueva página web, integrando funcionalidades que
permitan una gestión eficiente de la información y la interacción con los
miembros, tanto a nivel institucional como hacia el público en general.
-
Reflejar los valores de la asociación: A través de la renovación de la
imagen corporativa y la web, transmitir de manera clara y coherente los valores
de la asociación, como la transparencia, la innovación, el compromiso con la
comunidad y el respeto por las normativas del juego online responsable.
Evento en
la Ciudad Autónoma de Melilla sobre el sector
En 2025, tal y como se ha realizado en 2024, nos gustaría poder ser
anfitriones de un evento de notoriedad dentro del sector del Juego Online, para
poder recibir y mostrar a los asistentes nuestra Ciudad y los beneficios de
esta para las empresas.
Para ello, nos planteamos los siguientes objetivos:
-
Impulsar la interacción entre actores del sector: Crear un espacio de
networking para que los representantes de las empresas del sector, organismos
reguladores, asociaciones y profesionales del juego online puedan compartir
experiencias, generar colaboraciones y discutir tendencias que favorezcan el
crecimiento del sector en Melilla y a nivel nacional.
-
Promover el juego responsable y la seguridad online: Reforzar el
compromiso de la asociación con el juego responsable, promoviendo acciones y
charlas que informen sobre las prácticas seguras y responsables dentro del
sector, con el objetivo de reducir riesgos y proteger a los usuarios de
posibles adicciones o fraudes.
-
Generar visibilidad y posicionamiento para Melilla: Posicionar a Melilla
como un referente en el ámbito del juego online, atrayendo tanto a empresas
como a profesionales del sector y destacando la ciudad como un centro de
innovación y desarrollo en este campo.
-
Fortalecer la comunidad local: Aumentar la participación de la
ciudadanía local en el evento, involucrando a diversas entidades, asociaciones
y actores locales en el sector del entretenimiento y el juego online,
favoreciendo el desarrollo de iniciativas que refuercen el crecimiento
económico y social de Melilla.
-
Impulsar la colaboración con instituciones reguladoras: Establecer
canales de comunicación y colaboración con las autoridades locales y
nacionales, promoviendo el cumplimiento de la legislación vigente en el ámbito
del juego online y creando un espacio para discutir propuestas de mejora en la
regulación del sector.
-
Difundir los beneficios económicos del sector: Exponer las oportunidades
decrecimiento económico que ofrece el sector del juego online, tanto a nivel de
generación de empleo como en términos de inversión, y su impacto positivo en la economía local y regional de Melilla.

Resumen Presupuesto Total |
|
Actividad |
Presupuesto (€) |
Gastos de Asesoría Contable y Fiscal |
2.000 € |
Teambuilding para los Trabajadores |
5.000 € |
Asistencia a Ferias de Juego Online |
4.000 € |
Formación |
30.000 € |
Página Web y Comunicación |
3.000 € |
Evento en Melilla |
6.000 € |
Total Presupuesto |
50.000 € |
Sexta.
Otras subvenciones o ingresos de la Subvención
La subvención prevista en este Convenio será compatible con cualesquiera
otras que, para la misma finalidad y objeto, pueda conceder cualquier otra
entidad pública, o persona física o jurídica de naturaleza privada, sin
perjuicio, que deban ajustarse a lo dispuesto en la normativa reguladora de
subvenciones en vigor.
No obstante, AJOM deberá comunicar la obtención, en su caso, de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades
subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla. Esta comunicación deberá
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la
justificación de la aplicación de los fondos percibidos. En el caso de no
haberlas obtenido, deberá presentar junto con la justificación, certificación
por parte del Secretario y el Tesorero, con el Visto Bueno del Presidente de la
entidad, en este concepto.
Séptima. Forma de pago
La Ciudad Autónoma, a través de la Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, aportará, la cantidad máxima de
CINCUENTAMIL EUROS (50.000,00 €), prevista en la partida 06/49200/48000,
“SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN MELILLENSE JUEGO ONLINE”, para la financiación de este
convenio.
