ARTÍCULO Nº 532
(CVE: BOME-A-2025-532)
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BOME Nº 6280 - viernes, 23 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Orden nº 1451, de fecha 21 de mayo de 2025, relativa a resolución de la convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027, Objetivo Específico 2.4 "Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas", Medida 2.4.1. "Prevención de inundaciones".

El titular de la Consejería, mediante Orden de 21/05/2025, registrada al número
2025001451, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
1.
El programa FEDER Melilla 2021-2027 y, en concreto, el contenido del
Objetivo Específico 2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático y la
prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en
cuenta los enfoques basados en los ecosistemas”, Medida 2.4.1. “Prevención de
inundaciones”, adoptado por la Comisión Europea mediante Decisión Ejecutiva de
29/11/2022 Decisión C
(2022) 8900 y aprobado por la Excma. Asamblea de Melilla en fecha 06/02/2023,
publicado en BOME de 08/02/2023 BOME
extraordinario nº 4 de 08/02/2023.
2.
El Manual de procedimientos de gestión y control de actuaciones y
operaciones cofinanciadas por el FEDER y la Ciudad Autónoma de Melilla en el
período de programación 2021-2027 (BOME de 26/02/2025).
3.
Los criterios de selección de operaciones del Programa citado, aprobados
por el Comité de Seguimiento del mismo en fecha 21/03/2024 https://www.melilla.es/melillaPortal/contenedor.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&cont enido=39051&nivel=1400&tipo=6&codResi=1&language=es&codMenu=448&c
odM enuPN=601&codMenuSN=1.
4.
La convocatoria de expresiones de interés para el programa FEDER Melilla
2021-2027, Objetivo Específico 2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático
y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en
cuenta los enfoques basados en los ecosistemas”, Medida 2.4.1. “Prevención de
inundaciones”, publicada en el BOME nº 6261 de 18/03/2025. https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2025-6261/articulo/248#
Considerando:
1.
Que el referido Manual de procedimientos de gestión y control y los
Criterios de selección de operaciones prevén la Convocatoria de expresiones de
interés para la aprobación de las mismas en el marco del Programa y Objetivo
Específico citados.
2.
Que el citado Manual de procedimientos, así como la convocatoria de
expresiones de interés citada, indican que la aprobación de las mismas se hará
por el Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación
Estratégica y Programación.
3.
Que el Director General citado, tras aplicar los criterios y
ponderaciones previstas en la Convocatoria de expresiones de interés, propone
que se aprueben las siguientes operaciones de acuerdo con las siguientes
prioridades, ordenadas de mayor a menor prioridad.
Medida
2.4.1 Prevención de inundaciones |
Presupuesto
de la Convocatoria de EdeI |
4.491.497,00
€ |
|
||
Nombre Operación |
N/ Código |
Orden de Prioridad |
Importe propuesto de
la operación |
Coste
subvencionable que se propone sea
aprobado |
Coste subvencionable
pendiente |
Renovación
del Parque Hernández, para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas
urbanos de drenaje sostenible (SUDS) |
2.4.1.1 |
1 |
1.773.958,29 |
1.773.958,29 |
- |
Zonas
verdes del cuartel de Santiago, para reducir riesgos de inundación, mediante
sistemas urbanos de drenaje sostenible. |
2.4.1.2 |
2 |
4.792.500,00 |
2.717.538,71 |
- |

TOTALES |
|
|
|
4.491.497,00 |
|
4.
Que el importe de las operaciones presentadas supera al presupuesto
disponible de la convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 9637/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1.
Que se apruebe la propuesta relacionada, que conlleva la aprobación
íntegra de la primera operación, denominada “Renovación del Parque Hernández,
para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje
sostenible” por importe de UN MILLON SETECIENTAS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (1.773.958,29 €) y la parcial
de la denominada “Zonas verdes del Cuartel de Santiago, para reducir riesgos de
inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje sostenible” hasta un límite de
DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON
SETENTA Y UN CÉNTIMOS (2.717.538,71 €).
No obstante, en el caso de que el presupuesto disponible aumente, bien
con motivo de una reprogramación futura aprobada por la Comisión Europea o con
motivo de bajas en la adjudicación de las operaciones aprobadas, el importe de
la operación aprobada parcialmente aumentaría hasta el importe acumulado de tal
disminución, por lo que se emitiría, por tal Dirección General, una/s adenda/s
al DECA original la del Director General de Planificación Estratégica y
Programación.
2.
Que por parte del Director General de Planificación Estratégica y
Programación se emitirán los correspondientes DECAs (Documentos con las
Condiciones de la Ayuda) que deberán ser firmados y aceptados por el organismo
proponente de las Operaciones aprobadas.
3.
Para el caso de operaciones que hayan comenzado antes de la presentación
de la solicitud de financiación, y una vez asegurado el cumplimiento del
Derecho aplicable, se procederá a realizar las modificaciones necesarias en la
contabilidad presupuestaria para imputar los gastos a las partidas
presupuestarias correspondientes del Programa FEDER Melilla 2021-2027.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto. No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla, a 21 de mayo
de 2025,
El Secretario Técnico
de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez