ARTÍCULO Nº 532 (CVE: BOME-A-2025-532) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6280 - viernes, 23 de mayo de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA


Orden nº 1451, de fecha 21 de mayo de 2025, relativa a resolución de la convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027, Objetivo Específico 2.4 "Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas", Medida 2.4.1. "Prevención de inundaciones".

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El titular de la Consejería, mediante Orden de 21/05/2025, registrada al número 2025001451, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

1.             El programa FEDER Melilla 2021-2027 y, en concreto, el contenido del Objetivo Específico 2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas”, Medida 2.4.1. “Prevención de inundaciones”, adoptado por la Comisión Europea mediante Decisión Ejecutiva de 29/11/2022 Decisión C (2022) 8900 y aprobado por la Excma. Asamblea de Melilla en fecha 06/02/2023, publicado en BOME de 08/02/2023 BOME extraordinario nº 4 de 08/02/2023.

2.             El Manual de procedimientos de gestión y control de actuaciones y operaciones cofinanciadas por el FEDER y la Ciudad Autónoma de Melilla en el período de programación 2021-2027 (BOME de 26/02/2025).

3.             Los criterios de selección de operaciones del Programa citado, aprobados por el Comité de Seguimiento del mismo en fecha 21/03/2024 https://www.melilla.es/melillaPortal/contenedor.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&cont enido=39051&nivel=1400&tipo=6&codResi=1&language=es&codMenu=448&c odM enuPN=601&codMenuSN=1.

4.             La convocatoria de expresiones de interés para el programa FEDER Melilla 2021-2027, Objetivo Específico 2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas”, Medida 2.4.1. “Prevención de inundaciones”, publicada en el BOME nº 6261 de 18/03/2025. https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2025-6261/articulo/248#

Considerando:

1.             Que el referido Manual de procedimientos de gestión y control y los Criterios de selección de operaciones prevén la Convocatoria de expresiones de interés para la aprobación de las mismas en el marco del Programa y Objetivo Específico citados.

2.             Que el citado Manual de procedimientos, así como la convocatoria de expresiones de interés citada, indican que la aprobación de las mismas se hará por el Consejero de Hacienda a propuesta del Director General de Planificación Estratégica y Programación.

3.             Que el Director General citado, tras aplicar los criterios y ponderaciones previstas en la Convocatoria de expresiones de interés, propone que se aprueben las siguientes operaciones de acuerdo con las siguientes prioridades, ordenadas de mayor a menor prioridad.

 

Medida 2.4.1 Prevención de inundaciones

Presupuesto de la Convocatoria de EdeI

4.491.497,00 €

 

Nombre Operación

N/ Código

Orden de Prioridad

Importe propuesto de la operación

Coste subvencionable  que se propone sea aprobado

Coste subvencionable pendiente

Renovación del Parque Hernández, para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje sostenible (SUDS)

2.4.1.1

1

1.773.958,29

1.773.958,29

-

Zonas verdes del cuartel de Santiago, para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje sostenible.

2.4.1.2

2

4.792.500,00

2.717.538,71

-

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TOTALES

 

 

 

4.491.497,00

 

4.             Que el importe de las operaciones presentadas supera al presupuesto disponible de la convocatoria.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 9637/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1.             Que se apruebe la propuesta relacionada, que conlleva la aprobación íntegra de la primera operación, denominada “Renovación del Parque Hernández, para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje sostenible” por importe de UN MILLON SETECIENTAS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (1.773.958,29 €) y la parcial de la denominada “Zonas verdes del Cuartel de Santiago, para reducir riesgos de inundación, mediante sistemas urbanos de drenaje sostenible” hasta un límite de DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (2.717.538,71 €).

No obstante, en el caso de que el presupuesto disponible aumente, bien con motivo de una reprogramación futura aprobada por la Comisión Europea o con motivo de bajas en la adjudicación de las operaciones aprobadas, el importe de la operación aprobada parcialmente aumentaría hasta el importe acumulado de tal disminución, por lo que se emitiría, por tal Dirección General, una/s adenda/s al DECA original la del Director General de Planificación Estratégica y Programación.

2.             Que por parte del Director General de Planificación Estratégica y Programación se emitirán los correspondientes DECAs (Documentos con las Condiciones de la Ayuda) que deberán ser firmados y aceptados por el organismo proponente de las Operaciones aprobadas.

3.             Para el caso de operaciones que hayan comenzado antes de la presentación de la solicitud de financiación, y una vez asegurado el cumplimiento del Derecho aplicable, se procederá a realizar las modificaciones necesarias en la contabilidad presupuestaria para imputar los gastos a las partidas presupuestarias correspondientes del Programa FEDER Melilla 2021-2027.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 21 de mayo de 2025,

El Secretario Técnico de Hacienda,

Sergio Conesa Mínguez