Se abonará el importe íntegro de la cantidad prevista como aportación de
la Ciudad Autónoma de Melilla, con carácter de prepagable, dado que de lo
contrario no sería posible llevar a cabo la actividad a subvencionar, al
carecer la entidad beneficiaria de los recursos necesarios para poder afrontar
los gastos que conlleva la misma.
El abono se efectuará mediante ingreso en la cuenta AJOM. Las cantidades
percibidas por el estas se emplearán en la consecución de las citadas
actividades previstas en este Convenio.
No se exigirá a la entidad beneficiaria ninguna garantía vinculada al
carácter prepagable de la subvención, por no considerarlo necesario esta
administración.
Octava.
Comisión Paritaria de Evaluación y Seguimiento del Convenio
Para la evaluación y seguimiento del presente Convenio podrá
constituirse, en el caso de que se considerara necesario, una Comisión
integrada por dos representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla y uno de la
Entidad, que se reunirán con la periodicidad que las circunstancias lo
aconsejen y con las siguientes funciones:
1.
El seguimiento del presente convenio.
2.
Informe y evaluación periódica de las actividades realizadas.
3.
Recomendaciones sobre actuaciones a realizar.
4.
Informe sobre las dudas que puedan plantearse durante la vigencia del
presente convenio.
Novena.
Vigencia
El presente convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de
2025, dejando sin efecto el convenio en dicha fecha, teniendo cabida en el
mismo, los gastos devengados durante todo el 2025, correspondientes a las
actividades desarrolladas para los fines expuestos durante dicho periodo.
Excepcionalmente, siempre que se autorice mediante Resolución por el
Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento
de la Ciudad Autónoma de Melilla, por motivos debidamente justificados, podrá
extenderse el periodo de ejecución de la subvención por un periodo máximo de 6
meses, tras la finalización del ejercicio presupuestario, el 31 de diciembre de
2025.
Décima. Causas de Extinción
El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por cualquiera
de las partes, será causa de extinción del mismo. El incumplimiento por parte
de AJOM, determinará para ésta la obligación de restituir a la Ciudad Autónoma
de Melilla, las cantidades percibidas con arreglo al presente convenio y no
justificadas, todo ello al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en el Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
El convenio podrá extinguirse, además, por las siguientes causas:
-
La extinción o modificación de la personalidad Jurídica de AJOM.
-
El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se
establezcan.
-
Por finalización del plazo.
-
Denuncia motivada de una de las partes basada en incumplimiento por la
otra parte de las obligaciones asumidas en su virtud. La denuncia deberá
comunicarse por escrito con al menos un mes de antelación.
También será causa de resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad
sobrevenida de cumplir las actividades descritas.
Undécima. Protección de datos de carácter personal
Si como consecuencia de la celebración del presente Convenio se
produjere algún tipo de prestación donde fuere necesaria la utilización de
Datos de Carácter Personal, las partes se obligan en el presente acto al
cumplimiento y observancia del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección
de Datos (en adelante, RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (en
adelante, LOPDGDD) y la normativa que es de aplicación.

Duodécima.
Régimen Jurídico.
El presente Convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de
la ley 9/2017 de 08 de Noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se
trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014,
conforme a lo establecido en el artículo 4.1 d) de dicho texto legal, e
incluido en el de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
conforme a lo dispuesto en su artículo 3.1.b). Se adecua al Plan Estratégico de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, se encuentra recogida en el PLAN
ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de
Fomento (Dirección General de Innovación Tecnológica) de la Ciudad de Melilla,
para el periodo 24-26, conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21
de febrero de 2025, que actualiza dicho plan.
Décimo tercera. Interpretación
Cualquier duda en la interpretación del convenio será resuelta por el
Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento y
el responsable de AJOM. En el caso en que no se produjera el mutuo acuerdo,
regirá la postura de la Administración, hasta la finalización del convenio.
Décimo
cuarta. Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre la interpretación,
modificación, resolución y efectos del presente Convenio, serán sometidas a la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, se firma por las partes, por duplicado
ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados ut supra.